Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro que modifica la competencia por materia y territorio, así como la denominación del Juzgado Menor Mixto de Querétaro a Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro.
Considerando
Que es facultad del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro modificar la competencia territorial, por materia y por cuantía de los juzgados, a propuesta del Consejo de la Judicatura.
Que el 31 de mayo de 2017, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Querétaro acordó someter a consideración del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, la propuesta de modificación de competencia y denominación del Juzgado Menor Mixto de Querétaro a Juzgado Décimo Primero Familiar del distrito judicial de Querétaro.
Que de los informes de actividades del Poder Judicial del Estado de Querétaro 2014-2015 y 2015-2016, se advierte un incremento considerable en el número de audiencias desahogadas por los juzgados familiares, pues en la primera anualidad referida se llevaron a cabo 16,636; en el segundo período 37,901, es decir, 21,265 más audiencias, equivalente al 127.8%, lo cual motivó la creación del Juzgado Décimo de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro.
Que del 1 de enero al 23 de mayo de 2017 se han desahogado 11,626 audiencias en 4,870 expedientes familiares radicados, lo que representa el 30.67% de audiencias respecto del período 2015-2016; y la tendencia es de un incremento pues de la dinámica demográfica 1990-2010 y proyecciones de población 2010-2030 que elaboró el Consejo Nacional de Población, se prevé que en Querétaro la población continúe aumentando en las décadas futuras, para alcanzar en 2020 una tasa de crecimiento del 1.28% anual, con 67.1% de personas en edad productiva (de 15 a 64 años de edad), lo cual representa un reto para las instituciones públicas pues implica garantizar la prestación de los servicios para acceder a oportunidades de desarrollo, entre ellas las de impartición de justicia, particularmente en materia familiar.
Que con el propósito de brindar a la ciudadanía una respuesta ágil a las controversias jurídicas en una de las áreas más sensibles de la justicia como lo es la familiar, se hace necesario incrementar el número de juzgados en esa especialidad; por lo que, de acuerdo con el análisis de las cargas de trabajo de los distintos órganos jurisdiccionales que actualmente se encuentran en funciones en el Estado, es factible que el Juzgado Menor Mixto de Querétaro modifique su competencia por materia a la familiar y por territorio al distrito judicial de Querétaro (por ende, cambie su denominación), para atender la creciente demanda del servicio en los municipios de Querétaro, Corregidora y El Marqués que son los de mayor densidad poblacional en el Estado. Que de acuerdo con los registros que obran en la Dirección de Tecnologías de la Información de este Poder Judicial, del 1 de enero al 23 de mayo de 2017, la carga de trabajo de los 3 Juzgados Menores Civiles de Querétaro y el Juzgado Menor Mixto se ha mantenido constante con un promedio de 806 expedientes civiles, de los cuales sólo 647 corresponden al juzgado mixto; y que en materia penal, en el período referido, ese juzgado no ha recibido averiguaciones previas.
Que los asuntos del orden civil radicados en el Juzgado Menor Mixto de Querétaro pueden ser conocidos por el Juzgado Tercero Menor Civil de Querétaro, por no existir un incremento considerable en la demanda del servicio que presta ni constituir una carga excesiva de trabajo.
Que respecto de los expedientes penales competencia del Juzgado Menor Mixto pueden ser atendidos por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal del distrito judicial de Querétaro, toda vez que la carga de trabajo del juzgado menor no es significativa pues de acuerdo con los registros del propio juzgado menor, al 26 de mayo de 2017, sólo tenía 19 expedientes activos, 97 suspensos y 30 en suspensión a prueba del procedimiento penal, los cuales pueden concluir por amigable composición en atención a que la mayoría de los delitos de su competencia son perseguibles a petición de parte ofendida; aunado a que el juzgado de primera instancia mencionado es el único del sistema mixto penal (tradicional) que no ha sido fusionado con ningún otro, por lo que sus causas penales se reducen a las que originalmente tiene radicadas (77 expedientes en trámite, 122 suspensos y 55 en suspensión a prueba del procedimiento), sin que haya habido un incremento como sucedió con los otros despachos judiciales fusionados (Juzgados Cuarto, Séptimo, Octavo y Noveno Penal).
