2. Los moriscos granadinos en Andalucía: un acercamiento historiográfico 21
2.4. Los moriscos que se quedaron: un vacío historiográfico 37
Sin duda alguna, una de las cuestiones más fascinantes que propiciará una re- generación inusitada dentro de la historiografía general será la de los moriscos que se quedaron. Mencionada por pocos y vilipendiada por muchos, la permanencia de la población de ascendencia islámica en la España de los siglos XVII y XVIII se está posicionando como una de las grandes líneas a seguir durante los próximos lustros. Aunque el tema no adolece precisamente de antigüedad, pues ya en 1871 Francisco Fernández González publicaría un trabajo dividido en dos partes donde ya daba cuenta de esta cuestión54, no sería hasta 1959, emergiendo nuevamente la perspicacia histórica de don Antonio Domínguez Ortiz, cuando viese la luz un artículo suyo con el sugerente título de Felipe IV y los moriscos. En unas breves pinceladas esbozaría los esfuerzos que hicieron los moriscos “para eludir el destierro, ya acogiéndose a lugares montañosos y distantes, ya tratando de obtener certificados de cristiandad de los prelados, ya ofreciéndose como esclavos”. Con varias notas de archivo de sumo interés abría una nueva veta archivística y un nuevo campo de estudio cuyo testigo apenas fue recogido durante medio siglo. Si acaso de manera soslayada por algunos trabajos posteriores que se quedaban, como don Antonio, en las reminiscencias de lo que un día deberá ser uno de los procesos sociales más importantes de la Historia de España. De hecho, serían el propio don Antonio y Bernard Vincent quienes en su magna obra germinasen la semilla que habían sembrado años antes con un capítulo referido a esta cuestión. Vincent, por su parte, también fue pionero a la hora de descubrir la permanencia islámica en el reino de Granada tras el destierro de 1570, demostrando fehacientemente la imperfecta expulsión decretada por Felipe II55. Ambos procesos
53 IDEM, Espiritualidad, reformas y arte en Valencia (1545-1609), Barcelona, Universitat de Barcelona,
2009. También disponible en red: www.tesisenxarxa.net/TESIS_UB/AVAILABLE/TDX-1030109- 134228//FBFLL_TESIS.pdf
54 FERNÁNDEZ GONZÁLEZ,F., “De los moriscos que permanecieron en España después de la expulsión
decretada por Felipe III”, Revista de España, XIX (1871), pp. 103-114, y XX (1871), pp. 363-376.
55 VINCENT,B., Andalucía en la Edad Moderna: Economía y sociedad, Granada, 1985, pp. 257-286 (el
captítulo titulado: “Los moriscos que permanecieron en el reino de Granada después de la expulsión de 1570”).
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tienen muchas similitudes en cuanto a los procedimientos para esquivar ambas órdenes de extrañamiento por parte de los moriscos. Sin embargo, una parte de la historiografía ha calificado de perfecto un proceso que ya cuarenta años antes había mostrado enormes dificultades para llevarse a buen puerto.
Pero retomando la obra conjunta de ambos, debemos insistir en noticias que parecen relegarse, sin conocer muy bien los motivos, al cajón del olvido de la Historia. Así encontramos la petición de los naturales de las cinco villas de Calatrava a Felipe IV en 1624 para que las justicias cumpliesen los privilegios y ejecutorías porque les hacen muchas vejaciones y molestias; o más claro aún resultó la relación impresa el mismo año en Madrid donde se decía que salió del Consejo Real los días pasados un decreto en que se mandó que nadie fuese osado maltratar a los moriscos que se habían quedado ni se les hiciera agravio alguno como vivan veinte leguas de la marina tierra adentro. O aquella denuncia, también en 1624, ante la sala del Crimen de la Chancillería en la que se mencionaban a los Cuéllar y los Madrid, dos familias de la élite morisca granadina, arrendadores de la renta de la seda en dicho reino, a quienes el Consejo de Hacienda ordenó que se les siguiese favoreciendo en dicha renta tras no encontrar más que un mapa del reino de Granada en el registro que se hizo de sus casas. Por no hablar de los indicios de persistencia islámica en las localidades sevillanas de Lebrija, Utrera, Marchena o la giennense Andújar. O la escandalosa noticia de la supuesta instigación morisca para una sublevación popular que se preparaba en el Albaicín granadino en 1640, donde se llega a hablar de hasta 8.000 moriscos dispuestos para el levantamiento. O, para terminar, y quizá con más consistencia documental, los procesos inquisitoriales incoados a más de 300 moriscos en la capital granadina entre 1727 y 1729, dados a conocer por Rafael de Lera García56.
