PLAZO DE EJECUCIÓN: DOS (2) MESES.
MEMORIA GENERAL UNE 67100 y 1M Determinación de la resistencia a flexión.
- UNE 67101 y 1M. Determinación de la dureza al rayado de su superficie. - UNE 67102 y 1M. Determinación de la resistencia de abrasión profunda. - UNE 67103 y 1M. Determinación de la dilatación térmica lineal. - UNE 67104 y 1M. Determinación de la resistencia al choque térmico. - UNE 67105 y 1M. Determinación de la resistencia al cuarteo.
- UNE 67106 y 1M. Determinación de la resistencia quimica. Baldosas no esmaltadas. - UNE 67122 y 1M. Determinación de la resistencia quimica. Baldosas esmaltadas. - UNE 67163-85 y 1M. Baldosas cerámicas. Muestreo y condiciones de aceptación. - UNE 67202 y 1M. Determinación de la resistencia a la helada.
6.2.2.4.2 Condiciones de Recepción
Las baldosas y/o su embalaje deben ser marcados como sigue:
- Marca comercial del fabricante y/o marca de fabricación apropiada y el pais de origen. - Marcado correspondiente a la 1ª calidad.
- Tipo de baldosas y referencia a la Norma nacional que satisfacen. - Dimensión nominal y de fabricación, modular (M) o no modular.
En cada partida de baldosas entregadas en obra se verificará que su marcado y designación corresponden a las especificadas en el proyecto.
Para el control de calidad de estos productos se dividirá el pedido en lotes de inspección, formados por partidas de baldosas de un mismo fabricante con propiedades y condiciones presumiblemente uniformes.
En el caso de pavimentos, se exigirá que su resistencia a la absorción sea clase IV y su resistencia al deslizamiento, según norma TORTUS sea superior a 0.50 en húmedo.
6.2.3 MATERIALES PREFABRICADOS DE CEMENTO
6.2.3.1.1 TUBOS DE AMIANTO-CEMENTO6.2.3.1.2 Normativa
- Los tubos para tuberías de abastecimiento de agua cumplirán las condiciones fijadas en el Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua del MOPU.
- Los tubos para tuberías de saneamiento cumplirán las condiciones fijadas en el Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones del MOPU.
- UNE 88001, Procedimiento de inspección para aceptación o rechazo de productos de amianto-cemento. - UNE 88201, Tubos, juntas y piezas de amianto, cemento para conducciones de saneamiento.
- UNE 88202, Tubo, juntas y piezas de amianto cemento para conducciones sanitarias de edificación. - UNE 88203, Tubos, juntas y piezas de amianto cemento para conducciones de presión.
- UNE 88.211/R. Criterios para la elección de tubos de amianto-cemento a utilizar en conducciones con o sin presión sometidos a cargas externas.
- UNE 88212, Conducciones de amianto cemento. Recomendaciones para su instalación. - UNE 88212, Conducciones de amianto cemento. Prueba de presión en obra.
6.2.3.1.3 Condiciones de Recepción
- Los tubos y demás elementos estarán bien acabados con espesores uniformes y cuidadosamente trabajados, de manera que las paredes exteriores y especialmente las interiores queden regulares y lisas, con aristas vivas.
- Todos los elementos deberán permitir el correcto acoplamiento del sistema de juntas empleado para que éstas sean estancas, a cuyo fin, los extremos de cualquier elemento estarán perfectamente acabados para que las juntas sean impermeables, sin defectos que repercutan en el ajuste y montaje de las mismas, evitando tener que forzarlas.
- Las tolerancias máximas admitidas son: - Diámetro interior.- 2.5 mm.
- Espesor de pared.- 1.5 mm.
- Normalmente la longitud nominal no deberá ser inferior a tres (3) metros, para diámetros iguales o menores de doscientos (200) milímetros y a cuatro (4) metros para diámetros superiores. Los incrementos de longitud serán, preferentemente múltiplos de medio metro.
- Previa autorización del Director se admitirá la colocación de tubos más cortos que la longitud nominal. - Para acoplamientos, empalmes, etc., podrán emplearse tubos cortos de longitud menor.
