7 3 Asociar el pedido al expediente
8. Las modificaciones de los créditos
8.1. Introducción
Las modificaciones de los créditos son alteraciones en la cuantía, finalidad o tem- poralidad de los créditos inicialmente aprobados en el Presupuesto. Su razón de ser radica en los cambios de necesidades que pueden surgir a lo largo del ejercicio o en las nuevas necesidades no previstas que es necesario atender.
En la Universidad de Jaén las modificaciones de crédito se realizan al nivel de vinculación de los créditos (ver Normas Generales de Ejecución Presupuestaria), inde- pendientemente de la necesaria contabilización del gasto al máximo nivel de desarrollo. Veamos a continuación en qué consiste cada una de las modificaciones de crédito3 que pueden realizarse en la Universidad de Jaén:
a) Transferencias de crédito.
Consiste en la traslación de la totalidad o parte del crédito de una aplicación presu- puestaria (vinculante) del estado de gastos a otra en el que se produce un déficit a lo largo del ejercicio.
No tendrá la consideración de transferencia de crédito y se considerarán como una mera redistribución de crédito, el trasvase de dotaciones presupuestarias de una unidad orgánica a otra u otras dentro de una misma clasificación económica y funcional.
b) Redistribuciones de crédito.
Son traspasos de crédito de una unidad orgánica a otra u otras, respetando en todo caso el nivel de vinculación económica y funcional de los créditos (ver Normas Genera- les de Ejecución Presupuestaria). En definitiva, el crédito se mueve entre unidades orgá- nicas.
c) Ampliaciones de crédito.
Es la modificación al alza del Presupuesto de gastos, que se traduce en el aumento de crédito presupuestario, en alguna de las partidas declaradas ampliables en el Presupues-
3 Hay que tener en cuenta que la regulación, definición concreta y órganos autorizadores de cada una de las
figuras de modificación de crédito vendrá establecida por las Normas Generales de Ejecución Presupuestaria del Presupuesto de la Universidad de Jaén para cada ejercicio.
to, hasta una suma igual a las obligaciones que es preceptivo reconocer. Esta figura presupuestaria será financiada con cargo a la parte del remanente de tesorería al final del ejercicio anterior no aplicado al Presupuesto o con mayores ingresos sobre los previstos inicialmente.
d) Generaciones de crédito.
Consiste en una habilitación de crédito motivada por la existencia de ingresos finalis- tas (destino previamente determinado) no previstos o no valorados en su totalidad, lo que permite realizar nuevos gastos además de los inicialmente aprobados en el Presu- puesto.
e) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
El crédito extraordinario surge cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto de la Universidad algún gasto extraordinario cuya ejecución no pueda demorarse y no exista crédito.
Por su parte el suplemento de crédito se emplea cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto de la Universidad algún gasto extraordinario cuya ejecución no pueda aplazarse, siendo el crédito consignado en el Presupuesto de gastos insuficiente y no ampliable.
En ambas figuras presupuestarias hay que especificar el origen de los recursos que han de financiar el mayor gasto público.
f) Incorporaciones de crédito.
Consiste en la adición a los créditos del ejercicio corriente de los remanentes de créditos del ejercicio anterior que por diversas razones no fueron utilizados durante el mismo y que sean aprobados por el órgano competente.
Seguidamente nos vamos a ocupar del procedimiento de las transferencias de cré- dito y de las redistribuciones de crédito, al ser las dos figuras de modificación que se inicia en las Unidades Administrativas. El resto de modificaciones presupuestarias se centralizan en los Servicios de Asuntos Económicos y de Contabilidad y Presupuestos, por lo que para cualquier petición, duda o consulta hay que dirigirse a los mismos.
8.2. Transferencias de crédito
1º) El procedimiento de transferencia de crédito se inicia con la tramitación de la solicitud de modificación de crédito (ver Modelos de Impresos). Dicha solicitud deberá contener necesariamente:
• La aplicación presupuestaria de gastos que se desea aumentar, con su importe. • La aplicación presupuestaria de gastos que se minora, con su importe. • Memoria justificativa de la transferencia de crédito.
• Firma del responsable de la Unidad Orgánica.
2º) Una vez cumplimentada la solicitud de modificación de crédito, recibida y com- probada por la Unidad Administrativa, puede presentarse dos casos:
Área de Gestión y Planificación Económica y Patrimonial
2º-a) Que la petición de transferencia obedezca a la falta de disponible en una
aplicación de una Unidad Orgánica para realizar un pedido de material inventariable que se financie con el Capítulo 2 de la misma. En este supuesto, en el expediente de
reserva de crédito del pedido para la adquisición de bienes y servicios pondremos el subconcepto económico 200.00, con lo que conseguimos grabar el expediente en UniversitasXXI-Económico y continuar normalmente el procedimiento de adquisición. La Unidad Administrativa sólo deberá poner en la solicitud de modificación de crédito el número de expediente que le dé UniversitasXXI-Económico al grabar el pedido y remitir dicha solicitud al Servicio de Asuntos Económicos con el resto de la documen- tación del pedido.
