• No se han encontrado resultados

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 33/PG/12

Buenos Aires, 16 de febrero de 2012

VISTO:

el Expediente N° 254.036/2012 y,

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones señaladas en el visto, se inician en virtud de haberse tomado conocimiento que en ocasión del allanamiento realizado el día 4 de febrero de 2012, ordenado por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 10, Secretaría N° 19, resultaron detenidas varias personas, entre las cuales estarían involucrados agentes dependientes del Gobierno de la Ciudad;

Que a raíz de ello, y luego de la realización de una serie de medidas para mejor proveer, pudo verificarse que en el ámbito del citado Juzgado tramita la causa N° Causa N° 1101/12, caratulada "Velásquez, Daniel Alberto y otros s/ infracción Ley 23.737, en la se encuentra involucrada, entre otras personas, Maura Antonia PEREIRA (DNI: 92.884.153);

Que asimismo, se advierte que la nombrada se desempeña en los cuadros de esta Administración, específicamente en la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por último, debe señalarse que la agente PEREIRA se encuentra detenida desde el 6 de febrero del año en curso, a la espera de que se resuelva su situación procesal, luego de habérsele recibido declaración indagatoria;

Que en oportunidad de emitir opinión sobre los hechos descriptos en los considerandos precedentes, la Dirección General de Sumarios considero que la gravedad de los sucesos, ameritaban ser investigados en el marco de un sumario administrativo tendiente a averiguar su real ocurrencia y, en su caso, deslindar eventuales responsabilidades, de acuerdo a las previsiones de la Ley N° 471;

Por todo lo expuesto, compartiendo el criterio vertido por la Dirección General de Sumarios y, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley 1218:

EL PROCURADOR GENERAL ADJUNTO DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Y EMPLEO PÚBLICO A CARGO DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Articulo 1º: Instruir un sumario administrativo tendiente a investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder, con motivo de la Causa Judicial N° 1101/12 en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 10, Secretaria N° 19, caratulada "Velásquez, Daniel y otros s/ Infracción Ley 23.737", en la que se encuentra involucrada la agente Maura Antonia PEREIRA (DNI: 92.884.153), perteneciente a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, a los fines indicados en el artículo precedente, remítase copia autenticada de esta Resolución a la Dirección General de Sumarios

Articulo 3º: Notifíquese el dictado del presente acto administrativo al Ministerio de Justicia y Seguridad para su conocimiento.

Articulo 4º: Cumplido, archívese. Conte Grand

RESOLUCIÓN N.º 50/PG/12

Buenos Aires 5 de marzo de 2012

VISTO:

el Expediente N° 354090/2012 y,

CONSIDERANDO

Que el actuado del visto fue iniciado con motivo de la denuncia realizada por personal de esta Procuración General ante la Comisaría 3ra. de la Policía Federal Argentina, el día 23/02/2012, por un hecho detectado en esta repartición el día 22-02-2012, consistente en la desaparición de diversos elementos, entre ellos, dos cajas de seguridad portátiles de metal que en su interior contenían chequeras del Banco Ciudad de Buenos Aires, dinero en efectivo, lapiceras varias y talonarios de vales, cuya comisión se presume habría tenido real ocurrencia entre los días 17 y 22 de febrero del año en curso;

Que el Director General de Asuntos Patrimoniales hizo saber a la Dirección de Sumarios que el día 22-02-2012, su secretaría, Natalia Giuliadori, al abrir con llave la puerta de acceso a la oficina para ingresar a cumplir sus tareas encontró todo en condiciones normales, pero que al abrir el armario donde se apoyaba una de las cajas metálicas destinada a guardar el dinero, chequeras y comprobantes de la Caja Chica, advierte que la misma no se encontraba en su lugar habitual;

Que, en relación a este evento, señaló además qué al comunicarse con las secretarias del Señor Procurador General para anoticiar lo sucedido, las nombradas empleadas le comentaron que también habían detectado el faltante de la Caja Chica que se guardaba en ese sector;

Que al tomar la intervención de su competencia, el Director General de Sumarios, hizo constar expresamente -de acuerdo a la información suministrada por los funcionarios que utilizan las oficinas donde se notó el faltante- que, el día viernes 17-02-2012 hasta la hora en que ellos se retiraron del edificio los bienes sustraídos se hallaban en su lugar;

Que en base a esa información, en carácter de medida previa, se solicitó a la Jefatura de Destacamento del Personal de Seguridad y Seguridad de Bienes afectado a esta Procuración General que acompañe la nómina del personal que cumplió servicios desde el día 17-02-2012 hasta el 22-02-2012, la cual se encuentra anexada al presente expediente y, en el mismo sentido se agregó un dvd con los videos de las cámaras de acceso al edificio correspondiente a esos mismos días, aportado por el Jefe del Departamento Tecnología Informática;

Que es importante indicar que las oficinas en las que se verificó la comisión del presunto hecho ilícito están ubicadas en el cuarto piso del edificio, y se identifican con los números 143 y 44;

