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3. Resultados y discusión frente a los hallazgos de investigación

3.2. Propuesta socio educativa para la prevención de la Explotación Sexual Comercial de

3.2.5 Marco de la Explotación Sexual Comercial de NNA

Infantil, de acuerdo con el Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual (UNICEF, 1996), comprende el abuso sexual por adultos y la remuneración en dinero o en especie al niño o niña o a una tercera persona o varias. El niño(a) es tratado como objeto sexual y una mercancía. Este fenómeno trasciende fronteras y ha tenido un alto impacto en el desarrollo de la niñez y la adolescencia a nivel mundial. La Explotación Sexual Comercial, de acuerdo con lo que indica el Protocolo Facultativo de la CDN se refiere a la venta de Niños, la prostitución infantil y la Utilización de niños en la pornografía; todo ello conceptualizado por las Naciones Unidas como: “La utilización de un niño en actividades sexuales a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución” (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los

Derechos Humanos, 2000, p. 2).

Para el caso de la presente propuesta la Explotación Sexual Comercial de la infancia y la adolescencia (ESCIA) se define como: La violación de los derechos fundamentales, en especial los sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que afecta y pone en detrimento su desarrollo físico y psicológico, a través de dinámicas como la explotación y comercialización de servicios erótico – sexuales de cualquier tipo, incluyendo los que se dan a través de redes sociales (web), que además, involucran la coerción, la violencia sexual y la inequidad, propiciada y continuada por un tercero que obtiene un intercambio económico, de bienes o servicios a costa del menor. La ESCNNA se caracteriza como “explotación”, porque

es una forma de aprovechamiento en una relación de asimetría de poder, dominación, coerción, manipulación, donde se observan varias perspectivas de análisis como lo cultural, lo económico, lo social, entre otras. Este fenómeno es definido como “sexual”, porque su campo de acción recae sobre el cuerpo del niño o de la niña, el cual es “asumido como un objeto para proporcionar placer, excitación o gratificación” a un adulto. (IPEC, 2006, p. 190). En términos comerciales, implica una transacción económica entre una persona adulta (reconocida como cliente, consumidor o explotador) y el niño, niña o adolescente (víctima, explotado), usualmente mediada por un tercero, también explotador, donde prima la búsqueda de ganancia y satisfacción sexual a costa de la desfiguración y el detrimento del menor a objeto con un precio. (OIT, 2007).

Para instituciones como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (2013) existen varias modalidades o tipos de explotación sexual con menores: 1. Prostitución. 2. Pornografía. 3. Turismo con fines sexuales. 3. Trata de NNA con fines sexuales. 4. Matrimonios o uniones serviles. 5. Explotación sexual de NNA por grupos armados al margen de la ley. Complementando los tipos de ESCNNA, Lourdes (2010) plantea con respecto a cada uno de ellos lo siguiente:

1. Prostitución: hace alusión a toda “actividad en la que una persona intercambia

servicios sexuales a cambio de dinero o cualquier otro bien”. Incluye los casos de NNA –o de personas mayores de edad-, en actividades sexuales a cambio de la satisfacción de necesidades básicas como comida, refugio o seguridad. Este delito está estrechamente ligado a los otros tipos de explotación confines sexuales.

2. Pornografía: Se refiere a la descripción o exhibición explícitas de órganos o actividades sexuales, concebida para estimular sentimientos no tanto estéticos o emotivos como eróticos. El protocolo de la Convención de los Derechos del Niño establece que “por

pornografía infantil se entiende toda representación, por cualquier medio, de un NNyA dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un NNA con fines primordialmente sexuales”. (Asamblea General de las Naciones Unidas, 2000, p. 3). Son explotadores los productores (fotógrafos y videomakers), los intermediarios (personal de apoyo), los difusores (anunciantes, comerciantes y publicitarios) y los consumidores del producto final.

3. Pornografía en Internet: Convertida en “objeto de placer”, la criatura abusada es

presentada en forma erotizada como para provocar sensaciones y excitación a quienes se la exponga. En los casos de NNA, las víctimas pueden percibir el carácter erótico de la fotografía que les toman, pero no pueden comprender cabalmente su sentido ni elaborar adecuadamente la situación.

Entre los mayores riesgos que corren los menores en la red se encuentran las amenazas y las formas de Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes, las cuales se multiplican de la misma forma que lo hacen las tecnologías de la información y las comunicaciones, y que según un estudio realizado por Hughes (2002), con el posicionamiento de nuevas tecnologías y la constante multiplicación de usuarios de internet, aumentan el número de clientes, abusadores, acosadores y proxenetas que diariamente buscan niños y niñas en diferentes

canales y medios (redes sociales, salas de chat, sitios que promueven la prostitución ilegal) que ofrece internet (ICBF, 2013).

4. Turismo sexual: consiste en la Explotación Sexual Comercial de personas por parte de quienes viajan como turistas y que aprovechan las ofertas que en determinados lugares les ofrecen. Algunos turistas sexuales son pedófilos y, por tanto, abusadores preferenciales de NNA a quienes buscan específicamente; sin embargo, la mayoría de los turistas sexuales son abusadores ocasionales que no suelen tener una preferencia sexual por menores de edad, sino que se aprovechan de una situación en la que se encuentran a su alcance o se les ofrece en el mercado de un “turismo exótico”.

5. Trata con fines de explotación sexual: se configura mediante el reclutamiento, traslado o recepción de una persona con fines de explotación. La trata de NNA con fines de Explotación Sexual representa el 90% de los casos; el 10% restante responde a otras formas de explotación (laboral, venta de órganos, adopción ilegal). (Lourdes, 2010).

3.2.6 Marco Legal Nacional e Internacional de la Explotación Sexual Comercial