En el Archivo General de Simancas, por ejemplo, podemos encontrar documentación por doquier relativa a la vuelta de muchísimos moriscos tras ser expulsados. Un problema embarazoso que el Consejo de Estado quiso resolver solicitando al rey una medida drástica para los apresados por retornar, a la par que coercitiva hacia el resto de los moriscos que tuviesen pensado hacerlo: enviarlos a las minas de Almadén. Así lo solicitó de hecho el Consejo en la reunión del mismo
56 LERA GARCÍA,R. DE, “Cripto-musulmanes ante la Inquisición de Granada en el s. XVIII”, Hispania
39 celebrada el 28 de noviembre de 1612. Solicitud a la que el monarca no pudo ser más explícito57:
Dese orden por nuevo bando que todos los moriscos que se han vuelto o volviesen a estos reinos después de la expulsión se apliquen a este servicio [minas de Almadén] y si hay algunos de los condenados a galeras que estén detenidos en las cárceles se haga lo mismo y se pida relación a los oficiales de las galeras de los que han sido llevado a ellas por esa causa con relación de la edad y calidad de esta gente.
Pruebas como esta de la imperfección de la expulsión son harto frecuentes, aunque esto fuese el motivo, ciertamente, de que la expulsión se alargase durante todo un lustro. Sin embargo, todo ello no es impedimento para que surjan numerosas incógnitas a resolver ¿qué pasó finalmente con esta gente? ¿Apresaron a todos los que volvieron? ¿Hubo problemas más allá de 1614? Dejémoslo por ahora aquí, no quisiera adelantar los acontecimientos y me remito para la cuestión de los que se quedaron a su capítulo correspondiente.
Retomando la cuestión historiográfica, y mucho antes que el citado trabajo de Antonio Domínguez Ortiz, Bonifacio de Echegaray publicó en 1945 un complejo artículo basado en la lingüística de ciertos términos del País Vasco francés que hacía presagiar el establecimiento de una comunidad morisca en aquella zona. Aunque sugerente, su consistencia es muy frágil sin más datos que sustenten la posibilidad que plantea58.
Sería Mercedes García-Arenal quien nuevamente diese buena muestra del dominio que tiene de las fuentes inquisitoriales y lo valiosas que pueden llegar a ser. En un estupendo trabajo publicado en 1978 volvería a deleitarnos con un estudio sobre los moriscos del Campo de Calatrava después de la expulsión en base a los mencionados documentos inquisitoriales. Y las primeras palabras de su trabajo no podían ser más elocuentes:
Se acostumbre a pensar que a partir de la expulsión de 1610-14, dejó de existir en la península una población y un problema morisco, y se da por
57 AGS, Estado, leg. 2642, nº 45. 58 ECHEGARAY,B. DE,
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terminada a partir de entonces la historia de esta minoría. Los estudiosos que se han ocupado de los moriscos después de la expulsión han tratado de los contingentes instalados en el Norte de África, rara vez de aquellos que permanecieron o volvieron a España59.