2º-b) Para cualquier otro caso, la Unidad Administrativa al recibir la solicitud de modificación de crédito grabará un nuevo expediente de reserva de crédito en UniversitasXXI-Económico, rellenando las fichas “Expediente” y “Datos presupuesta- rios” (aplicación presupuestaria de gastos que se minora). Del siguiente modo:
1) Una vez que estamos en UniversitasXXI-Económico entramos en el MÓDULO DOCUMENTA.
2) Pinchamos en el menú “General”
3) Elegimos la opción “nuevo expediente”. Con lo que se abre un nuevo expe- diente en el que cumplimentaremos únicamente los datos de las fichas “Expediente” y “Datos presupuestarios”:
Ficha “Expediente”: Los campos a cumplimentar son: • Referencia Interna: la que deseemos.
• Descripción: haremos referencia a la transferencia de crédito que se solicita, describiéndola.
• Observaciones: explicitaremos el motivo de la transferencia.
• Fecha de alta: por defecto aparece la del día actual, no obstante podremos modificarla e incluir otra anterior.
• Tipo de expediente: campo predeterminado con diversos valores, en el cual seleccionaremos “201 MODIFICACIONES DE CREDITO. TRANSFEREN- CIAS DE CREDITO”.
• Grupo del expediente: campo predeterminado con diversos valores, en el cual seleccionaremos: “C01 TRANSFERENCIAS DE CREDITO”.
• Tramitado por: indicaremos la persona que hace el expediente.
Ficha “Datos presupuestarios”: incluiremos los datos relativos a la clasificación orgánica, funcional y económica (lo que conforma la aplicación presupuestaria) e importe que se minora para financiar la transferencia de crédito (pueden ser más de una las aplicaciones presupuestarias).
Posteriormente, grabaremos el expediente y el número de expediente que nos dé Universitas XXI-Económico lo pondremos en la solicitud de modificación de crédito y se remitirá al Servicio de Contabilidad y Presupuestos o al de Investigación para el supuesto de que la modificación afecte a unidades orgánicas de investigación y al objeto de comprobar su compatibilidad con la normativa que regula la concesión de la subvención y las condiciones de empleo de los fondos.
8.3. Redistribuciones de crédito
1º) El procedimiento de redistribución de crédito se inicia con la tramitación de la solicitud de modificación de crédito. Dicha solicitud deberá contener necesariamente:
• Las Unidades Orgánica origen y destino de la redistribución de crédito. • La clasificación funcional y económica afectada.
• Importe de la redistribución.
• Memoria justificativa de la redistribución. • Firma del responsable de la Unidad Orgánica.
2º) Una vez cumplimentada la solicitud de modificación de crédito, será recibida y comprobada por la Unidad Administrativa. Tras lo cual grabará un nuevo expediente de reserva de crédito en UniversitasXXI-Económico, rellenando las fichas “Expediente” y “Datos presupuestarios” (aplicación presupuestaria de gastos origen de la redistribución). Del siguiente modo:
1) Una vez que estamos en UniversitasXXI-Económico entramos en el MÓDULO DOCUMENTA.
2) Pinchamos en el menú “General”
3) Elegimos la opción “nuevo expediente”. Con lo que se abre un nuevo expedien- te en el que cumplimentaremos únicamente los datos de las fichas “Expediente” y “Datos presupuestarios”:
Ficha “Expediente”: Los campos a cumplimentar son: • Referencia Interna: la que deseemos.
• Descripción: haremos referencia a la redistribución de crédito que se solicita, describiéndola.
• Observaciones: explicitaremos el motivo de la redistribución.
• Fecha de alta: por defecto aparece la del día actual, no obstante podremos modi- ficarla e incluir otra anterior.
• Tipo de expediente: campo predeterminado con diversos valores, en el cual se- leccionaremos “001 REDISTRIBUCIONES DE CREDITO ENTRE UNIDA- DES DE GASTO”.
Área de Gestión y Planificación Económica y Patrimonial
• Grupo del expediente: campo predeterminado con diversos valores, en el cual seleccionaremos: “A01 REDISTRIBUCIONES DE CREDITO”.
• Tramitado por: indicaremos la persona que hace el expediente.
Ficha “Datos presupuestarios”: incluiremos los datos relativos a la clasificación orgánica, funcional y económica (lo que conforma la aplicación presupuestaria) e importe que va a ser el origen de la redistribución de crédito (pueden ser más de una las unidades orgánicas origen de la misma).
Posteriormente, grabaremos el expediente y el número de expediente que nos de UniversitasXXI-Económico lo pondremos en la solicitud de modificación de crédito y se remitirá al Servicio de Contabilidad y Presupuestos o al de Investigación para el supues- to de que la redistribución afecte a unidades orgánicas de investigación y al objeto de comprobar su compatibilidad con la normativa que regula la concesión de la subven- ción y las condiciones de empleo de los fondos.