Por lo que, con fundamento en el primer párrafo de la fracción X del artículo 24 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. A partir del 16 dieciséis de junio de 2017 dos mil diecisiete se modifica la competencia por materia y por territorio del Juzgado Menor Mixto de Querétaro, para que sea un juzgado de primera instancia familiar en el distrito judicial de Querétaro.
SEGUNDO. La nueva denominación del Juzgado Menor Mixto de Querétaro será la de Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro.
TERCERO. El Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro conocerá de los asuntos que corresponda conforme a las leyes de la materia de su especialidad.
CUARTO. El domicilio del Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro será en el interior del inmueble identificado como Centro de Justicia, ubicado en circuito Moisés Solana número 1001, colonia Prados del Mirador, Santiago de Querétaro, Qro.
QUINTO. Los expedientes y los cuadernos en materia penal radicados en el Juzgado Menor Mixto de Querétaro serán remitidos al Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal del distrito judicial de Querétaro, para que continúe con su trámite hasta su total conclusión.
SEXTO. Los expedientes y los cuadernos en materia civil del Juzgado Menor Mixto de Querétaro serán remitidos al Juzgado Tercero Menor Civil de Querétaro, para que continúe con su trámite hasta su total conclusión.
SÉPTIMO. Se instruye a Visitaduría Judicial para que lleve a cabo la entrega-recepción correspondiente. OCTAVO. Se instruye a Oficialía Mayor para que comunique al personal del Juzgado Menor Mixto de Querétaro las readscripciones y demás medidas laborales que se realizarán conforme con las necesidades del servicio, derivadas de la modificación de competencia y denominación del juzgado referido.
NOVENO. El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, en el ámbito de su competencia, a través de su presidente, resolverá cualquier duda o cuestión administrativa que pudiera suscitarse con motivo de la aplicación del presente acuerdo.
Transitorio
Único. Publíquese este acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, en los diarios de mayor circulación en la entidad, en los estrados judiciales y en el sitio de internet del Poder Judicial del Estado de Querétaro.
Dado en el Salón de Plenos del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Querétaro, el 6 de junio de 2017.
Dra. en D. Ma. Consuelo Rosillo Garfias Magistrada Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial del Estado de Querétaro.
Rúbrica
M. en D. Ma. Guadalupe Alegría Cruz
Secretaria de Acuerdos del Pleno, del Consejo de la Judicatura y del Presidente del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Querétaro.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro que modifica la competencia por cuantía del Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal del distrito judicial de Querétaro.
Considerando
Que es facultad del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro modificar la competencia territorial, por materia y por cuantía de los juzgados, a propuesta del Consejo de la Judicatura.
Que el 31 de mayo de 2017, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Querétaro acordó someter a consideración del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, la propuesta de modificación de competencia por cuantía (pena) del Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal del distrito judicial de Querétaro, para la continuación del trámite de los asuntos penales competencia del Juzgado Menor Mixto de Querétaro, con motivo de la modificación de competencia por materia y territorio, así como el cambio de denominación del juzgado menor referido a Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro.
Que con fundamento en el primer párrafo de la fracción X del artículo 24 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. El Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal del distrito judicial de Querétaro conserva la competencia objetiva por grado, materia y turno que actualmente tiene; y a partir del 16 dieciséis de junio de 2017 dos mil diecisiete también será competente para conocer los asuntos del orden penal que tengan señalada una pena que no exceda de dos años de prisión o cuya multa sea menor o igual a veinte días multa. SEGUNDO. A partir del 16 dieciséis de junio de 2017 dos mil diecisiete, el Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal del distrito judicial de Querétaro será competente para conocer los asuntos en materia penal radicados en el Juzgado Menor Mixto de Querétaro, hasta su total conclusión.
Transitorio
Único. Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, en los diarios de mayor circulación en la entidad, en los estrados judiciales y en el sitio de internet del Poder Judicial del Estado de Querétaro.
Dado en el Salón de Plenos del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Querétaro, el 6 de junio de 2017.
Dra. en D. Ma. Consuelo Rosillo Garfias Magistrada Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial del Estado de Querétaro.
Rúbrica
M. en D. Ma. Guadalupe Alegría Cruz
Secretaria de Acuerdos del Pleno, del Consejo de la Judicatura y del Presidente del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Querétaro.