A_ Elementos preliminares y contexto general
Las consideraciones que puedan hacerse sobre el sionismo como caso particular de migración humana son relevantes pero insuficientes para comprender el fenómeno. Es necesaria otra perspectiva de los temas con los cuales se vincula, situándolos en el proceso histórico del que forman parte a la luz de nuevas fórmulas teóricas o conceptuales, inexistentes al momento de originarse el proceso pero relevantes para interpretarlo.
Dos son los elementos relevantes para cotejar la información reunida hasta el momento. En primer lugar, la globalización en tanto contexto y ámbito de desarrollo de los conflictos, porque se trata de una circunstan- cia que ya no puede dejar de ser considerada y, en segundo lugar, los ins- trumentos políticos en el contexto internacional pasado y presente.
En relación con la globalización, el sionismo sirve de caso testigo para fenómenos que sólo muy posteriormente se comienza a analizar y, en este sentido, actúa como prueba del largo tiempo de maduración y desarrollo que requieren tanto los fenómenos sociales como su interpretación. Así, vemos como el sionismo actúa como agente particular para la expansión global del estado nacional basado en relaciones capitalistas de produc-
ción100. Sin embargo, la tendencia a la globalización del estado nacional
no tiene un origen aleatorio, sino que nace con los sistemas expansivos de la modernidad (el colonialismo y el imperialismo) y se integra con los
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diferentes modos de regulación del capitalismo como sistema económico, es decir, las diferentes formas en las que las relaciones entre capitalistas y trabajadores se establecen y se vinculan con los mercados y con el estado.
En cuanto a los instrumentos jurídicos internacionales, si son conside- rados como instrumentos jurídicos positivos poco habría que agregar más que verificar el grado de su observancia por las partes en conflicto a partir de su promulgación. Porque la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue creada con posterioridad a la activación del conflicto árabe- israelí. Esta creación normativa, que no necesariamente ha tenido carácter vinculante con las acciones de los estados en general, coincide con los años de la segunda posguerra, en la que el conflicto toma proporciones supra-nacionales.
Si las guerras mundiales fueron un impulso para que la ONU se deci- diera a elaborar un catálogo de Derechos Humanos, sin importar otra cosa que un mínimo acuerdo no exento de numerosas incongruencias derivadas del conflicto geopolítico bipolar emergente de la segunda posguerra, fue también porque se hizo evidente que los mecanismos preexistentes no habían sido efectivos para la regulación de los enfrentamientos. Por otra parte, puede considerarse a estos derechos como el resultado del mismo proceso histórico y, más que contenidos jurídicos en toda regla, se trataría de principios generales destinados a un modo de hacer en las relaciones humanas y que se dispusieron como límite a los estados y sus institucio- nes.
En este último aspecto, sí bien su éxito, y el de las organizaciones in- ternacionales, ha sido moderado, es difícil negar su capacidad de actuar como contralor y parámetro de las acciones que se emprenden en perjui- cio de personas y colectivos. Porque sí estos derechos son básicamente individuales, en la práctica parecen haber inspirado (y contenido) más bien los comportamientos institucionales que los personales.
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Ello no debe, por otra parte, sorprendernos. Porque son las institucio- nes jurídicas y políticas de los estados, y no los individuos, las unidades de sentido en las que el contenido material de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se dispuso para intentar hacerse efectivo. Asu- miendo esta característica sí pueden valer estos instrumentos como pará- metros para evaluar los comportamientos de las partes implicadas, aún los desarrollados antes de que el catálogo de los derechos humanos tuviera consistencia política.
En este aspecto tiene mucha importancia la comprensión del movi- miento sionista como fenómeno directamente vinculado con las tenden- cias ideológicas imperantes en su contexto de aparición, que conllevaban una práctica política determinada: el ambiente del Imperialismo. Sí se permite esa mirada retrospectiva, multitud de consecuencias adversas en relación con el catálogo de derechos: la opresión, la explotación, la expo- liación y la discriminación son elementos centrales en el marco de las re- laciones coloniales, que en muchos sitios consiguieron sobrevivir incluso a la caída de los imperios que les daban sustento y legitimidad, en manos de agentes locales en las esferas de la producción y del gobierno.
