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El marco de la legislación: ¿avances de la nueva ley de Violencia

En este caso, hablamos del contexto de la legislación en relación a la Ley de Violencia Familiar, ya que esta problemática fue visualizada por las mujeres del barrio 28 de noviembre como primordial y de necesaria intervención. La temática fue recurrente en las charlas y encuentros y la impotencia y necesidad de actuar sobre los casos conocidos fueron también temas de debate en los talleres. La violencia familiar fue visibilizada como una problemática de género, no así otras problemáticas vinculadas al género y que están presentes como la salud sexual y reproductiva, el trabajo, la participación, la vida en el espacio doméstico, entre otras. Es por esto que nos interesa desarrollar el estado actual del contexto legislativo en materia de violencia familiar, y en el poder identificar que avances o posibilidades de intervención aparecen en esta ley.

Actualmente nos encontramos, para el abordaje y tratamiento del tema de violencia, con dificultades concretas en la implementación de la ley. Las limitaciones y 9“Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”,

“Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer” conocida como Convención de Belem Do Pará”.

10“Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que desarrollen sus Relaciones Interpersonales”,”Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable”, “Ley de Parto Humanizado” y la “Guía de atención Post-aborto”. 11“Ley 9283 de Violencia Familiar”, “Ley Provincial de Salud Sexual y Procreación Responsable” y la “Ley de Ligadura de Trompa”.

deficiencias de las entidades y funcionarias/os encargados de aplicar las leyes hacen que las medidas de protección contra la violencia y la sanción de los delitos cometidos contra las víctimas sean aún derechos meramente formales para la mayoría de ellas. Se evidencia la carencia de difusión de las leyes relacionadas con la violencia intrafamiliar, la misma no ha llegado a muchas de las que más lo requieren. Una gran parte de estas mujeres, que por su condición social y económica, son las que mayormente acuden a las instituciones estatales en búsqueda de apoyo, desconocen aún las leyes que las protegen y los mecanismos para hacerlas valer. Las omisiones reiteradas que fueron enumeradas hasta aquí constituyen lo que se denomina “revictimización” o “victimización secundaria”, concepto que en esta instancia se refiere a que cuando la víctima demanda socorro a las instituciones que se supone deben protegerla, no lo obtiene.

La ley de violencia familiar en el artículo 1 prevé y define la prevención en sus tres niveles. Esta ley es pionera ya que las primeras respuestas que se dieron al problema de violencia familiar, por lo general, pusieron el mayor énfasis en su detección y asistencia. Pero los especialistas y la experiencia desarrollada en diferentes países considerar la necesidad de apuntar a las estrategias de prevención. La prevención puede ser agrupada en tres categorías.

La prevención primaria se dirige a las raíces mismas de la violencia. Tiene como objetivo eliminar los aspectos de la vida social y familiar que provocan alineación y los comportamientos procedentes de la situación jerárquica. Implica la modificación de las estructuras profundas, cambio en la escala de valores y en las conductas. Está ligado a las prácticas integrales a nivel institucional, organizacional y comunitario.

La prevención secundaria se refiere a la atención de las personas involucradas en el círculo de violencia. Se refiere a ayudar a las familias e individuos que se encuentran en situaciones de peligro o tensión, a que no recurran al uso de la violencia para la resolución de conflictos. Y la prevención terciaria se refiere a la asistencia a las personas ya inmersas en hechos de violencia.

Esta ley consta de un Programa y plan de acción a cargo del Poder Ejecutivo, más la intervención coactiva del Poder Judicial es un trabajo coordinado. El Programa de acción por parte del Ejecutivo es el Programa de Erradicación de Violencia Familiar.

La ley en su artículo 3 entiende a la violencia como “toda acción u omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, sexual y/o la libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque esa actitud no configure delito”12. En esta definición se incluye tanto lo que se hace como lo que se deja de hacer.

Una cuestión novedosa es que se protege a la víctima cualquier sea el tipo de relación con el victimario, ya sean convivientes o no, persista o haya cesado el vínculo, quedando comprendidos ascendientes, descendientes y colaterales. Es decir, ya sea 12Ley de violencia familiar de la Provincia de Córdoba Nº 9283.

violencia entre esposos, o entre padre e hijo, o con colaterales13 (como hermanos, tíos, sobrinos u otros vínculos).

Uno de los problemas actuales lo constituye el comportamiento de la víctima que no presenta la denuncia, aun cuando la conducta agresiva sea grave, caso de lesiones, delitos sexuales. Muchas víctimas no hacen la denuncia porque el autor pertenece al mismo grupo familiar y la víctima se siente responsable de la desintegración de la familia.

