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PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE GRADUACIÓN

Sección III: Código de Conducta Estudiantil 2014-

PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE GRADUACIÓN

El distrito tiene derecho a limitar la participación de un estudiante en las actividades de graduación por infringir este Código.

La participación puede incluir un papel como orador, según lo estipula la política y

procedimientos del distrito.

Los estudiantes elegibles para dar los discursos de apertura y despedida en la graduación deben ser notificados por el director del plantel. A pesar de otros requisitos de elegibilidad, para ser

considerado un estudiante elegible para dar los discursos de apertura o despedida, el estudiante no puede haber participado en ninguna mala conducta que infrinja este Código y que resulte en una suspensión fuera de la escuela, traslado a un programa DAEP o expulsión durante el semestre inmediatamente anterior a la graduación.

Los estudiantes que dan los discursos de saludo y despedida en la graduación también pueden tener papeles como oradores en la graduación. Ningún estudiante debe ser elegible para tener tal papel como orador si participó en alguna mala conducta o que infrinja este Código y que resulte en una

suspensión fuera de la escuela, traslado a un programa DAEP o expulsión durante el semestre inmediatamente anterior a la graduación.

Ver DAEP-Restricciones Durante la Asignación en la página _75_, para más información

relacionada con los estudiantes asignados al programa DAEP al momento de la graduación. NORMAS DE CONDUCTA ESTUDIANTIL Se espera que cada estudiante:

 Demuestre cortesía, incluso cuando los demás no lo hacen.

 Se comporte de manera responsable, siempre ejerciendo la autodisciplina.

 Asista a todas las clases regularmente y a tiempo.

 Se prepare para cada clase; lleve los materiales apropiados y las tareas a clase.

 Cumpla con las normas del distrito de presentación personal y vestimenta.

 Obedezca todas las normas del salón y del plantel.

 Respete los derechos y privilegios de los estudiantes, maestros y otros miembros del personal del distrito y voluntarios.

 Respete las pertenencias de otros,

incluyendo las instalaciones y la propiedad del distrito.

 Colabore con y ayude al personal escolar a mantener la seguridad, orden y disciplina.

 Cumpla con los requisitos del Código de Conducta Estudiantil.

 Garantice que las pertenencias del

estudiante, medio de transporte o propiedad escolar que el estudiante utilice no contenga objetos prohibidos.

Dadas las variaciones significativas en la conducta del estudiante, no siempre es posible para este Código abordar todas y cada una de las acciones de la mala conducta del estudiante, en consecuencia, el Distrito se reserva el derecho de abordar las

conductas de el estudiante que sean inconsistentes con estas expectativas, incluso aunque la conducta no pueda incluirse específicamente en este Código. INFRACCIONES GENERALES DE

CONDUCTA

Las categorías de conducta que se presentan a continuación están prohibidas en la escuela, en vehículos del distrito u operados por el distrito y en todas las actividades escolares, pero la lista no incluye las faltas más graves. En las secciones siguientes sobre Suspensión Fuera de la Escuela, Asignación al Programa DAEP, Asignación y/o Expulsión para Ciertas Faltas y Expulsión, se enumeran ciertas faltas que requieran o permitan consecuencias específicas. No obstante, cualquier infracción general de conducta que se menciona a

69 continuación, puede resultar en Retiro del Escenario Educativo Regular según se detalla en esa sección. Irrespeto por la Autoridad

Los estudiantes no deben:

 Desacatar las directrices dadas por el personal de la escuela o participar en otros actos de insubordinación.

 Abandonar las instalaciones escolares o eventos patrocinados por la escuela sin permiso.

 Desobedecer las normas de conducta en vehículos del distrito.

 Negarse a aceptar las técnicas de manejo de la disciplina asignadas por un maestro o director u otro administrativo.

Maltrato a Otros

Los estudiantes no deben:

 Usar malas palabras o lenguaje vulgar o hacer gestos obscenos.

 Pelear o participar en riñas o en conductas que puedan causar lesiones físicas. (Para la consecuencia por agresión, ver la sección de Asignación al Programa DAEP y

Expulsión). Si tras una investigación, se descubre que un estudiante ha sido sometido a intimidación, no será sometido a sanciones disciplinarias con base en el uso razonable de la defensa propia en respuesta a la intimidación.

