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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 191/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 6 de abril de 2016

VISTO:

Las Leyes Nros. 13.064 y 5.460 y su modificatoria, los Decretos Nros. 359/2015, 363/2015 y su modificatorio, y 203/2016, los Expedientes Nros. 2014-13723595-MGEYA-UPEDG y 2016-7774716-DGTALMDUYT y,

CONSIDERANDO:

Que la Obra "Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes, Corrientes Débiles e Iluminación- Oficinas Palacio Lezama" fue adjudicada a la Empresa SES S.A. por Resolución N°463-MDUGC/2014 de fecha 30 de diciembre de 2014, y tramitada por Expediente N° 13723595-MGEYA-UPEDG- 2014; por un monto de pesos cuarenta y tres millones ciento setenta y cuatro mil novecientos cuarenta con 53/100 ($43.174.940,53);

Que la Contrata entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Empresa adjudicataria fue suscripta el 30 de diciembre de 2014;

Que el inicio de la Obra operó el día 30 de diciembre de 2014 según su Acta de Orden de Comienzo, con un plazo de cinco (5) meses;

Que por Resolución N° 193-MDUGC/2015, se aprobó la ampliación de plazo N° 1, llevando el plazo de finalización de la obra al día 20 de agosto de 2015;

Que por Resolución N° 287-MDUGC/2015, se aprobó la ampliación de plazo N° 2, llevando el plazo de finalización de la obra al día 30 de noviembre de 2015;

Que por Resolución N° 28-MMIYTGC/2016, se aprobó la ampliación de plazo N° 3 llevando la fecha de finalización de la obra al día 31 de noviembre de 2016;

Que por Resolución N° 346-MDUGC/2015 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N° 1 de la obra;

Que la necesidad de realizar el presente Balance de Economías y Demasías N°2 surge como consecuencia de las tareas que debieron adicionarse en los ítems Luminarias; Fuerza Motriz Aire Acondicionado; Complemento en CATV y Nuevos Puestos CATV como así también en Bocas de Iluminación y Toma de Uso General, no contemplados en la oferta contractual, los que debieron ser ejecutados para poder dar continuidad a la obra según surge del IF-2016-08763327-DGIGUB;

Que la empresa contratista cotizó el Balance de Economías y Demasías en cuestión, por EX 2016-7774716-DGTALMDUYT por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 68/100 ($ 4.007.604,68) para las demasías y PESOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 30/100 ($ 62.840,30) para las economías, lo que hace un Balance de Economías y Demasías por un monto de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 38/100 ($3.944.764,38);

Que la Jefatura de Administración y la Dirección, junto a la Inspección de Obra de la Dirección General de Infraestructura Gubernamental (DGIGUB) prestan su conformidad al Balance de Economías y Demasías Nº2.-

Que, siendo los precios cotizados razonables, prestan conformidad al precio que desprende una Demasía de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y

CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 38/100 ($3.944.764,38) cotizado por la contratista para las tareas realizadas y, recomiendan que se gestione la convalidación del Balance de Economías y Demasías N°2; conforme IF-2016-08527418-DGIGUB e IF-2016-09025532-DGIGUB;

Que el Balance de Economías y Demasías Nº 2 de la Obra "Instalaciones Eléctricas y de Corrientes Débiles Edificio Palacio Lezama" y el nuevo Plan de Trabajo de la misma, debe contemplar lo establecido en el artículo 12° del Anexo de la Resolución N° 601-MHGC/2014, estableciendo la aplicación directa y simultánea al Balance de referencia de la Redeterminación Provisoria N°1 (7,18% al 1° de Abril de 2015), aprobada mediante Resolución N° 964-MHGC/2015, con respecto a los valores básicos, que representa un incremento de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 02/100 ($ 287.746,02) para las Demasías y de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ONCE CON 93/100 ($ 4.511,93) para las Economías ; de lo que surge un balance global de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 08/100($ 283.234,08);

Que la ley 5.460 estableció la actual estructura ministerial y que el Decreto Nº 363/2015 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos, con las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización, siendo dicha estructura orgánica modificada parcialmente por el Decreto N°141/2016;

Que, es competencia del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, diseñar y ejecutar los planes, programas y proyectos urbanísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 203/2016 se estableció, entre otras cosas, los niveles de decisión y cuadro de competencia para los procedimientos de selección para la contratación de obra pública;

Que ha tomado conocimiento y prestado conformidad la Subsecretaria de Obras; Que se han efectuado las reservas e imputaciones presupuestarias correspondientes. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 5460 y los Decretos Nros. 359/2015, 363/2015, 141/2016 y 203/2016,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Convalídase la Demasía del Balance de Economías y Demasías Nº2 correspondiente a la Obra: "Instalaciones Eléctricas y de Corrientes Débiles Edificio Palacio Lezama", por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 68/100 ($ 4.007.604,68).

