8.1.- Análisis de un caso practico
El caso que analizaremos es el referido a juicio tramitado en el tercer tribunal de garantías penales del cantón cuenca.- No. proceso: 01903-2011-0123.
En este caso se juzga y conoce de un delito de homicidio, del que finalmente resultaron sancionados cuatro personas, declaradas culpables del mismo, ahora bien, además de una serie de dificultades que posee esta sentencia trataremos solo de enfocarnos a nuestro tema.
Nuestro tema se enmarca en el cantón Cuenca, por ello, hemos hecho el análisis de una sentencia emitida en el Cantón Cuenca.
Hemos constatado que se dio por demostrado para el Tribunal en la Sentencia que el arma homicida, fue una piedra, instrumento que según la narrativa del Tribunal, nunca fue ocupado, o incautado, oficialmente, ni consta que fuera llevado a cadena de custodia, y sin embargo, si fue llevado como evidencia al Tribunal, y peor aún, fue valorado y apreciado como que fue el arma homicida empleada.
Todo esto nos lleva a resumir que esta sentencia condenatoria se basó en una prueba ilegal e inválida, pues nunca existió garantía ni constancia de que fuera exactamente la misma piedra empleada en el ataque, y que fuera evaluada por los peritos competentes para poder lograr similitudes entre las características de esta piedra y los rasgos o huellas de la herida, máxime habiéndose examinado la misma recién hecha, de modo que, al no existir cadena de custodia, no existe seguridad alguna sobre que en efecto esta haya sido el arma homicida, e incluso de haberse ocupado y custodiado dicha piedra, también podría haberse determinado la presencia de alguna huella dactilar que ayudara a individualizar a quién o quiénes pertenecían dichas huellas y por ende, habría permitido acercarse más a la identificación exacta de la persona que empuñó la piedra y propiciare el o los golpes.
En consecuencia, estos son elementos que nos llevan a concluir que faltando la cadena de custodia sobre uno de los elementos o medios de prueba utilizados ante el juicio oral, lo correcto sería, declarar en primera instancia esta sentencia condenatoria y de ser analizado en segunda o tercera instancia, procedería entonces declarar la nulidad de la sentencia y la absolución del o de los acusados.
8.2.- Propuesta. Documento de análisis crítico jurídico.
El éxito o fracaso de un proceso depende de una prueba contundente ya que si la misma no demuestra ser efectiva, libre de gravámenes no podrá entonces destruir ese, estado de inocencia que le asiste al procesado es aquí donde el Ministerio Público juega un rol importante si nos referimos a delitos de homicidio y asesinato puesto que es donde de su tesis acusatoria bien fundamentada demostrara desde ya un posible éxito o fracaso.
Es por ello que, la cadena de custodia pasa a ser el alma de un proceso penal, porque desde que el indicio es localizado, documentado, fotografiado, delimitado, levantado, embalado, rotulado, resguardado, trasladado, analizado y posteriormente presentado ante el tribunal, para otorgársele valor probatorio pasara entonces a llamarse prueba la cual acompañara de principio a fin al proceso.
Por tal razón entidades como bomberos voluntarios y agentes de la policía nacional civil en nuestro país contribuyen de igual manera con trabajar adecuadamente la cadena de custodia, protegiéndola y resguardándola hasta que miembros del Ministerio Público acudan al lugar de los hechos para poder trabajar correctamente la recolección y el resguardo de cada indicio ya que la inadecuada manipulación de la evidencia al ser diligenciada se verá reflejada en el resultado de una condena ya sea absolutoria o condenatoria.
