protección a los ciudadanos
Diego Hernando Marín Herrera, Ferley Leonardo Largo Roa, Aldemar Arce Salazar
Resumen
Esta investigación lleva a cabo un análisis crítico y reflexivo de la función social y de la protección a los ciudadanos en el marco nacional e internacional. Su objetivo central es dar a conocer los elementos jurídicos que, desde la misión de la policía, se establecen para soportar el aseguramiento y protección de los derechos humanos, así como la protección al ciudadano. Así, con ello se puede dar cumplimiento a la función social de protección, seguridad y convivencia en paz, así como sustentar la razón por la cual se recurre a herramientas como la mediación policial para facilitar el logro de su misión. De este modo, se aporta a la legislación de Colombia en cuanto a mediación se refiere; el proceso de investigación se desarrolla como una monografía de carácter documental.
Justificación
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esde esta misión constitucional, se resalta la función del servicio en cuan-to a la función social y de convivencia ciudadana. Por ello, se hace nece-
sario conocer los elementos del servicio que facilitan el cumplimiento de esta misión, más aún con el reto desde la firma de los acuerdos de paz que se asumen con el Estado, puesto que los ciudadanos deben consolidar espacios de convivencia en paz y de tiempo prolongado. La característica principal de la función social que asume la policía es de orientar a la ciudadanía y, a su vez, brindar protec-
ción social a la comunidad en general. Así, se busca que sus comportamientos estén ligados por todas las normatividades sociales.
De allí radica la importancia de una institución que regule y vele por la seguridad ciudadana, al igual que proteja y brinde garantías al cumplimiento de los derechos hu-
manos al interior de los grupos sociales. Tal función social es asignada a los cuerpos de policía existentes en el mundo, ya que, desde la normatividad interna, favorecen el cum-
plimiento de esta labor. Se establece que la mediación policial no es un ejercicio de ad-
ministración de justicia, sino que es un ejercicio que se aproxima a generar espacios de sana convivencia ciudadana, de sensibilización, mediante la cual se ve en capacidad de la fuerza pública, es decir, tienen una oportunidad de legitimidad dentro de la comuni-
dad para que lleguen a un acuerdo directo y den solución a sus problemas en presencia de un tercero imparcial. Surgen, entonces, como respuesta a la situación actual, donde la conflictividad social ha desbordado la capacidad de las comunidades de resolver sus conflictos y, desde la perspectiva de construcción de paz, se generan nuevas alternativas en el marco para Colombia.
Desarrollo del tema
La función social que cumple la policía se resalta en el carácter preventivo que, de manera particular, ejercen los policías de ciudad o también denominados de proximidad. Su función se centra en garantizar el desarrollo de las actividades propias de los ciudada-
nos en orden y mantener la armonía social. De este modo, se puede obtener un desarro-
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Los mecanismos de protección ciudadana se ejercen mediante acción judicial y se establecen para proteger una eventual o real pérdida, vulneración o amenaza de los de-
rechos fundamentales consagrados en la constitución política y cuando fuere posible restituir las cosas a su estado anterior. Desde la perspectiva internacional y global, se cita una de las misiones que tiene las Naciones Unidas, puesto que se considera que es-
tablecer el respeto del Estado de derecho es fundamental para lograr una paz duradera después de un conflicto, así como para proteger eficazmente los derechos humanos y para lograr un progreso y un desarrollo económicos sostenidos. De este modo, ambos deben ajustarse a leyes que se promulgan públicamente, ya que se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, un concepto fundamental que impulsa gran parte de la labor de las Naciones Unidas.
Metodología
Desde la necesidad de mejorar las condiciones de convivencia social, se han gene-
rado nuevas alternativas en la resolución de conflictos, con las cuales se pretende con-
tribuir a mejorar el respeto entre los individuos y restituir los derechos fundamentales de manera pacífica. Así, se pueden minimizar los conflictos y se evita activar el aparato de justicia. De este modo, surgen varios estilos para resolver conflictos.
Algunos de los más comunes son la negociación, la mediación, el arbitraje, la concilia-
ción, la transacción y la adjudicación. La adjudicación es usada en los tribunales estatales de justicia de algunos países de hispanoamérica como España, México, Chile, Nicaragua y Colombia, entre otros. A los otros estilos de resolución de conflictos se les ha denomina-
do medios alternativos de resolución de conflictos. Con este adjetivo, se hace evidente la connotación de que son maneras de resolver conflictos alternativas a la administración pública de justicia. Esta característica, sin embargo, se está desvaneciendo, en la medida en que estos métodos se van incorporando a la estructura jurídica y de justicia del Esta-
do. En el siguiente cuadro se presentan, de acuerdo con el nivel de normatividad.
Resultados parciales o finales
Colombia: Artículo 2; Artículo 218; Ley 62 de 1993; Resolución 02782 de 2009; Ley 1801 de 2016. Objetivo Misional: mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia vivan en paz.
Chile: Artículo 101; Ley orgánica constitucional de Carabinero No. 18961. Objetivo mi-
sional: garantizar y mantener el orden público y la seguridad interna pública en todo el territorio de la república.
México: Artículo 21; Manual de organización general de la Policía Federal. Objetivo misional: salvaguardar la integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos federales, así como garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos.
España: Artículo 104; Ley orgánica 2 de 1986. Objetivo misional: proteger el libre ejer-
cicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, en el ámbito de actuación en todo el territorio nacional
Nicaragua: Artículo 22; Ley 872 de 2014; Ley de organización de funciones de carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía.
