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CAPITULO IV: RESULTADOS

4.3 La gestión ambiental, un aspecto en el desarrollo del territorio y la organización del

4.3.3 Planificación del Territorio y su Relacion con el Cementerio Central

Aparición de los Cementerios tipo Jardín: Un paso al Olvido del Cementerio Central

Muchas de las estrategias fúnebres de la ciudad se concentraron históricamente en el Cementerio Central de Bogotá, pero con el paso del tiempo, los procesos políticos y la dinámica de transformación del territorio fueron cambiando, al igual que los imaginarios percibidos por muchos bogotanos. Hacia los años 50, se crearon los primeros Jardines Cementerios en el norte de la ciudad, los cuales empezaron a ser utilizados por población de estratos medios y altos, lo que conllevó a un abandono y deterioro del Cementerio Central, a pesar de estar inhumados en él grandes personajes de la historia, politica y sociedad capitalina y del país. (Escovar, White, & Mariño, 2003)

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En este modelo de nuevos Cementerios tipo Jardín, ya no tuvo cabida la concepción de los grandes cementerios históricos y arquitectónicos, como lo eran el Père-Lachaise de Paris, el Cementerio de la Recoleta en Argentina, el Staglieno en Génova -Italia, el Prazeres en Lisboa o el Cimitirul en Rumania. Por el contrario, se optó por un modelo más paisajístico, como lo indica Vignolo ( 2013), sitios con prados verdes de gran envergadura y con abundantes cruces blancas, tal como el Cementerio Nacional de Arlington, EE.UU. y algunos modelos de cementerios de países anglosajones, al que se atribuye este concepto. En este sentido, para describir la dinámica urbanística y de crecimiento en Bogotá a mediados del siglo XX, Calvo (1998) afirma:

Sin embargo, el desplazamiento de los enterramientos de varios grupos sociales a los Jardines del norte de la ciudad y el carácter masivo de las nuevas Galerías fueron desequilibrando paulatinamente la composición social dentro del Cementerio, que había sido por lo menos hasta los años 50 síntesis de todos los grupos urbanos. (pág. 65).

Así las cosas, el auge que tuvo dentro de los grupos sociales de la alta alcurnia la realización de sus inhumaciones en este tipo de Cementerio Jardín, dio más oportunidades a aquellas personas de bajos recursos, a adquirir un espacio en el viejo cementerio dejando claro sin embargo, que en la actualidad se hace uso también de algunos espacios para las honras fúnebres de personalidades de la elite y de apellidos ostentosos de la capital.

En conclusión, se aprecia que los procesos políticos, el desarrollo histórico de la capital y los procesos urbanísticos han intervenido significativamente el Cementerio Central y sus dinámicas, para lo que se han generado un sin fin de estrategias que han derivado en lo que es hoy este lugar, convirtiéndolo en sitio de interés histórico y cultural en el contexto local, nacional e internacional, desde sus diferentes esferas: cuidado de la salud pública (espacio inhumación) y bien de interés cultural.

El Cementerio Central: de Camposanto a Monumento Nacional

Los lineamientos de conservación y reconocimiento del patrimonio cultural, son descritos desde procesos de modernización de la arquitectura colombiana por Alberto Saldarriaga (1992), quien enuncia que la protección y conservación experimentada en Bogotá tiene como derrotero principal el Plan Distrital del año 1961, el cual a su vez se enfrenta a retos de desarrollo y crecimiento progresivo de la ciudad. La ampliación de cobertura referente a métodos de protección de bienes culturales, es retomada posteriormente por el Congreso de Colombia a

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partir de la puesta en vigencia de la Ley 163 de 1995, en la cual se incorporan medidas para la defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación, Reglamentada por el Decreto 264 de 1963 y el Decreto Distrital 736 de 1993, de la Alcaldía de Bogotá. Bajo este nuevo panorama, la Alcaldia asigna y reglamenta un tratamiento especial de conservación urbanística que acoge por competencia al Cementerio Central dada su ubicación en áreas urbanas.

