Las regiones de procedencia
2. ORIGEN Y PROCEDENCIA
Un concepto fundamental por su trascendencia en la normativa a la hora de certificar los materiales de reproducción en sus categorías identificada y seleccionada es el del ori- gen, pues informa sobre la relación entre los materiales de base o de reproducción, las re- giones de procedencia en los que se encuentran, y la zona de donde primeramente provie- nen los materiales de base. Su definición parte del concepto de autóctono (o indígena).
La distinción entre autóctono e indígena es muy sutil en el contexto de esta nor- mativa, siendo autóctono una parte de indígena: todo material autóctono se puede con- siderar indígena, pero no todo el material indígena es autóctono1
. Así, las fuentes semi- lleras o rodales indígenas estarían formados por todas las fuentes semilleras o rodales autóctonos (aquellos que han sido regenerados continuamente con su propio material, aunque se acepta movimientos en una distancia reducida) y por aquellas fuentes semi- lleras o rodales obtenidos por regeneración con material obtenido de un material de base cuyo origen es la misma región de procedencia pero a cualquier distancia de don- de se realiza la repoblación. Estos términos no deberían utilizarse conjuntamente2, de-
biendo elegir entre uno de ellos. En España parece más adecuado autóctonoqueindí- genapues ha sido utilizado más frecuentemente, aunque en otro contexto, en oposición aexótico3
.
Determinado si un material es autóctono o no (Figura 5), se puede saber el origen y la procedencia de un material de reproducción. En los casos en que una masa se catalogue
Cuadro 1: Definición de autóctono e indígena (RD289/03, Art 2.f)
Autóctono: una fuente semillera autóctona o un rodal autóctono es el que ha sido normal y continuamen- te regenerado bien por procesos naturales, bien regenerado artificialmente sea a partir de materiales de re- producción recogidos en la misma fuente semillera o rodal, sea a partir de fuentes semilleras o rodales au- tóctonos dentro de una distancia reducida.
Indígena: una fuente semillera indígena o un rodal indígena son un rodal o fuente semillera autóctonos o un rodal o fuente semillera cultivados artificialmente a partir de semillas cuyo origen es la misma región de procedencia.
1Se podría considerar la posibilidad de aceptar el término indígena para materiales de base que son intro-
ducidos y para los que se ha definido una región de procedencia (por ej., para Pinus radiata en la Región de Procedencia 6-Litoral Vasco). Según esta acepción, el origen de este material de base sería igual a la re- gión de procedencia en la que se sitúe (es decir, confundiríamos su origen con su procedencia), cuando en realidad su origen nunca puede ser el de la región de procedencia por ser material introducido (por ej. el origen de un rodal de Pinus radiatade RP 6, puede ser desconocido, de Monterrey, etc., pero nunca de la RP 6 en la que no hay masas autóctonas).
2Así, la Directiva y el RD (por ej. artículo 7.2.i, Anexo II.3) recogen que se declarará el origen de los ma-
teriales de base, pudiendo ser autóctonos o indígenas, no autóctonos o no indígenas, o de origen descono- cido, dando la idea de opción entre los dos términos. Si se utilizasen conjuntamente los términos, habría materiales que podríamos clasificar en: autóctonos e indígenas, no autóctonos e indígenas, autóctonos y no indígenas, no autóctonos y no indígenas.
3Autóctono se refiere siempre a un ámbito geográfico:Abies pinsapo es autóctono en España, pero exó-
tico en Alemania. Sin embargo, si restringimos el ámbito, será autóctono en Andalucía y no en Madrid, y si lo ampliamos será autóctono en Europa y no en América. Podríamos considerar que el ámbito al que se refiere el término en el contexto utilizado por la Directiva y el RD, es el de la región de procedencia, lo que haría equivalente el término de autóctono y el de indígena. Sin embargo, debemos mantener la diferencia y decantarnos por utilizar el término autóctono en el sentido de la Directiva y el RD.
como autóctona, los materiales de reproducción generados a partir de ella tendrán un ori- gen que se corresponderá con su procedencia y con la región de procedencia del material de base del que se obtiene. Si la masa se considera no autóctona, se puede conocer o no su origen Así, semilla recogida de una plantación no autóctona de Pinus pinastersituada en Abenójar (Ciudad Real) que fue repoblada con semilla recogida en Arenas de San Pedro (rodal autóctono de la Región de Procedencia nº 6), sería de procedenciaAbenójar (por ser el lugar donde vegeta el rodal donde se ha recolectado la semilla) y origenArenas de San Pedro (pues es el lugar de origen de las plantas introducidas). Dado que en muchas oca- siones sabemos que una población no es autóctona, pero no hay registros que permitan de- ducir su origen, al completar los datos sobre ese material de reproducción tendremos que especificar que es una población de origen desconocido.
Figura 5. Relación entre origen y la procedencia de los materiales de reproducción.
Cuadro 2: Definición de origen y procedencia (RD289/03, Art 2.f)
Origen: para una fuente semillera o rodal autóctonos es el lugar en el que vegetan los árboles. Para una fuente semillera o rodal no autóctono es el lugar desde el que se introdujeron inicialmente las semillas o las plantas. El origen de una fuente semillera o rodal puede ser desconocido.
El origen se puede determinar por conocimientos históricos, pero también de otro tipo (por ejemplo, mediante marcadores moleculares). Además, hemos de establecer un mar- co temporal al que nos referimos, pues los cambios en la vegetación han sido muy impor- tantes durante los últimos milenios. Podemos aceptar que el origen de una población coincide con su procedencia cuando no haya datos de introducciones por acción humana. En este sentido, por ejemplo, para muchas especies ibéricas las principales repoblaciones se produjeron a partir de los planes de repoblación de los años 40. Por tanto, la informa- ción histórica, como la de los Catálogos de Montes de UP, el Mapa Forestal (Ceballos y col. 1966) que diferencia entre masas naturales y repoblaciones, etc. puede aceptarse para definir el carácter autóctono de muchos de los materiales de base. Los mapas de masas au- tóctonas4
se establecen a partir de la información antes señalada, actualizando la distribu- ción de las especies con la proporcionada por el Mapa Forestal de España (Ruiz de la To- rre, 1990), los datos disponibles del Segundo y Tercer Inventario Forestal Nacional, además de otras fuentes complementarias de información (Sánchez de Ronet al. 2005). Uno de estos mapas, el correspondiente a la especie Abies alba L, se presenta en la figu- ra 6.
Figura 6. Mapa de masas de Abies albaL. clasificadas por su origen (autóctonas, no autóctonas de origen co-
nocido, y autóctonas de origen desconocido).
4Estos mapas pueden ser consultados en el Banco de Datos para la Biodiversidad (DGB, Ministerio de