De los resultados obtenidos en la investigación no se puede determinar que exista confrontación alguna de la información, puesto que el ordenamiento interno de cada Es-
tado es autónomo, independiente y subordinado a una norma de mayor jerarquía, como lo es el texto de la Constitución. Así mismo, se observa que en las legislaciones objeto de estudio, el papel preponderante y misional está a cargo del ser humano, ya que su protección es el eje fundamental de los Estados que reconocen la declaración universal de los derechos humanos, y son ellos quienes tienen la responsabilidad de generar estra-
tegias en defensa de sus derechos y libertades.
En el desarrollo de la investigación, se evidenció el interés de las instituciones como la Policía y el órgano jurisdiccional por brindar una mayor participación de los miembros de la sociedad en la resolución de conflictos. Se plantea como un mecanismo de parti-
cipación ciudadana, en la que las partes con la colaboración de un sujeto idóneo, con preparación y conocimientos de las fases del conflicto, procura entre ellas la solución de aquel, a través de la orientación para que sus actores sean quienes generen el compro-
miso del cambio de acontecimientos.
La mediación, como herramienta auto compositiva para la solución de controversias, ha reflejado un impacto social en la prevención del conflicto, entendido como la posibili-
dad de desactivar el conflicto antes de que nazca, favoreciendo la unión y conservando la paz (Pérez, 2011). Es a través del mecanismo en mención (mediación) que los partícipes del conflicto toman el control del mismo y de manera voluntaria determinan si desean
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LA SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE
una solución total o parcial del mismo, voluntad de las partes como eje fundamental para lograr un acercamiento con resultados acertados. En su estudio, Pérez (2011) sustenta que existen los siguientes modelos de mediación:
• Modelo Harvard: su finalidad es llegar a un acuerdo mutuo (ganar/ganar). • Modelo circular narrativo: trabaja en la comunicación para combinar el punto de
observación y así cambiar realidades.
• Modelo transformativo: transforma el conflicto y las relaciones. Trabaja en las diferencias.
Partiendo de lo anterior, es claro el rol que debe desempeñar la Policía Nacional en el proceso de mediación de controversias, máxime cuando existen lineamientos institu-
cionales como la UNIPEP en la que el desarrollo de habilidades de comunicación facilita la conexión con una comunidad que necesita una nueva visión respecto al conflicto. Es claro y para lograr un diálogo asertivo con las partes involucradas en el conflicto, es re-
levante una preparación en el mediador, consistente en fortalecer las siguientes carac-
terísticas (Pérez, 2011): imparcialidad, neutralidad, comunicación, una estructura de diá-
logo, tolerancia, responsabilidad, creatividad y empatía. Dichas características permiten una idoneidad en el mediador y que han sido mencionadas en diversos países.
Conclusiones
De la investigación realizada, se puede concluir que cumplió con todos y cada uno de los objetivos propuestos, pues se logró reconocer a las instituciones policiales de Co-
lombia, México, Chile, España y Nicaragua, así como su componente social, humanista y de protección ciudadana. En todas las ocasiones, en su ordenamiento interno se obtu-
vo como resultado del reconocimiento de derechos reconocidos internacionalmente al individuo. Luego del análisis de la normatividad de los países o Estados objeto de inves-
tigación, se logró identificar cuáles eran los elementos jurídicos (constitución y leyes) que determinaban la protección al ciudadano, puesto que se tratan del sustento de la actividad y el servicio de la policía en cada uno de ellos.
De hecho, en el estudio realizado a Nicaragua, se logró verificar que la legislación que comprende la estructura funcional de la Policía, además de ser muy reciente, abarca
temas de actualidad en cuando al uso de mecanismos de resolución de conflictos que involucran de manera directa a la comunidad, promoviendo el mejoramiento de la segu-
ridad ciudadana. El desarrollo de esta investigación fue bastante interesante, ya que el conocer y tener certeza que la institución (en los Estados objeto de estudio) que protege y salvaguarda a la comunidad tiene tantas similitudes, permite que aumente el sentido de pertenencia y la motivación por garantizar a la población la prestación del mejor ser-
vicio a su favor.
Así mismo, el conocer de manera efectiva el Código Nacional de Policía y conocer con certeza que a la población se le pueden brindar garantías para solucionar sus conflic-
tos permite que de manera directa se de efectivo desempeño a las funciones sociales e institucionales de la Policía en Colombia, así como la protección adecuada al ciudadano, quien con la convicción de contar con un cuerpo especializado en la resolución de con-
flictos, acude con la finalidad de evitar que aquellos trasciendan. Así mismo, se evidenció que cada vez es más frecuente el análisis de los mecanismos de solución de controver-
sias en ámbitos como el judicial, en el que los jueces optan por permitir que aquellos se lleven a cabo con la finalidad de no congestionar los estrados judiciales y concibiendo aquellos como la oportunidad que emerge a los actores del conflicto de llegar ellos mis-
mos a una solución con el acompañamiento de un mediador que sostiene el proceso con las habilidades del diálogo y la comunicación.
Es interesante observar el aspecto positivo que implica dirimir controversias propias y naturales de la relación de los individuos en un entorno social, pues no solo se previe-
nen procesos judiciales, sino también situaciones que, si bien no se denominan conflictos desde un inicio, sí pueden convertirse en ellos eventualmente. Del mismo modo, la inde-
pendencia del mediador permite que pueda moverse en un ámbito de confianza entre las partes, al punto de facilitar el acercamiento entre ellos; aquella independencia permi-
te que no sea un juez quien tome la decisión respecto a la situación sino por el contrario, los interesados en ella.
Referencias
Pérez, J. ( 2011). Métodos Alternos de Solución de Conflictos: Justicia Alternativa y Restaurativa