 Participar en amenazas verbales o escritas con el propósito de causar daños o lesiones físicas a otro estudiante, un empleado del Distrito, funcionario o voluntario o propiedad de la escuela, incluyendo amenazas hechas usando Internet u otros recursos tecnológicos en la escuela. Los estudiantes pueden ser sancionados disciplinariamente por amenazas hechas fuera de la escuela, incluyendo

publicaciones en páginas web o Internet, si las amenazas causan una interrupción material o sustancial en la escuela.

 Someter a un estudiante o empleado, funcionario o voluntario del Distrito a

confinamiento físico o privación de la libertad.

 Participar en juegos violentos, juegos de lucha y otros tipos de juegos que, aunque no tengan la intención de hacer daño,

representan un riesgo de daño o amenazan la seguridad de otros.

 Participar en intimidación, acoso o listas negras. (Ver las definiciones de los tres términos en el Glosario.) Esto incluye acoso hacia otro estudiante o un empleado,

funcionario o voluntario del Distrito motivado por la raza, color, religión, nacionalidad, discapacidad o edad.

 Participar en conductas que constituyan acoso sexual o con base en el sexo o abuso sexual, bien sea con palabras, gestos o cualquier otra conducta, dirigida hacia otra persona incluyendo un estudiante, empleado o voluntario del distrito.

 Tomar represalias contra un estudiante por 1. Reportar situaciones de intimidación

u otro tipo de infracción a este Código o

2. Participar en una investigación por intimidación u otro tipo de infracción a este Código.

 Participar en conductas que constituyan violencia de pareja. (Ver el Glosario)

 Participar en la exposición inapropiada o indecente de las partes privadas del cuerpo.

 Participar en novatadas. (Ver el Glosario)

 Forzar a una persona que no lo desee a actuar o no actuar, conseguir dinero u otro objeto de valor de una persona que no lo desee, bajo coacción, fuerza, extorsión o chantaje.

 Hacer acusaciones falsas o dar declaraciones falsas sobre conductas erróneas, inadecuadas o ilegales supuestamente cometidas por otro estudiante o un empleado, funcionario o voluntario del Distrito.

 Participar en conductas verbales, escritas, físicas o sexuales inapropiadas dirigidas

70 hacia otra persona incluyendo un estudiante, empleado o voluntario del Distrito, sin importar si fue un acto consensuado. Esto incluye abrazar, besar, tocar o participar en otras muestras de afecto que interfieran con o interrumpan el ambiente escolar.

 Grabar la voz o imagen de otra persona sin el consentimiento previo de los individuos que están siendo grabados o de tal manera que interrumpa el ambiente escolar o invada la privacidad de los demás.

 Obtener y usar la información de identificación o datos personales de una persona sin permiso con el fin de confundir, engañar o mentir.

Faltas contra la Propiedad Los estudiantes no deben:

 Dañar, destruir o destrozar la propiedad perteneciente al Distrito o a otros. (Para las consecuencias por delitos graves como delitos contra la propiedad, ver la sección de Asignación al Programa DAEP o

Expulsión.)

 Deteriorar, marcar o dañar las propiedades de la escuela (incluyendo libros de texto, tecnología y recursos tecnológicos, casilleros, muebles y otro equipo) con grafitis o por otros medios. (Esta prohibición incluye “etiquetado.”)

 Robar a los estudiantes, personal o a la escuela.

 Cometer o ayudar a cometer asaltos, atracos o robos incluso si estos no constituyen un delito según el Código Penal de Texas. (Para las consecuencias de delitos como asalto, atraco y robo, ver las secciones de Asignación al Programa DAEP o

Expulsión.)

Posesión de Elementos Prohibidos

Los estudiantes no deben tener posesión de o usar:

 Fuegos artificiales de cualquier tipo, bombas de humo o bombas fétidas o cualquier otro tipo de dispositivo pirotécnico;

 Una cuchilla, máquina de afeitar, navaja, cadena o cualquier otro objeto usado de tal manera que amenace o inflija lesiones físicas a otra persona;

 Un arma improvisada o “hechiza”;

 Una pistola de aire, arma paralizante o pistola de balines;

 Munición, proyectiles, cartuchos o pólvora;

 Un arma paralizante;

 Una navaja o cualquier otro cuchillo pequeño;

 Gas pimienta o gas paralizante o cualquier dispensador pequeño de químicos vendido en el comercio para protección personal;

