CAPITULO II: La política de defensa desde 1996 a 2005
II.2 Ministerio de Defensa
Antes de continuar con el análisis de los documentos oficiales de defensa, nos detendremos en la creación, mediante Ley Complementaria Nº 97 del 9 de junio de 199955, del Ministerio de Defensa de Brasil. Hasta entonces, existían cinco Ministerios Militares: la Marina, el Ejército, la Aeronáutica, el Jefe del Estado Mayor de las FF.AA y la Casa Militar, cinco autoridades con status ministerial, caracterizadas por la falta de coordinación y con un alto grado de disenso y conflicto, donde cada una actuaba con autonomía. La PDN ha sido el puntapié inicial para aglutinar a las fuerzas. Hasta entonces la Marina, el Ejército y la Aeronáutica poseían intereses, valores, características y perspectivas estratégicas diferentes56, por lo que no podían actuar mancomunadamente. Mediante la Ley, los Ministerios Militares pasaron a ser comandos subordinados del Ministerio de Defensa, manteniendo su autonomía administrativa y presupuestaria.
Es necesario presentar al mundo los documentos de defensa de forma organizada y distintiva, con un plan y proyecto, con objetivos y estrategia. Al entenderse las amenazas de otra forma, dado el contexto que las define, trae como consecuencia que Brasil se proyecte de manera distinta. Las FF.AA son los garantes materiales de la existencia del Estado, protegiendo a éste de amenazas externas, como garantes del orden constitucional y de la institucionalidad interna. Al crear el Ministerio el objetivo de Cardoso era, además de integrar y ordenar las Fuerzas, presentar su proyección estratégica de la defensa de forma consolidada –y lograr la subordinación de lo militar a lo civil lo cuál aún está en duda sobre si era uno de sus deseos57-. La creación del mismo fue decidida por el Ejecutivo y un reducido grupo de Ministros, para lo cual Cardoso creó un grupo de trabajo interministerial (GTI) compuesto por los Ministros de la Marina, Ejército y Aeronáutica, del Estado mayor de las FF.AA, de la antigua Casa Militar, de Relaciones Exteriores, de la ex Secretaría de Asuntos Estratégicos y de la Casa Civil. Se reunieron desde octubre de 1997 a octubre de 1998. Los Ministerios Militares venían resistiéndose hacía décadas a la creación de un único órgano de la Defensa (Marques, 2004, págs. 27- 51). Al decidirse su creación por directriz presidencial, los militares intervinieron
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Lei complementar Nº 97 del 9 de junio de 1999, de creación del Ministerio de la Defensa Brasilero, https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/lcp/lcp97.htm
56 Rizzo, Eliézer. 2008. Defensa Nacional: Actores y política. En Red de Seguridad y Defensa de América Latina, http://www.resdal.org/atlas/atlas08-brasil-paper.html
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“El proceso de creación e implementación del nuevo Ministerio muestra que entre las principales motivaciones del presidente no estaba la preocupación con ampliación del control civil sobre las FF.AA. El presidente Cardoso afirmó incluso, en varias ocasiones, que no era este su objetivo”. (Marques, 2004, pág 49)
fuertemente en el proceso de creación, mientras que el legislativo solamente aprueba la Ley Nº 97 de 1999. Recordemos que las directivas de Defensa hasta la creación del Ministerio estaban estipuladas dentro de la Constitución Federal como una atribución del PL como órgano consultivo del PE.
Queda instituido formalmente el Ministerio de Defensa bajo propuesta del Ejecutivo, aprobado con fuerza de ley. Las FF.AA. están compuestas por la Marina, el Ejército y la Aeronáutica, cuyo objetivo es la defensa de la patria y de los poderes constitucionales, de la ley y del orden y promover la participación en misiones de paz. El presidente de la República se instituye Comandante Supremo de las FF.AA., asesorado por el Consejo Militar de Defensa en lo concerniente a los medios militares de defensa y está conformado por el comandante de la Marina, del Ejército, de la Aeronáutica y por el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. Este, (el EMC) es el órgano de asesoramiento permanente del Ministro de Estado de Defensa (Lei Complementar Nº 97. 1999) en lo relativo al planeamiento de empleo conjunto de las FF.AA. El Ministro de Defensa ejerce la dirección superior de las FF.AA. En cuanto al presupuesto, el Ministerio de Defensa identificará dotaciones propias para la Marina, la Aeronáutica y el Ejército. Cada una de las fuerzas deberá contar con órganos operativos y de apoyo de acuerdo a las políticas establecidas por el Ministro de Defensa. Cabe a las FF.AA. como atribución subsidiaria, cooperar con el desarrollo nacional y la defensa civil como lo determine el Presidente de la República. También se crea la Secretaría de control interno, del Consejo de Aviación Civil y de la empresa Brasilera de Infraestructura Aeroportuaria. Se instituirán cuatro Secretarías, órganos de estudios, asistencia y apoyo subordinados a las Secretarías y al Gabinete del Ministro (Lei Complementar Nº 97. 1999).
El Consejo nacional de Defensa Nacional será el órgano de consulta del Presidente y estará formado por el Vicepresidente, los Presidentes de la Cámara de Diputados y del Senado, y los Ministros de Justicia, Defensa, Relaciones Exteriores y Hacienda. El Congreso desempeñará las funciones que le fueran conferidas por la Constitución y se informará en temas de defensa obteniendo información a través de las comisiones de relaciones exteriores y defensa de ambas cámaras.58
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Resdal. Atlas Comparativo de la Defensa en América Latina y el Caribe. 2012, http://www.resdal.org/ebook/AtlasRESDAL2012/print/atlas-completo.pdf págs. 148-157.
Con la creación del Ministerio de Defensa, el proceso de toma de decisiones y asesoría respecto de temas referidos a la defensa quedaría conformado como podemos ver a continuación en el cuadro II.1. Para el organigrama completo consultar Anexo, cuadro I.
Cuadro II.1
Organigrama del Ministerio de Defensa de Brasil
Fuente: Ministerio da Defesa 59
El Consejo Nacional de Defensa, el Consejo Militar y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, desempeñan un rol de asesoramiento y asistencia. El Presidente, el Ministerio de Defensa y los Comandos de cada una de las Fuerzas tienen en el orden descrito una relación de mando. Mientras que el Estado Mayor Conjunto de las FF.AA. de planificación y conducción conjunta con el Ministerio y cada una de las fuerzas.
La importancia del Ministerio de Defensa radica en que ahora las decisiones relativas a la defensa estarían institucionalizadas, y existiría un único Jefe que es el Ministro. De los hasta ahora seis Ministros que tuvo el Ministerio, todos ellos fueron civiles, ninguno Militar. El ejercicio de la defensa como política de Estado sigue estando en manos de civiles, la estrategia, los objetivos y el planeamiento es tarea de los militares.