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Estado de opinión: ¿fase superior del Estado de Derecho?

3. Colombia excepcional: un modelo autoritario

3.3 Cohesión Social: la lógica de exclusión y legitimación

3.3.3 Estado de opinión: ¿fase superior del Estado de Derecho?

Tal dispositivo de control en el que se convierte al Estado desde la lógica de la excepcionalidad, tiene entonces dos fuentes claramente determinadas. Por un lado la coerción, el uso de la violencia y la fuerza, representada para este caso en la llamada seguridad democrática y en la lógica paramilitar; por otro lado, está la cooptación, que esgrimida desde la lógica corporativa del régimen, se representa en la conversión funcional de la ciudadanía en la defensa de los intereses del gran capital, aún en contraposición a sus propias necesidades, es decir, la consolidación de unas condiciones subjetivas que logra el escenario óptimo para el proceso de legitimación de la propuesta autoritaria, validando la excepcionalidad de forma permanente.

Es en este momento en donde el Estado de Opinión lanzado por Uribe luego del referendo reeleccionista del 2008, se entiende como un eslabón más de la cadena autoritaria, tal como lo desarrollamos en el primer capítulo. El inicio del proceso de reforma constitucional para favorecer los intereses de la segunda reelección solo viable para el tercer mandato de Uribe, estuvo marcado por fuertes encuentros institucionales entre las ramas del poder público en particular con las altas cortes. Luego de que el Congreso aprobara en marzo de 2009 el referendo de la reelección y llegara a la Corte Constitucional para su revisión previa, las tensiones se agudizaron desembocando finalmente en la declaratoria de inconstitucionalidad por vicios de forma en febrero de 2010.

Días antes de conocerse la decisión de la Corte y tan solo un día después de que su primo Mario Uribe fuera detenido por orden de la Corte Suprema de Justicia por vínculos con el paramilitarismo, el entonces presidente Álvaro Uribe afirmaba que era un derecho de los colombianos decidir si querían o no la reelección, insinuando las decisiones de la Corte como un obstáculo para ello.

El contenido esencial del discurso que relativizaba el peso o la capacidad misma de la Corte y que inició en a finales del 2008, puede condensarse en algunas intervenciones presidenciales que intentaron posicionar el Estado de Opinión como una nueva situación política determinada por la opinión del pueblo colombiano que debía orientar el accionar del Estado en su conjunto. Así definió Uribe el Estado de Opinión en febrero de 2009:

Nosotros creemos que en un Estado de opinión, donde no prevalece el capricho del gobernante, sino el imperio de la ley, y más allá que de la misma interpretación de los jueces, lo superiormente importante es la opinión pública, es fundamental para darle sostenibilidad en el largo plazo a una política de seguridad, que permita que las nuevas generaciones de colombianos vivan libres de guerrilla, de paramilitares, de otras expresiones del narcotráfico. 196

Ahora bien, el Estado de Opinión nace en el marco de la consolidación de la política de exclusión, determinada por la lógica amigo-enemigo, propia del dispositivo de control excepcional del gobierno de Uribe, lo que determina la opinión como aquella que se somete a los estándares del ethos dominante del líder.197

Dicho discurso realza el apoyo popular del que gozaba el presidente Uribe acompañado de aquellos elementos que caracterizan la cohesión social alrededor de las virtudes ciudadanas poniendo en evidencia no solo la existencia de un proyecto autoritario, sino la aceptación del mismo y por ende su inevitable consolidación. Dicho elemento se traduce en la exacerbación de un patrioterismo cifrado en símbolos de guerra, machismo y

196

Febrero 23. Declaración del Presidente Álvaro Uribe, al instalar la quinta rendición de cuentas sobre Derechos Humanos. http://web.presidencia.gov.co/sp/2009/febrero/23/01232009_i.html

197

MEJÍA, Oscar. Cronología de una constitución sitiada. Dos décadas de la Constitución del 91. Mayo 24 de 2011.

desprecio a la legalidad, nacional o internacional, donde lo peor de nosotros sale a flote.198

En mayo de 2009, durante una cena con los príncipes de Asturias, Uribe agregó:

Es un país de instituciones. Y de qué solidez y de qué independencia. Diría que Colombia está en la fase superior del Estado de Derecho, que es el Estado de Opinión. Aquí las leyes no las determina el presidente de turno. Difícilmente las mayorías del Congreso. Todas son sometidas a un riguroso escrutinio popular, y finalmente a un riguroso escrutinio constitucional.

El equilibrio entre la democracia participativa y la democracia representativa ha logrado que la opinión pública, en creciente actividad, sea el factor determinante del producto legislativo. Es una democracia de opinión en la determinación del contenido de las leyes. 199

El intento por imponer la lógica de la opinión no sólo afianzó la lógica excepcional sobreponiendo a cualquier lógica institucional propia del Estado de Derecho la opinión pública, sino que además ahondó la lógica de deslegitimación de la rama judicial que para ese entonces avanzaba en varias rutas que no coincidían con los intereses y las pretensiones del gobierno nacional. La Corte Suprema de Justicia no sólo se opuso a la lógica de reconocer en el paramilitarismo un delito político, sino que abrió de forma clara las investigaciones a políticos por sus relaciones y nexos con los paramilitares.