- Sólo se permitirán tubos cortados cuando lo sean en sección normal a su eje.
- La longitud nominal de cada tubo podrá estar afectada de un error de cinco (5) milímetros en más o veinte (20) milímetros en menos.
- La máxima curvatura admisible en tubos rectos, será de 6 mm.
- Se exigirá a los fabricantes el envío de los certificados de control de calidad de las materias primas y del producto terminado.
MEMORIA GENERAL - Será de aplicación el apartado 10.4 "Juntas" del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua, del MOPU, y el apartado 3 "Juntas" de las normas UNE 88.203-81 Y UNE 88.201-78, según corresponda a tubos de presión o sin presión, respectivamente.
- Los anillos de estanqueidad serán de caucho natural o sintético de un tipo apropiado. Los anillos de estanqueidad no deberán ser afectados por la agresividad de las aguas a transportar.
- Las dimensiones y la forma de todos los elementos de la junta serán definidas por el fabricante en sus catálogos. - Las juntas, una vez montadas, deben asegurar una estanqueidad permanente de la conducción tanto contra las infiltraciones como contra las fugas.
- Todos los tubos llevarán grabadas de forma indeleble las marcas siguientes: 1.- Marca del fabricante
2.- Diámetro nominal
3.- En tubos para conducciones con presión, la presión normalizada, en kilopondios por centímetro cuadrado (kp/cm2.) En tubos para conducciones sin presión, la serie precedida de la sigla SAN, cuando se trate de tubos paraobras de saneamiento.
4.- Año de fabricación y número de identificación, que permita conocer los controles a que ha sido sometido el lote a que pertenece el tubo.
- El apilado de los tubos sobre la plataforma del camión, así como sobre la superficie de acopio en obra, debe hacerse apoyando la primera capa de tubos sobre rastreles o tablones de madera perpendiculares a la dirección de los tubos, situados aproximadamente a 1/5 de los extremos de los tubos, y con un ancho en la zona de apoyo de éstos no inferior a diez centímetros (10 cm.)
- Se evitarán choques entre tubos, golpes y arrastres durante el transporte, la carga, la descarga y el almacenamiento en obra.
- Todos los tubos que hayan sufrido deterioros durante el transporte, carga, descarga y almacenamiento serán rechazados.
- Los aros de goma se almacenarán en lugar cubierto, en sus embalajes de origen, protegidos de la luz solar, de
aceites, fuentes de calor y motores eléctrico
6.2.4 MATERIALES BITUMINOSOS
6.2.4.1 LAMINAS ASFALTICAS
6.2.4.1.1 NormativaNorma NBE-QB-90. Cubiertas con materiales bituminosos (Decreto 1572/1990). 6.2.4.1.2 Condiciones de Recepción
- El contratista obtendrá del fabricante un certificado que indique las características básicas del material suministrado, así como el método de ensayo usado para su determinación.
- Las características a especificar en el certificado indicado en el párrafo anterior, serán las que a continuación se indican y otras relativas a la compatibilidad de sustancias en contacto y las de tipo sanitario.
a) Características geométricas b) Masa unitaria
c) Residencia a la rotura a tracción, en ambos sentidos d) Alargamiento en la rotura, en ambos sentidos e) Comportamiento al doblado a bajas temperaturas f) Envejecimiento artificial acelerado
g) Comportamiento al calor h) Punzonamiento estático i) Estabilidad dimensional
k) Resistencia a los microorganismos l) Resistencia química
m) Características, en su caso, de las armaduras
6.2.4.2 MASILLAS BITUMINOSAS PARA JUNTAS
6.2.4.2.1 Normativa- UNE 104-233-83. Materiales bituminosos de sellado para juntas de hormigón. - UNE 104.281. Métodos de ensayos. Toma de muestras.
6.2.4.2.2 Condiciones de Recepción
- La duración máxima y las condiciones de almacenamiento, la manipulación, mezcla de componentes, limpieza y reparación de las paredes de la junta y la forma de colocación de la masilla deberán ser realizadas de acuerdo con las instrucciones que para ello estará obligado a dar el fabricante.
MEMORIA GENERAL