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Primera Parte El sector

Capítulo 1. Importancia y situación actual del sector del aceite de oliva

1.2. El aceite de oliva en Catalunya

1.2.5. Las denominaciones de origen en el aceite

La concesión administrativa de una denominación de origen (D.O.P.) a una zona determinada no solamente tiene el sentido de proteger el nombre geográfico, sino que también significa la instauración de una disciplina interna a la que se someten voluntariamente todos los agentes participantes en las distintas fases del proceso de producción (cultivo, elaboración y comerciali- zación) con el objeto de que el producto permanezca en todo momento fiel a las características de personalidad y calidad que justifican su adscripción a la D.O.P. y su prestigio en el mercado. Todos estos condicionantes quedan contenidos en una norma legal específica para cada deno- minación de origen denominada Reglamento.

La contrapartida a la estricta regulación de su actividad a la que se ven sometidos los partici- pantes en este ciclo productivo, es el uso del nombre e imagen de la D.O.P. que se convierte de este modo en una marca genérica que permite diferenciar sus productos de aquellos otros co- munes o procedentes de distintas zonas geográficas. La utilización de esta marca, facilita la introducción y sostenimiento comercial de productores y productos al aportarles el prestigio asociado con la denominación a la que pertenecen y que para los consumidores constituye un indicativo de calidad en la composición y elaboración del producto, además de una garantía de su procedencia.

Este aspecto tiene una gran importancia en el caso del aceite de oliva virgen donde la diferen- ciación se establece, no tanto por la calidad objetiva del producto, sino por la calidad subjetiva que perciben los consumidores. El escaso conocimiento que tiene el público en general sobre

por la adopción de patrones y estándares externos, constituyendo la referencia de una marca de reconocido prestigio un aspecto clave en la valoración favorable del producto.

Consecuencia de todo esto, es que en los últimos años se viene detectando en el sector olivare- ro una clara apuesta por la calidad del aceite que se traduce en la creación y desarrollo de de- nominaciones de origen. El régimen de protección a la calidad de las D.O.P. se aplica exclusi- vamente a los aceites de oliva vírgenes, por ser éstos los únicos que por su procedimiento de elaboración conservan inalterables los caracteres de calidad derivados del medio físico, de la variedad y de los factores humanos que intervienen en la producción.

Como ya hemos indicado, las denominaciones de origen designan un producto originario de una zona, con cualidades y características diferenciales debidas principalmente al medio natural y a su proceso de elaboración. La reglamentación de las denominaciones de origen ofrecen garantías al consumidor: origen correspondiente a una zona geográfica, variedad, proceso de elaboración y control de calidad puesto que las entidades elaboradoras debe estar reconocidas por el Consejo Regulador y deben estar ubicadas en la zona de producción, con lo cual también se fomenta la industria agroalimentaria rural (Ciurana y Torrado, 1981).

Durante la década de los ochenta eran seis las denominaciones de origen aprobadas por la Comisión de la Unión Europea. A principios del 2000 eran doce el número de denominaciones que esperaban ser aprobadas. En la actualidad existen en España 20 denominaciones de origen de aceite de oliva virgen. Estas denominaciones constituyen una muestra representativa de la cultura y del buen saber hacer de los distintos olivareros y suponen una apuesta por la calidad, pues para la obtención de este aceite emplean técnicas esmeradas de cultivo y técnicas que deben estar autorizadas y supervisadas por los Consejos Reguladores de las distintas denomi- naciones, que certifican la calidad y el envasado del producto. La calidad de estos aceites y su protección ha supuesto el incremento de las ventas, así como su reconocimiento tanto en los mercados nacionales como internacionales.

De las 20 denominaciones de origen existentes actualmente en España, 4 se encuentran en Catalunya. Este elevado número de denominaciones de origen, sobretodo en Andalucía y Cata- lunya, nos indica la apuesta de dicho sector por el uso de estos distintivos de calidad, permi- tiendo la diferenciación del producto, afianzar su seguridad e incorporar mayor valor añadido al mismo (cuadro 1.10).