Un año antes, en 1977, L. Cardaillac había esbozado unas notas sobre la permanencia morisca en Cataluña, muy relacionado posteriormente con la tensión provocada por los moriscos de Tortosa60. Tal fue la resistencia del obispado y la defensa a ultranza de aquellos moriscos que habían hecho buenas obras y vivido cristianamente que en 1614 el Arzobispo de la diócesis, don Alfonso Márquez de Prado, remitió una carta al Consejo de Estado en la que se justificaba por qué ha dejado casas de moriscos en su jurisdicción61. Tres años antes, el mismo Consejo había evaluado una consulta del:
de Aragón sobre los niños hijos de cristianos nuevos que han quedado en el principado de Cataluña. Y parece al Consejo que se podría responder a esta consulta que queda Vuestra Majestad advertido de lo que contiene y que estos muchachos pueden entrar en el colegio de Tortosa que en la dicha consulta se dice conforma a la constitución62.
María Soledad Carrasco Urgoiti y Mikel de Epalza nos ofrecieron en 1980 una joya documental sin parangón que ha pasado sin pena ni gloria por la historiografía. El
59 García-Arenal, M., “Los moriscos del Campo de Calatrava después de 1610, según algunos procesos
inquisitoriales”, Les Cahiers de Tunisie. Actes de la 3e Rencontre Tuniso-Espagnole, XXVI, 101-102 (1978), pp. 173-196.
60 Cardailla, L., “Quelques notes sur la communauté morisque de Catalogne au 17ème siècle”, Revue
d’Histoire Maghrébine, 7-8 (1977), pp. 91-98. MIRA LES MORISQUES ET INQUI A P. FERRER. Y
ARTÍCULO DE MANUSCRITS DEL 2010 de Eva Serra y Puig
61 AGS, Estado, leg. 2644, nº 124.
62 AGS, Estado, leg. 2641, nº 152. En 12 de abril de 1611. Al dorso de la carta y manuscrita por el rey: así.
No seguí la evolución de esta cuestión pero Trevor J. Dadson nos da la respuesta: “Reunidos el 30 de agosto, los consejeros de Estado volvieron al problema de los moriscos de Tortosa. Ahora algunos hacen constatar la injusticia de dejarles quedar cuando otros, «particularmente de los antiguos de Castilla», fueron expulsados aun cuando tenían licencias e informaciones, igual que los moriscos de Tortosa. Como siempre, es el duque del Infantado quien habla a favor de los moriscos, y convence a los demás consejeros para dejarlos en paz. Deciden escribir al marqués de Almazán diciéndole que no moleste más a los moriscos de Tortosa y que no es cosa suya interpretar lo que se hizo en el pasado. Finalmente, el 2 de marzo del año siguiente, 1615, el Rey le ordenó a Almazán que los dejara tranquilos, «porque mi voluntad es que los dichos moriscos gocen libremente de la gracia que se les hizo de poderse quedar en estos reinos». En Dadson, T. J., Los moriscos de Villarrubia de los Ojos (siglos XV-XVIII). Historia de
41 documento en cuestión, propiedad de un coleccionista particular como se reseña en el trabajo aunque proveniente de la casa ducal de Medinaceli, es un manuscrito que informa “acerca de los hábitos y creencias de un núcleo criptomusulmán que había sido descubierto en Granada”. De corte apologético, los autores nos retrotraen de un plumazo al ambiente que se vivió en la capital granadina con motivo de las actuaciones del Santo Oficio contra centenares de personas acusadas de mahometanismo y que ya hemos referido anteriormente63.
En los años noventa de la centuria pasada el fenómeno de los que se quedaron comenzó a no pasar desapercibido por algunos. Así, a las puertas de la última década que cerraría todo un milenio, Rosa María Blasco Martínez se ocuparía de los moriscos que permanecieron en el obispado de Orihuela tras 1609. Aún localizando el documento en el que el obispo Andrés Balaguer informa al rey de que más de 300 moriscos permanecieron en su jurisdicción (en su mayoría niños: 249), a la autora le parece que “la permanencia de la población morisca en tierra peninsulares tras el decreto de expulsión fue mínima”, ya que está en consonancia con la “eficacia burocrática” del proceso de expulsión que defendió en su momento H. Lapeyre64. Con afirmaciones de este calibre quizá haya que ir pensando que el problema de la historiografía ha sido tradicionalmente el de infravalorar unas cifras para nada desdeñables. ¿Acaso somos conscientes verdaderamente del número de descendientes que pudieron surgir de tan sólo trescientos moriscos medio siglo después? ¿Acaso son “almas puras” educadas en el calor de hogares cristianos que limpiaban de mácula su sangre de moros? Una buena labor archivística sobre las familias de adopción y la reconstrucción genealógica del mayor número posible de estos niños daría al traste con el mito de la extirpación de la presencia islámica en España.
