1.1. MARCO TEÓRICO
1.1.4. Principios que regulan la libertad individual
1.1.4.3. Principio de Legalidad
Con respecto al tema el art. 7 del Código Orgánico de la Función Judicial dispone: “La jurisdicción y la competencia nacen de la Constitución y la ley. Solo podrán ejercer la potestad jurisdiccional las juezas y jueces nombrados de conformidad con sus preceptos, con la intervención directa de fiscales y defensores públicos en el ámbito de sus funciones. Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán las funciones jurisdiccionales que les están reconocidas por la Constitución y la ley. Las juezas y jueces de paz resolverán en equidad y tendrán competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdicción, de conformidad con la ley. Los árbitros ejercerán funciones jurisdiccionales, de conformidad con la Constitución y la ley. No ejercerán la potestad jurisdiccional las juezas, jueces o tribunales de excepción ni las comisiones especiales creadas para el efecto”.
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Claramente se puede evidenciar que con el principio de legalidad surge la competencia y jurisdicción de los diferentes jueces, así como también que la potestad jurisdiccional lo pueden ejercer sololos jueces siempre y cuando cumplan con todo los requisitos que establece la ley, al referirse a los señores jueces de paz, se indica que tienen potestad para resolver los conflictos individuales, vecinales entre otros, siempre y cuando los problemas se hayan cometidos dentro de su jurisdicción; de la misma manera las autoridades de las comunidades indígenas deben ejercer sus funciones de conformidad con lo que dispone la ley, es decir que no puede haber en ningún caso abuso de autoridad, finalmente se puede decir que los árbitros van a ejercer sus funciones de conformidad con lo que dispone la ley. Por su parte en internet se da a conocer que: “Conforme al principio de legalidad, sólo la ley crea delitos, y sólo podrá considerarse delito, aquel hecho que la ley declare delito expresamente. Por eso es que decimos que ‘no hay delito sin ley’. Mientras la ley no prohíba un hecho, el hombre tiene libertad para realizarlo. Con esto, queremos dejar en claro que, en base al principio de legalidad, o sea que, si el hecho no está contemplado concretamente en la ley, no podrá aplicarse a él, una norma que castigue un hecho similar. Para poder aplicar pena por un hecho, no basta que la ley lo declare delito, sino que es necesario que dicha ley sea previa, anterior al hecho. Con esto se está declarando la irretroactividad de la ley; o sea, que ella no puede aplicarse a hechos pasados, sino que debe aplicarse a hechos futuros. La irretroactividad de la ley, sólo podrá dejarse de lado cuando la ley posterior al hecho, sea más favorable (ej.: cuando la ley posterior, establezca pena menor).
http://www.todoiure.com.ar/monografias/mono/penal/El_principio_de_legalidad.htm Sin duda por el principio de legalidad se puede entender que tiene como finalidad la correspondiente tipificación de la ley, es decir que la misma debe estar previamente establecida para que posteriormente vaya a sancionar por el hecho ilegal que se está realizando, por lo que de esta manera se puede entender que en el caso en el que un determinado hecho no se encuentra debida y previamente tipificado no puede bajo ninguna circunstancia ser sancionado, ya que exista la falta de la tipificación.
Finalmente el manifiesta que: “La legalidad o primacía de la ley es un principio fundamental conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley y de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas (ej. El Estado
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sometido a la constitución o al Imperio de la ley). Por esta razón se dice que el principio de legalidad establece la seguridad jurídica. Se podría decir que el principio de legalidad es la regla de oro del Derecho público y en tal carácter actúa como parámetro para decir que un Estado es un Estado de Derecho, pues en él poder tiene su fundamento y límite en las normas jurídicas. En íntima conexión con este principio, la institución de la reserva de Ley obliga a regular la materia concreta con normas que posean rango de Ley, particularmente aquellas materias que tienen que ver la intervención del poder público en la esfera de derechos del individuo. Por lo tanto, son materias vedadas al reglamento y a la normativa emanada por el Poder Ejecutivo. La reserva de ley, al resguardar la afectación de derechos al Poder legislativo, refleja la doctrina liberal de la separación de poderes”.
Entre los diferentes criterios dados a conocer con respecto al principio de legalidad, el más importante desde el punto de vista de la actora es la presente tesis, ya que da a conocer que dicho principio es una de las reglas primordiales que tiene el Estado, que va a establecer los parámetros de los cuales los diferentes miembros de la sociedad tienen que regirse, es decir que los y las ciudadanas deben regirse por las leyes que se encuentran tipificadas, y no querer hacer lo mejor le convenga.