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NOTIFICACIONES TRIBUNAL SUPREMO DE ELECIONES

Se reproduce por error de Imprenta PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

San José, 14 de julio del 2016.—Señor: Édgar José Álvarez Jiménez.—Asunto: Segunda intimación de pago.—En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la resolución Nº 5312-P-2014 de las 09:00 horas del 18 de diciembre del 2014 -la cual se encuentra firme-, relativa al procedimiento administrativo

extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Cartago, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Para consulta y estudio se informa que el expediente, por medio del cual se instruye este proceso, se encuentra en la Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Asesoría Legal.—Licenciada Karol Pérez Soto.—( IN2017099912 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, ocho horas, del 03 de octubre del 2016.—Señor sucesor de quien en vida fuera Jorge Marcelino del Carmen Chaves Prado, cédula de identidad 6-0032- 0524.— Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 495027-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2014 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢312.653,00 (Trescientos doce mil seiscientos cincuenta y tres colones con 00/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre del 2014 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢487.679,80 (cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos setenta y nueve colones con 80/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.— Montes de Oca. Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente Técnico.—( IN2016090564 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, ocho horas treinta minutos del 3 de octubre, 2016. Señora Raquel María Olmos Navarrete, cédula de identidad N° 1-0583-0497, Presidente de El Nuevo Domicilio S. A., cédula jurídica N° 3-101-289269. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 291539-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢20.272,90 (veinte mil doscientos setenta y dos colones con 90/100); la tasa de Servicios Urbanos por los periodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢407.245,90 (cuatrocientos siete mil doscientos cuarenta y cinco colones con 90/100); por la finca del partido de San José N° 388684-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢24.134,40 (veinticuatro mil ciento treinta y cuatro colones con 40/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2014 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢330.001,00 (trescientos treinta mil un colones con 00/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente

técnico.—( IN2016090565 ). 3 v. 3 Alt

de Trabajo; artículo 15 del Código de Ética del Servidor de la Caja Costarricense de Seguro Social, 110, 111, 138 siguientes y concordantes de la Normativa de Relaciones Laborales, resuelve: Despedir sin Responsabilidad Patronal a la funcionaria Laura Quesada Soto cédula de identidad 1-0966-0383, Asistente de Pacientes de Enfermería del Hospital San Juan de Dios, por la falta debidamente acreditada en el expediente EA-O.D.E.CX-266-16 misma que consistió en ausentarse de sus labores en forma injustificada los días 01, 02, 15, 16, 17, 18, 21, 24,25, 26, 28, 29 y 30 junio de 2016. Se previene a la funcionaria que con fundamento en el artículo 139 de la Normativa de Relaciones Laborales en contra de este acto le son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El recurso de revocatoria será resuelto por esta instancia y el de apelación lo resolverá la Dirección General. Para la interposición de los mismos cuentan con el plazo de 5 días hábiles. Notifíquese.—Área de Cirugía Hospitalización.—Dra. Marietta Hernández Picado, Subdirectora de Enfermería a. í.—( IN2017099774 ).

HOSPITAL MÉXICO

La unidad de Servicios Generales de Hospital México actuando en su condición de Órgano Decisor del Procedimiento Administrativo Disciplinario N° 2016-P.A.D.083-D.A.G.J y en cumplimiento con lo regulado en los artículos 20, 21, 22, 45, 72, 73, 75, 76 y 79 del Reglamento Interior del Trabajo, en los artículos 10 y 11 del código de Ética de la C.C.S.S y el articulo 81 del Código de Trabajo se le notifica el traslado de cargo en resolución inicial para la instrucción de procedimiento administrativo disciplinario y patrimonial del trabajador de Servicios Generales del Hospital México, Sr. Ronald Olaya Oquendo, por presuntas ausencias injustificadas al trabajo los días 2-3-7-9-12-19-21-22-23-24-26-27- 28-29-30 de noviembre del 2016.—Servicios Generales.—Leonel Romero Brenes, Jefe.—( IN2017099950 ). 2. v. 1 INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a la señora Paula Ramírez Granados, cédula de identidad Nº 3-0352-0947, que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Rural. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría Legal. A las 15:00 horas del 02 de diciembre del 2016, en EXP.RV-00013-16, proceso de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título del lote Nº 47 del Asentamiento Garabito, sito en el distrito 2-Cot, cantón 7-Oreamuno de la provincia de Cartago, contra la señora Paula Ramírez Granados, cédula de identidad Nº 3-0352-0947, sobre la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble bajo el sistema mecanizado de Cartago matrícula Nº 189710-000, se resuelve: dado que en la fecha señalada para audiencia se declaró asueto debido a emergencia Nacional, se anula dicha audiencia oral del 24 de noviembre del 2016, notificada a la administrada mediante tres edictos publicados en La Gaceta N° 182 del 22 de setiembre del 2016, N° 183 del 23 de setiembre de 2016 y N° 184 del 26 de setiembre de 2016 respectivamente, donde se acordó la revocatoria y nulidad del título de propiedad de la señora Paula Ramírez Granados, cédula de identidad Nº 3-0352-0947. En vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono injustificado de la parcela...”, el domicilio de la adjudicada es desconocido al no localizarse ni en la zona ni en el predio, por lo que se procede a notificarle esta resolución mediante publicación de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será mayor a quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercer publicación. Se cita nuevamente para la comparecencia y recepción de prueba a las 08:30 horas del día 23 de febrero del 2017, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por extemporánea, las consecuencias legales que se derivan de la

Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.— Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente

Técnico.—( IN2016090568 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las diez horas treinta minutos del 3 de octubre del 2016. Señor Jonathan Eladio Núñez Sandoval, cédula de identidad N° 1-1201-0798, presidente de Representaciones Don Payo S. A., cédula jurídica N° 3-101- 296938.—Medio para notificaciones: publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 18, 19, 20 y 53 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y 241 de la Ley General de Administración Pública, se le insta para que en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 207969-B-000, a saber: impuesto sobre bienes inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2013 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢311.357,25 (trescientos once mil trescientos cincuenta y siete colones con 25/100); la tasa de servicios urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2013 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢454.463,75 (cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y tres colones con 75/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.— Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sanchéz, Asistente

Técnico.—( IN2016090569 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo - Montes de Oca, once horas del 3 de octubre, 2016, Sellar Keith Johnson, pasaporte N° 304641227, Presidente de Roke Estates & Developments S. A., cédula jurídica N° 3-101-507608 Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 321365-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al [II trimestre del 2016, por mi monto de ¢1.154.999,25 (Un millón ciento cincuenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve colones con 25/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢260.003,00 (Doscientos sesenta mil tres colones con 00/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no camelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones, Montes de Oca.— Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente

Técnico.—( IN2016090571 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, once horas treinta minutos del 3 de octubre, 2016, Señora Ligia Isabel Solazar Chavarría, cédula de identidad 1-0675-0678 Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 010456- F-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos Cobro Administrativo.—Montes de Oca, nueve horas, del 3

de octubre, 2016. Señor Ángel Jesús Gwan García, conocido como: Ángel Kim García, cédula de identidad 1-1060-0758 Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 197335-001, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre 1 trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢237.497.30 (Doscientos treinta y siete mil cuatrocientos noventa y siete colones con 30/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢578.858,00 (Quinientos setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho colones con 80/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones Montes de Oca. Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente Técnico.—( IN2016090566 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, nueve horas treinta minutos, del 3 de octubre, 2016. Señora Deborah Lores Lares, cédula de identidad Nº 8-0072-0443.Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo Nos. 18, 19, 20 y 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 197040-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢522.699,25 (Quinientos veintidós mil seiscientos noventa y nueve colones con 25/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre 1 trimestre de 2015 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢250.348,50 (Doscientos cincuenta mil trescientos cuarenta y ocho colones con 50/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en cl artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.— Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente

técnico.—( IN2016090567 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, diez horas del 3 de octubre, 2016. Señor Rodrigo Alberto de San Martín Morales Jiménez, cédula de identidad 1-0540-0627. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N°153631-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2014 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢125.401,85 (Ciento veinticinco mil cuatrocientos un colones con 85/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2014 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢603.593,20 (Seiscientos tres mil quinientos noventa y tres colones con 20/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente.

Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos .N°18, N°19, N°20 y N°53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública, además del Acta de Protocolización de amojonamiento límite provincial San José, Cartago, límite cantonal Montes de Oca, La Unión, límite distrital San Rafael, San Ramón, publicada en el diario oficial La Gaceta N° 171 del jueves 6 de setiembre del 2007; se le insta para que en un plazo no mayor a ocho días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de Cartago N° 050838-000, a saber Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2011 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢93.921,00 (noventa y tres mil novecientos veintiún colones con 00/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2011 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢1.173.427,00 (un millón ciento setenta y tres mil cuatrocientos veintisiete colones con 00/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.— Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sanchéz, Asistente Técnico.—( IN2016090577 ). 3 v. 3 Alt

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, trece horas treinta minutos del 3 de octubre, 2016. Señores Alfredo Villegas Ocampo, cédula de identidad Nº 5-0260-0695; Luis Roberto Villegas Ocampo, cédula de identidad Nº 1-0498-0118; Ligia María Villegas Ocampo, cédula de identidad Nº 5-0188-0704; Andrés Gerardo Villegas Ocampo, cédula de identidad Nº 5-0249-0902 y Alba Iris Villegas Ocampo, cédula de identidad Nº 5-0260-0965. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 18, 19 y 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 055513-F-001, a saber. Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2012 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢257.164,40 (Doscientos cincuenta y siete mil ciento sesenta y cuatro colones con 40/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2011 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢482.027,85 (Cuatrocientos ochenta y dos mil veintisiete colones con 85/00). Por la finca del partido de San José N° 055513-F-002, a saber Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre III trimestre de 2014 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢54.850,65 (Cincuenta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con 65/100). Por la finca del partido de San José N°055513-F-003, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2013 al III trimestre del 2016, por un monto de ¢92.311,25 (Noventa y dos mil trescientos once colones con 25/100). Por la finca del partido de San José N° 055513-F-004, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2012 al III

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