La cuestión de los morisquillos, como así se denominó a los niños y niñas que no abandonaron los reinos hispánicos, y que ha quedado fenomenalmente documentado para los puertos de embarque valencianos a diferencia del resto de embarcaderos
63 CARRASCO URGOITI,Mª.S., Y EPALZA,M. DE, “El manuscrito “Errores de los moriscos de Granada”
(un núcleo criptomusulmán en el primer tercio del siglo XVIII), Fontes Rerum Balearium, Mallorca, III (1980), pp. 235-247. Para Granada cabe reseñar igualmente unos apuntes sobre moriscos en el siglo XVII de Francisco Sánchez-Montes González. Este autor nos habla de hasta 14 inscripciones parroquiales con moriscos (9 relativas a defunciones, 4 matrimonios y 1 bautizado) que no sobrepasan en todo caso la fecha de 1650. Igualmente destaca la preocupación del Ayuntamiento de Granada por el comercio de
moriscos, por ser comprados como esclavos… ya que vivían “sueltos y licenciosamente en casas particulares”. En Sánchez-Montes González, F., La población granadina en el siglo XVII, Granada, 1989,
pp. 214-215.
64 BLASCO MARTÍNEZ,R.Mª., “Los moriscos que permanecieron en el obispado de Orihuela después de
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(tenemos nimias constancias documentales de que también ocurrió un fenómeno parecido, aunque muy lejano numéricamente, en el puerto de Málaga), fue tratado también por Mario Martínez Gomis y José Sanchís Costa en los años ochenta65.
Retornando a Castilla, hemos de reseñar el valiosísimo trabajo de Juan Carlos Bermejo de la Cruz sobre la permanencia de moriscos abulenses. Éste vendría a complementar y a ampliar el no menos interesante capítulo que Serafín de Tapia Sánchez le había dedicado en sus tesis doctoral a los moriscos que se quedaron de la comunidad de Ávila. En el amplio y muy documentado trabajo de Bermejo podemos encontrar referencias que aún hoy nos dejan atónitos por cuanto la indiferencia que ha creado entre la historiografía especializada:
La segunda aclaración es referente al encuadre cronológico del trabajo. La recopilación y estudio de documentación la he iniciado en mil seiscientos diez. En cuanto a fecha límite no he puesto ninguna, aunque a partir de mil seiscientos treinta la documentación referente a nuestros moriscos desciende de manera importante66.
Nada menos que hasta 1630. Y menos mal que en la primera aclaración advierte que sólo se dedicará a los afectados por el edicto de expulsión y en ningún caso, salvo pequeñísimas excepciones, a la vida de sus descendientes.
En latitudes más meridionales, Juan Luis Carriazo Rubio haría un aporte documental en las III Jornadas de Historia de Marchena celebradas en 1997, saliendo a relucir nuevamente la cuestión de los que se quedaron en esa villa sevillana como ya habían referido en su momento Domínguez Ortiz y Bernard Vincent. Aunque éstos se referían por supuesto a una fecha muy posterior a la de 1613 que es la que nos señala Carriazo, pudiéramos estar frente al germen de la futura comunidad islámica que permaneció bajo la jurisdicción de la casa de Arcos67. Al igual que lo reclamábamos
65 MARTÍNEZ GOMIS,M., “El control de los niños moriscos en Alicante tras el decreto de expulsión de
1609”, Anales de la Universidad de Alicante. Historia Moderna, I (1981): 251-280; y SANCHÍS COSTA,J., “Manifiesto de los moriscos que quedaron en Gandía en el año 1611”, Anales de la Universidad de
Alicante. Historia Moderna, 2 (1982), pp. 337-347.
