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PRIMEROS PASOS DE LA REAL ESCUELA DE VETERINA RIA DE MADRID

Llegamos al momento de analizar la génesis y los primeros pa- sos de la Real Escuela de Veterinaria de Madrid. Datamos y detallamos cada uno de los acontecimientos acaecidos entre las tres fechas conver- tidas en hitos profesionales.

Destacamos ahora dos de esos acontecimientos: la real orden de 9 de septiembre de 1788 encarga a Malats y Estévez la elaboración de una ordenanza para el establecimiento de dos Escuelas de Veterinaria, una en Madrid y otra en Córdoba18. Las dos ciudades que cuentan con Real Caballeriza. Esta real orden representa el compromiso oficial de la instauración en España de la enseñanza metódica de la medicina veteri- naria. Y además por partida doble, se pretende la apertura de dos escue- las de veterinaria.

De manera espontánea, dos profesionales se unen a esa petición de ordenanza: Bernardo Rodríguez, a través de la publicación en prensa de un completo reglamento basado en el imperante en Alfort19; y Alon- so de Rus, reputado mariscal ejerciente en la compañía italiana del Real Cuerpo de Guardias de Corps, que eleva sus propuestas directamente al rey20. Las formas, en general, son importantes durante la Ilustración, en

15 SALVADOR VELASCO, A., “Instituciones fundamentales en el nacimiento de la

veterinaria española”. En: Libro de actas XVII Congreso Nacional de Historia de la

Veterinaria, Valencia 2011, pp. 97-137. Disponible en:

http://historiaveterinaria.org/files/17-valencia-2011.pdf. Original en, A.G.S., sección Secretaría de Estado, correspondencia con Francia, legajo 4622.

16 PÉREZ GARCÍA, J.M., “La primera Escuela de Veterinaria”. En: Libro de actas IV

Congreso de Historia Militar, Guerra y milicia en la España del X Conde de Aranda,

Ed. Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón, Zaragoza 1998, pp. 264-285, pp. 270-272. Original en, A.G.A., sección educación, caja 32/16360.

17 SALVADOR (2013). El conde de Aranda y la medicina veterinaria, pp. 178-184. 18 A.H.N., sección consejos, legajo 8418. Real orden de 9 de septiembre de 1788. 19 Correo de Madrid, 30 de junio de 1788, “correo extraordinario”, pp. 1-31.

20 Diario de Madrid, 8 y 9 de febrero de 1789, 39 y 40, pp. 153-154 y 157-158

este caso particular, el Gobierno para guardarlas encarga al Consejo de Castilla que estudie los tres proyectos de ordenanza presentados.

Mientras el Consejo decide, se nombran dos comisionados para

el establecimiento de la Escuela de Veterinaria, su cargo no es el de protectores de la Escuela de Veterinaria como los habíamos venido

denominando hasta ahora, figura que no se crea hasta la práctica apertu- ra de la escuela en 1793. Sabíamos que a uno de los comisionados se le encarga la adquisición del terreno en el que se ubicará la futura escuela, ahora conocemos que ese terreno ha sido designado previamente por Malats y Estévez como el más adecuado para la instalación21. Una prueba más de que la designación de Malats y Estévez como futuros directores de la escuela está realizada de antemano, por mucho que el Consejo de Castilla estudie los tres proyectos de ordenanza presentados. Se trata de ofrecer una pátina de imparcialidad a una medida ya adopta- da de antemano.

Hemos dicho que se nombran dos comisionados para el estable- cimiento de la Escuela de Veterinaria, uno es el representante del Ejér- cito, siendo el Supremo Consejo de Guerra quien designa al príncipe de Monforte por su cargo como inspector general de Regimientos de Dra- gones, y el otro es el representante del Consejo de Castilla, primero lo es el conde de la Cañada y después, cuando éste es nombrado goberna- dor de la institución, Domingo Codina. Están así representadas dos de las más altas instituciones de la nación, lo que demuestra el interés polí- tico existente en la instauración de la enseñanza metódica de la veteri- naria en España.

Por real orden de 11 de junio de 1791, el Consejo de Castilla de- termina que el reglamento presentado por Malats y por Estévez debe ser el adoptado como base para el gobierno y enseñanza de la Escuela de Veterinaria de Madrid, encargándose al príncipe de Monforte y al du- que de la Cañada, un informe sobre su contenido y antecedentes.

Son los profesionales veterinarios, Malats y Estévez, quienes desestiman la apertura de una escuela de veterinaria en Córdoba. Adu- cen la falta de profesorado suficiente, motivo más que discutible desde nuestro punto de vista, pues la mayor parte de las primeras escuelas de veterinaria europeas se pusieron en marcha con un único veterinario al

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frente, formado en alguna de las dos escuelas francesas, mayoritaria- mente en Alfort.

El tutelaje de los comisionados sobre Malats y Estévez será muy estrecho hasta la apertura de la escuela. Este proceder llama la atención de Sanz Egaña, que escribe: “Resulta que Malats informaba, y Montfor-

te y Cañada fueron los ponentes de la propuesta ante el Consejo Real que aprobó la fundación de la Escuela”22. Si el maestro de historiado- res hubiese llegado a ver el plan de gobierno y el régimen de estudios de la escuela elaborados por Malats y Estévez, no le hubiese causado tanta extrañeza. El plan de estudios está repleto de “ocurrencias” in- cluidas por Segismundo Malats, siempre buscando zafarse de la obliga- ción de dar clases. La culminación, es la propuesta de que el primer grupo de alumnos militares que ingresen en la Escuela tendrán como único profesor durante los cuatro años de estudios veterinarios al propio Malats, que impartirá todas las asignaturas, al cabo de ese periodo se elegirá al más capacitado de los estudiantes para incorporarse como único profesor en sustitución de Malats, que dejará de impartir docen- cia23.

Por supuesto, la plana es enmendada por los comisionados, que adaptan el plan de estudios al existente en Alfort, procurando la sucesi- va incorporación de profesorado, cuyas fechas de inclusión en la Escue- la de Veterinaria hemos señalado en trabajos precedentes.