 Material relacionado con el sexo, material pornográfico, obsceno o que revele las partes privadas de una persona;

 Productos del tabaco o nicotina, incluyendo cigarros electrónicos, plumas de vapor;

 Cerrillos o un encendedor;

 Un puntero de láser para un uso diferente al aprobado o

 Venenos, ácidos cáusticos u otros materiales que puedan ser tóxicos para el cuerpo humano;

 Cualquier artículo que generalmente no se considere como arma, incluyendo los útiles escolares, cuando el director o su

representante determinen que existe un riesgo. (Para delitos por armas y armas de fuego, ver las secciones del Programa DAEP y Expulsión.)

Posesión de Dispositivos de Telecomunicación u Otros Dispositivos Electrónicos

Los estudiantes no deben:

 Tener posesión de reproductores de CD o DVD, grabadoras, juegos electrónicos, reproductores de MP3, audífonos u otros equipos electrónicos para usos diferentes a los aprobados. [NOTA: ESTE PUNTO PUEDE BORRARSE SI USTED ESTA

71 DE ACUERDO CON LA POSESIÓN DE ESTOS ELEMENTOS]

 Mostrar, prender o tener en funcionamiento o usar un dispositivo de telecomunicaciones, incluyendo un teléfono celular,

buscapersonas u otro dispositivo electrónico en las instalaciones de la escuela durante la jornada escolar al menos que se apruebe su uso. (Ver la definición de dispositivos de Telecomunicación en el Glosario.) Drogas Ilegales, Recetadas, De Venta Libre y Análogas

Los estudiantes no deben:

 Tener posesión, dar, comprar o vender semillas o pedazos de marihuana en menos de una cantidad utilizable. (Para drogas ilegales, alcohol e inhaladores, ver las secciones de Asignación al Programa DAEP y Expulsión.)

 Ofrecer para vender cualquier cantidad de marihuana, una sustancia controlada, un químico volátil, una droga peligrosa, un medicamento recetado o bebida alcohólica.

 Tener posesión, usar, dar, comprar o vender parafernalia relacionada con cualquier sustancia prohibida. (Ver la definición de “parafernalia” en el Glosario.)

 Tener posesión, usar, dar o vender drogas hechizas o tratar de hacer pasar artículos como drogas o contrabando. Esta

prohibición incluye la posesión, uso, venta, compra o entrega de cualquier sustancia que se representa para ser o parece ser un

narcótico, alucinógeno, una anfetamina, un barbitúrico, estimulante, depresor o

estupefaciente de cualquier tipo, incluyendo sustancias que contienen químicos que producen el mismo efecto de sustancias ilegales, incluyendo entre otras sustancias conocidas como Spice y K-2.

 Abusar de los propios medicamentos recetados, dar un medicamento recetado a otro estudiante o tener posesión o estar bajo la influencia del medicamento recetado de otro estudiante en las instalaciones de la escuela o en un evento relacionado con la

escuela. (Ver la definición de “abuso” en el Glosario.)

 Abusar de medicamentos de venta libre. (Ver el Glosario). Estar bajo la influencia de medicamentos recetados o de venta libre que causen problemas en las facultades físicas o mentales. (Ver la definición de “bajo la influencia” en el Glosario).

 Tener o tomar medicamentos recetados o de venta libre en la escuela diferentes a las aceptadas por la política del distrito.

 Tener posesión, usar, dar o vender drogas análogas. (Ver el Glosario.)

Uso Indebido de los Recursos Tecnológicos y del Internet

Los estudiantes no deben:

 Infringir políticas, normas o acuerdos relacionados con el uso de computadores, acceso a Internet, tecnología u otros

dispositivos electrónicos de comunicación o imágenes.

 Intentar tener acceso o tener acceso o burlar contraseñas u otro tipo de información de seguridad perteneciente al distrito, a los estudiantes o empleados o subir o crear virus informáticos. Si esta conducta ocurre fuera de la escuela durante una actividad no relacionada o patrocinada por la escuela, el estudiante será sancionado

disciplinariamente según este Código si la conducta ocasiona una interrupción sustancial al ambiente educativo.