Cuadro 1.10. Distribución de las denominaciones de origen del aceite por Comunidades Autónomas

D.O.P. Comunidad Autónoma Aceite del Baix Ebre-Montsià Catalunya

Aceite de Estepa Andalucía Aceite de La Rioja La Rioja Aceite de Mallorca Islas Baleares Aceite de Monterrubio Extremadura Aceite de Terra Alta Catalunya Aceite del Bajo Aragón Aragón

Antequera Andalucía Baena Andalucía Gata-Hurdes Extremadura Les Garrigues Catalunya

Montes de Granada Andalucía Montes de Toledo Castilla-La Mancha Poniente de Granada Andalucía Priego de Córdoba Andalucía Sierra de Cádiz Andalucía Sierra de Cazorla Andalucía Sierra de Segura Andalucía Sierra Mágina Andalucía

Siurana Catalunya

Fuente: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, MAPYA. 2006

D.O.P. Garrigues. Ampara una superficie de producción de 34.000 has de olivar, que se loca- lizan en 35 municipios de las comarcas de Les Garrigues, El Segrià y l’Urgell. Los aceites vírge- nes protegidos se elaboran exclusivamente a partir de la variedad de aceituna “Arbequina”. En el Consejo Regulador se encuentran registradas 27 almazaras que producen una media anual comprendida entre los cinco y los seis millones de kilos de aceite, según las campañas. La comercialización media anual de aceite de oliva virgen extra es de 2,5 millones de kilos, que se venden practicante en el mercado interior.

D.O.P. Aceite del Baix Ebre-Montsià. Comprende los terrenos ubicados en las comarcas del Baix Ebre y del Montsià, ambas pertenecientes a la provincia de Tarragona, situadas en el ex- tremo más meridional de Catalunya, limítrofes con las comarcas del Baix Maestrat (provincia de Castellón) y Matarraña (provincia de Teruel). El aceite de oliva virgen extra debe proceder de las variedades autóctonas autorizadas “Morruda”, “Sevillenca” y “Farga”. Las empresas inscritas en

la D.O.P. son un total de 12 almazaras cooperativas de primer grado. Tiene una superficie de 49.000 has.

D.O.P. Aceite de la Terra Alta. El ámbito de producción es de 6.000 hectáreas de olivar, locali- zadas en la comarca de la Terra Alta y algunos municipios de la comarca de la Ribera de l’Ebre, ambas situadas en el sudoeste de Catalunya. El aceite de oliva virgen extra se elabora princi- palmente a partir de la variedad “Empeltre”, con una pequeña participación de otras variedades como la “Arbequina”, la “Morruda” o la “Farga”. Las empresas inscritas en dicha D.O.P son 19 almazaras.

D.O.P. Siurana. La zona de producción se extiende sobre una superficie que alcanza las 17.000 hectáreas de olivar, asentadas en más de 50 municipios repartidos por las comarcas de El Priorat, El Baix Camp, Alt Camp, Tarragonés, Baix Penedès, Conca de Barberà y Ribera d’Ebre, en la provincia de Tarragona. El aceite de oliva obtenido procede las variedades “Arbe- quina”, “Royal” y “Morruda”. Las empresas inscritas en la D.O.P. Siurana son un total de 41, de las cuales 36 corresponden a almazaras cooperativas de primer grado, 2 son de segundo grado y existen 2 molinos privados y una empresa mercantil (sociedad anónima). Producen al año entre 4 y 6 millones de kilos de aceite de oliva virgen extra, y comercializan unos 3 millo- nes de kilos con el distintivo de la denominación de origen.

Si analizamos la tipología jurídica de las denominaciones de origen, observamos como forman parte de ella, almazaras cooperativas de primer y segundo grado, almazaras o molinos privados y empresas mercantiles, aunque las presencia de almazaras cooperativas es sensiblemente superior al resto de empresas (cuadro 1.11).

Cuadro 1.11. Tipología jurídica de las empresas inscritas en las denominaciones de origen

D.O.P.