3. Justificación
5.11. Marco legal
Teniendo en cuenta la constitución política de Colombia, se hace presenta la siguiente ley: “ley 1251 DE 2008, Diario Oficial No. 47.186 de 27 de noviembre de 2008” (13), cual es emitida por el congreso de la república, por la cual se dictan las “Normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores”. Esta ley como se nombró anteriormente es emita por el congreso de Colombia donde decreta lo siguiente:
“Titulo 1: disposiciones preliminares”. Articulo ARTÍCULO 1º, donde el objeto de la presente ley es “Proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Nacional, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, Plan de Viena de 1982, Deberes del Hombre de 1948, la Asamblea Mundial de Madrid y los diversos Tratados y Convenios Internacionales suscritos por Colombia”.
La ley 1251 DE 2008, se basa en su finalidad la cual está establecida en el “Artículo 2º: fines de la ley”. Dicho artículo tiene como finalidad “Lograr que los adultos mayores sean partícipes en el desarrollo de la sociedad, teniendo en cuenta sus experiencias de vida, mediante la promoción, respeto, restablecimiento, asistencia y ejercicio de sus derechos.”
Teniendo en cuenta La ley 1251 DE 2008 (13) hacemos presente el “Artículo 6o. DEBERES”. De la cual extraeremos algunos ítems para el respaldo esta investigación, este artículo establece que “El Estado, la sociedad civil, la familia, el adulto mayor y los medios de comunicación, deberán para con los adultos mayores lo siguiente”. Por parte del estado, está en la obligación de “Elaborar políticas, planes, proyectos y programas para el adulto mayor, teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de los más vulnerables”. Está en la obligación de “Fomentar la formación de la población en el proceso de envejecimiento”.
A su vez deja claro que el estado debe “Establecer acciones, programas y proyectos que den un trato especial y preferencial al adulto mayor”. A su vez hace énfasis en que el estado debe “Promover estilos de vida saludables desde la primera infancia para fomentar hábitos y comportamientos saludables relacionados con el autocuidado, la alimentación sana y saludable, el cuidado del entorno y el fomento de la actividad física para lograr un envejecimiento activo y crear un imaginario positivo de la vejez”.
Teniendo en cuanta las obligaciones del estado para con el adulto mayor ahora hacemos referencia de las obligaciones que debe tener la sociedad civil para con el adulto mayor, en la cual establece que: la sociedad civil debe de “Dar un trato especial y preferencial al adulto mayor”, a su vez “Generar espacios de reconocimiento del saber, de las habilidades, competencias y destrezas de los adultos mayores”.
La sociedad civil está en la obligación de “Propiciar la participación del adulto mayor y Reconocer y respetar los derechos del adulto mayor". Teniendo en cuenta que a su vez está en la obligación de “Desarrollar actividades que fomenten el envejecimiento saludable y la participación de los adultos mayores en estas actividades”, como por ejemplo el “Definir estrategias y servicios que beneficien a los adultos mayores con calidad, calidez y eficiencia”.
Ahora bien haciendo referencia a los deberes del adulto mayor para consigo mismo, establece que estas personas deben “Desarrollar actividades de autocuidado de su cuerpo, mente y del entorno” a través de nuevos hábitos como lo es el “Integrar a su vida hábitos saludables y de actividad física” en las cuales deben de participar activamente de todas aquellas “Actividades deportivas, recreativas y culturales que le permitan envejecer sanamente, de planeación de políticas públicas y programas que se diseñen a favor de este grupo de población en lo local”.
Teniendo presente la ley anteriormente expuesta, cuyo objetivo como se nombre es el tener en cuenta el proceso de envejecimiento, los planes y programas por parte del estado, por este motivo esta investigación es de gran importancia en la valoración de la fuerza y la capacidad de resistencia aeróbica del adulto mayor, para que con los resultados que arroje esta investigación se puedan generar algunas recomendaciones para futuros programas relacionados con el adulto mayor. (American College of Sports Medicine.1998).
6. Metodología
6.1. Diseño
Estudio longitudinal descriptivo 6.2 Población y muestra
Se selecciona una muestra por conveniencia consistente en 49 adultos mayores pertenecientes al grupo de actividad física denominado “Amor y alegría” del parque de Las Cigarras. Los participantes deberán cumplir los siguientes criterios de criterios de elegibilidad:
6.3. Criterios de elegibilidad
Adultos mayores de 65 años sin riesgo osteo-muscular, metabólico o cardiovascular, según el cuestionario de preparación para la actividad física, Par-Q que presenten una certificación médica que indique que pueden realizar actividad física a una intensidad moderada.
6.4. Variables
Las variables a analizar en el presente estudio son:
Variables sociodemográficas:
Edad, género, nivel socioeconómico, estado civil.
Variables antropométricas:
Peso, talla, Índice de Masa Corporal (OMS, 2010)
Variables relacionadas con la condición física:
Fuerza del tren inferior, fuerza del tren superior y capacidad aeróbica.(Rkli y Jones, 2001)