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Gráfica 9: Causas de los conflictos presenciados

5.3. Posturas de los actores: Los principios democráticos y las normas como justificación.

Los actores considerados en este apartado son los usuarios, vendedores informales, vendedores formales, gestores, y administradores. Esta clasificación se construye a partir de las lógicas económicas incluidas dentro del Decreto para realizar la definición de los agentes involucrados en el aprovechamiento económico del EP, matizándolas de acuerdo con las finalidades de la investigación con elementos ajenos dentro de la reglamentación como lo son los emboladores, los vendedores formales y los demás usuarios del EP quienes solo son afectados de forma tangencial por el Decreto, pues no son parte de su objeto activo.

Usuarios: Las relaciones de los usuarios con el EP se conciben de acuerdo con las actividades que relacionan en el espacio. La construcción del MRAEEP no debería resultar conflictivo más allá de las diferentes concepciones que tiene frente al EP. En este caso, un actor que desarrolla actividades de carácter recreativo en la plazoleta, y considera que esta debe prestar la funcionalidad de proveerle los productos de consumo que requiere, estará en desacuerdo con la exclusión de los vendedores informales si no son remplazados. Estas potencialidades conflictivas están relacionadas con ejercicios de micropoder desde la manipulación del espacio, como lo presenta Foucault. (1988, pág. 12) Si el Estado modifica las condiciones dentro del espacio, está contribuyendo a la modificación de las determinaciones espaciales frente al comportamiento de los individuos que lo habitan. En este sentido, la postura de los usuarios del EP frente a la problemática variará de acuerdo con las necesidades que considere que puede satisfacer a través del EP. En el caso de la plazoleta, como se presentó con anterioridad, los usuarios consumen productos ambulantes en un 75% al menos una vez a la semana, por lo que su posición resultaría disonante con la exclusión de los vendedores callejeros informales.

Aprovechadores económicos del espacio público: Su posición frente a las formas de ocupación y a los usos se relaciona con la definición de parámetros que les garanticen, desde las posibilidades de ocupación, un acceso a los usos comerciales del espacio. Consideran que el usufructo a través del espacio público constituye un elemento propio de un ejercicio de democratización del espacio, esperando ser reconocidos como actores económicos con una estructura y funcionamiento propios, alejada de las actividades económicas tradicionales o formales.

43 “Estimamos necesario eliminar de la resolución el término VULNERABLES porque el término:

VENDEDORES INFORMALES VULNERABLES viene siendo usado para establecer categorizaciones […] aduciendo que existen VENDEDORES INFORMALES VULNERABLES y Vendedores Informales no vulnerables y que los programas de la administración son solo para los vulnerables.” (Anexo 10.Carta de los vendedores ambulantes a la Secretaria de Gobierno en Junio de 2015).

La identificación como colectivo por parte de los vendedores produce demandas colectivas frente a las actuaciones del Estado en la construcción del EP. Partiendo de la presunción del carácter democrático del EP, y con la idea de modificar el espacio desde su construcción simbólica y permanente, en la plazoleta, estas demandas colectivas se fundamentan en el reconocimiento de su actividad fuera de un marco de ilegalidad, o por lo menos alejado de la presunción delictiva con la que se les aborda durante las operaciones de recuperación del EP.

Con esto legitimarían sus acciones tendientes a ejercer su “derecho a la ciudad” en el espacio.

Además, buscan participar en el desarrollo de mecanismos para regularizar su actividad, basándose en la costumbre de su ocupación del espacio, pues derivado de la modificación en la idea de cómo se definen los usos del espacio. Los vendedores informales abogan desde una postura de reconocimiento de su actividad como legítima desde su funcionalidad, con lo que adquirirían derechos y posibilidades de inferencia sobre la composición del EP. Como lo menciona Margaret Kohn, al ser un espacio democrático entrarían a construirlo socialmente para dotarlo del significado que resulte acorde a sus necesidades (2004, pág. 3).