Como procedimiento para asegurar la cadena de custodia, doctrinariamente se considera deben seguirse los siguientes pasos (Cottier, 2011):
- Asegurar el sitio y aislarlo
- Perimetrar el lugar (doble perímetro en lugares abiertos)
- Demarcar las áreas a relevar
- Mantener un orden y una metodología preestablecida
- Considerar los métodos apropiados de preservación de la evidencia
- Coordinar los roles periciales
- Evaluar si se necesitan otros especialistas
- Asegurar la protección de los indicios
- Selectividad de indicios y vestigios acorde a técnicas de laboratorio
- Mantener una interacción con el doble perímetro de preservación
- Estipular interrogantes periciales
- Decidir acerca de lo que uno desea encontrar a nivel pericial
- Establecer qué preguntas pueden ser relevantes en un futuro en la investigación
- Mantener una mente abierta (hipótesis y especulaciones son solo eso)
- La búsqueda de los indicios deben ser logrados y conservados para la posteridad
- Cuanto mayor sea el tiempo de permanencia y procesamiento del lugar mayor serán
los resultados
Los riesgos de la cadena de custodia
a) Sustitución b) Destrucción c) Adulteración; y,
d) Contaminación: específicamente, en el manejo de la cadena de custodia, existen grandes y graves deficiencias que permiten la contaminación de una escena del crimen, más, cuando técnicamente ni siquiera están definidas las funciones de la policía, fiscalía y peor aún, exista un manual o reglamento que se siga a fin de preservar correctamente la escena y de cómo debe manejarse una evidencia, o cómo debe custodiarse ésta, hasta llegar a ser presentada en la etapa de juicio correspondiente. Ante ello, se afecta la prueba que pudiera haberse logrado recopilar legítimamente en la escena o lugar de los hechos.
Consecuencias jurídicas
Todos quienes intervienen en un proceso investigativo; en la recolección de evidencias y en la preservación y cuidado, componen la cadena de custodia, ya que en un inicio es el personal policial uniformado (vigilancia), son ellos los primeros en conocer el caso, pero en forma general por los funcionarios y personas bajo cuya responsabilidad se encuentran los elementos de prueba respectivos durante las diferentes etapas del proceso penal.
Por consiguiente, todo funcionario que reciba, genere o analice muestras o elementos de prueba y/o documentos, forma parte automáticamente de este procedimiento, sencillo, pero de obligado cumplimiento durante el desarrollo de la investigación y todo funcionario que participe en el proceso de la cadena de custodia es responsable de conocer los procedimientos generales y específicos para tal fin.
Es decir, el desconocimiento de los procedimientos de la cadena de custodia no exime de responsabilidad al miembro de cualquier institución que lo omita u olvide en determinado momento.
Es así, como cada uno de los funcionarios que participa en el proceso es responsable del control y registro, pues su actuación es directa sobre las diferentes decisiones tomadas por el fiscal o juez, dependiendo claro está, de la etapa procesal.
Pero el tema tiene que enfocarse de alguna manera de la mano de la criminalística, pues esta última, es área importante de la primera, y las dos se juntan o forman un solo equipo para auxiliar al derecho penal básicamente.
En nuestro país, la aplicación de la normativa jurídica relacionada con el manejo de la cadena de custodia, sin duda, es por demás elemental y deficiente, podría decirse, toda vez que, ni los procedimientos, ni la metodología técnica es utilizada en forma correcta; lo que demuestra que no se siguen las recomendaciones establecidas en la técnica forense para lograr una efectiva singularización, identificación, recolección, etiquetado, embalaje y transporte de evidencias; pasos elementales que garantizan un correcto manejo de pruebas y
evidencias, con las que se pueden lograr certeza y el que todas las evidencias se constituyan en verdaderos elementos valorativos al interior del desarrollo procesal penal.
Tabla de formas de recolección, embalaje y recomendaciones prácticas para el manejo de elementos materia prueba o evidencias físicas encontradas en el lugar de los hechos o escena del crimen y sometidos a cadena de custodia.
TIPO DE
ELEMENTO RECOLECCIÓN EMBALAJE PRECAUCIONES
Armas de fuego Tomar por la empuñadura o guardamontes con guantes.
En cajas de cartón, atar a la altura del cañón o la empuñadura
Si dentro del tambor se encuentran vainas, marcar con cintas el alveolo en la parte exterior teniendo en cuenta la
posición en que se
encontraban, así mismo retirar los cartuchos si los hubiere.
En armas automáticas y
semiautomáticas que se
encuentren desaseguradas se procede a quitar proveedor y retirar el cartucho de la recamara, teniendo el cuidado de no alterar las impresiones dactilares.
Si el arma no se puede
manipular y se encuentra
desasegurada colocar en el embalaje un rótulo que destaque peligro
Proyectiles, Cartuchos y vainas
Con Pinzas de punta y cubiertas con guantes
Por separado y envueltas en papel, en cajas de cartón o bolsas plásticas
Recolectarlas con sumo cuidado para no alterar su estado original y natural a como se encontró.
Armas Corto Punzantes
Agarrar y levantar por la empuñadura y la punta con guantes.