A ello se suman otras disposiciones que se establecen a posterioridad con la Ley 392 de 1997, la cual dicta normas sobre el Patrimonio Cultural y da lugar a la creación del Ministerio de Cultura. Con su puesta en vigencia, se determina con mayor especificidad los procesos y procedimientos de constitución del Patrimonio y las acciones de conservación que le cobijan. La norma en este sentido establece los sitios que son declarados como Bienes de Interés Cultural

meritorios de la implementación de Planes Especiales de Protección (PEP).

De acuerdo con lo anterior, se hace necesario establecer un PEP para el Cementerio Central, según Mariño, Escovar, & Colón (2006), este plan establece una serie de estrategias, cuyo proposito es el de implantar la conservación y la recuperación de las caracteristica desde el punto de vista arquitectónico, urbanístico y del patrimonio mueble, que presenta el Cementerio Central.

Este PEP, determina su aplicabilidad a la zona especificada en la Resolución 0039 de 1990, siendo esta normatividad la que presenta los límites del Cementerio Central de la ciudad de Bogotá como Monumento Nacional, como se muestra en la Figura 23.

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Figura 23. Límites del Cementerio Central como monumento nacional

Fuente: Plan Especial de Protección Cementerio Central de Bogotá (Revisión). Unicidad de tipologías de monumentos funerarios. Bogotá. Mariño, M., Escobar, A., & Colón, L. C. (15 de Noviembre de 2006).

Dicho PEP se constituyó de cuatro etapas a saber:

 Primera Parte: Diagnóstico General referente al Cementerio Central

 Segunda Parte: Plan Especial de Protección

 Tercera Parte: Plan de Manejo

 Cuarta Parte: Plan de Divulgación

Dichas etapas se acompañaron para su desarrollo de estrategias descritas en la resolución 0039 de 1990 y la Ley de Cultura 397 de 1997, el cual establece en este documento el área afectada a ser intervenida, el nivel permitido de intervención, las condiciones de manejo y el plan

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de divulgación del programa. Así mismo, este plan indica los deberes de los propietarios de espacios, visitantes, usuarios y administradores del cementerio, normas generales para la construcción o intervención de construcciones funerarias, intervención en obra mueble, categorías de intervención, normas para el manejo del espacio público entre otras, estrategias que determinan la conservación del cementerio central y por ende la estratificación como Bien de Interés Cultural, adquiriendo una ayuda para la conservación del patrimonio de la nación.

Valoración Arquitectónica del Cementerio Central.

Son muchos los imperativos que llevaron a determinar que el Cementerio Central de Bogotá, tuviese un cambio en su concepción original, a partir de la ley general de cultura ley 397 de 1997, para catalogar el valor cultural como Bien de interés, por tal motivo es que se denomina el Cementerio Central como bien de interés cultural de carácter nacional, determinándose un cuidado especial en su concepción. Para adentrarnos en el tema del patrimonio cultural de la nación y los Bienes de valor cultural, es necesario retomar la denominación dada a esta.

La Ley 397 de 1997 determina la constitución del patrimonio así:

El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. (p.2)

De acuerdo con lo anterior, el patrimonio lo constituye todos los bienes y valores culturales, basándose en esto es que el Cementerio Central es declarado patrimonial, con el fin de preservar sus procesos históricos, su valor arquitectónico y cultural.

Noguera (2014), indica que los mausoleos y panteones presentes en el Cementerio Central, son obras de arte, elaboradas algunas por reconocidos artistas, que muestran la exuberancia gótica, el valor artístico, histórico y cultural, no solo del espacio como tal sino también de la ciudad.

De esta manera, se considera que el Cementerio tiene un gran valor artístico y cultural, donde aprovechando su declaratoria como bien patrimonial, se desarrollan en su interior

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actividades como exposiciones artísticas, de pinturas, de autos clásicos, proyecciones de cine de terror. Una de las atracciones artísticas y culturales más predominantes que se han adelantado en los últimos años, como lo narra Galo (2013), son los recorridos nocturnos y diurnos, donde se hace un tour por los distintos espacios del cementerio, generando ambientes de miedo narrado y adentrando a participantes en los sucesos más relevantes e historias de personajes que han marcado la historia del mismo, de la ciudad y del país.