66 BERMEJO DE LA CRUZ, J. C., “Moriscos abulenses que lograron evitar la expulsión”, Cuadernos
Abulenses, Ávila, 23 (1995), pp. 159-157.
67 Nos habla de hasta 23 casas de moriscos pleiteando por evitar los bandos de la expulsión. CARRIAZO
RUBIO,J.L., “Unos documentos sobre los últimos moriscos de Marchena”, Actas de las III Jornadas sobre Historia de Marchena (Historia de Marchena. Vol. III). Marchena en la Modernidad (siglos XVII- XVIII), Marchena, 1998, pp. 379-394
43 para el caso de Orihuela, una buena investigación de las fuentes locales quizá podría darnos las piezas genealógicas suficientes que nos permitan reconstruir un hermoso mosaico que aún está por exponerse ante la comunidad científica.
Hasta ahora, el más firme defensor de esta cuestión es el británico Trevor J. Dadson. Autor de diversos estudios parciales que culminaron en su voluminosa obra sobre los moriscos de Villarrubia de los Ojos, vierte multitud de pruebas documentales acerca de la permanencia de una amplia comunidad morisca en las Cinco Villas de Calatrava. Bien en es cierto que en toda la problemática de los moriscos que se quedaron habrá que debatir larga y profundamente acerca de los mudéjares antiguos, especialmente determinante en este zona manchega. Muy parecido al caso de Villarrubia de los Ojos es el que se desarrolla en Blanca, en el valle del Ricote. En esta ocasión, es el holandés G. Westerveld quien se ha encargado de reunir dos volúmenes a cada cual más descomunal sobre la presencia islámica en esta zona del sureste español. En ambos ejemplos, el fenómeno mudéjar podría ser un factor determinante para el regreso de cientos de extrañados a sus antiguas localidades de origen.
Al hilo de esta cuestión, algunos autores han querido hacer hincapié en la diferencia radical, tanto social como religiosa, entre las escasas comunidades de mudéjares antiguos y los moriscos granadinos. Para ellos los primeros estaban prácticamente integrados y casi asimilados por la sociedad cristiana frente a una reacia y criptomusulmana comunidad morisca granadina. No les falta razón, aunque esta diferencia no esquiva una realidad absoluta: ambas comunidades son descendientes de musulmanes y si los mudéjares antiguos consiguieron alcanzar un elevadísimo grado de integración y asimilación ¿por qué no lo hubieran conseguido los granadinos? Quizá la razón esté en el tiempo, en haber querido solucionar un problema en cuarenta años cuando para otros tardó siglos en encontrar una vía de solución. Y no siempre se consiguió, como fue el caso de Hornachos.
Hemos querido dejar para el último lugar el caso de Córdoba y Jaén. Aunque Aranda Doncel dedicará unas breves líneas al asunto para el caso del obispado cordobés, en este trabajo esperamos aportar un poco más de luz a uno de los asuntos más oscuros de la Historia Social de España como ya hemos referido. Y es que un asunto tan espinoso para la corona tendría por fuerza que tener su consecuencia negativa más directa en las fuentes documentales y la escasez de datos con la que contamos. Ello no será óbice para que podamos plantear, esbozar y acaso desarrollar algunas líneas
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metodológicas y una serie de reflexiones que sigan horadando el difícil camino hacia la demostración de las pervivencias de origen islámico en la España post-morisca.
La Monarquía no podía permitirse el lujo de reconocer el fracaso parcial de una decisión que movilizó todos los recursos de un gigante que comenzaba a dar los primeros síntomas de debilidad. Ello no fue obstáculo, sin embargo, para que quedasen registros documentales que dan buena fe de la continuidad de centenares de moriscos y moriscos. Con nombres y apellidos68.
68 Vid. SORIA MESA,E., “Los moriscos que se quedaron. La permanencia de la población de origen
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