Fondo Metropolitano 2012
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2013
1 OP-STA-FM-29/12-CP Ampliación y rehabilitación de cuerpo sur (poniente- oriente), carretera Saltillo-Monterrey (Avenida Industriales del Poniente)
$ 13,429,117
23. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particulares de la calidad del material para la capa de subrasante convencional, capa de subbase y capa de base modificada, obligación establecida en los artículos 43, 55 y 65, de la LCRPENL, en relación con la especificación de los conceptos contratados. (Obs. 2.1)
Normativa
Respuesta
"En relación a esta observación es de señalar que en el expediente técnico de la obra, no
se localizó la documentación observada."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
24. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijen para la capa de subrasante convencional, capa de subbase y capa
de base modificada, obligación establecida en los artículos 45, párrafo primero, 56, párrafo primero y 66, párrafo primero, de la LCRPENL, en relación con la especificación de los conceptos contratados. (Obs. 2.2)
Normativa
Respuesta
"En relación a esta observación es de señalar que en el expediente técnico de la obra, no
se localizó la documentación observada."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
Obra FOPEDEP 2013
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2013
2 OP-STA-FPD-14/13-I
R
Pavimentación de concreto hidráulico en calle Sierra de Picachos, Colonia Infonavit Lomas de Santa Catarina
$ 3,344,485
25. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, detectando en la verificación del estado físico de la misma, que en el concepto 4.5 "Suministro y construcción de guarnición rectangular (dentellón) de 0.45 m de base x 0.20 m de altura, acabado pulido", una longitud de 118.19 ml presenta marcas de las llantas de vehículos que transitaron sobre el concreto fresco; además, en esta misma longitud, el concepto en referencia no presenta el acabado pulido especificado en el presupuesto, ubicándose lo anterior en la incorporación de la carretera monterrey-Saltillo, en el tramo comprendido entre las calles Sierra Picachos y Sierra de San Cristobal, tal y como se muestra en la imágenes siguientes: (Obs. 3.2)
Guarnición rectangular que presenta las huellas de vehículos que transitaron sobre él, con el concreto fresco, y al cual no se le dio el acabado pulido.
Técnica
Respuesta
"En referencia a esta observación es de mencionar que se le exigirá al contratista la
reparación de los trabajos y la aplicación del acabado especificado en el concepto."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no comprueban la reparación de los deterioros observados.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2013
3 OP-STA-FPD-16/13-I
R
Rehabilitación de pavimento asfáltico en calles Pilastra y Arcada, Colonias Infonavit Cuauhtémoc y Unidad Nacional
$ 3,086,545
26. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijen para la capa de carpeta con concreto asfáltico y riego de liga, obligación establecida en los artículos 74, párrafo primero y 95, párrafos primero y segundo, de la
Normativa
Respuesta
"En relación a esta observación es de señalar que en el expediente técnico de la obra, no
se localizó la documentación observada."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
27. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material durante su ejecución y recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad que fijen para la capa de carpeta con concreto asfáltico, y riego de liga, obligación establecida en el artículo 74, párrafo segundo y 95, párrafos primero y segundo, en relación con los artículos 75, 76, 96 y 97, de la LCRPENL, de acuerdo con la especificación de los conceptos contratados. (Obs. 4.4)
Normativa
Respuesta
"Se anexan copias fotostáticas debidamente certificadas de los ensayos de control de
calidad del material durante su ejecución y recepción de los trabajos."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
En cuanto a los ensayos necesarios para el control de calidad del material durante su ejecución y recepción de los trabajos para la capa de carpeta con concreto asfáltico, se recibió copia fotostática certificada de documentación que acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, por lo cual se solventa lo correspondiente a la misma; sin embargo, referente a los ensayos necesarios para la capa de riego de liga, no se solventa la observación, subsiste la irregularidad detectada, debido a que en la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, no se localizaron los ensayos que mencionan en su aclaración, por lo que en relación con ello, no se acredita el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2013
4 OP-STA-FPD-15/13-I
R
Pavimentación con carpeta asfáltica en calle Urano, Colonia Puerta del Sol
$ 2,408,166
28. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijen para la capa de carpeta con concreto asfáltico y riego de liga, obligación establecida en los artículos 74, párrafo primero y 95, párrafos primero y segundo, de la
LCRPENL, en relación con la especificación de los conceptos contratados. (Obs. 6.3)
Normativa
Respuesta
"Se anexan copias fotostáticas debidamente certificadas de los ensayos del control de
calidad del material previo a su colocación."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de certificado de calidad presentado por la empresa Materiales Asfálticos, en la cual se mencionan especificaciones de una carpeta asfáltica, sin especificar el lugar en que se aplicará, no acreditan el cumplimiento a la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, para las capas de carpeta con concreto asfáltico y riego de liga, elaborados por un Laboratorio Certificado.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
Obra Fondo 3 2010 Parte Municipal
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2013
5 OP-STA-IS-09/10-CP Introducción de drenaje pluvial en calle Sierra de Tlahuiltepec, Colonia Santa Julia
29. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificar que la obra fue programada e incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2013, acorde con lo dispuesto en los artículos 18, fracción IV, 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 7.1)
Normativa
Respuesta
"Se anexan copias fotostáticas debidamente certificadas del Periódico oficial en el cual se
publica la cuarta y última modificación al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2013, así como del resumen anexo 1, que desglosa los importes ejercidos por programa y de la relación de obras que especifica el importe presupuestado para cada obra en particular, señalando en la misma la obra observada."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de portada y páginas 4, 78 y 79 del Periódico Oficial del Estado, publicado el 31 de enero de 2014, mediante el cual se hace saber que el Republicano Ayuntamiento aprobó la cuarta modificación al Presupuesto de Egresos 2013, el cual presenta los montos globales de inversión, así como Resumen y Anexo 1, en el que se encuentra incluida la obra en estudio, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que si bien es cierto que en dicha publicación se encuentra la obra en referencia, también es cierto que no se adjunta a su respuesta el presupuesto del ejercicio sujeto a revisión (2013) y su desglose, que compruebe que la obra se encontraba incluida en el mismo, previo a su ejecución.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en éste se recoja el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.