En este mismo sentido se encuentra a Giraldo (2007), quien afirma que este sitio adquiere un concepto importante y de gran relevancia a nivel local y nacional, donde “el Cementerio Central es catalogado de alto valor histórico, artístico, arquitectónico y ambiental”. (p.1), este fue declarado monumento nacional en el año de 1984, mediante el Decreto 2390 del 26 del mismo año, lo que pone en tela de juicio cual sería el destino de dicho sitio, teniendo en cuenta que en la actualidad en la ciudad de Bogotá, no se cuenta con espacios de este arquetipo que satisfagan la capacidad para el manejo de cadáveres de tipo público.

En el contexto nacional e internacional, hay diferentes Leyes y normas que apoyan la declaratoria de los Cementerios como espacios o monumentos patrimoniales, el Instituto Nacional de Cultura del péru (Ministerio de Cultura de Perú, 2007), muestra su mérito o pertinencia en documentos esenciales para el patrimonio, caso tal se evidencia en un análisis de información del X Seminario Internacional fórum Unesco, el cual presentó la declaración de Newcastle, así mismo establece “que los paisajes culturales no solamente son lugares agradables y amenos, sino que también pueden ser lugares de dolor, sufrimiento, muerte, guerra, terapia, reconciliación y recuerdos”. (p.292)

Esta declaración recomienda que los paisajes que representan el dolor humano y la memoria, “tienen un papel fundamental en la conservación, investigación, comprensión mutua y creación de paz”. (Castañeda, 2014)

La Fundación EPM, brinda una información relevante a la conservación del patrimonio, La Carta Internacional de Morelia, documento construido por Red Iberoamericana de Gestión y Valoración de Cementerios Patrimoniales en México, presenta una serie de pautas para la conservación y declaración de los Cementerios como sitios Patrimoniales, en ella, se analizan las reflexiones que se hacen en el año 2000 en la Cátedra UNESCO, “Gestión Integral del Patrimonio” desarrollada en la Universidad Nacional de Colombia, sede Manizales.

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Parra (2008), determina que esta carta, se puede considerar como un documento clave para entender el sentido de Patrimonio de los Cementerios, sobre todo para Latinoamérica, pues en ella se describe a estos sitios y todo lo que los conforman, como conjuntos monumentales que evocan al dolor, donde el común de la población son carentes de valor, con poca atención por parte de las autoridades y que de acuerdo con su uso, (sitios de inhumación y exhumación), donde los ritos religiosos constituyen y constituirá hasta el fin de la humanidad un patrimonio intangible de la misma.

Así las cosas, estos sitios no sólo se constituyen espacialmente en patrimonios por contener gran arquitectura artística, historia y colonial, sino por toda la variedad de manifestaciones de índole social, política religiosa económica que se teje en su interior y exterior.

Es importante para esta investigación resaltar lo establecido por la Red Chilena de Cementerios Patrimoniales que segun Parra (2008), se da a conocer información relevante, la cual manifiesta que los firmantes de la Carta de Morelia, dan crédito y reconocen los principios y recomendaciones que se presentan por la UNESCO. El Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS por sus siglas en inglés) muestra así mismo, lo afirmado o propuesto por otras organizaciones de tipo internacional en escritos con el mismo sentido de la Carta de Morelia como la Carta de Venecia (ICOMOS, 1964) las recomendaciones relativas a salvaguardar las agrupaciones históricas y su relativa función en la vanguardia contemporánea dadas por la UNESCO en Nairobi 1970, así mismo se dan a conocer las recomendaciones sobre la Protección de Bienes Culturales Muebles (UNESCO, 1978), la Carta de Florencia sobre Jardines Históricos (ICOMOS, 1981), la Carta de México sobre Políticas Culturales (UNESCO, 1982), la Declaración Universal Sobre Diversidad Cultural (UNESCO, 2001) y la Convención del Patrimonio Inmaterial (UNESCO, 2003).

