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4.2 FACTORES PARA EL USO INDEBIDO DE DROGAS

4.2.1 PERSONALES

El uso indebido de drogas y la predisposición de los jóvenes a caer en ello es una realidad que nos concierne como integrantes de una sociedad que tiene esta conflictiva entre otros emergentes, recordemos que como docentes somos responsables no sólo de transmitir cultura, sino también de actuar como agentes de salud en la comunidad educativa.

Este delicado tema que nos ocupa, suele quedar contaminado por prejuicios, falsos conceptos y creencias que implican la intervención sobre la realidad de las situaciones que se presentan durante la experiencia docente.

Una de las aproximaciones prejuiciosas respecto al uso indebido de drogas es la de considerar que se trata de una enfermedad con características tanto causales como de evolución definida, lo cual no sólo simplifica y agota las posibilidades de ampliar la compresión y el compromiso con el problema, sino que conlleva a negar en gran parte la participación del docente por considerar, erróneamente, que, el conflicto atañe a la individualidad del "enfermo", y a su ámbito familiar y por lo tanto de su historia personal y/o hereditaria.

Hay que considerar tres grandes factores causales que interactúan permanentemente cuando se da un caso de adicción. Es innegable que hay aspectos que conciernen a la personalidad del joven en cuestión, quien es portador de una historia tan suya que es por tanto única y que de algún modo explica por qué de una misma familia no todos los miembros fueron, son o serán adictos a las drogas. La persona que entra en el uso indebido de drogas pertenece a un grupo humano básico como es la familia que también tiene una historia, características

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vinculares y de crecimiento que pueden incidir de manera diferente en cada uno de sus componentes. Tampoco podemos atribuir el problema a la desintegración del grupo familiar por separación de los padres, ausencia o fallecimiento de alguno de ellos, ya que estos acontecimientos de la realidad no necesariamente se corresponden con conflictivas intrapsíquicas que sean determinantes de problemáticas psicosociales personales. Pero es obvio que nuestra historia tiene mucho que ver con la historia familiar y el lugar que en ese grupo ocupamos.

Evidentemente el uso indebido de este tipo de substancias no es propio sólo de adolescentes sino de gran parte de la comunidad adulta que inconscientemente niega padecer adicciones que su medio más inmediato tolera y "legaliza". Para lograr estos objetivos debemos brindar ante todo un espacio para el protagonismo y participación del joven en pro del desarrollo de su potencial creativo y vital.

Con esto quede claro que al docente le corresponde insertarse en la prevención desde lo social, ya que los aspectos personales y familiares causales de fondo quedan para el ámbito de los profesionales especialistas.

Sabemos que la información que se tiene acerca de las adicciones y sus posibles consecuencias no son las suficientes.

El proyecto preventivo debe contener principalmente actividades que permita al alumno tomar conciencia de las diferentes estrategias a utilizar para relacionarse con sus pares y adultos. Además la escuela debe brindarle el tiempo, lugar y condiciones necesarias para que el chico sea capaz de cambiar su forma de vida.

Trabajar en la prevención de las adicciones debería ser el objetivo principal de toda la comunidad educativa; su proyecto debe estar debidamente fundamentado en una Planificación Institucional interrelacionado con Proyecto Curriculares.

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El pasado año, en una encuesta realizada, "¿Por qué supones que un chico se acerca a la droga? con alumnos de 7° grado durante la semana de "Prevención a las adicciones", las respuestas fueron:

 Por curiosidad

 Por el gusto a lo prohibido

 Porque está de moda

 Para pasar el rato

 Porque hay problemas familiares en el hogar

La principal conclusión fue la importancia del diálogo dentro de la familia como barrera de contención emocional frente a "La Droga": Comunicación es la clave.

4.2.2 INTERPERSONALES Y FAMILIARES

A medida que el adolescente va perfilando su identidad independiente debe ir rompiendo lazos basados en la autoridad, el respeto, el trato íntimo, el impulso posesivo y la cotidianeidad, para esto en general surgen contradicciones entre el joven y los padres, es frecuente que en los primeros años de adolescencia se compartan descubrimientos, se discutan proyectos pero también es bastante común que se presenten dificultades en cuanto a sus nuevos hábitos de lectura, mirar TV, no ocuparse de los estudios o del cuidado de la ropa y pertenencias, poniendo a prueba al adulto u se exaspera cuando llega al límite de tolerancia de situaciones. Es posible que de tener un ámbito propio se refugie en él, lo que le permite auto observarse, meditar y registrar su crecimiento ensayando posturas, gestos y estilos.

A medida que transcurren los años, los padres sienten incertidumbre entre su posición y el modo de tratar al adolescente.