Vendedores formales: La postura de los vendedores formales está relacionada con su intención de garantizar actuaciones comerciales en la legalidad. En este sentido, parten de construir una concepción higiénica del espacio en la que no se construyan marcos normativos de ventaja para ninguno de los usuarios, considerando que dichas determinaciones tienen repercusiones sobre los derechos de los demás. El EP tiene unos fines y los espacios comerciales tienen otros, y al no estar coordinada esta distinción en la realidad los tropiezos son múltiples para su implementación. Su postura, entonces se fundamenta en evitar las ventas callejeras informales que, por un lado, dificultan su actividad como comerciantes privados, por motivos como los que fueron referidos dentro de la caracterización en el estudio de la CCB (2005, pág. 130). Por el otro lado, defienden la idea de las finalidades del EP, buscando evitar freeriders,

desde la definición de sus usos. Exigen un cambio en su administración por su comprensión del espacio desde los usos adecuados (Carmona, De Magalhaes, & Hammond, 2008, pág. 4). Se

44 oponen abiertamente a la aprobación y regulación de la actividad económica en el EP como forma de trabajo.

Gestores: Como lo mencionó Cesar Giraldo durante su entrevista (2016), la definición política que asuma desde la administración frente a las condiciones del EP debe ser coherente con el tratamiento que se dé desde el IPES. En este sentido, la posición sobre el EP y los tratamientos y herramientas deben ser coherentes y, de acuerdo con Giraldo, no lo fue durante la última administración porque las posiciones de las personas que se encontraban frente a estas instituciones eran divergentes. Sin embargo, el instituto no puede definir una postura oficialmente.

La posición actual del IPES tiene como elemento implícito sus finalidades como institución promotora de actividades de la economía social. La formalización de los actores económicos de la ciudad, como la gestión de proyectos de segmentos vulnerados y los diferentes programas con los que cuenta bajo su cargo, definen su posición, la cual frente a la plazoleta es, por el momento, de apoyar el retiro de los vendedores callejeros del lugar. El aprovechamiento económico callejero debería restringirse a las casetas existentes. Se dejaría, implícitamente, de lado a los vendedores desde el tratamiento espacial que podría gestionar la entidad. Las necesidades del IPES no son coherentes con la consolidación de un esquema de ocupación permanente del espacio en la plazoleta del Rosario.

Administradores: Al tener que emplear las herramientas de forma adecuada, deben contemplar las finalidades definidas en los marcos normativos para adelantar una implementación coherente. Sin embargo, la discrecionalidad con la que cuenta cada entidad administradora del EP permite que adopten posturas propias. Para el caso de la Plazoleta del Rosario, de acuerdo con las declaraciones del representante entrevistado del DADEP, se adelanta un proceso de Place making, que consiste en que a través de la modificación de las condiciones

del espacio, la población pueda realizar usos recreativos en la plazoleta. Sin embargo, dicho proceso aún no se pretende implementar. Por el momento, el ente administrador define su posición frente a la ocupación del espacio desde la entrega de permisos para adelantar usos con finalidades de aprovechamiento económico. De alguna forma, la discrecionalidad para la administración del EP permite la imposición de las perspectivas del deber-ser del espacio de cada entidad, aseverándose al considerar que en este caso el DADEP definió la visión en el Decreto y realiza la administración de la plazoleta. Actualmente, pretende reducir la economía ambulante

45 en el espacio pues en ningún momento ha reconocido sus usos, prohibidos por la Resolución 008 de 2004 de la Alcaldía Local de La Candelaria, aun cuando puedan reñir con las disposiciones posteriores.

La Universidad del Rosario: Aunque resulte poco clara la relación de una institución privada con el espacio público, se puede entender que existe entre la universidad y la plazoleta por las relaciones que en ella se dan. La postura de la universidad frente a la ocupación derivada de las ventas ambulantes es ambivalente. La universidad como institución ha declarado apoyar los procesos que adelante la policía, justificándolo desde un apoyo al marco legal existente, donde la autoridad cuenta con las facultades para realizar estas intervenciones. Incluso, en ocasiones se han entregado comentarios sobre el papel de la universidad como posible determinante de estas actuaciones a través de acciones de cumplimiento. También, se encuentra que la mayor parte de los usuarios de la universidad y la plazoleta no tienen problemas con estas.

5.4. Relaciones por los derechos: los múltiples conflictos derivados de la relación entre