En Colombia se tiene identificados a grandes rasgos, como cementerios patrimoniales o bienes de interés cultural a los Cementerio de San Pedro y San Lorenzo en Medellín, Cementerio Central de Bogotá, Cementerio Hebreo del Sur en Bogotá, Cementerio de Manga en Cartagena, Cementerio Municipal de Mompox y el Cementerio Municipal de Sopo, los cuales presentan gran similitud en cuanto a los procesos de conservación de este el Cementerio Central.

El Cementerio Central de Bogotá, es declarado monumento nacional en el año de 1984, por medio del Decreto 2390 del 26 de Septiembre (MEN, 1984). Siendo esta una estrategia establecida para brindar protección a Bienes de interés cultural, lo que garantizará que en el

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Cementerio sea conservada su estructura física, arquitectónica y por ende la memoria que este conserva.

Parra (citado por (Gómez, 2012), afirma que este es un sitio que presenta una exuberante arquitectura de tipo neoclásica, la cual se acompaña de mausoleos de tradición Griegas y Romanas. Sumado a esto, es de gran importancia resaltar lo establecido por Mariño, Escovar, & Colón, (2006), quienes afirman que el Cementerio Central, además de su infraestructura periférica, contiene mausoleos con una calidad constructiva excelente por sus materiales y estructuras de construcción que datan de más de 170 años, lo que advierte de su inmenso valor y necesidad de conservación dentro de la dinámica cultural y arquitectónica del país.

Así pues, el Cementerio Central ha enfrentado distintos cambios de estrategias de ordenamiento territorial y organización de algunas áreas que afectan la conservación arquitectónica, como se ha mencionado antes en esta investigación, en los años 90, fueron demolidos dos globos B y C, para la construcción del hoy llamado parque de renacimiento y el Centro de Memoria Paz y Reconciliación, lugares abierto a la ciudadanía como escenario de recreación, lo que deja por ver la importancia de establecer cuáles son las condiciones que ha tenido que sufrir este sitio, referente a los procesos sociales y ambientales.

El Ministerio de Cultura (2010), establece, que todos los inconvenientes expuestos anteriormente, dieron pie para que se realizara el primer encuentro de cementerios patrimoniales de Colombia, desarrollado en el Cementerio Central de Bogotá en el año 2010, de esta manera se obtuvo un logro muy importante, pues se crea la Red Colombiana de Valoración y Gestión de Cementerios Patrimoniales, conformada por representantes de diferentes zonas del territorio nacional, entre los fines de su creación se encuentra el identificar la problemática que afecta estos sitios y como se puede gestionar la sustentabilidad en el tiempo.

Plan de Ordenamiento Territorial (POT) vs Cementerio Central: Un análisis al ordenamiento del territorio.

Plan Maestro de Cementerios y Servicios Funerarios (PMCSF)

Dentro de los resultados de la presente investigación se encontró el Decreto 313 de 2006, el cual adopta el Plan Maestro de Cementerios y Servicios Funerarios, (Alcaldía Mayor de Bogotá. DC., 2006), establece que el PMCSF es un documento elaborado, como un instrumento

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de planificación de primer nivel del servicio para el corto, mediano y largo plazo, con un ámbito de aplicación del orden distrital, este aborda a todas las personas naturales y jurídicas, cementerios y sitios de atención funeraria en Bogotá, son muchas las estrategias que contempla este plan para el cementerio central, en el artículo 16. Que habla del programa de adecuación de los equipamientos de propiedad del Distrito, se establece que:

a) Revitalizar el Cementerio Central como nodo de servicios funerarios para su

articulación al Plan de Renovación urbana del centro de la ciudad, de tal forma que se fortalezca su papel histórico, cultural, simbólico y patrimonial.

b) Mejorar el entorno y la conectividad del Cementerio Central con los demás elementos del patrimonio cultural y recreacional del centro. Dotarlo de servicios

complementarios, y constituir en una alternativa para ubicar nuevos equipamientos. c) Propender porque los nuevos equipamientos ofrecidos aporten al valor simbólico del

actual cementerio, introduciendo elementos contemporáneos para lograr un conjunto armónico entre el pasado y el presente, y así fomentar las visitas del público a este elemento de la historia urbana.