Desde esta perspectiva parece posible comprender al sionismo como una modalidad de este movimiento ideológico-práctico general. Pero es necesario señalar que no hubiera alcanzado sus objetivos sin el apoyo, siquiera táctico y circunstancial, de la potencia dominante con la que tenía mayor contacto, pues era en sus orígenes un movimiento extremadamente débil en términos de capacidad de acción política: sin verdadera influen- cia en el gobierno, sin ejército propio, sin medios de financiación sufi- cientes. Aún sí el colonialismo sionista evitó mantener las perniciosas re- laciones coloniales, lo hizo en una situación particular de expansión impe- rialista, porque estas relaciones son también variables y tienen dimensio- nes singulares.
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El retrato del colonizado que hace Memmi es muy ilustrativo de esta situación: “He dicho que era de nacionalidad tunecina; como los restan- tes tunecinos, era tratado como un ciudadano de segunda clase (...) Pero yo no era musulmán, lo que en un país donde coexisten tantos grupos humanos, pero todos muy celosos de su propia fisonomía, tenía una con- siderable significación. Para simplificar digamos que el judío participa tanto del colonizador como del colonizado. Sí era indiscutiblemente un indígena, como se decía entonces, muy cerca del musulmán por la inso- portable miseria de su pobreza, por la lengua materna (mi propia madre no supo nunca el francés), por la sensibilidad y las costumbres (...) sin embargo, trataba desesperadamente de identificarse con el francés. En un gran impulso que le llevaba a occidente, que le parecía el parangón de toda verdadera civilización y cultura, volvía alegremente la espalda a Oriente...”101.
El sionismo político y realizador recoge esta tensión casi en estos mismos términos y en su propio territorio, como viéramos al analizar el discurso de Herzl, y estas relaciones confusas no dejaron de influir en las relaciones con la población árabe. Así, aún cuando no lo quisiera su dis- curso, sus propias prácticas se hallaban marcadas, si no por el abierto desprecio, al menos sí por un acusado desinterés por las consecuencias de sus propios actos sobre los otros colectivos humanos presentes en la re- gión. En términos de derechos humanos no cabe disculpar las consecuen- cias, sin importar lo imperiosas que le parecieran sus propias necesidades culturales y por muy justificables que les parecieran los medios emplea- dos para la supervivencia nacional. Porque la característica fundamental de la categoría de Derechos Humanos es su alcance universal y toda afir- mación particular de los mismos no puede (en teoría) suponer la vulnera- ción de otros derechos de la misma categoría.
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Esto implica, evidentemente, la violación del principio de igualdad, que se reproduce en las mismas condiciones que en su origen ideológico: sobre la base de una abstracción y a un modelo de ciudadano –y de no- ciudadano– indefectiblemente ligado a un modelo específico de sociedad: el estado nacional centralizado con una estructura económica capitalista. En este sentido, no tiene casi relevancia que la Declaración de los Dere- chos Humanos haya sido convalidada también por las potencias y países socialistas, pues compartían con las potencias capitalistas dos obsesiones interrelacionadas y fundamentales: la soberanía del estado nacional y la ampliación permanente de la capacidad productiva. En relación con estas dos obsesiones basaban también su presunta superioridad sobre cualquier otro modo de articulación social.
Entonces, mientras el imperialismo tuvo como resultado secundario la expansión del modelo de estado-nación occidental a casi todo el mundo, el sionismo aprovechó el interés y la capacidad del imperio Británico pa- ra forzar la recolonización de Palestina, utilizando en su beneficio la bre- cha abierta en el imperio Turco. En todo caso, sí al imperialismo como modo de articulación del capitalismo de fines de siglo XIX y principios del siglo XX le corresponde buena parte de la responsabilidad política e ideológica por la mala gestión de los conflictos locales que tanto daño causaron a la población autóctona en Palestina, eso no supone restar las responsabilidades inmediatas que bajo los mismos supuestos le caben al sionismo en lo que a la falta de atención sobre los efectos que sobre la población no-judía de Palestina tendría el proceso de formación de un estado étnico, ni mucho menos de los efectos causados por la acción efectiva del estado creado.
Es siempre un motivo de fuerte polémica, seguramente inevitable, la asignación de responsabilidades frente a una situación extendida y conti- nuada de violación de derechos, cuando esta situación es resultado de un
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proceso histórico extenso y que abarca varias generaciones. Ideológica- mente, y como resultado de la aplicación del principio de responsabilidad individual y de daño individual (que son débiles e insuficientes para tra- tar este tipo de casos), el proceso es contemplado como una fatalidad, en donde lo histórico y lo sociológico no parecen tener sentido.
