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DIPUTADO MANUEL ALEJANDRO ROBLES GÓMEZ

Artículo 4.- La Universidad tiene las siguientes atribuciones:

X.- Determinar sus planes y programas de estudio, sus programas de investigación y extensión, así como las modalidades de los proyectos y actividades de apoyo a las comunidades del Distrito Federal;

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente Proposición con:

Punto de Acuerdo para exhortar a la Rectoría de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el ámbito de su autonomía implemente su Programa de Educación Abierta y a Distancia (PEAD)

 

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P U N T O D E A C U E R D O

ÚNICO. La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal exhorta respetuosamente a la Rectoría de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el ámbito de su autonomía considere implementar su Programa de Educación Abierta y a Distancia (PEAD), con el fin de contribuir en el desarrollo social, económico y cultural de más jóvenes capitalinos atendiendo principalmente a los que no cuenten con posibilidades de acceso a la educación superior en la modalidad presencial.

Dado en el Honorable Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura. a los 17 días del mes de julio de 2013.

ATENTAMENTE

__________________________________________ DIP. MA. ANGELINA HERNÁNDEZ SOLÍS

Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación , ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga

 

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DIP. VIDAL LLERENAS MORALES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

VI LEGISLATURA P R E S E N T E

La suscrita, diputada Ma. Angelina Hernández Solís integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción VI, 18 fracción VII de la Ley Orgánica; 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la presente proposición con Punto de Acuerdo mediante el

cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación, ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga; al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En el México antiguo los primeros pobladores construyeron las chinampas que son porciones de tierra sostenidas en los alrededores por las raíces de árboles regularmente de ahuejotes. Las chinampas fueron ganando espacio a los cuerpos de agua del gran lago del valle del Anáhuac, así crearon la gran Tenochtitlán, antigua capital del imperio Mexica.

Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación , ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga

 

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La chinampería fue y sigue siendo una de las mejores formas de cultivo jamás inventadas ya que la tierra de las chinampas puede producir en un año hasta 7 cosechas mientras que en otros lugares lo máximo son 5 cosechas al año. Para la instrumentación de la chinampería se hicieron necesarias obras complejas de control de agua y cultivo que permitieron producir alimentos en volumen para una gran metrópoli que así lo requería, misma que desarrolló sistemas agrícolas complejos, base de su economía y subsistencia.

Con el paso de los años y el crecimiento de la mancha urbana y la alteración de la mano del hombre en el medio generó que la población de las chinampas, fuera cada vez menor. Actualmente, sólo existen dos delegaciones Xochimilco y Tláhuac en las cuales sus productores conservan el método tradicional de la siembra en la chinampa.

Así, se observa que la demarcación Xochimilco tiene una importancia significativa para el resto de la Ciudad, que radica en el abasto de agua para consumo humano y en la producción de plantas, flores, hortalizas y verduras. Sin embargo, esta delegación rural se ve afectada por problemas graves en cuanto a la cantidad y calidad del agua en los canales que es visible puesto que el líquido ha disminuido considerablemente, lo que también ha provocado diversos problemas e incluso el riesgo de diversos cultivos a perderse. La producción de la verdolaga ha resentido considerablemente los embates de tal problemática.

La preservación de Xochimilco no solo responde a las preocupaciones de salvamento, ni tampoco a los intereses comerciales y turísticos o culturales. Su

Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación , ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga

 

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recuperación se inscribe en la dimensión social del proceso de construcción de una identidad histórica de comunidades de productores.1

Existe una gran diversidad de vegetales cultivados en el Distrito Federal, ocupando una superficie de 2,922 hectáreas, San Gregorio Atlapulco es uno de los 14 pueblos de Xochimilco que produce más verdolaga de acuerdo con el

SISTEMA-PRODUCTO HORTALIZAS en 2004.

Las hortalizas se encuentran cultivadas en todas las delegaciones del Distrito Federal en el año 2003; el cultivo de la verdolaga llego a 100.6 (ha) sembradas. Cosechando solo 56.4 (ha), teniendo un rendimiento de 358 (ton/ha. En el año 2012, el mismo producto obtuvo resultados de rendimiento de 88.50 (ha) sembradas y solo 88.50 (ha) cosechadas, con un rendimiento de 10.003 (ton/ha).2

La verdolaga es una planta herbácea anual de la familia de las portulacáceas, con tallos tendidos, gruesos, jugosos, de tres a cuatro decímetros de largo; hojas sentadas, carnosas, casi redondas, verdes por la haz y blanquecinas por el envés; flores amarillas, y fruto capsular con semillas menudas y negras. Es planta hortense y se usa como verdura.3

La verdolaga, o Portulaca oleracea (nombre científico) es una potencia en cuanto grasas omega-3 dentro del mundo vegetal Se parece mucho una planta de jade pero en miniatura, con suculentas hojas frescas y tallos rojizos.