Artículo 2°.- Convalídase la Economía del Balance de Economías y Demasías Nº2 correspondiente a la Obra: "Instalaciones Eléctricas y de Corrientes Débiles Edificio Palacio Lezama", por la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 30/100 ($ 62.840,30).

Artículo 3°.- Convalídase el Balance de Economías y Demasías Nº2 que resulta una Demasía correspondiente a la Obra: "Instalaciones Eléctricas y de Corrientes Débiles Edificio Palacio Lezama", por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 38/100 ($3.944.764,38), que representa un 9,14% del monto contractual, y sumado al anterior Balance de Economías y Demasías N° 1 representan un acumulado del 18,67% en un todo de acuerdo al detalle que como Anexo I "Planilla de Cotización" (IF-2016-09025059-DGIGUB) forma parte de la presente resolución.

Artículo 4°.- Convalídanse el Plan de Trabajos y Curva de Inversión del Balance de Economías y Demasías Nº 2, que se detalla en el Anexo II (IF-2016-09225239- DGIGUB), el cual forma parte integrante de la presente.

Artículo 5°.- Convalídase de conformidad a lo previsto en la Resolución 601/MHGC/2014, la aplicación directa y simultánea al Balance de Economías y Demasías N° 2 convalidado en los artículos 1º, 2° y 3° de la presente, la Redeterminación Provisoria N°1 (7,18% al 1° de Abril de 2015), aprobada mediante Resolución N° 964-MHGC-2015, con respecto a los valores básicos, que representa un incremento de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 02/100 ($ 287.746,02) para las Demasías y de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ONCE CON 93/100 ($ 4.511,93) para las Economías ; de lo que surge un balance global de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 08/100($ 283.234,08).

Artículo 6º.- La empresa contratista deberá completar los seguros y garantías que correspondan de acuerdo a la ampliación del monto contractual.

Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), notifíquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, a la Dirección General de Infraestructura Gubernamental (DGIGUB), gírese a la Subsecretaría de Obras del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a su conocimiento y posterior notificación a la empresa contratista SES S.A. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 124/SECTRANS/16

Buenos Aires, 18 de marzo de 2016

VISTO:

El Decreto N° 263/10 modificado por el Decreto N° 487/14, la Resolución N° 2231/MHGC/14, y el Expediente N° 8779335-SECTRANS-2016

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 487/14 se modificó el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 263/10 estableciendo que el relevamiento e inventario de la totalidad de los bienes, estará a cargo de los servicios patrimoniales de cada organismo;

Que asimismo estableció que ..." los bienes de uso cuyo valor, tras los procesos de revalúo y depreciación, sea inferior al fijado por el Ministerio de Hacienda para la incorporación al Módulo de Bienes SIGAF, podrán ser dados de baja con la emisión de una Disposición o Resolución del titular de la repartición a la que correspondan, el que deberá ser comunicado al Órgano Rector del presente sistema ...",

Que ´or la Resolución N° 2231/MHGC/14 se fijó a partir del 1° de Enero de 2015, en la suma de PESOS SEISCIENTOS ($ 600.-), el importe a partir del cual se deben incorporar al Módulo de Bienes del SIGAF, los bienes de escaso valor, las herramientas y los repuestos menores, de acuerdo con lo establecido por Decreto N° 263/10;

Que por encontrarse obsoletos, destruidos y/o deteriorados surge la necesidad de dar de baja una serie de bienes de uso de esta repartición;