28 Lo que todo padre debe saber:

La aparición de algunas de las modificaciones que se detallan a continuación no significa necesariamente que el joven esté usando drogas, pero la suma o asociación de éstas puede orientar a los padres, maestros o compañeros.

1.- Cambios en las costumbres:

o Comportamiento misterioso que sugiere ocultamiento de algo que se desea disimular.

o Descuido o abandono en el vestir.

o Empleo, en tiempos de calor, de camisas de mangas largas (para disimular marcas de pinchazos).

o Permanencias durante horas en plazas, bares u otros lugares con grupos de amigos.

o Inasistencias frecuentes no justificadas en escuelas o trabajo. o Permanencia prolongada en el cuarto de baño.

2.- Aparición de manifestaciones psíquicas:

• Lenguaje incoherente. • Somnolencia.

• Euforia. Excesiva actividad. Verborrea. • Desorientación en el tiempo y en el espacio. • Sensación infundada de miedos y persecución. • Delirios, alucinaciones.

• La llamada "piel de gallina".

• Lagrimeo, ojos enrojecidos y vidriosos.

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• Pertenencias del hogar que desaparecen como ser: dinero, alhajas, objetos de arte, prendas de vestir, relojes, máquinas fotográficas, etc.

4.- Aparición de diversos elementos:

• Frascos o envases con o sin medicamentos. Presencia de comprimidos, pastillas, cápsulas, sobrecitos de papel, jeringas descartables, agujas hipodérmicas, goteros.

• Restos de vegetales o semillas pequeñas en los bolsillos o en las costuras de los mismos.

• Olor a hierba o trapos quemados.

• Papel para armar cigarrillos y cigarrillos armados a mano y desprolijos, generalmente con los dos extremos cerrados.

Es responsabilidad indelegable de los padres, vigilar a sus hijos conociendo en todo memento dónde están y quiénes son sus amigos.

4.3 LA REINCIDENCIA

En momentos en que prima un Derecho penal en expansión de carácter claramente autoritario, avalado por una creciente “alarma social” amparada bajo la acción de los medios de comunicación, pareciera que cualquier medida es adecuada en el llamado combate a la delincuencia, incluso aquellas que niegan los principios garantistas básicos de un Estado de Derecho

Uno de los grandes problemas con este debate, como con todos los referidos a la Seguridad Ciudadana, es que él rara vez se atiene a criterios realmente jurídicos y basados en estudios criminológicos serios

Eugenio Raúl Zaffaroni, en el cual analiza los que han sido los argumentos básicos por medio de los cuales se ha querido justificar una mayor penalidad para los reincidentes, por cuanto en él claramente demuestra que ello es en modo alguno justificable, al menos en un Estado que pretenda defender el imperio del

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Derecho, y en que lo que se sancione sea el Derecho penal de acto y no el Derecho penal de autor.

4.3.1 LA INSTITUCIÓN DE LA REINCIDENCIA.

Constituye una circunstancia agravante para la responsabilidad criterio recogido por la mayoría de las legislaciones;

Jiménez de Asúa, considera que la reincidencia constituye un concepto tendiente a desaparecer para ser substituido por el de la habitualidad y de ahí que no deba reputarse como circunstancia ni de agravación ni de atenuación de la pena; puesto que demuestra que el delincuente habitual es insensible a la sanción y se mantiene en un estado de peligrosidad del cual hay que defenderse con medidas especiales.

Tanto el Código Penal español como el argentino regulan a la institución de la Reincidencia como circunstancia agravante y en algunos casos la más grave de las agravantes castigada generalmente con la aplicación de una pena inmediatamente superior a la prevista normalmente.

4.3.1.1 TIPOS DE REINCIDENCIA

a. Reincidencia Específica:

Es la circunstancia agravante de reincidencia, por antonomasia. La repetición de igual delito o de otro tan parecido que figure en el mismo título del código, contraria así a la especialización delictiva.

b. Reincidencia Genérica:

La impropia, la agravante de reiteración, donde existe repetición en el delito, pero variedad en la especia; por ejemplo, una vez se robó y en otra se incurrió en cohecho.

31 4.4 EN BIS IN IDEM.

Llamado por otros “Non bis in idem”, que literalmente significa “No dos veces por igual causa”.

En materia penal significa que no cabe aplicar dos sanciones por una misma infracción, ni acusar segunda vez por igual hecho, a no mediar nuevas pruebas y dentro de gran limitación.

Dentro del Derecho Penal, este principio se encuentra universalmente aceptado por la doctrina y legislado en diversos países dentro de su Texto Constitucional lo que no se hace solo un “Principio”, sino un “Derecho Fundamental”.

De la misma manera, el hecho de “No ser juzgado dos veces por el mismo delito” guarda estrecha relación con los fines de la pena, tales como el protector, resocializador y el preventivo, así como el principio de cosa juzgada, regulados constitucionalmente.

