2. Conjunción de las dos leyes en el hombre histórico:
2.2. La ley natural en el orden a la Salvación
Tettamanzi tiene claro que el hombre histórico –todos los que de hecho existen y han existido– se encuentra en el orden sobrenatural por estar llamado a entrar en la comunión con la Trinidad. Nadie está exento de esta realidad. Sin embargo, nadie es capaz de alcanzar con sus propias fuerzas este fin que le trasciende. Sabemos que existe una ley natural puesta por Dios en el hombre y que debe estar relacionada con este fin sobrenatural, pero los autores discuten sobre su alcance, utilidad, actualidad, etc.
Antes de responder a estos interrogantes, el cardenal italiano hace unas aclaraciones que considera importantes para no desvirtuar des- de el punto de partida de la reflexión lo que esta ley pueda ser. Se- ñala que la ley natural no es la del hombre «natural», que no ha sido llamado por Dios a la vida sobrenatural; tampoco es la de un sector del hombre, diferente al espiritual. Considera más bien que son exi- gencias o inclinaciones propias e imprescindibles, que no se pueden dejar de tener sin dejar de ser hombre, no importa el estado en el que se encuentre.
Dice que la doctrina católica respecto a su función dentro del plan de Salvación puede resumirse en que «en el nuevo orden de Cristo la ley natural es válida, inadecuada, salvada y salvante»229.
La validez de esta ley se puede inferir de la Sagrada Escritura, en concreto del pasaje evangélico central de Veritatis splendor: el del joven rico; Jesús le recomienda a esta persona cumplir los mandamientos (cfr. Mt 19, 17-20), cuyo contenido coincide con la ley natural. Tam- bién san Pablo enumera varias series de pecados que son de ley natu- ral230. Del mismo modo, el Magisterio se ha pronunciada en diversas
ocasiones a favor de ella: por ejemplo el concilio de Trento (DS 1536, 1571), y más recientemente en VS (cfr. nn. 39-53).
Arguye también dos razones teológicas que explican su validez. La primera la deduce del hecho de la creación. Dios como creador es autor también de su estructura y naturaleza, que son, por tanto, que- ridas por Dios. Las exigencias de la naturaleza manifiestan de alguna manera ese querer y fin divinos. Puesto que el nuevo orden instaurado por Cristo no anula el de la creación, la ley natural permanece vigente. La gracia, por ser necesariamente gratuita, se apoya en algo existente que la sustenta: la naturaleza. Ésta tiene algo que conserva al recibir la gracia, que no tienen otras naturalezas infrahumanas que no pueden recibir este don. La naturaleza humana es la estructura –de la que ha- bla Aubert231– en la que se apoya la vocación cristiana para darle un
nuevo sentido: pasa a ser un substractum, que será el punto de partida para la ley de Cristo232.
Afirma Tettamanzi que es tan válida la ley natural, que la primera exigencia de la gracia es precisamente la lealtad a los valores naturales en su orientación y finalidad natural233. El hombre es llamado al fin
sobrenatural en cuanto hombre, y por tanto no puede dejar de serlo, ni la ley natural desligarse de la naturaleza234.
Puesto que permanece su validez, se encuentra vigente también para los cristianos, que además tienen un motivo más para cumplirla, y es que la ley de la gracia la asume, dándole un nuevo sentido. La inclinación de la naturaleza se convierte para el cristiano en «instinto de la gracia»235.
La segunda característica es la inadecuación actual de la ley na- tural. El hombre se encuentra en una situación histórica de pecado que debilita la función de esta ley de iluminar y empujarlo hacia la consecución de su fin; aunque hay que señalar que en una situación hipotética de humanidad perfecta, sin pecado, la ley natural seguiría siendo inadecuada, pues el fin verdadero del hombre es sobrenatural. Históricamente el hombre sólo tiene este fin. Las cualidades que le faltan a la ley natural se las da Jesucristo236.
En efecto, la ley nueva le da un sentido nuevo e inesperado. En pri- mer lugar, la gracia sana o restablece el valor auténtico de la ley natural porque libera del pecado. Con ello, le devuelve su luz normativa y su fuerza debilitadas por el pecado. Pero también eleva la ley natural –por la elevación de la naturaleza humana– por encima de sus cualidades propias, para que pueda participar de la vida sobrenatural. Le da la capacidad de orientar al hombre a un fin que le supera, aunque sea el único que tiene históricamente.
Una vez que Cristo ha salvado esta ley, se convierte también ella en salvante. Ayuda a que el hombre consiga su fin sobrenatural. Incluso se convierte en medio necesario para alcanzarlo, no en cuanto esta ley es natural sino en cuanto ha sido sanada y elevada por la gracia de Cristo. Enseña el concilio de Trento que la ley natural dispone a la justificación, y merece (si se realiza en la caridad) el aumento de la gra- cia237. Desde muy antiguo se le ha llamado «primera gracia», porque
permitía obtener la Salvación antes de la venida de Cristo e incluso antes de la ley Antigua.
Explica con Hamel que, para que la ley natural sea salvífica en el sen- tido sobrenatural, antes el hombre ha debido aceptar el fin sobrenatural que Dios le ofrece, en la fe y en la caridad. A partir de allí, la ley natural será para él «expresión misma de aquella caridad que Dios ha puesto en
su corazón»238. Los preceptos de la ley se convierten en exigencias de
la caridad. Ésta se convierte así en ley de vida eterna, como recuerda el pasaje evangélico tantas veces citado en Veritatis splendor: «Más si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos» (Mt 19, 17).