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1.2. Nuevas perspectivas de la teoría liberal de la justicia

1.2.4. Libertad y capacidades: la verdadera expresión de la justicia

Sen (2009) realiza un aporte a la teoría liberal de la justicia, en el sentido de incorporar una nueva visión, según la cual es más importante ver la forma como se vive la vida en el ámbito de la persona misma, de acuerdo con su razón, su libertad, sus valores y sus capacidades; que seguir buscando construcciones institucionales perfectas como garantía de la justicia.

Así mismo hace un llamado a recordar la capacidad humana de razonar, apreciar, elegir, participar y actuar, para dejar de ver a la gente solo desde el punto de vista de sus necesidades (2009: 280) y a abandonar “el parroquialismo” en las exigencias de justicia, para incursionar en el plano de una idea de justicia global que traspase su acción práctica, a través de las fronteras del Estado Nación conservadas por las teorías de la justicia convencionales.

Esta nueva visión impulsa a entender que la verdadera democracia se hace a partir de la razón pública, dada en torno a la disponibilidad de información y a la posibilidad de interactuar en las discusiones sociales, y no se trata solo de una cuestión de estructura institucional.

Este autor señala que la auténtica justicia gira alrededor de la libertad en dos acepciones, la libertad como oportunidad para elegir la vida que se quiere vivir y mejorar los objetivos que cada uno considera valiosos en la vida. Y la libertad entendida en el proceso de elección mismo, como expresión de la voluntad autónoma del individuo y no de imposiciones externas.

A partir de la libertad así concebida y como elemento fundamental de la justicia, Sen (2009) complementa el enfoque de las capacidades25, en el sentido de

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considerar que la posibilidad de lograr cosas valiosas, está dada tanto por la libertad de elegir aquello que se considera apreciable, como por poder hacer efectiva esa elección para la consecución de un logro determinado.

Explica que el propósito del enfoque de las capacidades, no es ser una fórmula para la igualación de las capacidades de todos, sino una herramienta para la evaluación de la desigualdad social, que apunta hacia las “habilidades para

realizar combinaciones de actividades valoradas” (2009: 261-263) en pro de

funcionamientos para la vida.

Igualmente señala que el enfoque de las capacidades, es susceptible de aplicación no solo al individuo sino también a las colectividades, por lo que estaría basado en la valoración que se asigne a la eficiencia del sujeto plural, en el desarrollo de la habilidad para realizar la combinación de actividades valiosas de manera mancomunada, dada a partir de la apreciación individual y el reconocimiento de la interdependencia de las valoraciones de los individuos que interactúan (2009:276), puesto que estima que al realizar la evaluación de la capacidad de un individuo para asumir un papel dentro de la vida colectiva, se está valorando de manera tácita la vida de la sociedad misma.

De ese modo, resalta que la capacidad de la vida del ambiente como sujeto mismo, en principio no está dada en igual dirección que las oportunidades individuales o colectivas de los seres humanos, sino que tiene que ver con el impacto de su buen o mal funcionamiento en las vidas humanas. Por tal razón afirma (2009: 279) que la cuestión ambiental, no debe ser un tema de “preservación pasiva” sino más bien un proceso de “intervención humana

constructiva”, en la que el poder humano se utilice para detener la destrucción

ambiental y mejorar las condiciones de la naturaleza, a través de una búsqueda activa de soluciones.

Como ejemplo de tales intervenciones explica, que acciones como el mejoramiento de la educación y del empleo de las mujeres, pueden influir directamente en la reducción de la presión sobre el calentamiento global y la creciente destrucción de los ecosistemas, dada la mayor conciencia ambiental que la educación otorga y la modificación del estilo de vida que conlleva para ellas, evento que muy seguramente podrá redundar en menores índices de natalidad. Así mismo, que “la extensión de la educación y el mejoramiento de su calidad

pueden hacernos más conscientes de la cuestión ambiental” y de igual forma, que

la mejor información proporcionada por medios de comunicación más activos pueden fortalecer la conciencia ambiental, para incluir la protección del ambiente

como un objetivo valioso entre las posibilidades de elección de la vida humana, no solo en el sentido de conservar lo natural preexistente sino de incluir las prácticas tecnológicas de creación humana con efectos de mejoramiento ambiental26.

El profesor Sen deriva del enfoque de capacidades basado en la libertad, una habilidad de acción constructiva con un nuevo contenido del desarrollo sostenible, la cual puede ser entendida como un empoderamiento humano hacia un nuevo desarrollo. La nueva justicia implicaría entonces, que la humanidad deje de percibirse únicamente desde sus necesidades y empiece a entenderse a partir de la libertad de que disfruta27y, que el desarrollo, se asocie a un proceso de recuperación de la ciudadanía, que permita sostener en el tiempo no solo la satisfacción de las necesidades humanas sino también la libertad para hacerlo.

En esta perspectiva, Sen (2009: 280) realiza un aporte en relación a la justicia como libertad para la elección de responsabilidad con la naturaleza, basada en el poderío humano superior frente a otras especies, dada la asimetría existente, determinada por la libertad humana de elegir la sostenibilidad de la satisfacción de sus necesidades, definida como libertad sostenible, y la responsabilidad de ejercerla “sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones de tener una

libertad igual o mayor”(2009: 282). Esta formulación implica la adopción de un

nuevo papel de agente, con capacidad y libertad de elegir el qué y el cómo debe valorar aquello que requiere para la satisfacción de sus necesidades, abandonando el roll de paciente que solo demanda la respuesta de su exigencia, sin aportar nada para conseguir los medios requeridos para ese fin.

Si bien para Sen (2009: 262), el enfoque de las capacidades se vincula a las posibilidades de oportunidad de la libertad,28 hecho que solo podría predicarse de los individuos humanos; la habilidad de lograr varias combinaciones de actividades que se pueden valorar dentro de la vida del individuo, introduce la opción de concebir que las capacidades no se limitan únicamente al ser humano, dado que se basan en la posibilidad de buen funcionamiento de un individuo, sin que se tenga en cuenta de manera excluyente su especie, elemento que representa igualmente un gran aporte a las teorías de la justicia en esta perspectiva.

26

Como las técnicas de purificación de agua consideradas como parte del mejoramiento del ambiente. (2009: 80)

27

Libertad que de acuerdo con este planteamiento incluye la libertad de satisfacer las necesidades, como lo explica Sen.(2009: 282)

28

La conjunción de los argumentos esbozados, da lugar a la comprensión de una nueva idea de la justicia, que permite incluir en las listas de sus análisis elementos relacionados con las injusticias ambientales derivadas de la inequidad en la distribución en las cargas contaminantes causada por la falta de reconocimiento cultural, el desconocimiento de las capacidades reales de los grupos sociales para asumir los problemas ambientales de manera simultánea a la lucha contra la pobreza.

Esta circunstancia ha permitido el fortalecimiento de una teoría de la justicia contemporánea que si bien, mantiene las directrices liberales, es mucho más flexible y receptiva a las necesidades de la humanidad especialmente a las concernientes a la relación sociedad- naturaleza. Esta perspectiva ha facilitado el nacimiento de múltiples formulaciones en torno a la definición de justicia ambiental, las cuales enriquecen tanto el concepto mismo como los caminos para su ejecución.

CAPITULO 2. CONCEPTO Y FUNDAMENTO