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CAPÍTULO IV DE LOS COMPROMISOS

PROCESO PARTICIPACIÓN EN EVENTOS DEPORTIVOS

Elaborado Por: El Autor

RESPONSABLES PROCESO DESCRIPCIÓN RESULTADO

ENTRENADOR DEPARTAMENTO TÉCNICO PRESIDENCIA TESORERÍA ENTRENADOR TESORERÍA SI NO SI NO

a) Analiza y verifica el nivel competitivo de los deportistas. b) Solicita invitación de chequeo

técnico de participación. c) Solicita aval de participación

detallando el número de participantes, lugar, fecha, hora y un presupuesto detallado da gastar en el evento.

d) Se indaga el resultado que atraerá la participación en el evento.

e) Autoriza la participación del evento.

f) Informa a presidencia que autorice la participación de los deportistas en el evento. g) Presidencia autoriza y solicita

a Tesorería el desembolso de acuerdo al requerimiento para la participación.

h) Recibe la solicitud, verifica los documentos sustentatorios. i) Realiza cheque de acuerdo al

presupuesto solicitado.

j) Legaliza el desembolso con presidencia.

k) Entrega el cheque al entrenador.

l) Formaliza el pago con las respectivas firmas de recibí conforme en el comprobante de egreso. Al participar en eventos deportivos, el nivel competitivo de los deportistas se va incrementando y a su vez ganado experiencia, para que al entrenador le evalúen su trabajo y también seleccionar a deportistas con aptitudes, habilidades y destrezas para que sean tomados en cuenta en la selección

provincial. INICIO

VERIFICA QUE DEPORTISTAS TENGAN NIVEL

SOLICITA AVAL

AUTORIZA

REALIZA EL DESEMBOLSO LEGALIZANDO CON PRESIDENCIA

ENTREGA Y FORMALIZA LA REPOSICIÓN FIN CHEQUE SOLICITA INVITACIÓN DE PARTICIPACIÓN ANALIZA EL PROPÓSITO DE PARTICIPACIÓN INFORMA DE LA PARTICIPACIÓN AUTORIZA

118 3.5. PRESUPUESTO

Comprende las normas, técnicas, métodos y procedimientos vinculados a la previsión de ingresos, gastos y financiamiento para la provisión de bienes y servicios a fin de cumplir las metas del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan del Buen Vivir.

3.5.1. PROCEDIMIENTO DEL CICLO PRESUPUESTARIO

Información tomada del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Capítulo III, Componente del Presupuesto.

3.5.1.1. PROGRAMACIÓN

Es la fase del ciclo presupuestario en la que, en base de los objetivos determinados por la planificación y las disponibilidades presupuestarias coherentes con el escenario fiscal esperado, se definen los programas, proyectos y actividades a incorporar en el presupuesto, con la identificación de las metas, los recursos necesarios, los impactos o resultados esperados de su entrega a la sociedad; y los plazos para su ejecución.

3.5.1.2. FORMULACIÓN

En esta fase del presupuesto, las proformas presupuestarias incluirán todos los ingresos y egresos previstos para el ejercicio fiscal en el que se vayan a ejecutar. Ninguna entidad que maneje recursos públicos podrá excluir recursos para cubrir egresos por fuera de su presupuesto.

3.5.1.3. APROBACIÓN

Cada entidad y organismo que no forma parte del Presupuesto General del Estado deberá aprobar su presupuesto hasta el último día del año previo al cual se expida.

119 3.5.1.4. EJECUCIÓN

Esta fase del ciclo presupuestario que comprende el conjunto de acciones destinadas a la utilización óptima del talento humano, y los recursos materiales y financieros asignados en el presupuesto con el propósito de obtener los bienes, servicios y obras en la cantidad, calidad y oportunidad previstos en el mismo.

3.5.1.5. EVALUACIÓN Y CONTROL

La evaluación física y financiera de la ejecución de los presupuestos de las entidades contempladas en el presente código, será responsabilidad del titular de cada entidad u organismo y se realizará en forma periódica.

En las entidades deportivas la Evaluación del Presupuesto son semestrales de acuerdo a la Ley y Reglamento del Deporte, Educación Física y Recreación o requerimientos del Ministerio Sectorial.

3.5.1.6. CLAUSURA Y LIQUIDACIÓN

Los presupuestos anuales del sector público se clausurarán el 31 de diciembre de cada año. Después de esa fecha no se podrán contraer compromisos ni obligaciones, ni realizar acciones u operaciones de ninguna naturaleza, que afecten al presupuesto clausurado.

Todas las entidades deportivas se basan a acuerdos, resoluciones emitidas por el Ministerio del Deporte que es el ente regulador de estos organismos, para la elaboración, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto institucional.

120 3.5.2. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL

LIGA DEPORTIVA CANTONAL URCUQUÍ Considerando:

Que, en el numeral 3 del Art. 85 de la Constitución de la República del Ecuador dice “el Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos.

Que, en el Art. 381 de la Constitución de la República del Ecuador dice “el Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas. El Estado garantizará los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los recursos se sujetarán al control estatal, rendición de cuentas y deberán distribuirse de forma equitativa.

Que, el inciso segundo del Art. 130 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, prescribe que “la distribución de los fondos públicos a las organizaciones deportivas estará a cargo del Ministerio Sectorial y se realizará de acuerdo a su política, su presupuesto, la planificación anual aprobada enmarcada en el Plan Nacional del Buen Vivir y la Constitución.

Que, el inciso segundo del Art. 134 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, prescribe que “las trasferencias para las organizaciones deportivas deberán considerar el gasto corriente y los fondos destinados a proyectos de inversión de forma independiente, así como los gastos de servicios básicos de acuerdo a la naturaleza de cada organización.

Por tal virtud la Asamblea de Liga Deportiva Cantonal Urcuquí, dando cumplimiento con la Ley aprueba el PRESUPUESTO INSTITUCIONAL.

121 CUADRO Nº 33