3.1. La Autonomía
Etimológicamente hablando, la palabra autonomía proviene del griego, “autos” que significa por sí mismo, y “nomos”, que significa ley, interpretándose como la facultad de auto regularse o proporcionar una ley a sí mismo, término que se diferencia de la anomía que se refiere a la falta de normas y a la heteronomía, que se refiere a las normas que existes en el exterior; en este contexto el término se amplía a las diferentes situaciones y campos donde interactúa el individuo (Gairín, et al., 2009). Discutir de autonomía supone indudablemente el tratamiento de derechos y valores del ser humano en cuanto a las formas de organización que se puedan adoptar, dicho precepto legal esta nutrido por la voluntad del sujeto de derechos, quien tiene la capacidad de pensar y actuar en base a sí mismo y con conocimiento de causa, es decir con ausencia de coacción externa, más sin embargo para alcanzar dicha independencia antes es preciso conocer las normas generales para así garantizar la seguridad en el orden social (Gordillo, L.).
3.2. La Autonomía de la Organizaciones en el Deporte Ecuatoriano
El deporte ecuatoriano en la actualidad a pesar de tener su naturaleza privada, se haya regulado por diversas normas tanto nacionales como internacional, la más importante es evidentemente la Norma Suprema, no obstante esta disciplina se desarrolla además con la regulación especial que se establece en la Ley del Deporte, Ecuación Física y Recreación así como las demás normas aplicables. Hoy en día es indiscutible es progreso que ha tenido el deporte ecuatoriano, crecimiento que en gran parte es atribuible a las organizaciones deportivas, quienes han sabido llevar de forma fructífera la administración de la misma, he ahí la importancia de la autonomía institucional en el deporte, la cual se reconoce por la Constitución de la República del Ecuador (2008) e implica también la autonomía en la administración de los escenarios e instalaciones deportiva. La situación social y económica que atraviesa nuestro país, donde la empresa privada no ha volteado la mirada sobre el deporte en relación a otras naciones, requiere que el Gobierno necesariamente brinde el apoyo para la proliferación del deporte
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principalmente en el nivel formativo con miras hacia el alto rendimiento, ya que solo de esta forma se garantiza el derecho de las y los deportistas.
Apoyar la independencia y autonomía en el deporte, es una de las temáticas y trabajos que inclusive han sido respaldados por la Organización de las Naciones Unidas, donde se ha visto al deporte como un medio de desarrollo educativo, protector de salud y preventivo de enfermedades, reconocido como un eminente facilitador del desarrollo sostenible.
Cuando abordamos el tema de la autonomía de las organizaciones deportivas, existen algunas áreas que son importantes entre ellas la financiera, administrativa y técnica, que a pesar de tratarse de una misma organización, cada uno de estos campos guardan ciertas peculiaridades, siendo importante su tratamiento para la mejor comprensión de esta temática. Nos referimos a la autonomía financiera
3.3. La Autonomía Administrativa
Hablar de la autonomía administrativa supone la capacidad de los organismos para administrarse por sí solos para lo cual existirá un cuerpo directivo y administradores que velarán no solo por la buena administración de los escenarios deportivos y demás instalaciones, sino también por la mejor agilidad en los procesos, observando la tecnificación, el desarrollo deportivo, las normas de creación y todas aquellas que le sean aplicables, a más de las que irá desarrollando conforme a las necesidades que los cambios generen. La Ley del Deporte, Ecuación Física y Recreación (2010) ratifica dicha independencia, no obstante establece que en cuanto los organismo que reciban inversión pública o dispongan de infraestructura cuya pertenencia sea del estado deberán sujetarse a la Planificación Nacional y establecida para el sector mediante la política pública, sujetándose a las leyes públicas, a la valoración de su gestión y debiendo rendir cuentas de conformidad a la ley.
Hemos abordado al deporte como un derecho constitucional por lo tanto, fomentar la práctica deportiva debe ser vista como una política pública que contribuye en varias áreas de impacto social, como lo es ligado al tema de salud y educación principalmente
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de la niñez y la juventud, de ahí que los fondos destinados a contribuir en las administraciones deportivas de todos los niveles garantizan primordialmente a los grupos de atención prioritaria como son niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad y otros derechos de inclusión y buen vivir.
3.4. La Autonomía Técnica
El tratamiento del área técnica de una organización definitivamente resulta uno de los más importantes campos ya que para el efecto se requiere de criterios de especialización en la materia, evidentemente cada entidad tendrá un elemento intrínseco bajo el cual giraran todas las demás áreas, por consiguiente la autonomía técnica se encuentra directamente ligado al criterio de independencia fundamental para que se consuman efectivamente los fines de la institución.