 Tratar de alterar o alterar o destruir o deshabilitar recursos tecnológicos del Distrito incluyendo entre otros los

computadores y equipos relacionados, datos del Distrito, los datos de otros u otras redes conectadas al sistema del distrito. Si esta conducta ocurre fuera de la escuela durante una actividad no relacionada o patrocinada por la escuela, el estudiante será sancionado disciplinariamente según este Código si la conducta ocasiona una interrupción sustancial o material en la escuela.

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 Usar la Internet u otro tipo de comunicación electrónica para amenazar a estudiantes, empleados o voluntarios del distrito, incluyendo propiedades fuera de la escuela si la conducta ocasiona una interrupción sustancial al ambiente educativo.

 Enviar, publicar, divulgar, transferir, compartir o tener posesión de videos, grabaciones de audio, mensajes o imágenes electrónicas que sean abusivas, obscenas, sexuales, pornográficas, o con orientación sexual o ilegales o amenazantes,

intimidantes, perjudiciales para la reputación de otra persona, incluyendo la participación en conductas como la ciber intimidación, “sexteo.” Si esta conducta ocurre fuera de la escuela durante una actividad no relacionada o patrocinada por la escuela, el estudiante será sancionado disciplinariamente según este Código si la conducta ocasiona una interrupción sustancial o material en la escuela. (Padres y estudiantes, por favor tenga en cuenta: tomar, divulgar, transferir, tener posesión de o compartir imágenes o fotografías obscenas, pornográficas, lascivas o ilegales, bien sea por transferencia

electrónica de datos o de otro modo, puede constituir un delito bajo la ley estatal y/o federal. Los estudiantes que participen en esta conducta se verán sujetos a medidas disciplinarias bajo este Código y pueden ser reportados a las autoridades

correspondientes lo que puede resultar en arresto y persecución criminal.)

 Usar el correo electrónico o las páginas web para participar en o motivar el

comportamiento ilegal o amenazar la seguridad escolar. Si esta conducta ocurre fuera de la escuela durante una actividad no relacionada o patrocinada por la escuela, el estudiante será sancionado

disciplinariamente según este Código si la conducta ocasiona una interrupción sustancial o material en la escuela. Faltas de Seguridad

Los estudiantes no deben:

 Tener posesión de material impreso o electrónico que promueva o motive el comportamiento ilegal o que pueda

representar una amenaza para la seguridad de la escuela.

 Participar en intercambios verbales (orales o escritos) que representen una amenaza para la seguridad de otro estudiante, un empleado de la escuela o la propiedad de la escuela.

 Hacer o participar en acusaciones falsas o bromas pesadas relacionadas con la seguridad de la escuela.

 Agregar cualquier sustancia, perjudicial o no, a cualquier alimento o bebida

perteneciente a, o en posesión de o destinada a ser consumida por otra persona, sin la autorización de esa persona.

 Participar en cualquier conducta que los funcionarios escolares puedan considerar razonablemente que interrumpirá

sustancialmente el programa escolar o incitar a la violencia.

 Lanzar objetos que puedan causar lesiones físicas o daños a la propiedad.

 Descargar un extintor sin causa válida, activar una alarma contra incendio, llamar al 911, manipular indebidamente un

desfibrilador externo automático (DEA) o hacer que se active un sistema aspersor cuando no hay humo, incendio, peligro o emergencia.

Faltas Varias

Los estudiantes no deben:

 Infringir las normas de vestimenta y

presentación personal según se informa en el manual del estudiante.

 Participar en actos de deshonestidad

académica, incluyendo plagio, colaboración no autorizada en la preparación o

terminación de una tarea, hacer trampa o copiar el trabajo de otro.

 Hacer apuestas.

 Falsificar registros, pases u otros

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 Participar en acciones o demostraciones que interrumpan sustancialmente o que

interfieran materialmente con las actividades escolares.

