Título del gráfico
MODELO CONSENTIMIENTO INFORMADO
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Establecimiento de Salud……………...………...
Fecha……… Ciudad……….
Yo……….. portador/a del número de C.C. (o pasaporte para extranjeros Nº.………. Domiciliado/a en……….. De Estado Civil………..
De edad…………. Mayor de edad SI ( ) NO ( ), he sido informado/a por el Dr./a.………..
Acerca de mi enfermedad, y padecimiento que padezco, los estudios y tratamientos que requiero. Padezco de………... y el tratamiento o procedimiento propuesto consiste en (descripción en términos completos): ………...… ….…………..………..………... ... ... ... ... ...
Me han informado de los riesgos, ventajas y beneficios del procedimiento, así como sobre la posibilidad de tratamientos alternativos: ……….……….………
………... y se ha referido a las consecuencias del no tratamiento y todo lo que el mismo implica en caso de ser sometido al mismo: ……….……… ………. ………. ………. ………. ………...
Así como también se me ha explicado de las consecuencias en el caso de complicaciones y la utilización de técnicas necesarias para precautelar por mi salud:
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………
………
………
………
He realizado las preguntas que consideré oportunas, todas las cuales han sido absueltas y con repuestas que considero suficientes y aceptables. SI ( ) NO ( ) Por lo tanto, en forma consiente y voluntaria doy mi consentimiento para que se me realice: ………
………
………
Teniendo pleno conocimiento de los posibles riesgos, complicaciones y beneficios que podrían desprenderse de dicho acto realizado bajo mi voluntad y consentimiento. ACEPTO y CONSIENTO el procedimiento al cual me someto. ……… …………...………..19
Firma del paciente o responsable legal Firma del profesional C.C. MATRICULA. C.C. ………
Firma de un testigo C.C. Relación con el paciente ………
CONCLUSIONES GENERALES
19El presente documento puede ser utilizado por el profesional de la salud en su defensa y como atenuante en caso de ser imputado por el delito de homicidio culposo por mala práctica profesional.
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Partiendo de lo establecido en el art. 11 numeral 2 de la Constitución de la
República del Ecuador, todos los ecuatorianos gozamos de las mismas obligaciones y Derechos, sin discriminación alguna, por lo tanto el Estado ecuatoriano ejercerá la obligatoriedad en la aplicación de los mismos para todos sin vulnerar de ninguna manera a nadie.
Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las
garantías constitucionales, así lo establece el Art. 11 numeral 4. Por lo tanto es importante tomar en cuenta que cuando se juzga un delito como el homicidio culposo por mala practica profesional medica, a quienes se juzga son profesionales que gozan de los mismos derechos que un paciente, pues su caso es aun mas vulnerable en vista de que se encentran restringidos de actuar a la amplitud de sus habilidades por el miedo a ser sancionados con privación de la libertad por un delito culposo sin la opción atenuar de ninguna manera la pena impuesta.
Es importante tomar en cuenta que después de todo este análisis critico, la adecuada
actividad médica es la del consentimiento informado del paciente, esto es la obligación del médico de advertir a este respecto de los procedimientos a implementarse y los posibles efectos principales y secundarios que podrían generarse. Sin embargo, debe contemplarse la posibilidad de que en la aplicación del procedimiento médico-terapéutico se presenten circunstancias imprevistas, que obliguen al médico a implementar medidas no sometidas al consentimiento informado del paciente. En este caso la jurisprudencia internacional ha resuelto unánimemente que de existir cumplimiento a la lex artis, no cabe responsabilidad penal, aun cuando bajo estas circunstancias, tales procedimientos no hubieran sido previamente consentidos, al igual que quienes llegan al tratamiento médico sin capacidad de consentir.
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Se tome en cuenta el consentimiento informado como atenuante en el homicidioculposo por mala práctica profesional. Pues después de todo este análisis puedo mencionar que en efecto no se garantizan los derechos de los profesionales de la salud cuando se juzga este tipo de delito, realizar una reforma al Art. 146 del Código Orgánico Integral Penal, y precautelar por los derechos no solo de pacientes sino también de médicos, que de alguna u otra manera precautelan por la vida de otras personas.
En los delitos tipificados bajo el membrete de delitos contra la vida, no hay mayores
problemas para identificar a la vida humana como el bien jurídico protegido. Esta es la fuente de todos los demás bienes tutelados; sin ella no tendría sentido hablar de derechos y aún más, ni de la vida misma, por esta razón considero pertinente mencionar que se tome en cuenta y bajo el principio de igualdad; derechos tanto de pacientes como de médicos pues ambos constituye y persiguen el mismo objetivo preservar la vida y por ende el buen vivir protegido por nuestra constitución.
hacer una serie de definiciones y precisiones conceptuales, para una claracompresión del tema, y concretamente todo lo concerniente a la responsabilidad que se atañe al “médico”, es decir evaluar de manera correcta, critica y justa todos aquellos casos que se imputan por mala práctica profesional, pues la libertad que es otro derecho tipificado internacionalmente también se limita cuando se juzga un delito como el homicidio culposo por mala práctica profesional, se podría tomar en cuenta modelos del documento legal de consentimiento informado, tomando modelos de otros países, es decir que fortalezca la implementación de un modelo completo y totalmente informativo por parte del médico y declarativo de voluntad del paciente.
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ANEXOS