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MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO

In document Sistema Peruano de Información Jurídica (página 128-130)

CAPÍTULO II ASPECTOS TÉCNICOS

MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 008-2015-MDCLR

Carmen de la Legua Reynoso, 27 de marzo del 2015

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO:

Visto en sesión extraordinaria de Concejo Municipal Nº 03-2015, celebrada en la fecha, el Informe Nº 014-A- 2015-GM/MDCLR, de la Gerencia Municipal, mediante el cual remite a Secretaría General el Informe Nº 035-A-2015- GPPR/MDCLR; Informe Nº 016-2015-SGPR-GPPR/MDCLR, de la Sub. Gerencia de Planeamiento y Racionalización; y el Informe Técnico sustentatorio del proyecto para modificar el Reglamento de Organización y Funciones.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, esta garantía permite a los gobiernos locales desenvolverse con plena libertad en dichos ámbitos; es decir, se garantiza que los gobiernos locales, en los asuntos que les atañen, pueden desarrollar las potestades necesarias que garanticen su autogobierno (EXP Nº 0005-2005-AI, 05/01/06, P, FJ 6);

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su norma I del título preliminar, señala que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización;

Que, asimismo la norma V del mismo título preliminar de la citada ley acota que la estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país;

Que, el artículo 26 de la misma norma refiere que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad eficacia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley Nº 27444;

Que, el artículo 5 de la Ley de Modernización del Estado, Ley Nº 27658 señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta fundamentalmente en las siguientes acciones: “(…) d. Mayor eficiencia en la utilización de los recursos del Estado, por lo tanto, se elimina la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades o entre funcionarios y servidores. (…) f. Institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la planificación estratégica y concertada, la rendición pública y periódica de cuentas y la transparencia a fin de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado”;

Que, el artículo 6 de la misma norma señala que el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se rigen por los siguientes criterios: a. Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justificada y amparada en sus normas. b. Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes. c. En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afines;

Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF por parte de las entidades de la administración pública, en su artículo 3 señala como finalidad, generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de sus funciones y la de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso;

Que, la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua - Reynoso debe tener claramente asignadas sus competencias de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeño y el grado de cumplimiento de sus funciones, en base a una pluralidad de criterios de medición

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2015-MDCLR, de fecha 01 de enero del 2015, se ha declarado en emergencia y se ha dispuesto la reorganización de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua; siendo que esa línea, mediante Resolución de Alcaldía Nº 111-2015-MDCLR, de fecha 27 de febrero del 2015, se constituyó el comité de reingeniería y revisión de procesos con la finalidad de trabajar conjuntamente con toda la administración con toda la administración municipal, el cambio de estructura orgánica y la emisión de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF);

Que, mediante el Informe Nº 035-A-2015-GPP/MDCLR de fecha 25 de marzo 2015, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 016-2015-SGPR- GPPR/MDCLR, conteniendo el Informe Técnico sustentatorio, y el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones para modificar el reglamento de organización y funciones de la Municipalidad distrital de Carmen de la

Legua Reynoso, con la finalidad de adecuarla a la normatividad vigente y de cumplir con mayor eficiencia y eficacia las funciones encomendadas;

Que, según Informe Nº 089-2012-GAL/MDCLR, de fecha 25 de marzo del 2015, de la Gerencia de Asesoría Legal opina que resulta procedente la aprobación de la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso;

Que, la Comisión de Administración, Tributación y Presupuesto, mediante Dictamen Nº 002-2015- CATP/MDCLR, aprueban el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso;

Estando a lo expuesto y de conformidad a los numerales 3 y 8 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y el Acuerdo de Concejo Nº 027-2015 del 27 de Marzo del 2015, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores, se ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD

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