CONTRATO DE SUMINISTRO- 2016
Entre los suscritos a saber: XXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía N° XXXXXXXXXX de XXXXXXXXXX, quien mediante Acuerdo N° 047 de fecha 09 de noviembre de 2012, actúa en calidad de Rector y representante legal de la UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA, ente estatal Universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, creado mediante Ley 37 de 1966 y regulado por la Ley 30 de 1992 y por el acuerdo 0021 de 1994, emanado del Consejo Superior Universitario, y quien para los efectos del presente documento se denominará LA UNIVERSIDAD, por una parte y por la otra XXXXXXX, identificado con NIT N° XXXXXXX, matriculada en la Cámara de Comercio de XXXXXXXXX), bajo el número, XXX del X de XX de XX, con Dirección en la XXXXXXXXX), cuyo objeto social contempla las actividades suministro de medicamentos, representada legalmente por XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXX, expedida en XXXXXXXX, quien para los efectos del presente contrato se denominará El CONTRATISTA, hemos acordado celebrar la prestación de servicios del presente contrato de suministro de medicamentos para garantizar el derecho a la salud a los usuarios de la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba, previa las siguientes consideraciones: 1. Que el proceso de contratación que tiene por objeto el “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS A LOS USUARIOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA”, inició mediante Invitación Pública N°XXX, de conformidad a lo establecido en el Estatuto de Contratación de la Universidad de Córdoba (Acuerdo 099 del 27 de Diciembre de 2006) en su inciso siete del único parágrafo del Artículo 20, “se exceptúa de pluralidad de invitación… en los contratos de prestación de servicios de salud” y en concordancia con el decreto 2200 de 2005; 2.Que la Unidad Administrativa Especial de Salud elaboró los Análisis de Necesidad y demás documentos previos, de conformidad con el Sistema Integral de Gestión de Calidad y el Acuerdo 099 de 27 de diciembre de 2006 de la Universidad “Estatuto de Contratación de La Universidad”; 3. Que para la ejecución del contrato se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXXX del XXX de XXX de XXX, con cargo al rubro No.4.1.1 Servicios Especiales– Unidad Especial de Salud- Recursos Propios; 4. Que el proceso de contratación, inició el día XXXX de XXX y se cerró el día XX de XXX del año XXXX; 5. Que el día XXXX (XX) de XXXX de XX a las XXX. Se procedió a realizar el Acta de Cierre N° .XXX de XX, que contiene los datos de la propuesta recibida dentro del término indicado en la Invitación Pública No. XXXXXXX, 6. Que la Rectora de la Universidad de Córdoba, previa evaluación de la propuesta, adjudicó el proceso de contratación mediante resolución rectoral N°XXX de fecha XXX de XX de XXX, al oferente XXXXXX, identificado con NIT N° XXXX; 7.Que acto seguido se procedió a celebrar el presente contrato que se regirá por las disposiciones legales aplicables y en especial por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: CONTRATACIÓN DE UN OPERADOR LOGÍSTICO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROCESO FARMACEÚTICO Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS PARA LOS USUARIOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. SEGUNDA. DURACIÓN: El plazo para la ejecución del contrato será de XXXXX, o hasta agotar presupuesto, evento que ocurra primero, contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio. TERCERA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar los medicamentos requeridos por los usuarios de la UAES de la UNICOR, para lo cual deberá tener en cuenta el listado de medicamentos de la UAES de la UNICOR, los nombres genéricos de éstos, la presentación, los laboratorios que los producen y si se trata de productos negociados por la Universidad. Porcentaje de intermediación ofrecido
Ejecutar los procesos de adquisición, recepción, almacenamiento, distribución y dispensación observando como mínimo lo establecido en el manual de condiciones esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de protección Social (Adoptado mediante la Resolución 1403 de 2007 y las demás normas que lo adicionen, modifique o sustituya.).
Adquirir los medicamentos con estricta observancia de las marcas y/o laboratorios seleccionados y negociados por la Universidad con el fin de tenerlos disponibles para la satisfacción de las necesidades de los usuarios.
Programar las cantidades de medicamentos a adquirir, teniendo en cuanta los indicadores de punto de reposición, consumos promedios, niveles mínimos y tiempo de reposición, realizando las acciones pertinentes para el estricto control de existencias, inventario y fechas de vencimiento.
Implementar los mecanismos para determinar permanentemente la demanda insatisfecha de servicios y corregir rápidamente las desviaciones que se detecten, para garantizar la disponibilidad de los medicamentos que requiera la atención de los usuarios.
Efectuar la dispensación de la totalidad de los medicamentos prescritos por los profesionales de la salud adscritos a la UAES y/o los que sean autorizados por el Comité Técnico, de acuerdo a los productos negociados por la Universidad con los laboratorios farmacéuticos, en la cantidad formulada y/o autorizada.
Efectuar la dispensación en los puntos de atención acordados entre las partes o definidas en la propuesta presentada por el Contratista.
Efectuar la dispensación al momento del recibo de la solicitud del usuario, dentro de las fechas de vigencia de la respectiva fórmula o prescripción, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida de los usuarios.
Cumplir con los tiempos de entrega establecidos en el pliego de condiciones, para los medicamentos pendientes; por lo tanto, las dificultades que se presenten en el suministro oportuno de los medicamentos y la relación de faltantes que se presenten, deberán ser notificados, deberán ser notificados al interventor del contrato, el mismo día, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación.
Presentar semanalmente al Interventor del Contrato, un informe consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el transcurso de la semana.
Informar a los usuarios, al momento de suministrar los medicamentos, el uso adecuado de los mismos.
Empacar adecuadamente los medicamentos, que van a ser transportados por los pacientes hasta el lugar de almacenamiento final.
N° XXX-2016
CONTRATISTA:
CONTRATANTE: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA OBJETO:
PLAZO: 9 Meses 15 Días VALOR: $ XXXXXXX
Contar con una tecnología que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos, los cuales se obliga a instalar y mantener actualizados para generar los reportes que la Universidad Exija.
Mantener actualizados los procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación de carácter técnico y/o administrativo que aseguren el cumplimiento del contrato.
Bajo ninguna circunstancia, el Contratista comercializará con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la Universidad.
Reintegrar el porcentaje de descuentos que tengan lugar en el listado de negociación global de precios efectuada por la Universidad en el caso de no haberse efectuado el descuento en la facturación presentada.
Participar en los programas y campañas que se relacionen con el uso de medicamentos, especialmente el programa de uso adecuado de medicamentos, fármaco vigilancia, uso de antibióticos, promoción en salud y prevención de enfermedades causadas por el uso inadecuado de medicamentos, entre otros, de acuerdo a lo que definan las normas respectivas.
Cumplir con todos los requisitos en las normas aplicables para los procesos correspondientes al suministro de medicamentos en general y de control especial y observar lo dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de Protección Social, así como las demás normas especiales que regulan la materia.
Se obliga a prestar el servicio de suministro de medicamentos de que trata el objeto del presente convenio a la población usuaria de la la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba yque se identifique por medio deldocumento de identificación,presentando la formula médica que debe cumplir con los siguientes requisitos: identificación clara y legible del usuario con documento de identidad, nombre del médico con número de identidad y tarjeta profesional claro y legible, firmada por el profesional que ordena el servicio respectivo con el sello que identifique al médico, sin enmendaduras y/o tachaduras, estar dentro de los tres días siguientes a la fecha de emisión de la fórmula del médico general y/o especialista.
Disponer de un modelo de atención farmacéutica acorde a la normatividad vigente (Resolución 1403 del 2007 del Ministerio de la Protección Social) que incluya los mecanismos de acceso y utilización de los servicios, discriminando horario para la prestación del servicio a los afiliados a la la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba, facilitando al usuario una oportuna, excelente, idónea y eficaz atención al igual que un correcto despacho de medicamentos, suministrando la formula completa tanto en número de medicamentos como en cantidad.
EL CONTRATISTA se obliga a mantener los descuentos ofertados durante el término de este contrato.
Abstenerse de realizar cambios de uno o más medicamentos o establecer sugerencias equivalentes sin previa autorización de la Entidad.
Facilitar la labor de supervisión, evaluación, auditoria de control que la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba realice en forma directa y atender sus recomendaciones que quedarán consignadas en acta de compromiso.
Utilizar medicamentos de reconocida calidad y que posean la respectiva licencia del Instituto Nacional para la vigilancia de medicamentos y alimentos (INVIMA) y las respectivas B.P.M.Llevar control de los medicamentos con el objeto de prevenir su vencimiento, obtener su cambio oportuno y cumplir con los requisitos mínimos que garanticen su conservación.
Entregar los medicamentos estrictamente formulados y/o autorizados sean genéricos o de marca. En caso de presentarse pendientes, estos serán suministrados en forma oportuna por la entidad (depósito y/o droguería) debidamente autorizada por el operador logistico y solo se podrá registrar como recibido en el momento de la entrega. Los medicamentos de urgencias inmediatamente y los ambulatorios en un termino no superior a 48 horas.
Realizar estudios farmáco económicos evaluando costo-beneficio, efectividad, seguridad de los grupos terapéuticos utilizados en el ejercicio del convenio por los médicos, así como realizar recomendaciones o adaptaciones de opciones terapéuticas racionales (O.T.R.), recomendar la sustición de productos. Realizando inclusión de moléculas costo – efectivas de común acuerdo.
Presentar a la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba , reportes estadísticos mensuales de la formulación con indicadores fármaco terapéuticos generales y específicos.
Presentar a la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba análisis fármaco epidemiólogicos bimensuales con ampliación de indicadores fármaco terapéuticos, registro de tendencias y recomendaciones de uso racional de medicamentos.
Disponer de un programa de fármacovigilancia farmacéutica como garantía de calidad del producto y detección de Reacciones Adversas a Medicamentos (R.A.M.).
Retroalimentar oportunamente a los médicos prescriptores sobre la información derivada de los reportes y estudios fármaco epidemiológicos de la Institución.
Facilitar el tiempo necesario para desarrollar las diferentes actividades de intervención individual.
El Contratista prestará el servicio de suministro de medicamentos y auditoria farmacoepidemiologica objeto del presente contrato con plena autonomía técnica científica y administrativa.
Atender en conjunto con la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba las reclamaciones, quejas o solicitudes sustentadas debidamente por los usuarios.
El Contratista se compromete en forma civil y penal por los daños y perjuicios ocasionados en las personas de los usuarios de la unidad causados por un inadecuado funcionamiento de los equipos técnicos, biomédicos y otros que se encuentren en las instalaciones del contratista, lo mismo que por cualquier situación que se presente y afecte a los usuarios de la unidad derivada de las acciones u omisiones de su personal paramédico o administrativo.
Presentar la facturación mensual de medicamentos a la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba dentro de los cinco primeros días de cada mes.
Se abstendrá de suministrar artículos suntuarios, cosméticos, líquidos para lentes de contacto, jabones, leches, cremas hidratantes, antisolares, drogas para la memoria, edulcorantes o sustitutos de la sal, anorexígenos, enjuagues bucales.
