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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

RESOLUCIÓN N.° 253/SSHI/16

Buenos Aires, 30 de agosto de 2016

VISTO:

La Ley Nº 2.095 (Texto Ordenado Ley N° 5454), los Decretos N° 95-AJG-14 y Nº 1145-09 y concordantes, la Disposición Nº 396-DGCYC-14 y el EE Nº 18735587/2016-SSHI; E.E. 2016-18676971-MGEYA-SSHI, y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación mencionada tramita la contratación para el Servicio de Consultoría para el desarrollo del proyecto ejecutivo y su correspondiente documentación licitatoria para la obra denominada "Eje Daniel de la Sierra - Villa 21-24" con destino a la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que, por Resolución Nº 396/DGCyC/14 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC;

Que, por Resolución Nº 217/SSHI/2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se dispuso el llamado a Contratación Menor 462-2078-CME16 para el día 11 de Agosto de 2016 a las 12:00 hs, conforme al Artículo Nº 38 de la Ley Nº 2095 de compras y contrataciones del GCBA;

Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 (tres) ofertas correspondientes a las firmas Consultora Andina S.R.L., HCA Consultora S.R.L. y Cooprogetti Societa Cooperativa;

Que, en estado de Evaluación de Ofertas, la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión dependiente del suscripto, consideró informar la necesidad de modificación de los lineamientos técnicos requeridos para la elaboración del Proyecto Ejecutivo cuya confección se contrata, motivo por el cual resulta oportuno proceder con ajuste a tal requerimiento;

Que en orden a tal extremo, corresponde dejar sin efecto el llamado a Contratación Menor dispuesto, procediendo con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 84 de la Ley N° 2095 (Texto Ordenado Ley N° 5454), el cual establece "los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes";

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN RESUELVE:

realizada al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 38 de la Ley Nº 2095/06, para la contratación del Servicio de Consultoría para el desarrollo del proyecto ejecutivo y su correspondiente documentación licitatoria para la obra denominada "Eje Daniel de la Sierra - Villa 21-24" con destino a la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en orden a lo expuesto en los considerandos de la presente.-

Artículo 2.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publíquese en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio de web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.buenosaires.gob.ar. Cumplido Archívese. Alonso Ron

RESOLUCIÓN N.° 254/SSHI/16

Buenos Aires, 30 de agosto de 2016

VISTO:

La Ley Nº 2.095 (Texto Ordenado Ley N° 5454), los Decretos N° 95-AJG-14 y Nº 1145-09 y concordantes, la Disposición Nº 396-DGCYC-14 y el EE Nº 18729570/2016, EE N°18648342/2016-MGEYA-SSHI, y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación mencionada tramita la contratación para el Servicio de Consultoría para el desarrollo del proyecto ejecutivo y su correspondiente documentación licitatoria para la obra denominada "Eje Varela" con destino a la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que, por Resolución Nº 396/DGCyC/14 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC;

Que, por Resolución Nº 218/SSHI/2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se dispuso el llamado a Contratación Menor 462-2076-CME16 para el día 11 de Agosto de 2016 a las 12:00 hs, conforme al Artículo Nº 38 de la Ley Nº 2095 de compras y contrataciones del GCBA;

Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 (tres) ofertas correspondientes a las firmas Consultora Andina S.R.L., HCA Consultora S.R.L. y Cooprogetti Societa Cooperativa;

Que, en estado de Evaluación de Ofertas, la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión a cargo del suscripto, consideró informar la necesidad de modificación de los lineamientos técnicos requeridos para la elaboración del Proyecto Ejecutivo cuya confección se contrata, motivo por el cual resulta oportuno proceder con ajuste a tal requerimiento;

Que en orden a tal extremo, corresponde dejar sin efecto el llamado a Contratación Menor dispuesto, procediendo con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 84 de la Ley N° 2095 (Texto Ordenado Ley N° 5454), el cual establece "los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes";

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN RESUELVE:

Articulo 1°.- Déjase sin efecto el llamado a Contratación Menor 462-2076-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 38 de la Ley Nº 2095/06, para la contratación del Servicio de Consultoría para el desarrollo del proyecto ejecutivo y su correspondiente documentación licitatoria para la obra denominada "Eje Varela" con destino a la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en orden a lo expuesto en los considerandos de la presente.-

Artículo 2.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Publíquese en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio de web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.buenosaires.gob.ar. Cumplido Archívese. Alonso Ron

RESOLUCIÓN N.° 255/SSHI/16

Buenos Aires, 31 de agosto de 2016

VISTO:

La Ley Nº 471, los Decretos Nº 281/GCABA/10, 363/GCABA/15 y 108/GCABA/16, las Resoluciones Nº 6/MMGC/15 y Nº 2/SSH/16, y los Expedientes Electrónicos 2016/4704507/SSHI y 2016/19775375/SSHI y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 2/SSHI/16 se autorizó a distintos agentes que desempeñan funciones en esta Subsecretaria a ingresar y/o egresar del área en la que prestan servicios, las veces que sean necesarias, dentro del horario de la jornada laboral y se los eximió de firmar las correspondientes planillas de entrada y salida del Registro de Asistencia establecido por Resolución Nº 6/MMGC/15;

Que, en virtud de los diversos cambios producidos en el personal de las distintas reparticiones de esta Subsecretaria, resulta necesario modificar los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución Nº 2/SSHI/16;

Artículo 1º.- Modifíquese los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución Nº 2/SSHI/16 por Anexo I (IF-20177830-2016-SSHI), Anexo II (IF- 20172404-DGDTERRI-2016), Anexo III 20164025-DGDI-2016), Anexo IV 20081846-2016-DGISOC) y Anexo V (IF-20172886-DGHABITAT-2016), que a todos sus efectos forman parte integrante de la la Resolución Nº 2/SSHI/16.

Artículo 2º.- Establécese que todos los agentes detallados en Anexo I (IF-20177830-2016-SSHI), Anexo II (IF- 20172404-DGDTERRI-2016), Anexo III (IF- 20164025-DGDI-2016), Anexo IV (IF-20081846-2016-DGISOC) y Anexo V (IF-20172886-DGHABITAT-2016), quedarán registrados diariamente en la hoja de ruta elaborada por la Oficina de Personal para que dicha información se encuentre a disposición de la Auditoría.

Artículo 3º.- Comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Alonso Ron

ANEXO

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN RESUELVE: