En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde la pre-
gunta número 12.496, seguida de la contestación remiti- da por el Gobierno, formulada por el Senador del Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos, don RICARDO GATZAGAETXEBARRÍA BASTIDA, sobre las razones que han llevado al Gobierno a alterar el criterio adminis- trativo de medida del arqueo bruto en la nueva construc- ción de buques pesqueros, con indicación de las actuacio- nes previstas para que los ciudadanos españoles titulares de embarcaciones pesqueras de madera y de la flota de altura de construcción clásica no se vean perjudicados por estas medidas.
El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGE- NERALES, Senado, Serie I, número 316, 27 de octubre de
1997.
Palacio del Senado, 19 de noviembre de 1997.—El Presidente del Senado, Juan Ignacio Barrero Valver-
de.—La Secretaria primera del Senado, María Cruz Ro- dríguez Saldaña.
A la Mesa del Senado
Ricardo Gatzagaetxebarría Bastida, Senador por Biz- kaia y miembro del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, al amparo de lo establecido en el vigente Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes preguntas para su contestación escrita por el Gobierno.
Se desea conocer del Gobierno las siguientes cuestio- nes:
a) Razones por las que el Gobierno, a la hora de la nueva construcción de buques pesqueros, ha alterado el criterio administrativo de medida del arqueo bruto, que hasta ahora se hacía en TRB (Toneladas de Registro Bru- to), por el nuevo criterio de medida en GT.
b) Actuaciones que piensa realizar el Gobierno para que los españoles titulares de embarcaciones pesqueras de madera y de la flota de altura de construcción clásica no se vean perjudicados a la hora de las nuevas construc- ciones de buques, por las grandes restricciones derivadas de la medición del arqueo bruto por el criterio en GT.
Palacio del Senado, 2 de octubre de 1997.—Ricardo
Gatzagaetxebarría Bastida.
Excmo. Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/012496.
AUTOR: Gatzagaetxebarría Bastida, Ricardo (GSNV). Asunto: Razones que han llevado al Gobierno a alterar el criterio administrativo de medida del arqueo bruto en la nueva construcción de buques pesqueros, con indicación de las actuaciones previstas para que los ciudadanos es- pañoles titulares de embarcaciones pesqueras de madera y de la flota de altura de construcción clásica no se vean perjudicados por estas medidas.
Respuesta: Debido a la aprobación por el Consejo de Mi- nistros de Pesca, los pasados 14 y 15 de abril en Luxem- burgo, de la Decisión del Consejo relativo a los objetivos y normas tendentes a reestructurar el sector pesquero co- munitario entre el 1 de enero de 1997 y el 31 de diciem- bre del 2001, con vistas a conseguir un equilibrio sosteni- ble entre los recursos y la exportación de los mismos [97/413/CE (DOCE del 3-7-97)], la Unión Europea ha si- do la que ha procedido a establecer la capacidad de los segmentos de flota que expresará como mínimo en GT y Kw de potencia propulsora (artículo 1, apartado 1.º de di- cha Decisión). En consecuencia, no ha sido el Gobierno el que ha alterado el criterio administrativo de la medida del arqueo bruto de los buques de pesca.
Al estar establecido el POP IV en GT y Kw de poten- cia propulsora como parámetros que miden el esfuerzo pesquero, la política de bajas que tiene como objetivo asegurar que no se incremente dicho esfuerzo pesquero, debe exigirse que las mismas se aporten en función de los parámetros descritos. No obstante, el Gobierno puede estudiar y examinar casos específicos.
Madrid, 13 de noviembre de 1997.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
684/012539 PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde la pre- gunta número 12.539, seguida de la contestación remiti- da por el Gobierno, formulada por el Senador del Grupo Socialista, don HELIODORO GALLEGO CUESTA, so- bre las medidas y los medios que va a impulsar el Minis- terio de Educación y Cultura para atender las peticiones de la asociación de padres de alumnos del colegio públi- co Buenavista de Valdavia (Palencia), tras la supresión de una plaza de profesor.
El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGE- NERALES, Senado, Serie I, número 316, 27 de octubre de
1997.
Palacio del Senado, 19 de noviembre de 1997.—El Presidente del Senado, Juan Ignacio Barrero Valver-
de.—La Secretaria primera del Senado, María Cruz Ro- dríguez Saldaña.