En cartón, y atar el arma para evitar inmovilizarla
Colocar cinta para proteger la punta.
Líquidos Con guantes, goteros o jeringas esterilizados, para
análisis microbiológico
únicamente.
Frasco de polietileno de alta densidad, o vidrio esterilizado (limpio y seco)
No agregar ningún elemento a la muestra
Alimentos Con guantes o recolectores limpios.
Empaque original, o frasco de vidrio o plástico.
No agregar persevantes a la muestra.
Ropa
Con guantes, y por separado cada prenda.
En bolsas de papel, aislando con papel cada prenda.
No hacer cortes, enviar las piezas completas y secas, proteger las manchas si las tuviere.
Medicamentos Sólidos en Estado Liquido
Con guantes, espátulas o
pinzas, dejar en envase
original.
Enviar el blíster completo, y la caja original, bolsa de papel o plástico.
Recoger como mínimo un blíster o frasco o ampollas, tomar toda la muestra y marcar el embase.
Estupefacientes Sólidos
Con guantes, espátula, y elementos de protección personal.
Bolsa de plástico Recoger de 1 a 3 gramos
representativos.
Estupefacientes En Solución
Con guantes, jeringa o frascos de vidrio limpio y seco guantes y elementos de protección personal. Si está en proceso homogenizar y tomar de 100 a 500 ml. En frasco de vidrio y enviar al laboratorio. Aplicación de PIPH. Substancias Controladas Solidas
Con frasco limpio y fresco, y
elementos de protección
personal.
Frasco de vidrio o
polietileno, de alta densidad de 60 ml.
Aplicar PIPH, Líquidos no se debe embalar con los sólidos.
Substancias Controladas Liquidas
Con guantes, espátula y elementos de protección personal. En bolsa plástica aproximadamente 5 gramos. Aplicación PIPH.
Muestra de Suelo Con imán o pala plástica Bolsa plástica de papel, o No mezclar suelo con
en Explosiones con guantes. tarro de plástico. metales.
Lazos Cuerdas y Sogas
Con guantes y pinzas. Bolsas de papel. No desate los nudos,
Cabellos, Pelos y Fibras
Con pinzas o con guantes. En bolsas plásticas individualmente.
Deben estar secos, no doblar los cabellos o pelos, no adherir a cinta o algún otro objeto pegante.
Muestras Secas Frotar con hisopo
humedecido, con agua
esterilizada o solución salina.
Embalar el hisopo en tuvo seco
Dejar secar antes de embalar.
Impresiones Dactilares
Se utilizan los reactivos adecuados según la superficie.
Trasplantar la huella revelada, teniendo en cuenta los diferentes elementos para este procedimiento,
depositándolas en bolsas plásticas, si no es posible el trasplante, fijarla.
Si no es posible el revelado en el lugar, embalar el elemento para analizarlo en el laboratorio.
Vidrios Con guantes. Atar a un cartón o caja del mismo material
Inmovilizar para evitar fracturas en el elemento.
Restos Óseos Con guantes y elementos de bioseguridad.
Embalados de acuerdo a su tamaño en papel y a su vez en bolsas plásticas.
Todos deben quedar en un solo empaque (bolsa o cajas), junto con las prendas
recolectadas durante la
exhumación
Residuos de Disparo en Mano
Con kit procedente de laboratorio oficial
Tubos de polietileno y luego bolsas plásticas
Toma de muestra hasta máximo 6 horas.
Casetes de audio video y Cds.
Con guantes Forrar con papel de
aluminio, cubrir con cinta de seguridad y embalar con una bolsa plástica
CONCLUSIONES
- La cadena de custodia, constituye un sistema técnico de garantía a través del cual se cuida de indicios y evidencias, dando autenticidad e indemnidad a la prueba. Su infracción o “rompimiento”, afecta a lo que se denomina verosimilitud de la prueba pericial; y, en consecuencia, a su legitimidad y validez para servir de prueba de cargo en el proceso penal.
- La cadena de custodia se refiere y está asociada a la prueba como actividad y también como resultado, pues efectivamente, determina la validez de la prueba e, indirectamente, de su resultado por cuanto la infracción de sus normas puede determinar que se «aparte» o «expulse» del procedimiento penal la evidencia y/o el resultado que se contuviere en el informe pericial.