                                                                                                               

1      Jaime Erazo Espinosa (2009), Inter/secciones urbanas: origen y contexto en América

Latina, pp. 51-72.  

2  2004.Sistema – Producto Hortalizas D.F. Fuente: Elaborado por el Servicio de Información

Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), con información de las Delegaciones de la SAGARPA  

Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación , ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga

 

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Los tallos crecen rectos desde el suelo e irradian hacia fuera desde una raíz única, algunas veces se forman plantas grandes y circulares de unas 16 pulgadas. Una sola planta de verdolaga puede producir más de 200,000 semillas. Y la verdolaga puede crecer en casi cualquier terreno, desde un jardín fértil hasta el suelo más desértico y árido, incluso en una carretera.

También tiene otros beneficios nutricionales: seis veces más vitamina E que la espinaca, siete veces más beta carotenos que las zanahorias, 25mg de vitamina C por taza, rica en magnesio, calcio, hierro, potasio, riboflavinas, fósforo y magnesio.45

San Gregorio Atlapulco, la construcción de las chinampas permitió a la región contar con suelos de alta fertilidad, haciendo de la agricultura la principal actividad económica de la localidad e importante abastecedora de hortalizas y flores de la actual Ciudad de México hasta hace unas décadas.

La certificación consiste en verificar e inspeccionar las semillas para siembra, desde su origen, durante su proceso de producción en campo, beneficio y acompañamiento, hasta su almacenamiento y comercialización, conforme estrictas normas de calidad establecidas. Solo las semillas que cubren los requisitos de alta calidad genética, fisiológica, física y fitosanitaria son certificadas por el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS). Órgano desconcentrado de la SAGARPA.

El por que debemos proteger la propiedad intelectual en la variedad de las semillas vegetales por que son la garantía de proteger los productos nativos de la región. Además de ser el resultado de la investigación agrícola, que requiere invertir recursos (en tiempo, materiales, y humanos).

                                                                                                               

Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación , ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga

 

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CONSIDERANDOS

Primero.- Que de acuerdo con la LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL TITULO PRIMERO, en su Artículo 2º, fracción I, que a la letra dice:

Artículo 2.- Esta ley tiene por objeto:

I. Establecer las bases para que, en las actividades industriales y comerciales del país, tenga lugar un sistema permanente de perfeccionamiento de sus procesos y productos; en este caso será de productos, específicamente de la verdolaga y las semillas nativas de la región.

Lo anterior con el fin de que en un futuro cercano se restaure la cantidad y calidad del agua, sobre todo en la parte de San Gregorio Atlapulco y San Luis Tlaxialtemalco, lugares donde aún se cultiva la chinampa. Y se produce un sinfín de verduras y hortalizas, en este caso se busca impulsar con mayor ímpetu a la verdolaga.

Segundo.-Con base la LEY FEDERAL SOBRE PRODUCCIÓN,

CERTIFICACIÓN Y COMERCIO DE SEMILLAS (PUBLICADA EN DOF 15-

JUNIO-2007). En su CAPÍTULO I. De las DISPOSICIONES GENERALES, en

el Artículo 2.- que a la letra dice; La aplicación de esta Ley corresponde al

Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y tiene por objeto regular:

I. La producción de semillas Certificadas; II. La calificación de semillas; y

Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a la de Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación , ambas del Distrito Federal y a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México para que en el marco legal de su competencia brinden el acompañamiento necesario a productores del poblado de San Gregorio Atlapulco a fin de hacer la caracterización del seguimiento y metodología científica, para lograr la certificación de las semillas nativas del Distrito Federal y específicamente de la verdolaga

 

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Son sujetos de esta Ley, los productores y comercializadores de semillas, los obtentores, fitomejoradores y mantenedores de semillas, los Comités Consultivos Regionales y Estatales de Semillas, asociaciones de agricultores consumidores de semillas, las instituciones de enseñanza superior, de investigación y extensión y los organismos de certificación que realicen actividades relacionadas con las materias que regula esta Ley.

Que de acuerdo con su Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

I. Calidad Física: Medida de la pureza física de la semilla, se expresa como el porcentaje del peso que corresponde a la semilla de la especie, con respecto al peso total de la muestra de un determinado lote;

II. Calidad Fisiológica: Medida de la capacidad de la semilla para producir material de propagación fisiológicamente viable, se expresa como el porcentaje de semilla fisiológicamente viable, con respecto al total de la muestra de un lote;

III. Calidad Fitosanitaria: Medida de la sanidad de la semilla que evalúa y determina la presencia o ausencia de organismos patógenos en el lote de semillas;

IV. Calidad Genética: Medida de la identidad genética de la semilla, se expresa como el porcentaje de semillas viables que se identifican con respecto a los caracteres pertinentes de la variedad vegetal;