Las situaciones estructurales de vulneración de derechos resultantes de procesos sociales e históricos continúan siendo un lado ciego a la hora de tratar los casos concretos. En realidad, esta debilidad es una condición necesaria para el mantenimiento del conjunto de las situaciones globales, pues poco y nada de lo que hoy existe en las relaciones internacionales
terminaría sin ser “pesado en la balanza, y encontrado falto de peso”102.
Considerar al sionismo en éstos términos históricos, juzgándolo como un modo de colonialismo e imperialismo, con los que sin duda está relacio- nado, implicaría la necesidad de extender el juicio al conjunto de las si- tuaciones análogas y ninguna potencia de la tierra parece dispuesta a en- carar semejante empresa. Se trata, en última instancia, de la comprensión de un estado de relaciones de fuerza, donde los vencedores que propug- nan la universalidad de los derechos humanos se niegan a aplicar esta universalidad cuando es su propia práctica la que debe ser juzgada.
A diferencia del sistema de derechos existente, la percepción judía re-
ligiosa tradicional –y también el derecho musulmán103– sí atendía a la
posibilidad de comprender las situaciones trans-generacionales como ob- jeto de juicio moral. Aún más, para justificar la colonización de Palestina esta “memoria” fue ampliamente utilizada e incluso aceptada en su mo- mento por los propios organismos internacionales: “En vista de que se ha dado reconocimiento a la conexión histórica del pueblo judío con Pales-
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Cfr. Daniel 5, 27.
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tina y a las tierras para reconstituir su hogar nacional en ese país”104. Sí el recurso histórico vale para la práctica enunciación de un derecho co- lectivo ¿Por qué no ha de valer también para asignar responsabilidades frente a situaciones estructurales de vulneración de derechos, aún las cau- sadas por generaciones anteriores? Sí el pueblo judío podía reclamar por un territorio luego de dos milenios, eso supondría el establecimiento de un peligroso precedente: casi ningún habitante del planeta dejaría de ser parte de algún proceso histórico que nunca tuvo una reparación jurídica, ya sea como víctima o descendiente de víctimas o como victimario o descendiente de victimarios, e incluso puede sospecharse que buena parte de la humanidad representaría varios casos de ambas clases. Lógicamen- te, al menos en el contexto presente, la discusión no tiene auténtico senti- do, porque lo que realmente determina las diferentes situaciones sociales es el estado de las relaciones de fuerza en materia política, económica, militar e ideológica y no un sentido trascendental de justicia, tan ajeno a la modernidad.
Un último punto a destacar en estos elementos preliminares es un lla- mado de atención acerca de los resultados del sionismo en la propia ju- deidad y en relación con lo que ésta contenga de cultura judía. A pesar de la concentración en Israel de buena parte de la población judía mundial existente, la población judía mundial no ha seguido durante el último medio siglo el crecimiento demográfico de la mayor parte de la población en general. Esa concentración ya parece acercarse, por otra parte, al lími- te de absorción medioambiental de la región, principalmente por la gran escasez de recursos hídricos.
Esta debilidad relativa de la curva de crecimiento no se debe a un des- censo particular de la tasa de natalidad, ni a condiciones externas de per-
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Prólogo en: Resolución del consejo de la Liga de las Naciones sobre el Mandato
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secución política, sino a una alta tasa de aculturación (reconocida gene- ralmente como asimilación cultural o pérdida de la identidad). Conjugan- do ambos datos, parece claro que la creación del estado de Israel sólo ha cumplido a medias con su misión de salvar a la cultura judía. La medida en que el sionismo sea causa de este estancamiento demográfico no debe impedir observar otras causas que deben estar influyendo en este aspecto. Es probable que la tremenda presión que ejercen las ideologías dominan- tes, a escala global, estén mermando las fuerzas de las identidades tradi- cionales y para ello, no hay duda, ni el sionismo en su aspecto político ni el estado de Israel pueden ofrecer respuestas, precisamente porque desde su matriz son representantes de esa misma ideología dominante. Sobre estas cuestiones trataremos más adelante con algo más de profundidad.
Así vuelven a reunirse e integrarse los elementos conflictivos que lla- man nuestra atención: sionismo, relaciones internacionales y globaliza- ción, pues ya no pueden considerarse aisladamente ni reducirse los con- flictos a su expresión más inmediata, sino que deben ser articulados con el contexto general en que se desarrollan.