- Puede acreditarse documentalmente o mediante testimonio, aunque toda prueba deba ser validada en juicio y sobre todo, sujeta al principio de contradicción pericial.
- En el caso del cantón Cuenca, de los casos revisados, se obtiene que los jueves no consideran como fundamento base el tema cadena de custodia, lo que conlleva graves quebrantamientos a los derechos y garantías establecidas en la Constitución,
RECOMENDACIONES
- El Consejo de la Judicatura, con expertos en el tema, debe profundizar en procesos de capacitación a jueces y operadores de justicia para la correcta aplicación de la cadena de custodia.
- Los actores intervinientes en los procesos de manejo de cadena de custodia, deben disponer de un Manual Práctico que les permita aplicar técnicas forenses, a fin de no contaminar indicios y evidencias, y, pueda “envenenarse” un proceso penal.
- Debe constituirse en obligación judicial, conocer con exactitud protocolos y normativa de manejo de cadena de custodia.
- Quien entregue o reciba un elemento material probatorio o evidencia física, deberá diligenciar el registro de continuidad de cadena de custodia, dejando las constancias respectivas en los formatos establecidos para ello.
- Todos los actores de un proceso investigativo, deben conocer las técnicas de protección de un lugar de los hechos o escena del crimen, ya que la violación de estos procedimientos, y la violación de esta obligación, puede generar responsabilidad personal y estatal.
- Uno de los puntos más críticos de la investigación es el traslado del cuerpo o muestras desde el lugar de los hechos a otros locales para su estudio. En estos casos hay que observar que el material salga del sitio del hallazgo en envases o recipientes apropiados, etiquetados, precintados, acompañados de documentación adecuada donde conste de forma clara el nombre y firma de la autoridad responsable de su transporte.
- Paso fundamental para garantizar que no se destruyan, pierdan o alteren los indicios o evidencias, tanto durante el traslado, como cuando se encuentra “intramuros”, consiste entonces, en garantizar la cadena de custodia.
BIBLIOGRAFÍA
Anadón, M.J. (2010) Manual de criminalística y ciencias forenses: técnicas forenses
aplicadas a la investigación criminal. Madrid, España. Editorial Tébar Flores.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2008) Constitución de la República del Ecuador. Recuperado de http://www.asambleanacional.gob.ec/es
Bernal P., C. (1989) Estructura y límites de la ponderación. España. Cuadernos de Filosofía Nro. 26. Universidad de Alicante.
Bosquet, S. (2015) Criminalística forense. Ciencias policiales. Valencia, España: Editorial Tirant lo Blanch
Corporación de Estudios y Publicaciones. (2016) Código General de Procesos. Quito, Ecuador.
Corporación de Estudios y Publicaciones (2016) Código Orgánico Integral Penal. Quito, Ecuador
Correa, A. I. (2011) Identificación forense. México DF.: Editorial Trillas. S.A. de C.V. Cottier M. L. (2011) Criminalística e investigación criminal. Buenos Aires. Instituto de Ciencias Forenses.
Díaz, J. de J. (2009) Lecciones de Criminalística. Medellín, Colombia: Editorial Universidad de Medellín.
Figueroa, C. (2015) La cadena de custodia en el proceso penal. Madrid, España: Editorial Edisofer
Guzmán, C.A. (2011) Criminalística. Montevideo, Uruguay: Euro editores.
Guzmán, C.A. (2010) El examen en el escenario del crimen. Montevideo, Uruguay: Euro editores.
Guzmán, C.A. (2000) Manual de criminalística. Buenos Aires, Argentina: Ediciones La Roca.
Moreno, J.A. (2015) Cadena de custodia y metodología aplicada al lugar del hallazgo o de los hechos. México DF.: Editorial Flores.
Osorio, C. A. (2015) Teoría del caso y cadena de custodia. México, DF.: Editorial Porrúa. Salamea, D. (2014) El delito ¡una visión interior!. Quito, Ecuador: Editorial Jurídica del Ecuador.
Salamea, D. (2013) Investigación criminalística prueba pericial y cadena de custodia. Quito, Ecuador: Editorial Jurídica del Ecuador.
Sánchez, M. (2010). “Taller sobre juicio oral”. Universidad Nacional de Colombia. Cátedra de Medicina Legal. SE
Turvey, B. E. (2011) Crime reconstruction. Elsevier
Zavala, J. Comentarios a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional. Quito, Ecuador: Edilex S.A.