Muchas situaciones de violencia no son denunciadas, esto constituye la cifra negra u oculta de la criminalidad, las situaciones de violencia que no se conocen oficialmente. Sucede en reiterados casos que las víctimas de violencia ignoran donde se realiza la denuncia, o a qué lugar acudir ante estas situaciones, cuales son sus derechos, porque precisamente nadie le ha proporcionado información legal. En relación con la denuncia, María Elda Sscofano14, directora de la Dirección de Violencia Familiar de Córdoba durante el año 2008, manifiesta que cuando reciben a las mujeres primero se las escucha y no se toma la denuncia como primera herramienta. "La denuncia destapa un montón de situaciones a resolver”.

Para las instituciones, la inadecuada atención lleva a su desprestigio y a la falta de credibilidad de la ciudadanía en la acción estatal. La ausencia de denuncia de los hechos de violencia contra las mujeres por causas atribuibles a las instituciones, hace que la erradicación de esa práctica sea mucho más difícil.

Los motivos más frecuentes por los cuales las víctimas no realizan la denuncia son:

 Temor de ser victimizadas nuevamente, por temor al delincuente, a su violencia.

 La víctima considera que el hecho delictivo no es tan grave, en sus circunstancias y consecuencias.

 Con la denuncia de la víctima perjudica al autor, que es miembro de la familia o es una persona conocida.

 La víctima no confía en la justicia.

 Para evitar ser victimizadas nuevamente. La víctima piensa que la denuncia del delito sexual, implica interrogatorios policiales, de los defensores, de los jueces, que equivalen a nueva victimización.

Frente a las transformaciones en la legislación respecto al tratamiento de la violencia familiar, en entrevista15 mantenida con la directora de SEHAS, Graciela Maiztegui, expone que si bien es un avance, las transformaciones que deben darse para 13En la Ley Nacional se entiende por grupo familiar el originado en el matrimonio o en las uniones de

hecho, pero no contempla las relaciones afectivas como en la ley de Córdoba.

14Entrevista realizada durante el año 2008 como parte de un trabajo de investigación, llevado a cabo por María Eugenia Vélez y Valeria Martinengo, en el Área de Género de la ONG SEHAS.

erradicar la violencia y avanzar en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y su pleno goce son más lentas que la sanción y reglamentación de una ley.

La legislación es un punto en la lucha, marca un antecedente y un límite de lo que está permitido y lo que no. Es un instrumento, un respaldo frente a las acciones. Pero las modificaciones, las transformaciones en la sociedad en su conjunto llevan más tiempo que la sanción de una ley. Lo mismo que la implementación y reglamentación de las leyes, la creación de políticas públicas que permitan generar transformaciones y den nuevos marcos a las acciones.

A lo largo del proceso de trabajo con las mujeres en el barrio 28 de noviembre, la temática de la violencia familiar fue un asunto recurrente. Ya finalizado el año, una mujer que participa activamente en el espacio, escribió un historia sobre una mujer golpeada (en el marco de la iniciativa de realizar una obra de teatro, a partir de historias contadas por las propias mujeres), concluyendo sobre la necesidad de mejorar la ley en los aspectos que tienen que ver tanto con la protección de la víctima, como con aquellos relacionados a la prevención de la misma. Consideran que esto no es suficiente, y muchas mujeres no conocen sobre sus derechos, como actuar frente a situaciones de este tipo, tanto las mujeres que se encuentran dentro del círculo de la violencia como aquellas otras personas que tienen conocimiento de situaciones de violencia (sean familiares, vecinos/as, conocidos/as, etc.).

El volvió a la cárcel, ella se recuperó, pero con miedo e incertidumbre vivió por mucho tiempo, pero eso la hizo fuerte para querer que las mujeres no sean como ellas. Desde el primer día de un maltrato verbal o físico se alejen y luchen para que la justicia cambie y protejan a las víctimas de género. Para que haya una protección, que no vuelva el victimario a agredirla a la víctima (Fragmento de la historia escrita por María Elena).

Las mujeres a las que nos referimos son mujeres que habitan un contexto territorial particular, el barrio 28 de noviembre. Este espacio tiene sus características propias, su historia, sus singularidades, su forma de organización, sus luchas por la tenencia de la tierra y su regularización, englobadas en el derecho al hábitat y al ser reconocidos todos/as los/as vecinos/as como ciudadanos. Es por esto que, a continuación, comenzamos a acercarnos al contexto del barrio, intentando trazar algunas caracterizaciones, a modo de poder comenzar a profundizar en la realidad de los/as vecinos/as que habitan el espacio.

15 Entrevista realizada a Graciela Maitegui (directora de la ONG SEHAS), durante el mes de mayo del

5.5 Acercándonos al barrio 28 de Noviembre: una