Que el valor de los mismos resulta ser inferior al establecido por la norma precitada. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 263/10, modificado por el Decreto N° 487/14;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Dese de baja del Inventario de la Secretaría de Transporte, el listado de los bienes enumerados en el Anexo I (N° IF-2016-8787950-SECTRANS) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Solicítese el rol a la Dirección General de Contaduría a los fines del registro de la baja de los bienes precitados en el módulo SIGAF WEB

Artículo 3°.- Los aparatos electrónicos que estuvieran comprendidos en el Anexo I serán remitidos a la APRA por lotes a efectos de recibir el adecuado tratamiento físico de disposición final en atención a la gestión ambiental.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 144/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de marzo de 2016

VISTO:

La Resolución Nº 42-SECTRANS/2016 y el EX-2016-08580783-MGEYA-DGTYTRA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 42-SECTRANS/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Obra de la Sra. María Iris Paulini, D.N.I. Nº 30.546.616, para desempeñarse en la Dirección General Tránsito y Transporte, por el período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos veintiocho mil ($28.000);

Que por la referida actuación, la citada persona presentó la renuncia al aludido contrato, a partir del 01/03/2016;

Que la mencionada Dirección General, ha intervenido al respecto, solicitando la baja de tal contratación;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente, aceptando la misma.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Acéptase a partir del 01/03/2016, la renuncia presentada por la Sra. María Iris Paulini, D.N.I. Nº30.546.616, a su Contrato de Locación de Obra que le fuera autorizado por la Resolución Nº 42- SECTRANS/2016.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio y de Tránsito y Transporte -la que entre otras gestiones deberá notificar a la interesada-; cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 145/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de marzo de 2016

VISTO:

la Resolución Nº 71-SECTRANS-2016 y el EX-2016-08933837-MGEYA-DGMSA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 71-SECTRANS/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Obra de la Sra. Gloria María Ayerza, D.N.I. Nº 31.164.175, para desempeñarse en la Dirección General Movilidad Saludable, por el período comprendido entre el 02/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos diez mil quinientos cincuenta y siete ($10.557);

Que mediante el referido Expediente, la citada Dirección General, solicita la rescisión de la aludida contratación, a partir del 01/03/2016;

Que la Subsecretaría de Movilidad Sustentable, ha intervenido al respecto; Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente. Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Rescíndese a partir del 01/03/2016, el Contrato de Locación de Obra de la Sra. Gloria María Ayerza, D.N.I. Nº 31.164.175, que le fuera autorizado por la Resolución Nº 71-SECTRANS/16.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de este Ministerio y, para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de esta Jurisdicción y de Movilidad Saludable,-la que entre otras gestiones deberá notificar a la interesada-; cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 146/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de marzo de 2016

VISTO:

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 62-SECTRANS/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Obra de la Sra. María Lucia Peñaloza, D.N.I. Nº 38.617.234, para desempeñarse en la Dirección General Movilidad Saludable, por el período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos diez mil quinientos ($10.500);

Que mediante el referido Expediente, la citada Dirección General, solicita la rescisión de la aludida contratación, a partir del 01/03/2016;

Que la Subsecretaría de Movilidad Sustentable, ha intervenido al respecto; Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente. Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Rescíndese a partir del 01/03/2016, el Contrato de Locación de Obra de la Sra. María Lucía Peñaloza, D.N.I. Nº 38.617.234, que le fuera autorizado por la Resolución Nº 62-SECTRANS/16.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de este Ministerio y, para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de esta Jurisdicción y de Movilidad Saludable-la que entre otras gestiones deberá notificar a la interesada-; cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 147/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de marzo de 2016

VISTO:

la Resolución Nº 63-SECTRANS-2016 y el EX-2016-08749233-MGEYA-SECTRANS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 63-SECTRANS/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Obra del Sr. Sebastián Lucas Agostinelli, D.N.I. Nº 30.401.407, para desempeñarse en la Secretaria de Transporte, por el período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos ocho mil quinientos cincuenta ($ 8.550);

Que en función a lo dispuesto por la cláusula 5° de dicho contrato, esta Secretaría, ha decidido rescindir la aludida contratación, a partir del 01/03/2016;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente. Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Sr. Sebastián Lucas Agostinelli, D.N.I. Nº 30.401.407, que le fuera autorizado por la Resolución Nº 63-SECTRANS/16.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de este Ministerio y, para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de esta Jurisdicción y al área de Personal de esta Secretaria-la que entre otras gestiones deberá notificar al interesado-; cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 148/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de marzo de 2016

