ANEXO III: MEMORIA ADMINISTRATIVA DEL CENTRO
OBJETIVO ACTIVIDADES RESPONSABLES RECURSOS TEMPORALIZACIÓN 7 Participar en actividades
C) P LAN DE I GUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
1.- INTRODUCCIÓN
El derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación y el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres se consagran en nuestra Constitución en los artículos 14 y 9.2, esenciales para construir una sociedad justa, social y económicamente desarrollada, cohesionada y libre.
Desde la aprobación de la Constitución de 1978, se han dado pasos en este ámbito mediante la adopción de disposiciones dirigidas a eliminar todo trato discriminatorio y a promover la igualdad de oportunidades.
Por otra parte, la presencia cada vez mayor de la mujer en el mercado de trabajo y sus logros en la educación y formación, así como en diversos ámbitos de la vida pública, ponen de manifiesto avances en nuestra sociedad.
En muchos ámbitos se han eliminado discriminaciones y las desigualdades también han disminuido, pero aún quedan otros en donde la falta de igualdad se sigue manifestando con toda su crudeza, como es el caso de la violencia contra las mujeres.
A día de hoy, tampoco ofrece nuestra sociedad las mismas oportunidades a mujeres y hombres en ámbitos como el laboral: las mujeres siguen estando empleadas mayoritariamente en algunos de los sectores laborales peor retribuidos y están infrarrepresentadas en puestos de responsabilidad.
Nuestro centro tiene unas características especiales y los objetivos del plan han de estar en consonancia con las mismas teniendo en cuenta lo establecido en la norma que actualmente los regula, el DECRETO 49/2010, de 18 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de los centros integrados de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León, que como el resto de normas básicas en educación contempla como uno de sus fines el de “Formar en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres”.
2.- PROYECTO PARA LA COEDUCACIÓN-PLAN DE IGUALDAD
Los centros educativos han de transmitir una serie de conocimientos, valores y actitudes a todos los sujetos que la constituyen, ha de potenciar las habilidades necesarias para que cada individuo independientemente de su sexo las integre en su personalidad, es decir, se pretende que toda persona
tenga la oportunidad de potenciar aquellos valores, actitudes y conocimientos que posibilitan un desarrollo integral de su personalidad, lo que a su vez le permitir‚ una integración responsable y participativa como miembro de la sociedad en la que se vive, sin hacer diferencias por razón de sexo, raza o religión. Esto supone un gran reto para la comunidad educativa.
La Constitución Española establece la obligación que corresponde a los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivos. Superando los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud así como facilitar la participación de todos los ciudadanos y las ciudadanas en la vida pública, económica y social (Art. 14 y 9.2). Propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluza. Promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica y política.(Art. 12.2).
Con técnicas lúdicas y de participación activa se pretende llevar a la comunidad educativa a la reflexión y a la concienciación de la vivencia de los roles sexistas, como determinantes en las relaciones afectivos-sexuales y como causa principal de la violencia de género.
Así, el objetivo fundamental de la educación es el de proporcionar a jóvenes de ambos sexos una formación plena que les permita conformar su propia y esencial identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre a la vez el conocimiento y la valoración ética y moral de la misma. La educación permite avanzar en la lucha contra la discriminación y la desigualdad sean estas por razones de nacimiento, raza, sexo, religión y opinión.
1. Objetivos del Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres:
• Prevenir la violencia de género, el racismo, la homofobia y la xenofobia. • Analizar la construcción cultural de los roles de género.
• Plantear las relaciones humanas desde la perspectiva de género, en el respeto y la igualdad. Tomar conciencia de las propias actitudes sexistas, racistas, homófobas y xenófobas.
• Modificar conductas y actitudes violentas.
• Adquirir una conciencia crítica hacia la transmisión de los mensajes sexistas de los medios de comunicación, el cine, la literatura, la música, etc, y todos los factores culturales de mayor influencia en la adolescencia.
• Rechazar la violencia como forma de relación entre iguales.
• Observar críticamente las actitudes violentas en el ámbito de la FP. • Concienciar hacia el rechazo a la violencia en las relaciones de pareja. • Distinguir los diferentes tipos de maltrato.
• Tomar una actitud activa en el rechazo y erradicación de las actitudes violentas, tanto propias como ajenas.
• Comprender la necesidad de romper roles y estereotipos de género como una necesidad para unas relaciones de igualdad entre los sexos.
• Establecer las bases para unas relaciones de igualdad entre los seres humanos desde el respeto y la tolerancia.
• Trabajar por la eliminación de estereotipos por sexo que puedan afectar a la elección de estudios y profesiones.
• Favorecer una educación para la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con acciones que incidan tanto en el alumnado y profesorado, y en la dirección de los centros, y propiciar la elección de itinerarios basada en capacidades, libre de prejuicios estereotipados. En este caso, toda la comunidad educativa, en especial los equipos de orientación, junto con las asociaciones de padres, deben ser conscientes y actuar para reforzar la educación para la igualdad.
2. Procedimiento para detectar el trato desigual en nuestro centro:
A-Determinación del curriculum oculto: todo aquello que no se explicita conscientemente en las