CAPÍTULO II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS,
2.5 MARCO TÉCNICO APLICABLE EN LA PROFESIÓN DE CONTADURÍA
2.5.5 Normas contables dictaminadas por la Superintendencia del
La superintendencia del sistema financiero en uso de sus facultades de regulación ha implementado diferentes normativas las cuales todas aquellas instituciones vigiladas por esta dependencia del gobierno deben cumplir existe una considerable cantidad de normas contables, pero para el caso se hará mención de las más fundamentales para proveer un marco informativo para propósitos de información general, en realidad la superintendencia emite estas normas para que toda aquella institución del sistema financiero que este regulada haga
cumplimento financiero, administrativo y contable de esto, lo que significa que no solamente bancos serán el foco de acción de estas disposiciones de carácter legal, sino también a otras instituciones del sistema financiero como lo son las sociedades de ahorro y crédito y los bancos cooperativos.
2.5.5.1 Normas para la Contabilización de Intereses de las Operaciones Activas y Pasivas de los Bancos NCB-006.
Esta norma pretende estandarizar la contabilización de los intereses devengados en las operaciones tanto activas como pasivas que se realicen por parte de los bancos, de tal manera que reflejen de forma razonable el producto o el costo de la información financiera, a través de una serie de disposiciones que indican el proceso a seguir( de forma contable) cuando surja una determinada circunstancia, estableciendo primeramente que los intereses por cobrar deben registrarse contablemente de forma diaria, dando la posibilidad a bancos con limitación técnica de realizar las provisiones de los intereses , y realizar su contabilización cada mes.
De igual forma establece el proceso a seguir en la contabilización de los intereses que estando en cuentas de orden pasen a formar parte de las cuentas por cobrar, los cuales se contabilizaran como cuentas de orden, de igual manera establece el tiempo en el cual se debe suspender la contabilización
2.5.5.2 Normas para la Contabilización de Activos Extraordinarios de los Bancos NCB- 013.
Dado que la adquisición de activos extraordinarios es una actividad potencialmente recurrente en los bancos del sistema financiero, la superintendencia del sistema financiero considero pertinente emitir las normas que rijan la valuación de los activos y su registro
contable, definiendo los sujetos pasivos a tales disposiciones, en la cual se incluye a todo banco constituido en el país, sucursales de bancos extranjeros radicados en el país, sociedades de ahorro y crédito entre otros: en esta norma se establece el proceso a seguir para contabilizar los bienes extraordinarios recibidos en concepto de adquisición por dación de pagos, determinando de forma única una cuenta contable exclusiva para el registro de operaciones de esta índole, en los casos en los que el valor del bien recibido sea mayor al monto adeudado la diferencia se debe registrar como gasto atendiendo las indicaciones que esta norma exige.
2.5.5.3 Normas para la Elaboración de Estados Financieros de Bancos NCB-017.
Los bancos como personas jurídicas individuales y las sucursales de bancos extranjeros en el país están obligados a cumplir con las disposiciones de esta norma en aras de permitir la elaboración de estados financieros uniformes y consistentes, la norma establece aspectos relevantes que deben considerarse al momento de la elaboración de los estados financieros como lo es la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad y por las normas contables concernientes a la temática emitidas por la superintendencia del sistema financiero, así mismo establece los estándares para expresar las cifras reflejadas en los estados financieros, el origen contable de los saldos, la depuración de saldos, y la forma en que debe reflejarse los saldos negativo pues que en síntesis esta norma establece los procesos técnicos que determinan un estándar que permite la uniformidad de la presentación de los estados financieros del sector bancario, así mismo establece los estados financieros fundamentales que se deben presentar, los principios contables que deben aplicarse4 en su elaboración, así mismo esta norma establece un detalle de la información y el formato que las notas a los estados financieros debe poseer, otra vez con el fin de estandarizar la forma de presentación de la información.
2.5.5.4 Normas para la Contabilización de las Comisiones Bancarias Sobre Préstamos y Operaciones Contingentes NCB-021.
Como es natural en el sistema bancario se realiza el cobro de comisiones cobradas de forma anticipada a los clientes mientras se desarrolla el proceso de préstamos, fianzas, garantías, es pues de tal forma que la superintendencia del sistema financiero determino conveniente la emisión de esta norma en la cual se establece que las comisiones cobradas en concepto de comisiones bancarias anticipadas con plazos de hasta 30 días se deberán reconocer como ingresos dentro del mes que corresponda, en forma general en esta norma se define el registro contable adecuado que las instituciones financieras realicen sobre el cobro de las comisiones, mencionando la forma en la que deben contabilizar las comisiones por operaciones de contingencia y de servicios, de igual manera se define el proceso a seguir en el caso del cese o suspensión de las amortizaciones, entre otras cosas aunque es de destacar que los aspectos mencionados anteriormente son los principales en el proceso de registro contable, que para los efectos de la materia son los más fundamentales para destacar y analizar.