C. ÁNGEL MARTIN GONZALEZ VÁZQUEZ.
DOMICILIO IGNORADO .
En la causa penal marcada con el número 68/2014 que ante este Juzgado se instruye en contra de ÁNGEL MARTIN GONZALEZ VÁZQUEZ por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar denunciado por KEVIN ALEJANDRO GONZALEZ CERVERA Y BRENDA DEL CARMEN CERVERA CHAN e imputado por la Representación Social. El Juez del conocimiento dicto un acuerdo que es al tenor literal siguiente:- - - JUZGADO PRIMERO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.- Mérida, Yucatán, 8 ocho de octubre de 2015 dos mil quince. - - -
VISTOS: Con fundamento en los numerales 30 treinta y 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, en vigor, agréguense a los autos de la causa penal número 68/2014, para constancia y efectos que legalmente procedan lo siguiente.- - -
Los oficios números 4123/2015 y 4550/2015 de techas 24 veinticuatro de julio y 19 diecinueve de agosto de 2015 dos mil quince, suscritos por el director de la Policía Ministerial Investigadora del Estado, mediante, los cuales, en el primero informó que los agentes de su corporación Roberto Coaña Canul y Juan Manuel Chalé Méndez, fueron comisionados para dar cumplimiento al medio de apremio consistente en el uso de la fuerza pública en contra del acusado Ángel Martín González Vázquez y en el segundo, remitió el informe suscrito por el agente Juan Manuel Chalé Méndez, en el que asentó haberse constituido al predio señalado por González Vázquez en el presente asunto, donde acudió en distintas ocasiones y horarios, sin que encontrara a persona alguna, por lo que entrevistó a vecinos a quienes al hacerle mención de su diligencia, omitieron señalar sus nombres, pero señalaron que efectivamente en dicho sitio vive Ángel Martín González Vázquez, se dedica a la enfermería es por el que nunca está en su casa- - - El memorial fechado el 1 uno de octubre de 2015 dos mil quince y recibido en la secretaria de este juzgado al día siguiente a las 12:0 doce horas, rubricado por la querellante Brenda del Carmen Cervera Chan, mediante el cual solicitó de nuevo se fije fecha y hora para el desahogo de la diligencia de careos con el acusado, solicitando la notificación de éste por edictos.- - -
En mérito de lo anterior el ciudadano juez del conocimiento, proveyendo dijo: Por cuanto de autos aparece que se encuentra pendiente por desahogar diligencias de careos, a fin de que no seguir retrasando la secuela procedimental, se accede a lo solicitado por la querellante y se tiene a bien fijar el próximo día y se fija el próximo día 24 VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE A LAS 10:00 DIEZ HORAS Y 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS para la diligencia de CAREOS entre el procesado ÁNGEL MARTÍN GONZÁLEZ VÁZQUEZ con los ciudadanos BRENDA DEL CARMEN CERVERA CHAN y KEVIN ALEJANDRO GONZÁLEZ CERVERA, respectivamente, Asimismo se fija el próximo día 25 VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE A LAS 10:00 DIEZ HORAS Y 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, para la diligencia de CAREOS entre el procesado ÁNGEL MARTÍN GONZÁLEZ VÁZQUEZ con los ciudadanos SANDRA ISABEL SARABIA LEAL y DUILIA DEL CARMEN NOVELO PIÑA, en ese orden; Diligencias que se realizaran en el local que ocupa este Juzgado.- - - Por tanto, prevéngase a la querellante BRENDA DEL CARMEN CERVERA CHAN, al denunciante KEVIN ALEJANDRO GONZÁLEZ CERVERA, así como a las testigos de cargo SANDRA ISABEL SARABIA LEAL y DUILIA DEL CARMEN NOVELO PIÑA, de la obligación que tienen de presentarse ante este Juzgado, puntualmente en la fecha y horas señaladas en líneas anteriores, debiendo exhibir una identificación oficial vigente (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar o cualquier otro documento legal, expedido por una Institución Pública) acompañada de su respectiva copia fotostática; con el apercibimiento que de no comparecer se les aplicará a cada uno el primer medio de apremio establecido en el articulo 84 ochenta y cuatro fracción Primero del Código de procedimientos Penales del Estado en vigor, consistente en multa de 1 uno a 30 treinta días de salario mínimo vigente en el Estado.- - - Ahora bien, con fundamento en el artículo 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, en vigor, se ordena la notificación del presente acuerdo al mencionado acusado ÁNGEL MARTÍN GONZÁLEZ VÁZQUEZ, , por medio de EDICTOS que se publicarán por 3 tres días consecutivos en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.- - - NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. - - - Así lo acordó y firma el ciudadano Juez Primero Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, abogado Luis Felipe Santana Sandoval, asistido por la secretaria de Acuerdos que autoriza Licenciada en Derecho Grace Mabel García Sosa. LO CERTIFICO.- - - DOS FIRMAS ILEGIBLES.- - - -RUBRICAS.- - - Y POR CUANTO SE ASEGURA QUE EL C. ÁNGEL MARTIN GONZALEZ VÁZQUEZ ES DE DOMICILIO IGNORADO , PROCEDO A NOTIFICAR EL ACUERDO QUE ANTECEDE POR MEDIO DE 3 TRES PÚBLICACIONES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO FUNDAMENTO DE DERECHO ARTÍCULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL DEL ESTADO. EN VIGOR. DOY FE
MÉRIDA, YUCATÁN A 04 DE NOVIEMBRE DE 2015. LA ACTUARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL
PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO. LICDA. MARIA MAGDALENA NARVAEZ OROZCO. Publíquese los días 9, 10 y 11 de noviembre de 2015.