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3. Se observó que los sueldos aprobados y pagados al personal, así como las prestaciones, no están respaldados con el tabulador de remuneraciones en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, documento que se debió adjuntar al presupuesto de egresos autorizado para el año 2015, que se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 24 de diciembre de 2014, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 115, fracción IV, penúltimo párrafo y 127, párrafos primero y segundo, y fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Respuesta

Del Ente Público

"En la actualidad no existe tabulador de sueldos, pero este se elaborara para la presentacion del presupuesto para el ejercicio fiscal 2017"

Del Titular del Ente Público por el período del 01 de enero al 25 de febrero de 2015 (Extitular 1)

"Durante ese periodo no se realizó el tabulador de remuneraciones en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie; se tiene que tomar en cuenta por la dependencia para que se anexe al presupuesto de egresos de los siguientes años."

Del Titular del Ente Público por el período del 16 de marzo al 31 de agosto de 2015 (Extitular 2)

"Esta observacion no corresponde a mi gestion."

Del Titular del Ente Público por el período del 01 de septiembre al 30 de octubre de 2015 (Extitular 3)

"Los sueldos no se encontraban respaldados con el tabulador de remuneraciones, el cual se debió de publicar en el Periódico Oficial del Estado el 24 de diciembre de 2014; es necesario implementar este criterio de valuación para una mejor aplicación a los montos designados a cada puesto."

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

Se analizaron las aclaraciones presentadas por el Ente Público y Extitulares 1 y 3, no solventando la observación, debido a que los argumentos manifestados no desvirtúan el incumplimiento al ordenamiento establecido en el fundamento señalado, en relación al tabulador de sueldos que se debió de adjuntar en el presupuesto de egresos para el ejercicio 2015 y publicarlo en el Periódico Oficial del Estado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

En lo sucesivo es conveniente que se elabore el tabulador de remuneraciones anuales del personal, en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, y se incluya como anexo del presupuesto

anual de egresos que se publica en el Periódico Oficial del Estado, de conformidad con la normatividad señalada.

4. El presupuesto de egresos para el ejercicio 2015 autorizado por la H. Junta de Gobierno en la sesión extraordinaria celebrada el 30 de octubre de 2014 ascendió a $5,000,000, siendo publicado en el Periódico Oficial del Estado del día 24 de diciembre del año citado, observando que no está formulado señalando en cada programa los objetivos y unidades responsables de su ejecución, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 133 y 134, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, vigente en esa fecha.

Normativa

Respuesta

Del Ente Público

"Para 2017 se presentara el presupuesto de egresos mediante autorizacion de la h. Junta de gobierno, representando el presupuesto a erogar por programa.

Durante las sesiones de la Junta de Gobierno, se dan a conocer los pormenores de los programas ejecutados del Instituto de la Juventud."

Del Titular del Ente Público por el período del 01 de enero al 25 de febrero de 2015 (Extitular 1)

"En la sesión extraordinaria celebrada el 30 de octubre de 2014 se especifica el presupuesto destinado a programas del Instituto, faltando desglosar los objetivos y presupuestos a detalle de cada uno de los programas. Para poder cumplir con la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León la dependencia tendrá que tomar dicha observación para el siguiente presupuesto."

Del Titular del Ente Público por el período del 16 de marzo al 31 de agosto de 2015 (Extitular 2)

"Esta observacion no corresponde a mi gestion."

Del Titular del Ente Público por el período del 01 de septiembre al 30 de octubre de 2015 (Extitular 3)

"Mi cargo como Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Guadalupe corresponde del 01 de septiembre al 31 de octubre de 2015, por lo tanto, esta observación no pertenece a su servidor."

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

Se analizaron las aclaraciones presentadas por el Ente Público y Extitular 1, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa el incumplimiento a lo establecido en el fundamento señalado, en relación a que el presupuesto de egresos se debió de formular señalando en cada programa los objetivos y unidades responsables de su ejecución, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partida y de manera calendarizada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

En lo sucesivo es conveniente que el presupuesto de egresos se formule señalando en cada programa los objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas, incluyendo la calendarización de sus ejercicios, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 181 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

ASUNTOS GENERALES

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