Que, luego de analizar los hechos desde la óptica del Derecho Disciplinario la Dirección General de Sumarios opinó que, la desaparición y/o sustracción de los elementos en cuestión ameritaba impulsar un sumario administrativo tendiente a investigar la real ocurrencia del evento denunciado y, en su caso, deslindar eventuales responsabilidades funcionales;

Por consiguiente, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 1218, y el artículo 2º del Decreto 3360/68;

EL PROCURADOR GENERAL ADJUNTO DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Y EMPLEO PÚBLICO A CARGO DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1°-lnstrúyase sumario administrativo, a fin de investigar los hechos y en su caso, deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder con motivo de la desaparición y/o sustracción de los elementos enunciados en la denuncia policial realizada por personal de esta Procuración General ante la Comisaría 3ra. de la Policía Federal Argentina, el día 23/02/2012, por un supuesto hecho ilícito detectado en esta repartición el día 22-02-2012, en los sectores referenciados en los considerandos de la presente resolución, cuya comisión se presume habría acaecido entre los días 17 y 22 de febrero del año curso;

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y a los fines indicados en el artículo precedente remítase copia autenticada de la presente a la Dirección General de Sumarios. Conte Grand

Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.º 105/DGTALPG/12

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2012

VISTO:

el Decreto N° 42/GCBA/2002 (BOCBA N° 1.364) y su modificatorio Decreto N° 1.944-GCBA-2005 (BOCBA N° 2357), el Decreto. N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463)-y su modificatorio Decreto N° 752/GCBA/20I0 (BOCBA N° 3512) y el expediente N° 1497368/2012, y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 6º del Decreto N° 42/GCBA/2002 establece que la administración podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;

Que, por Resolución N° 832-PG-2003, modificada por Resolución N° 180-PG-2006, se reglamentó el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto N° 42/GCBA/2002 (B.O.C.B.A N° 1.364);

Que, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos Iº y 2° de dicha norma los/las mandatarios/as: Dra. Arias Tomasa, Dra Aspres Silvina, Dr. Bengolea Juan Carlos, Dr. Borda Patricio Martín Adrián, Dr. Careri Luis, Dr. Catalán Lisandro, Dr. Damonte Ricardo, Dra. De Ferrariis María Alejandra, Diaz Vega Francisco José, Dra. Estevez Delia Beatriz, Dr. Fescina Andrés Joaquín Pedro, Dra. Giusti Sandra Patricia, Dra. Goldsztern Noemí Estela, Dra. Janín Gabriela Sara, Dr. Leyes Lázaro Miguel, Dra. Muñoz Verónica Alejandra, Dra. Paixao María Emilia, Dra. Pirani Silvia Eugenia, Dra. Ramperti Gisela Julieta, Dra. Sandianes Analía, Dra. Seco María Alejandra, Dra. Suaya Emiliano Alberto, Dra. Valera Cecilia Laura, Dr. Vítale Julio César, Dra. Vuotto de Bianchi Beatriz y Dr. Zupicich Federico Carlos presentaron las solicitudes de reintegro de gastos, encontrándose agregados los respectivos comprobantes en el expediente de referencia;

Que, en virtud de lo dispuesto en el Art. 6º del Decreto N° 42-GCBA-2002 (B.O.C.B.A. N° 1.364), la Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales ha verificado la procedencia de los gastos y solicitado la prosecución del trámite de reintegro de gastos requeridos por los precitados/as mandatarios/as;

Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal ha verificado la correspondencia de las solicitudes de reintegro de gastos presentadas por los mandatarios, con la documentación respaldatoria agregada, certificando en consecuencia, la procedencia del reintegro por el monto total solicitado;

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde aprobar el reintegro de los gastos realizados y habilitar los canales administrativos pertinentes para hacer efectivo el pago;

Que, obra afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2012, para la atención de la erogación en cuestión;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo Io inc. d) del Decreto N° 556-GCBA-2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio, Decreto N° 752-GCBA-2010 (BOCBA N° 3512), el Decreto N° 42-GCBA-2002 (BOCBA N° 1.364) y su modificatorio, Decreto N° 1.944-GCBA-2005 (BOCBA N° 2357).

Artículo 1°.- Apruébase el gasto de PESOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NUEVE CON 20/100 ($ 37.209,20)) para atender el pago del reintegro de gastos (que corresponden al período Agosto, Septiembre, Octubre y Noviembre del 2012) a los/las señores/as mandatarios/as que se indican en el Anexo DI-2012-02657526-DGTALPG que forma parte de la presente Disposición, de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 42/GCBA/2002 (BOCBA N° 1.364).

Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo crediticio en la correspondiente partida del presupuesto del año 2012.

Artículo 3°.-' Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuniqúese a la Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales y remítase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos. Cumplido, archívese. González Castillón

ANEXO

EL DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DISPONE

Poder Judicial