 Infringir repetidamente otros estándares de conducta del plantel o el salón de clase. El distrito puede aplicar normas en el plantel o el salón de clase además de las que se encuentran en este Código. Estas reglas pueden ser publicadas en los salones o pueden entregarse al estudiante y pueden o no constituir infracciones a este Código. CONSIDERACIONES DISCIPLINARIAS Y TÉCNICAS DE MANEJO DE LA DISCIPLINA La disciplina debe implementarse para mejorar la conducta y motivar a los estudiantes a cumplir con sus responsabilidades como miembros de la

comunidad escolar. También debe tomar en cuenta la seguridad de los estudiantes, el personal y los visitantes y también la necesidad de brindar un ambiente educativo positivo, seguro y efectivo. Usando su juicio profesional, los empleados del Distrito considerarán una variedad de factores cuando se apliquen consecuencias disciplinarias y se determine la duración de las consecuencias incluyendo entre otras:

 La gravedad y riesgo de peligro:

 El efecto de la mala conducta sobre otros y también sobre el ambiente escolar;

 La edad y grado escolar del estudiante;

 Los antecedentes disciplinarios del estudiante;

 La frecuencia de la mala conducta;

 La actitud del estudiante;

 Una discapacidad que afecte sustancialmente la capacidad del estudiante para apreciar lo equivocado de la conducta del estudiante, al grado requerido por la ley estatal y federal y

 Cualquier requisito legal.

 Debido estos factores, la disciplina por alguna ofensa en particular, lo que incluye la mala conducta en un vehículo del distrito u alguno operado por el distrito, al menos que sea especificado por la ley, puede resultar en

la consideración de una variante de técnicas o respuestas disciplinarias.

 Siendo que la responsabilidad primordial del distrito al transportar a los estudiantes en vehículos es de hacerlo lo más seguro

posible, por lo tanto el operador del vehículo debe estar enfocado en conducir y no tener su atención desviada por el mal comportamiento de los estudiantes. Por tal razón, cuando las técnicas de manejo disciplinario no surten efecto en mejorar el comportamiento de los estudiantes o cuando la mala conducta merita remoción inmediata, el director pudiera restringir o revocar los privilegios de transporte del estudiantes, en concordancia con la ley.

Además, al decidir ordenar la suspensión fuera de la escuela, la asignación en el programa DAEP o expulsión de un estudiante, el Distrito también considerará (1) defensa propia (ver el Glosario) y (2) la intención o falta de intención al momento de la mala conducta.

En razón a estos factores, las acciones disciplinarias por una falta en particular, a menos que la ley lo especifique, pueden traer a consideración una variedad de técnicas y respuestas.

Estudiantes con Discapacidades

La disciplina de los estudiantes con discapacidades está sujeta a la ley federal y estatal aplicable además del Código de Conducta Estudiantil. Cada vez que exista un conflicto, la ley federal o estatal debe prevalecer.

Conforme al Código de Educación, un estudiante matriculado en un programa de educación especial no puede recibir sanciones disciplinarias por conductas que cumplan con la definición de

intimidación, acoso o listas negras (ver el Glosario) hasta que se haga una reunión del comité ARD para revisar la conducta.

Como se mencionó antes, para decidir si se debe ordenar la suspensión, la asignación a un Programa DAEP o expulsión, sin importar si la acción es obligatoria o discrecional, el distrito debe tomar en consideración una discapacidad que afecte

sustancialmente la capacidad del estudiante para apreciar lo indebido de la conducta del estudiante.

74 Técnicas

Las siguientes técnicas de manejo de la disciplina pueden usarse – solas o combinadas – por

comportamientos prohibidos por el Código de Conducta Estudiantil o por las reglas del plantel o el salón de clase:

 Corrección verbal o escrita.

 Tiempo para calmarse o “tiempo fuera.”

 Cambios en las sillas dentro del salón de clase. Cambios de lugar de asiento en vehículos del distrito u operados por el distrito.

 Confiscación de artículos.

 Recompensas o sanciones.

 Contratos de conducta.

 Consejería de maestros, orientadores o personal administrativo.

 Entrevistas entre padres y maestros.

 Reducción de calificaciones por trampas, plagio y según lo permita la política.

 Detención, incluyendo las horas regulares de clase.

 Enviar al estudiante a la oficina u otra área designada o a suspensión dentro de la escuela.

 Asignación de deberes escolares tales como la limpieza o recoger basura.

 Retiro de privilegios, tales como la participación en actividades

extracurriculares, elegibilidad para

postularse a o desempeñar cargos honorarios o membresías en clubes u organizaciones patrocinadas por la escuela.

 Sanciones identificadas en normas de comportamiento de organizaciones estudiantiles extracurriculares.

 Retiro o restricción del privilegio de transporte por parte del distrito. Periodo de prueba evaluado y aplicado por la escuela.

 Restitución o restauración.

 Suspensión fuera de la escuela, según lo especificado en la sección de Suspensión