El Operador logístico seleccionado se obliga para con la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba, a ejecutar el servicio farmacéutico cumpliendo con el objeto y los requerimientos determinados en los Términos de Referencia. .PARÁGRAFO 1. REQUISITOS PARA LA ATENCIÓN: 1) Para la prestación del servicio de suministro de medicamentos se debe tener en cuenta que el usuario se identifique y que se encuentre activo dentro de la base de datos suministrada; 2) El usuario debe presentar documento de identificación y la fórmula médica establecida en el formato para ello. CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista prestará los servicios de entrega de medicamentos al usuario con alta calidad, oportunidad por parte de los profesionales y empleados. En consecuencia, El Contratista asume en forma total y exclusiva la responsabilidad que se derive por la calidad e idoneidad de los servicios que preste a los usuarios asignados por el Contratante, así como la Responsabilidad civil y penal, que pueda derivarse de sus actos u omisión, se entiende que el contratante queda excluido de cualquier responsabilidad de tipo civil y/o penal que se derive de la falta de atención del contratista. En caso de que el contratista no cumpla con ese requisito se impondrá como multa la glosa completa de la formula médica.NOVENA QUINTA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD. Constituyen las principales obligaciones de LA UNIVERSIDAD, las siguientes: 1)Enviar los cinco primeros días calendarios la base da datos de sus afiliados al Contratista 2)Cancelar al Contratista las Cuentas de cobro que en su oportunidad se presenten en razón al servicio contratado dentro del término convenido; 3)Conceder el plazo de veinticuatro (24) horas para hacer las entregas de los producto o medicamentos solicitados por los afiliados, en los eventos que se tenga faltante del medicamento formulado. SEXTA. VALOR. Para todos los efectos fiscales, legales y administrativos el valor del presente contrato es la suma deXXXXXXXXXX M/CTE ($XXXX). Este valor comprende la totalidad de los costos directos o indirectos, utilidades, administración, imprevistos e IVA. Amparado con el CDP Número 159del 9 de febrero de 2015, con cargo al rubro N° 5901101 Servicios de Salud.
SÉPTIMA. FORMA DE PAGO: La Universidad de Córdoba pagará al Contratista los medicamentos entregados con fórmulas originales autorizadas a los usuarios afiliados a la UAES, de acuerdo a las siguientes condiciones: 1. Para los medicamentos Negociados se pagarán a precio de lista vigente más el 15 % de la operación logística. 2. Para los medicamentos No Negociados (plm vigente y lista anexa) se pagaran a tarifas propuesta por el contratista y debidamente concertada con la Universidad a través de la Auditoria médica y /o interventoría designada, a los cuales no se les aplicara porcentaje alguno por concepto de administración y/o intermediación. 3. Para los medicamentos por fuera de los ítems 1 y 2, la Universidad se reserva el derecho de efectuar acuerdos directamente con la firma farmacéutica e informara esta novedad al contratista, de igual forma podrá negociar con el contratista la inclusión de nuevos medicamentos, todos estos se pagaran a precio de factura más el 15 % de la operación logística. 4. Para los medicamentos de los ítems 1 y 2 que por causas ajenas al contratista no puedan dispensar y que estén debidamente certificados por el laboratorio fabricante, se pagara a precio de factura más el 15 % de la operación logística. Todo lo anterior previa legalización del contrato, constitución y aprobación de la garantía única, Acta de Recibo a Satisfacción e informe del INTERVENTOR y demás requisitos asociados a la normatividad legal vigente. OCTAVA. PRECIO Y DESCUENTOS: Los precios son de acuerdo a los ofertados y se hará el descuento sobre los precios de los medicamentos establecidos en la oferta del contratista y los medicamentos que no se encuentren en el listado de PLM vigente serán de acuerdo a los precios que constarán en listado anexo, el cual hace parte integral del presente contrato. Los precios pactados no podrán estar por encima de los precios del mercado. El contratista se compromete a sostener durante la vigencia del contrato los precios pactados en dicho listado. NOVENA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. Los gastos