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Marco general de las políticas públicas de empleo juvenil | 50 |

de empleo juvenil

8.1.

Las políticas de empleo en la estructura institucional

España es un país fuertemente descentralizado, que implícitamente se puede considerar como federal asimétrico a efectos jurídicos. Las Comunidades Autónomas tienen diferentes competencias legislativas en amplias materias. Todas ellas, como poderes públicos, coinciden en tener atribuidas las competencias específicas de empleo y juventud. El Estado central, por tanto, se limita a ejercer de coordinador y punto de conexión con medidas de ámbito europeo en el caso de las políticas públicas de juventud; así como

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competencias y valores

PARA EL PRIMER EMPLEO

ejerce funciones de coordinación, impulso o paralelas (competencias fiscales sobre ciertas figuras, por ejemplo) que inciden en la política pública de empleo.

En el marco político, el Gobierno de España ha desarrollado una Estrategia Española de Activación para el Empleo (2014-2016), que se debe concretar anualmente con los Planes Anuales de Políticas de Empleo. De ambos documentos políticos (Estrategia y Planes anuales) emergen desarrollos normativos (leyes y decretos) tanto del Estado como de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias. Este marco jurídico afecta en materia de empleo a toda la población, sea o no joven.

Dirigido en particular a la población juvenil se produce otro esquema político paralelo al anterior, y en principio de carácter complementario. De lo general a lo concreto existe:

1. La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.

2. El sistema Nacional de Implantación de Garantía Juvenil en España. 3. El consiguiente desarrollo político y normativo, estatal y autonómico.

8.2.

La estructura de financiación de las políticas públicas

de empleo juvenil

Las citadas Estrategias, Planes, sistemas y desarrollos normativos se vinculan con la financiación estatal a través de las partidas previstas en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Esta financiación estatal se conecta con el marco financiero de la unión Europea a través de los instrumentos denominados Acuerdo de Asociación y actualmente el Programa Operativo de Empleo Juvenil.

a) Los Acuerdos de Asociación son instrumentos generales de adhesión de los Estados a los marcos de financiación europea, y para el máximo aprovechamiento de los Fondos Estructurales de Inversión Europeos (FEIE)17. A finales de 2014 todos los Estados miembro habían suscrito los suyos respecti- vos18, y al menos según la Comisión, en todos aparece como prioritaria la inversión en la denominada Garantía Juvenil.

b) Los Programas Operativos marcan objetivos específicos plurianuales y determinan el uso de dife- rentes instrumentos de financiación19 vinculado a dichos objetivos. Para el período 2014-2020 se han aprobado en muchos Estados miembro Programas Operativos específicos de Empleo Juvenil. Los Programas Operativos son presentados por los Estados y aprobados por la Comisión Europea.

17 Para consultar información sobre los mismos, cfr. el Comunicado de Prensa de la Comisión tras la firma del correspondiente Acuerdo de Asociación con España para el período en vigor, firmado en octubre de 2014, ycuyo texto íntegro se puede consultar aquí (disponible a 10/01/2015): http://europa.eu/rapid/press-release_IP-14-1226_es.htm

18 se pueden consultar en línea (disponible a 10/01/2015) en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/contracts_grants/agreements/ index_en.htm

19 se puede consultar el Programa Operativo de Empleo Juvenil de España a través del siguiente enlace (disponible a 10/01/2015): http://www.empleo.gob.es/ficheros/garantiajuvenil/documentos/Programa_Operativo_Empleo_Juvenil.pdf

8.3.

Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil

Ante la situación de desempleo juvenil, hay una medida que destaca entre todas las soluciones que los agentes políticos han puesto encima de la mesa. se trata ésta de la Garantía Juvenil.

8.3.1. introducción al concepto

La Garantía Juvenil pretende ser “un sistema global e integrado que permita a los jóvenes recibir una buena oferta de empleo, de formación continua, de prácticas o de formación de aprendices en un plazo de cuatro meses a partir del momento en que terminan sus estudios o se quedan en paro”20. Esta acción se debe concretar en actos jurídicos de los Estados y de los demás poderes públicos.

Desde una perspectiva global, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) asume “el concepto de garantía juvenil supone el derecho de un grupo definido de jóvenes a un trabajo, capacitación o educación, así como una obligación para el servicio Público de Empleo (sPE), u otra autoridad pública, de proporcionar servicios y/o implementar programas en un período de tiempo dado” (OIT, 2013).

8.3.2. cómo funciona la garantía Juvenil en españa

Éstas son las definiciones que recoge también el Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España. El Plan es el principal documento político en materia de Garantía Juvenil en España. No lo debemos mezclar, no obstante, con el sistema Nacional, que hace referencia a la regulación legislativa contenida en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

El Plan (político) fue publicado en diciembre de 2013, y no fue hasta seis meses más tarde cuando, por urgencia, se recoge la aplicación del sistema Nacional por el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio. Este Real Decreto-Ley es convalidado posteriormente por la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

La estructura básica del Plan Nacional de Garantía Juvenil se concreta en seis bloques, desde la Introduc- ción (primer bloque) hasta un Programa de trabajo de las administraciones públicas (sexto). Recoge una referencia de Contexto y Enfoque (segundo bloque), y a partir de su tercer bloque es cuando se contiene la información de mayor relevancia para cualquier joven.