32 EPÍGRAFE V PROPUESTA

5.1 TÍTULO DE LA PROPUESTA

“Reforma al Art. 228 del COIP, referente a la despenalización del uso de las drogas”.

El art. 228 del COIP, plantea una realidad que involucra las policitas de salud gubernamental, esto es la admisibilidad de la tenencia de Sustancias Prohibidas, cuando las mismas son para uso personal en eventuales hechos de consumo, claro está sobre la base de pruebas técnicas que reflejen el grado de adicción a la sustancia en tenencia como también la tolerancia de la cantidad incautada.

Mi propuestas se tradujo en el planteamiento citado, la misma que pese a que esta normada en los actuales momentos adquieren connotación e importancia, pues la nueva tabla de sustancias permitidas en tenencias penalizan una vez más el consumo; pues en la actualidad un sujeto adicto encontrado con cantidades necesarias para su sobrevivencia en su calidad de tal, merece la privación de libertad hasta que en audiencia pública se resuelva su situación jurídica y luego de demostrar técnicamente que efectivamente tratase de un consumidor.

Esta situación no debe persistir, si bien los controles de micro trafico hicieron que se aumente la pena para el tráfico como también la tabla no permite en cantidad ninguna la droga en posesión inclusive de adictos.

Estimo oportuno entratandose de una política de salud se generen algún tipo de normativa y si es posible una carnetizacion de aquellos sujetos víctimas de este flagelo universal (Drogas); de esta forma habría garantía plena para quien en el evento de encontrarse en tenencia de sustancias prohibidas bajos los estándares permitidos pueda sin necesidad de enfrentarse al aparataje judicial y policial justificar mediante el carnet de consumidor su adicción.

33 5.2 JUSTIFICACIÓN

La legitimación o la no prohibición de las drogas, constituye uno de los grandes interrogantes de estos tiempos, por cuya razón es fundamental que el mundo entero y por supuesto la sociedad ecuatoriana entre analizar en un franco debate sobre la legalización de drogas ilícitas; reconociendo que esto ya lo solicitó el Parlamento Andino, al clausurar su Décimo Octavo período de Sesiones en la década pasada, pues señalaba: “Tenemos que dejar de hablar a media voy a afrontar el tema con franqueza. Hay opiniones autorizadas inclusive en los Estados Unidos de América que están planteando la legalización y no es posible que en la región Andina seamos más papistas que el Papa”, señaló el congresista peruano Carlos Infante, y esto recalco, se lo hizo hace casi trece años atrás.

Debemos reconocer, que sin duda alguna, el narcotráfico se ha convertido en el problema número uno del mundo, hoy luego del terrorismo y, sus alcances son tan extraordinarios, que ningún país ha quedado al margen de su nefasta influencia y amenaza, pues este delito destruye la familia, corrompe a la sociedad y socava el sistema de vida en libertad; pero también hay que reconocer, que le mal que causa la droga es porque está prohibida, y al solución se die, está en legalizar todas las drogas, en todas las partes y totalmente, esto es: la producción, la distribución y el consumo. Los estudiosos en esta materia señalan que solo así desaparecería este negocio fatídico que hoy lo es.

El punto de mayor importancia, al proponer la política criminal en materia de drogas, es distinguir claramente entre consumo y tráfico ilícito, reconozco que ambos están estrechamente relacionados, sin embargo las acciones eficaces para reducir uno y otro son distintos, pues mientras el tráfico ilícito de drogas es problema legal, la droga es un problema de salud, conforme lo señalo en líneas posteriores.

Se dice en doctrina, que mientras los trasgresores penales son perseguidos y tratados coactivamente en la justicia, el tratamiento eficaz para recuperar a los

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adictos debe consistir en legislar por parte de los países el reconocimiento de su enfermedad y su consiguiente voluntariedad para someterse a la terapia, pues lo cierto es que hay un aumento mundial de consumo actualmente.

La legalización de las drogas es uno de los modelos propuestos por activistas e instituciones por derechos individuales para la modificación de las leyes que prohíben tenencia, consumo, suministro, y/o producción de drogas. El argumento central está basado en el derecho fundamental que cada persona tiene a elegir cómo quiere llevar su vida, lo que incluye la obligación del Estado de respetar la decisión del ciudadano sobre las sustancias que decida utilizar o consumir. Otros partidarios de esta medida basan su defensa en la creencia de que sería un medio importante para erradicar las mafias relacionadas con el narcotráfico.