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A la Presidencia del Senado
Heliodoro Gallego Cuesta, Senador por Palencia, per- teneciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo dispuesto en los artículos 160 y 169 del Reglamen- to de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
La Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Pú- blico de Buenavista de Valdavia (Palencia), al que acuden alumnos de 14 pueblos: Congosto, La Puebla, Buenavista, Ayuela, Tabanera, Polvorosa, Renedo, Arenillas de San Pelayo, Villaeles, Villabasta, Valles, Villamelendro, Villa- sila, Arenillas de Nuño Pérez y Villanuño, han decidido que sus hijos no acudan a clase, como medida de protesta por la supresión de una plaza de profesor en el centro.
La situación es muy preocupante, puesto que los ni- ños llevan varias jornadas sin escolarizar, y no han dado fruto las mediaciones llevadas a cabo, por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Cultura y por la Subdelegación del Gobierno de Palencia.
Los padres demandan facilidades para la escuela rural y para que la gente se quede en los pueblos y han recla- mado la intervención de la Ministra de Educación y Cul- tura para encontrar una solución al conflicto.
Es por lo que se pregunta:
¿Cuáles son las medidas y los medios que, con carácter de suma urgencia, va a impulsar la Ministra de Educación y Cultura para atender con sensibilidad las peticiones de la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Público de Buenavista de Valdavia (Palencia), que se encuentra en un momento delicado, al no acudir los niños a clase, por el conflicto existente entre la Dirección Provincial y el APA?
Palacio del Senado, 8 de octubre de 1997.—Heliodo-
ro Gallego Cuesta.
Excmo. Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/012539.
AUTOR: Gallego Cuesta, Heliodoro (GS).
Asunto: Medidas y medios que va a impulsar el Ministe- rio de Educación y Cultura para atender las peticiones de la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Público Buenavista de Valdavia (Palencia), tras la supresión de una plaza de profesor.
Respuesta: En relación con la información solicitada, se señala a S. S. lo siguiente:
1. Asistencia a clase:
— Los niños inician las clases el día 15 y continúan el 16 y 17. No asisten los siguientes días: Del 18 al 30 de septiembre y 1,2 y 3 de octubre.
— Se incorporan de nuevo al colegio el 6 de octu- bre.
— La pregunta parlamentaria se realiza el día 8 de octubre, fecha en que los niños ya están en clase.
2. Situación del Centro en el presente curso escolar 1997/98:
— Alumnado:
• Educación Infantil: Total: 11 niños (4 niños de 3 años, 6 de 4 años y 1 de 5 años).
• Educación Primaria: Total 36 niños (6 de 1.º, 7 de 2.º, 5 de 3.º, 5 de 4.º, 6 de 5.º y 7 de 6.º).
* Unidades: 1 de Educación Infantil y 2 de Educa- ción Primaria.
En el curso anterior 1996/97 había 3 unidades de Educación Primaria. En el actual curso escolar 1997/98, se suprime una unidad de la Educación Primaria basán- dose en el número de alumnos escolarizados, tal como se indica en la Orden Ministerial de 16 de noviembre de 1994 («BOE» del 24) por la que se desarrolla la disposi- ción adicional cuarta del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, que en el punto tercero establece las unidades y ratios de los centros ubicados en zonas rura- les, siendo en Educación Primaria de una unidad cada 25 alumnos.
* Puestos de trabajo: 1 de Educación Infantil. 2 de Educación Primaria.
1 de Educación Física (16 horas semanales en el Cen- tro, 10 de apoyo).
— Especialista de Inglés: 8 horas en Buenavista. — Especialista en Audición y Lenguaje: 5 horas en Buenavista.
— Especialidad en Pedagogía y Terapéutica: 8 horas en Buenavista.
— Especialista en Música: 5 horas en Buenavista, 3 de apoyo.
3. Organización y funcionamiento:
Funcionan dos grupos de 18 alumnos cada uno (1.º, 2.º y 3.º por un lado y 4.º, 5.º y 6.º por otro) en las áreas de Educación Física, Música, Artísticas, Religión y Co- nocimiento del Medio.
En las áreas de Lengua, Matemáticas e Inglés, los agru- pamientos son diferentes. Un grupo de 1.º y 2.º de EP con 13 niños, un segundo grupo de 3.º y 4.º de EP con 10 alumnos y un tercer grupo de 5.º y 6.º con 13 niños.
Las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audi- ción y Lenguaje apoyan dentro y fuera del aula, con la consiguiente disminución de alumnos atendidos por un profesor en un momento determinado.
El número de unidades en funcionamiento y la dota- ción de profesorado es adecuada y no justificó la au-
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BOCG, SENADO, SERIEI
sencia de los alumnos a clase durante los días señala- dos.
Madrid, 13 de noviembre de 1997.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
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