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CAPÍTULO I. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA

1.2 Actualidad del objeto de estudio de la investigación

1.2.3 La Mediación en el divorcio

En la vía contenciosa los abogados de parte como corresponde a su función profesional, tienen que organizar una buena defensa para su cliente, es decir magnificar las virtudes de quien defiende y los defectos del contrario. La sentencia del juez siempre deja insatisfecha a una de las partes y con ganas de recurrirla. Los abogados de parte siguen defendiendo a sus clientes, necesitan focalizar y aumentar las cosas negativas del otro cónyuge, por lo que poco a poco en las distintas interacciones de las partes que conlleva el proceso se va produciendo una mayor intensidad del conflicto y entra en una escalada de

difícil salida, con elevados costes económicos. Y todo esto para que muchas veces al final los acuerdos no se cumplan.

Como dice Bustelo D., (1999):” Un cónyuge porque ha perdido y el otro porque no cobra”. La resolución judicial es una respuesta-sentencia a la demanda presentada, sin tener en cuenta lo dinámico y complejo de la vida familiar. Cuando la sentencia llega muchas veces la situación que ha originado la demanda ya ha caducado.

Además, la vía contenciosa al ser terceros los que toman las decisiones rompe los procesos familiares, es decir se rompe la comunicación habitual entre los padres y entran terceros estableciendo puentes y modificando las pautas de interacción. Al romperse los procesos familiares, se establece una dependencia del sistema judicial, y cada vez que es necesario un cambio en la organización familiar hay que ir al abogado a que retome la “pelea”. Se entra en un círculo vicioso que refuerza la incapacidad de los padres para tomar decisiones.

En la mediación, por el contrario, el proceso familiar se devuelve a la familia, favoreciendo un sistema de colaboración para que los padres puedan decidir acerca de cómo van a seguir siendo familia tras la separación conyugal.

García Tomé (2008) quien en su trabajo sobre la Mediación Familiar Preventiva reconoce que “la mediación familiar es una metodología de trabajo propia, que facilita vías de comunicación constructiva para prevenir y gestionar de manera positiva los conflictos o tensiones familiares” y concluye que la mediación familiar también contribuye a alcanzar los objetivos prioritarios que son el “beneficio, el bienestar y el interés de los hijos para que puedan mantener y fortalecer el vínculo de unión entre sus progenitores y la familia de origen de éstos. Así como prevenir y minimizar las consecuencias que la separación de sus progenitores pueda tener en ellos”

Haynes (1995) entiende que la mediación es adecuada para la resoluciónde los conflictos de separación o divorcio ya que ayuda a la identificación de acuerdos basados en su voluntad sin imposiciones externas.

Recomendación nº R (1998) sobre Mediación Familiar menciona que en las causas de separación y divorcio, el proceso de mediación es un método especialmente idóneo para los intereses y necesidades de las partes ya que en

la mayoría de los casos, las partes implicadas van a mantener, con posterioridad al proceso de separación o divorcio, relaciones interdependientes y llamadas a prolongarse en el tiempo, el litigio surge en un contexto emocional difícil que lo refuerza y lo enquista y el proceso de separación o divorcio va a tener consecuencias para todos los miembros de la familia, en especial para los hijos e hijas.

Rojas Marcos (1994) menciona que “la ruptura en la pareja posiblemente sea una de las experiencias vitales más traumáticas y penosas que pueden sufrir las personas y que la decisión de separarse es fruto, en la mayoría de los casos que llegan a mediación, de una larga, penosa y conflictiva lucha, donde se incorporan sentimientos de miedo, culpabilidad, baja autoestima, rencor, e incluso odio”. Hace énfasis en que “la persona mediadora debe reconocer los sentimientos, impulsos u obstáculos que pueden interferir en el trabajo de la persona mediadora, de manera que pueda contribuir a que las partes en conflicto lleguen a alcanzar acuerdos racionales, que no sean solo producto de las emociones que les invade en esos momentos”.

También reconoce que el mediador familiar se puede encontrar “con sentimientos de pesar y de angustia parecidos, de tal manera que las emociones y pensamientos que se ponen en juego en el proceso de mediación (rencor, venganza, sentimientos de traición y engaño, aislamiento, soledad, dudas sobre la capacidad de confiar en el otro y en los demás, falta de colaboración, miedos) van a facilitar o dificultar el mismo. Es importante que la pareja vaya tomando conciencia de que su decisión de separarse sólo les implica a ellos como pareja, pero que sus vínculos de padres tienen que continuar después de esa ruptura, por tanto, deben dialogar y comunicarse todo lo referente a sus hijos e hijas y trabajar de manera cooperativa en la nueva reorganización de la familia” (Colón, 2017).

La medición familiar como ritual de la separación, Romero (2001). “Asícomo existen los ritos esponsales, sean civiles o religiosos, no existen ritos que acompañan a los individuos en el tránsito de la separación. La mediación familiar actúa a modo de ritual de tránsito. Es un método que ofrece a los miembros de la pareja que se separa un adecuado tránsito a través del camino marcado por el conflicto, integrando de forma armoniosa las decisiones que las

partes deben tomar, las emociones asociadas a aquellas y los cambios de status y roles.

Favorece a que la ruptura de la pareja se constituya en un paso hacia delante en el ciclo evolutivo de la familia, y no en un obstáculo insalvable para construir relaciones diferentes entre todos sus miembros y con el entorno de éstos. En la vida de cualquier matrimonio con hijos confluyen dos instituciones, la pareja parental y la pareja conyugal, imbricándose la una en la otra en la vida cotidiana, por lo que, al producirse la separación, se origina una afección más o menos importante en las funciones parentales, debido al enfrentamiento de la pareja conyugal. La mediación familiar permite realizar este tránsito, desvinculando ambas instituciones y redefiniendo las relaciones de padres en situación de separados, integrando de esta forma la antinomia que subyace, con el fin de introducir el punto de vista del mejor interés del hijo”.

1.3 Actualidad ecuatoriana del sector

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