5.3. FUNDAMENTACIÓN

La despenalización del consumo de drogas ene l Ecuador, es uno de los grandes cambios legislativos de año 1997, y es así que en dicho año se señala que los consumidores de drogas deberán ser considerados personas enfermas y sometidas a tratamiento de rehabilitación, porque l consumidor es una persona enferma y víctima del narcotráfico; por esta razón se dictó la Ley Reformatoria Nº 25 a la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, promulgada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nº 173 del 17 de Octubre de 1997, que reformó el Art. 65 de esta última ley y, de esta forma se despenalizó el consumo de drogas.

En nuestro país, si bien el consumo está despenalizado, la ley 108 no precisa la cantidad de droga máxima que debe tener un consumidor y como señalaré luego el CONSEP acaba de establecer en el mes de junio de 2013, tablas en las que regula las dosis máximas para considerar como consumidor a una persona.

En la práctica, el criterio que se utilizaba y sigue utilizando el juez para determinar si una persona es o no consumidora, es a base del examen psicosomático del detenido, realizado por los médicos legistas de la Procuraduría

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General del Estado, al sana crítica en la valoración de la prueba, y el informe policial que sirve de inicio a la investigación penal.

De lo anotado se desprende, que en el Ecuador antes se sancionaba a los consumidores de drogas y se los apresaba, y con esto resultaba que muchas personas enfermas por estar presas salían de la prisión más dañadas y dañinas de lo que entraban.

De lo que pude investigar, debo manifestar que en el Ecuador hace más de 15 años, ya se planteó un proyecto de ley en el que se permitía la tenencia a los consumidores de 2 gramos de cocaína, heroína o morfina, y 10 gramos de marihuana, pues se decía que estas cantidades mínimas harían la diferencia entre un consumidor y un traficante.

En Venezuela, en la Gaceta Oficial Nº 4636 de 30 de septiembre de 1993, se señalaba como dosis personal: 2 gramos de cocaína y derivados y 20 gramos de marihuana. En Colombia se señaló 20 gramos de marihuana y 5 gramos de Hachís, 2 de metacolomía y un gramo de cocaína. En la República Dominicana, la ley 50 de 1998, establecía un gramo de cocaína, 20 gramos de marihuana y 5 de hachís, para considerar a una persona como consumidora.

En Italia, desde el año 1993, se despenalizó el consumo, pero existen sanciones administrativas para consumidores y medidas de rehabilitación, pero no de represión. En España se castigaba el consumo si se lo hace en lugares públicos, con multas económicas y el retiro del permiso de conducir.

Es fundamental señalar, que sobre la despenalización de la droga, el maestro Milton Friedman, premio Nobel de Economía de 1976, señaló: “Al despenalizar el consumo de estupefacientes, se acabaría con la delincuencia y la violencia que conlleva el tráfico ilícito”.

En la década pasada, el asesor jurídico del CONSEP, Dr. Cosme Ponce, decía: “El Estado debe ayudar al consumidor a superar su enfermedad, debe tratarlo y para

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ello establecer un sistema de distribución de droga para los enfermos, porque el mal se cura con la disminución gradual de dosis de drogas”.

Los Estados Unidos de América, el país más altamente industrializado del mundo, es donde más se consume droga y, por tal dicho país, es el que debe tomar más acciones contundentes contra las drogas, pues como se dice, la lucha contra el narcotráfico pone a prueba la civilización, y el país del norte debe entender, el magnetismo dela demanda sobre la oferta, o sea que los Estados Unidos de América, debe luchar en su propio territorio, que es donde está la demanda para el consumo de drogas, especialmente a través de la educación y prevención para reducir el consumo.”

Es diferente la legalización a la despenalización, pues la legalización es permitir que a la droga se venda en los mercados, en forma libre y legal. Hay que reconocer, que muchas personas consideran que la legalización de la droga, es la forma de hacer frente al flagelo de la drogadicción que sigue creciendo a pesar de los millonarios gastos que hacen los gobiernos para intentar su decrecimiento, y así tenemos que Vicente Fox, en su calidad de ex presidente de México, dice: “La legalización de las drogas servirá para acabar con la delincuencia que genera el negocio y para eliminar las ganancias y la violencia causada por el tráfico ilegal”.

El ex presidente de Uruguay, Jorge Batle, decía: “La solución para la prolongada guerra civil en Colombia es legalizar la droga y convertirlo en miembro del tratado norteamericano de libre comercio (TNLC), el cual incluye a Estados Unidos de América, México y Canadá”; agrega si este negocio mueve alrededor de 600.000,000 de dólares cada año, creo que estamos de acuerdo en que el interés de la humanidad tiene más fuerza que el interés del dinero y, hay que acabar esa actividad ilícita con la legalización; así, casi todos están de acuerdo que la cantidad de dinero que se invierte para combatir el tráfico puede destinarse a otros menesteres positivos, como la educación, salud, vivienda, etc.

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Se recalca, que el comercio de las drogas, es la manera más fácil para que un

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