Las metodologías y técnicas que permiten el buen funcionamiento de las diferentes actividades que desarrolla una entidad se encuentran dotadas de ideas y criterios perfeccionables con el paso del tiempo, los cambios sociales y las múltiples necesidades que van surgiendo, no obstante hablamos de una independencia en esta área porque dichos criterios pertenecen a un determinado organismo quien ha establecido y normado cada una de sus acciones, observando para ello la recopilación, sistematización y generalización de las diferentes experiencias que permiten consumar los objetivos, para De Robertis (2017) existen cinco etapas importantes para generar las metodologías, entre ellos se encuentra: 1) recopilación de los datos sobre los problemas sociales, 2) diagnostico social, 3) intervención, 4) aplicación de las estrategias para la intervención y 5) la evaluación de los resultados, siendo la más importante para definir la autonomía técnica el diagnóstico de la situación social.
En el campo deportivo no se podría hablar de un diagnostico social permanente o definitivo, debido al movimiento constante que existe, lo cual implica no solo técnicas o metodologías en permanente evolución sino además normas para regular el accionar de los sujetos que deben ir de mano con los mecanismos que permitan alcanzar el desarrollo integral en el deporte, por ello es importante la constante revisión de las situaciones a fin de realizar las adaptaciones frente a las evoluciones de cada tipo de
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situación, esta autonomía deportiva faculta a la organización ingresar a un mundo de competencia donde si bien es cierto existirán guías generales, la facultad de auto especificidad marcará la diferencia en cuanto a los diferentes oponentes, sin que aquello signifique el detrimento de nadie, ya que como mencionamos el mundo del deporte es sumamente amplio y en los Instituciones gubernamentales y no gubernamentales, encontraremos sin dudas profesionales con experiencia experimental, métodos y técnicas y en definitiva proyectos con basto conocimiento en el área; no obstante, el conocimiento profundo de cada situación social requiere un tratamiento determinado.
3.5. La Autonomía Financiera
En la actualidad el deporte es consagrado conforme a la Norma Suprema como un derecho de las y los ecuatorianos, y es por ello que el Estado destina fondos públicos que garanticen la práctica del deporte, cultura física y la recreación. Las organizaciones del deporte caracterizadas por no tener fines de lucro, subsiste mediante dos tipos de ayudas económicas, la primera se trata de los bienes y medios de autogestión propios del organismo, que en muchos casos consiste en aquellos bienes sobre los cuales se fundaron y en muchos casos se obtuvieron mediante aportes y donaciones entre particulares, y la otra se trata de las asignaciones públicas que el Gobierno Nacional a través de la actual Secretaria Nacional del Deporte entrega en forma periódica a aquellas instituciones que se han constituido jurídicamente y han cumplido los requisitos que las normas prevén para poder obtener dichos capitales.
Si bien hemos abordado al deporte como un derecho constitucional, la naturaleza de las Organizaciones deportivas a fin de garantizar su buen funcionamiento y con fundamento en lo establecido en la Ley del Deporte Educación Física y Recreación (2010), facultan la generación de mecanismos para obtener recursos de autogestión o también llamados recursos propios, los cuales deberán ser reinvertidos en el fin de la institución ya sea el deporte, educación física y/o recreación, lo cual también implica el mantenimiento y construcción de infraestructura. Actualmente la autogestión se genera no solo mediante el alquiler de bienes muebles o inmuebles, sino también mediante la prestación de servicios en cursos que involucran a la sociedad en general, ya que existen actividades dentro de esta área, orientadas a las diferentes edades y condiciones de las
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personas. Estos fondos conforma al ibídem deberán ser sujetos a una auditoria extraña priva anual, la cual deberá ser remitido al Ministerio del Ramo, aspecto que de ninguna manera limita la autonomía del organismo a fin de dar cumplimiento a los fines para los que fue creado
Como mencionábamos anteriormente las organizaciones a más de los fondos de autogestión subsisten con las asignaciones públicas, las cuales conforme al ibídem se distribuyen a través del ministerio sectorial, en nuestro caso la Secretaria Nacional del Deporte, quién para dicha transferencia observa ciertos criterios, tales como: número de beneficiarios, tasa de sedentarismo, nivel socioeconómico, naturaleza de cada organización, infraestructura e igualdad; estas asignaciones se deberían ser mensuales, y estar distribuidas en gasto corriente, proyectos de inversión y pagos de servicios básicos, en este sentido en base a los techos presupuestarios las Ligas, Asociaciones, Federaciones y Comités del Deporte en todos sus niveles, deben presentar cada año una planificación, que se refiere al Presupuesto Operativo Anual, el cual debe ser evaluado de forma semestral.
Si bien hablamos de dos tipos de ingresos, se trata de una misma organización, y en el campo deportivo existe organizaciones que tienen más o menos desarrollo en cuanto a la autogestión se trata, por consiguiente en un régimen privado que es el que regula a cada organización si bien deben observarse las normas que regulan el buen uso de los recursos públicos estos forman o componen una misma área encaminada al desarrollo deportivo y por lo tanto la misma debe ser observada con independencia, es decir observar la forma como van afectar los recursos a fin de garantizar el desarrollo deportivo de cada entidad.
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