VISTO:

la Resolución Nº 63-SECTRANS-2016 y el EX-2016-08817329-MGEYA-SECTRANS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 63-SECTRANS/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Obra del Sr. Pedro Javier Chapar, D.N.I. Nº 29.543.881, para desempeñarse en la Secretaria de Transporte, por el período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos diecinueve mil ciento cincuenta y tres ($19.153);

Que en función a lo dispuesto por la cláusula 5° de dicho contrato, esta Secretaría, ha decidido rescindir la aludida contratación, a partir del 01/03/2016;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente. Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Rescíndese a partir del 01/03/2016, el Contrato de Locación de Obra del Sr. Pedro Javier Chapar, D.N.I. Nº29.543.881, que le fuera autorizado por la Resolución Nº 63-SECTRANS/16.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de este Ministerio y, para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de esta Jurisdicción y al área de Personal de esta Secretaria-la que entre otras gestiones deberá notificar al interesado-; cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 151/SECTRANS/16

Buenos Aires, 23 de marzo de 2016

VISTO:

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 42-SECTRANS/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Obra del Sr. Luciano Pagliaro, D.N.I. Nº 36.896.650., para desempeñarse en la Dirección General de Tránsito y Transporte, por el período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos nueve mil seiscientos noventa y seis ($ 9.696);

Que mediante el referido Expediente, la citada Dirección General, solicita la rescisión de la aludida contratación, a partir del 01/03/2016;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente. Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Rescíndese a partir del 01/03/2016, el Contrato de Locación de Obra del Sr. Luciano Pagliaro, D.N.I. Nº 36.896.650, que le fuera autorizado por la Resolución Nº 42-SECTRANS/16.

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y, para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal del citado Ministerio y de Tránsito y Transporte -la que entre otras gestiones deberá notificar al interesado-; cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 157/SECTRANS/16

Buenos Aires, 23 de marzo de 2016

VISTO:

Los Decretos Nros 363-GCABA-2015 , 141- GCABA-2016, Resolución N° 2016/154/SECTRANS Y El Expediente N° 7852823/DGCUL/2016, Y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Expediente mencionado, el Arzobispado de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Cultos, solicita permiso para la afectación de diversas arterias de la Ciudad el día viernes 25 de marzo de 2016, con motivo de la realización de un Evento denominado Vía Crucis de la Ciudad;

Que la Subsecretaría de Tránsito y Transporte ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de esta Secretaria de Transporte el dictado del acto administrativo respectivo;

Que por Resolución Nº 154/2016/SECTRANS esta Secretaria de Transporte autorizo a la Basílica de San José de Flores el corte total de diversas arterias para la realización de la Procesión omitiendo las fechas de realización de la prevista;

Que en tal sentido, corresponde dictar una nueva Resolución que contemple la realización de fechas previstas;

Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires dispone que: "en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión";

Que en estas condiciones, corresponde rectificar el Articulo Nº 1 de dicha resolución de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.-Rectificase la Resolución Nº 154/2016/SECTRANS de fecha 23 de Marzo de 2016, quedando el Articulo Nº 1 redactado de la siguiente forma: “Autorizar al Arzobispado de Buenos Aires, con motivo de la de un Evento denominado Vía Crucis de la Ciudad, con presencia de la Policía, a efectuar las afectaciones de calzada en los días y horarios que a continuación se detallan:

Cortes totales durante todo el tiempo que demande el desarrollo de la celebración en las arterias circundantes a la Plaza de Mayo y sus accesos, a saber, Av. Julio A Roca, Reconquista y 25 de Mayo entre Bolívar y Av. Rivadavia, Pte. Roque Sáenz Peña, y Defensa entre Alsina e H. Yrigoyen entre Chacabuco y Av. Paseo Colón, y Av. Rivadavia entre Av. Leandro N. Alem y San Martín desde las 19.30 hasta las 20.30, el día viernes 25 de marzo de 2016.

Corte total de la Av. De Mayo en toda su extensión y de las transversales, en forma sucesiva a medida que avanza la procesión desde las 20.00 hasta las 22.30, el día viernes 25 de marzo de 2016“

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Planificación de la Movilidad quien comunicará al solicitante, a la