que ocasione el presente contrato se imputarán al presupuesto de la Universidad de Córdoba, correspondiente a la vigencia fiscal del año xxx y amparado por el certificado de disponibilidad presupuestal número XXXX, del XXXXX (XX) de XXXX de XXX, con cargo al rubro N° XXXX Servicios Especiales- Unidad Especial de Salud- Recursos Propios. DECIMA. SUPERVISIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. INTERVENTORIA. Será ejercida por el Auditor Medico, Dr. Enrique Cantillo Raudales y con el V° B° de XXXXXX, Director o quien haga sus veces de la Unidad Administrativa Especial de Salud de la Universidad de Córdoba, quien actuará conforme a la Resolución Rectoral N° 0742 del 10 de mayo de 2010 y que entre otras tendrán las siguientes funciones; 1)Verificar la entrega oportuna de la droga por parte del Contratista; 2)Verificar que efectivamente se hagan los descuentos pactados en los medicamentos comerciales; 3)Rendir informe de Interventoría mensualmente de la ejecución del contrato a la Oficina de Adquisición y Contratación de la UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. DECIMA PRIMERA. CESION. Este Contrato no podrá cederse a otra persona o entidad alguna sin consentimiento expreso de la Universidad. DECIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN UNILATERAL. Cualquiera de las partes dentro del término de su duración podrá dar por terminado el presente contrato, pudiendo la otra reclamar lo que por daño e indemnización se le cause. Salvo, que la manifestación de Terminación Unilateral además de hacerse en forma escrita se realice con una antelación no inferior a treinta (30) días. DECIMA TERCERA. CLAUSULA PENAL. En caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, de las obligaciones pactadas en el presente Contrato, LA UNIVERSIDAD, podrá imponer como sanción pecuniaria una suma equivalente al 10% del valor del Contrato. DECIMA CUARTA. CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD, podrá declarar la caducidad del Presente Contrato cuando se presenten hechos constitutivos de incumplimiento a cargo del CONTRATISTA que afecten en forma grave y directa el Contrato y se evidencia que puede generar su paralización. PARÁGRAFO. La Resolución motivada de declaratoria de caducidad será notificada personalmente y en su defecto y mediante aviso en un periódico de amplia circulación nacional y contra la misma procede el Recurso de Reposición. Declarada la Caducidad y en firme la Resolución motivada EL CONTRATISTA, solo tendrá derecho a que se le reconozca y paguen los bienes recibidos e instalados a satisfacción por la UNIVERSIDAD DE CORDOBA, todo ello conforme a los precios pactados en el Contrato, de todo lo cual se levantará un acta conjunta firmada por las partes contratantes. DECIMA QUINTA. GARANTIAS. EL CONTRATISTA, se compromete a constituir a su costo y a favor de la UNIVERSIDAD DE CORDOBA, en una compañía de seguros legalmente establecida en el País, las siguientes garantías: 1) DE CUMPLIMIENTO: equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato que deberá cubrir el término de duración del mismo y seis (6) meses más; 2) DE CALIDAD, correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del Contrato por él término de duración del mismo y un (1) Año más; 3) PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, por el 5% del valor del contrato, por el término de duración del mismo y tres (3) años más; 4) EL CONTRATISTA en póliza anexa deberá constituir un amparo autónomo que cubrirá la RESPONSABILIDAD CIVIL, frente a terceros derivada de la ejecución del contrato, equivalente al 20% del valor del mismo, por el término de duración del contrato y seis (6) meses más. DECIMA SEXTA. RIESGOS QUE ASUME EL CONTRATISTA: 1). Riesgos de operación 2). Riesgos tributarios. 3) Riesgo de calidad e idoneidad del bien. DECIMA SEPTIMA. TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL: Las partes acuerdan facultar a la Universidad de Córdoba para modificar, interpretar y terminar en forma unilateral este contrato. DECIMA OCTAVA. REGIMEN LEGAL APLICABLE. El presente contrato se regirá por las normas de los Códigos Civil Colombiano y de Comercio, de conformidad con lo previsto en los artículos 93 y 94 de la Ley 30 de 1992 y el Estatuto de Contratación de la Universidad de Córdoba (Acuerdo No.099 del 27 de Diciembre de 2006). DECIMA NOVENA.