Zavala, J. Teoría y práctica procesal constitucional. Quito, Ecuador: Edilex S.A. Zavala, J. Tratado de derecho procesal penal. Guayaquil, Ecuador: Editorial Edino.
LINKOGRAFÍA http://www.fiscalia.gov.co/colombia/wpcontent/uploads/2012/01/manualcadena2.pdf http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_ven_man_cad_cust.pdf http://www.inacipe.gob.mx/stories/publicaciones/descargas_gratuitas/ProtocolosdeCadena deCustodia.pdf http://www.policia.gov.co/portal/page/portal/UNIDADES_POLICIALES/Direcciones_tipo _Operativas/Direccion_de_Investigacion_Criminal/Capacitacion/CADENA_DE_CUSTO DIA_0.pdf http://www.derechoshumanosdf.gob.mx/work/models/DOCDH/Resource/290/1/images/IM DHD2_Protocolos.pdf http://pgr.gob.mx/Normatec/Documentos/PROTOCOLO%20CADENA%20DE%20CUST ODIA.pdf
DATOS PERSONALES DEL ASPIRANTE:
Nombres y apellidos: Cristyam Fernando Verdugo Sanango. Teléfono: Celular: 0995713664 - Oficina:
Especialidad del estudiante: Maestría en Derecho Penal y Criminología. E-mail: [email protected]
ANEXOS.
JUICIO TRAMITADO EN EL TERCER TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DEL CANTÓN CUENCA.- No. proceso: 01903-2011-0123.
“…TERCER TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES DEL AZUAY.- ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA- En la ciudad de Cuenca, Lunes veinte y tres de julio del dos mil
doce a las ocho horas treinta minutos, el Tercer Tribunal Penal del Azuay, presidido por su
Presidenta Dr. Flavio Palacios Duran, e integrado con los jueces Temporales Dr. Julio
Vintimilla Murillo y Dr. Patricio Piedra Jaramillo, con la secretaria titular del Despacho. Se
instalan en audiencia pública para conocer y resolver la situación jurídica de los acusados,
CARLOS ROCENDO LOPEZ LOPEZ, LEONCIO TAPIA Y JAIME RIVERA, a quienes
se ha procesado penalmente por suponérseles autores del delito de HERIDAS. Se ordena se
haga constar en actas la presencia dentro de la hora de los Miembros del Tribunal, del señor
Agente Fiscal, Dr. Paúl Vásquez Illescas., La acusadora particular con su defensor Dr.
Aurelio Aguilar García y de los defensores de los acusados. Dres. Marcos Calle, Manuel
Villa y Diego Zalamea. La Presidenta declara iniciada la audiencia a juicio y concede la
palabra al Fiscal quien en cumplimiento a lo determinado en el Art.286 del C. de
Procedimiento Penal, relata que el sobrino golpean a Jaime Alfredo Parra y le dejan con
heridas gravísimas, quien es trasferido a Cuenca, la víctima ha quedado en estado vegetativo
tiene 94 por ciento de incapacidad, que utilizaron varillas de hierro, palos etc, que utilizaron
estos instrumentos para golpear su cabeza. El acusador particular por intermedio de su
abogado expone; que la acusación presente tan solo cuando e ejercicio haya sido enderezado
por el Ministerio Público, y depende de la acusación fiscal. Que el señor iba en con una carro
acompañaban. Todos en franca coautoría atacaron ya que a la voz de mátale mátela lo
hicieron. Estos jóvenes se convirtieron en una especie de terror de la zona, el hecho se
produce a las tres de madrugada en el sector la Dolorosa Cantón el Pan. Se concede la palabra
al Abogado de la defensa. Que los hechos son cuando estaban sus clientes en una fiesta
fúnebre y que luego se fueron a una fiesta y se presenta un primer altercado entre el grupo
de Sta. Teresita y Carlos Rivera por rivalidades de las diferentes pero sin embargo fueron a
obstaculizar el carro de Jaime López y que iba conduciendo porque estaba alcoholizado y
que obstaculizaba Jaime Parra que fue perseguido por Milton Parra el señor Carlos López y
su vehículo estaba ponchada la llanta dándose cuenta que fue un enorme grupo. El señor
Rivera estaba alcoholizado, que una vez pudo ver que se regresaban todos y emprenden su