El Estado, con este Plan Nacional, hace que las Comunidades Autónomas sean las responsables de garan- tizar la efectividad de la Garantía Juvenil a cualquier solicitante. sin embargo, para inscribirse como solicitante de la Garantía Juvenil hay que utilizar un fichero estatal. Entre los inscritos, prevé que cada Comunidad Autónoma pueda establecer prioridades en función de la necesidad de los destinatarios, y sugiere los siguientes rangos para recibir atención:

20 Así la define el Consejo de la unión Europea y la Comisión Europea (Cfr. Comission staff Working Document “Proposal for a Council Recomendation on Establishing a Youth Guarantee” [COM(2012) 729 final] y también el denominado “Promover el empleo juvenil” [COM(2012) 727 final]), y es asumida por el Comité Económico y social Europeo (Aptdo. 1.5 del Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones “Promover el empleo juvenil”).

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competencias y valores

PARA EL PRIMER EMPLEO

1. Los no atendidos.

2. Los destinatarios de segunda oportunidad.

3. En caso de igualdad en los criterios anteriores, primará la mayor edad.

El Plan ordena a las autoridades autonómicas que articulen la atención a los jóvenes en dos fases: 1. Identificación de las características personales.

2. La atención a las personas solicitantes en función de las prioridades ya citadas.

Es muy relevante la referencia temporal que el Plan marca para esta atención: desde la solicitud telemática de incorporación a la Garantía Juvenil, las autoridades autonómicas disponen de 30 días para incorporar a su lista de acceso desde la lista única de demanda (fichero estatal) y para elaborar el perfil. En cualquier caso, antes de los 4 meses totales desde la solicitud telemática del interesado, la Comunidad Autónoma debe realizar una Propuesta de Atención.

También prevé un catálogo centralizado de medidas para la Propuesta de Atención, de manera que las autoridades públicas autonómicas puedan realizar ofertas de atención a los jóvenes con independencia de los territorios.

8.3.3. Qué tipo de medidas incluye

Tal y como se invita desde la uE, el Plan prevé un desarrollo de acciones concretas basado en cuatro ejes de referencia:

1. Para mejorar la intermediación. Incluye el desarrollo de la orientación profesional, la información, la intermediación, la movilidad y programas de acompañamiento.

2. Para mejorar la empleabilidad. Referido a programas de segunda oportunidad, formación con com- promiso de contratación, formación en áreas prioritarias (como idiomas, TIC”s, etc.), prácticas no laborales, Formación Profesional Dual, certificaciones de profesionalidad, acreditación de la educación no formal, programas de escuelas-taller, casas de oficio, etc.

3. Para favorecer la contratación. Incluye, por ejemplo, reducciones y bonificaciones en las cuotas de la seguridad social y ayudas directas a la contratación.

4. Para favorecer el emprendimiento. se concreta en la “Tarifa Plana para autónomos”, la compatibili- dad de las prestaciones por desempleo con el inicio de la actividad emprendedora, las opciones de capitalización de ésta prestación, las medidas de protección a autónomos de “segunda oportunidad”, acciones de fomento de la “cultura emprendedora” y otras similares.

La información más relevante en materia de Garantía Juvenil puede ser consultada a través de la Página Web www.garantiajuvenil.com. Esta Página es una iniciativa privada, y no debe confundirse con los ser- vicios de empleo públicos. sin embargo se trata de un portal de gran utilidad para acceder a información actualizada y de calidad sobre el desarrollo de la Garantía Juvenil en España.

Para la inscripción en el fichero estatal de Garantía Juvenil, se puede acceder a la información necesaria a través del Portal del servicio Público de Empleo Estatal: http://www.empleo.gob.es/

Destaca la labor que están también desarrollando las Cámaras de Comercio en relación a la Garantía Juvenil, poniendo a disposición de los jóvenes un portal específico (www.empleoygarantiajuvenil.es) y la atención personalizada que se puede solicitar en sus sedes en todo el territorio del Estado. En principio, los servicios de Información Juvenil coordinados por el Instituto de la Juventud de España también facilitan información orientativa sobre la inscripción y las opciones de la Garantía Juvenil.

La participación en el diseño de medidas y propuestas sobre Garantía Juvenil y otras políticas de empleo para jóvenes son lideradas, principalmente, a través de los Consejos de la Juventud. En particular, el Consejo de la Juventud de España (www.cje.org) puede orientar sobre qué espacios de participación existen cercanos a cada joven: consejos de juventud autonómicos, locales o asociaciones de interés general lideradas por jóvenes.

Cada Comunidad Autónoma está planteando un modelo de desarrollo distinto de la Garantía Juvenil. Es imprescindible acudir a los servicios públicos de juventud o empleo de cada territorio para recabar información específica y atención personalizada.

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