Así mismo el PMCSF, contempla unos instrumentos contenidos en el capítulo 1, Titulo III, los cuales determinan una estrategia de soporte institucional, donde la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos UAESP, representante del distrito, es la encargada de dar a conocer el PMCSF, informar sobre las normas referentes al manejo de cementerios y servicios funerarios, establecer participación de la comunidad en el desarrollo de este y mantener actualizada la información adicional en cambio del sector donde funcionen estos, además tiene la responsabilidad de mantener informado sobre los avances del proceso al comité de seguimiento y evaluación del plan. Esta norma, también establece el proceso de financiación del plan, donde dicha financiación se dará por las tarifas, recaudos, ingresos por las concesiones, arrendamientos de locales en los cementerios y demás mecanismos de financiación establecidos en la ley 9ª de 1989, la ley 388 de 1997 y el Decreto 190 de 2004 (OAB, 2014).

El Capítulo 2, establece las Metas a Corto, Mediano y Largo Plazo, contenidas en el Artículo 48, la cual determina las estrategias a ser implementadas en la red funeraria del Distrito. Dentro de los apartes más importantes del PMCSF encontramos:

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a) Estrategias a corto plazo de 2006-2011

 Meta 1: Adecuar del 100% de los cementerios de propiedad del Distrito con base en los planes de regularización y manejo.

 Meta 2: Incluir la oferta de atención funeraria en los 4 cementerios

 Meta 3: Ofrecer el servicio de cremación en el Cementerio Central.

 Meta 4: Actualizar en página Web de la UESP el 100% de la información del Sistema Único de Información y Registro sobre características de la oferta y precios de los servicios.

 Meta 5: Identificar y prestar asistencia técnica en manejo ambiental y sanitario, al 100% de los equipamientos del sector funerario de las zonas rurales del Distrito Capital.

 Meta 6: Capacitar a las 20 Alcaldías Locales en las normas de este Plan para el seguimiento y control a los servicios y equipamientos de atención funeraria y destino final en el territorio del Distrito.

 Meta 7: Desarrollar lo concertados en la agenda de la mesa de planificación Bogotá *Región para gestión de servicios funerarios.

 Meta 8: Diseñar planes regionales de prevención y atención de contingencia en situaciones de calamidad, desastre y emergencias en la ciudad - región.

b) Estrategias de mediano plazo 2012-2015

 Meta 9: Prestación del 100% del servicio integral compuesto por atención funeraria, destino final y post mortem, a través de contratos de concesión de los equipamientos de propiedad del Distrito, con sector privado y/o cooperativo.

 Meta 10: Otorgar el 50% de Subsidios cuantificados por estratos subsidiables.

 Meta 11: Atender un mínimo del 50% de los servicios funerarios de la población de estratos 0, 1, 2 y 3.

 Meta 12: Incrementar la participación del Distrito en un 7% en el servicio de cremación, de acuerdo con la base de participación del año 2005, del 44.95%.

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c) Estrategias de largo plazo 2016-2019

 Meta 13: Incrementar servicio de cremación en 3% la participación Distrital en el servicio de cremación con base en participación 2015.

 Meta 14: Administrar, operar y mantener los equipamientos de atención funeraria y destino final propiedad Distrital con normas ISO 9000 y 14000 o las establecidas por la Administración Distrital.

 Meta 15: Mantener actualizado el 100% del Sistema Único de Información y registro.

 Meta 16: Logar que el 100% de los servicios funerario prestados en los equipamientos de propiedad del Distrito cuenten con costos y tarifas más bajos del mercado y con el mayor cubrimiento de la población vulnerable de Bogotá.

 Meta 17: Otorgar el 100% de Subsidios cuantificados por estratos subsídiales.

Lo anterior resume los requisitos determinados por el Decreto 313 de 2006 (Alcaldía Mayor de Bogotá), para el establecimiento y buen funcionamiento de los cementerios públicos