El movimiento sionista y, posteriormente, el estado de Israel, depen- dieron en sus orígenes de la evolución de las relaciones políticas interna- cionales para su propio desarrollo. Debe atenderse a su relativa debilidad como movimiento político, en el primer caso, y como nuevo estado en el segundo, siempre en relación con las estructuras políticas y administrati- vas nacionales e imperiales relevantes en la época. En buena medida, además, su evolución o, mejor dicho, la evolución de sus circunstancias, sirve de contraste para esas mismas relaciones internacionales, como pie- dra de toque para la evaluación preliminar de su constitución, evolución e importancia relativa frente a otros factores, ya sean económicos, políti- cos, culturales e incluso militares.
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En primer término, el período de desarrollo del sionismo como mo- vimiento político y el establecimiento del estado judío coinciden –en forma no totalmente casual ni causal– con la evolución de importantes organismos e instituciones tendientes a regular y controlar, si bien no siempre con buenos resultados, las relaciones internacionales, entre los cuales destacan la Liga de las Naciones, la Organización de las Naciones Unidas y, en el marco de ésta última organización, el Consejo de Seguri- dad. En segundo término, la situación conflictiva planteada desde el ini- cio por la intención y posterior concreción de la actividad colonizadora sionista permite observar y evaluar las sucesivas acciones internaciona- les, la vocación y calidad negociadora de las instituciones y las relaciones de fuerza entre los bloques enfrentados en este caso concreto.
La ubicación espacial y temporal del conflicto no es casual. Se trata, por una parte, de una época (hablamos del fin del siglo XIX) en la que los estados con capacidad de dominación imperial basada en relaciones capitalistas de producción avanzadas se encontraban en posición, antes de enfrentar sus propias crisis, de expandir su influencia, compitiendo con oponentes sumidos en un estancamiento crónico y una paulatina de- clinación: los imperios de Europa central y el oriente próximo y lejano. Por otra parte, la tierra de Palestina en disputa se encuentra en uno de los límites de la lucha, hasta convertirse en una trinchera más de la enorme guerra de posiciones políticas desarrollada por estos años y hasta el fin de
la primera guerra mundial105. Así, ambos contextos, el local y el interna-
cional, deben ser tenidos en cuenta.
Para facilitar el análisis del largo período histórico en el que el sio- nismo y el estado de Israel se comunican e interactúan con las institucio- nes internacionales y su contexto conflictivo, hemos dispuesto el recorri- do en cuatro etapas: la primera de ellas abarca el período de gestación del
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proyecto sionista, marcado por la lucha entre los imperios de diversa índole, hasta el conflicto mundial 1914-1918, en donde eclosionan nue- vos actores y situaciones que influirán poderosamente en ambos contex- tos; la segunda etapa comprende los años de entreguerras, que es un per- íodo signado políticamente para la región por el mandato británico y por el rebalanceo de las fuerzas existentes en el sistema geopolítico mundial, una de cuyas expresiones significativas es la “Liga de las Naciones”, esta etapa concluye con la segunda guerra mundial para el panorama interna- cional y con la creación del estado de Israel en el contexto particular; la tercera etapa comprende un período particularmente importante en térmi- nos institucionales, pues el fin de la Segunda Gran Guerra trae consigo la institucionalización de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, junto con la institución del Consejo de Seguridad, cuya importancia estratégica en la gestión del conflicto lo hace merecedor de un apartado; en el plano local esta etapa se distingue por la guerra árabe-israelí y la terminación de la posibilidad de establecer un estado palestino independiente durante muchas décadas. Esta imposi- bilidad es origen, a su vez, de buena parte de los conflictos que continúan activos actualmente. Por último, como parte fundamental, podremos ana- lizar el estado actual del conflicto y de las relaciones internacionales que han cambiado y cambian en forma acelerada, aún cuando ello tarde en verificarse en términos institucionales.
Dado que a la historia local hemos dedicado páginas anteriores, es al contexto internacional al que daremos ahora mayor importancia, hacien- do a la realidad particular del oriente medio las referencias indispensa- bles, además de aquellas que aporten nuevos datos. Por su parte, el análi- sis de las prácticas institucionales de los organismos internacionales y de las principales potencias mundiales en cada etapa no será exhaustivo ni
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mucho menos. Por el contrario, estará acotado a los aspectos relaciona- dos con nuestro tema.
B_ En la era de los imperios
Es un uso común hablar de Imperios y de intenciones y prácticas im- perialistas. Si nos atenemos a la etimología latina del término, verifica- mos que el “Imperio” denota un área geográfica bajo control militar cuya