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Propagación interior

Datos de partida

SI 1 Propagación interior

1 Compartimentación en sectores de incendio

Los edificios se deben compartimentar en sectores de incendio según las condiciones que se establecen en la tabla 1.1 de esta Sección.

Tras el estudio y desarrollo del proyecto de ejecución, y en base a la información complementaria sobre el uso al que se va a destinar, de entre los contemplados en el “Documento Básico SI”, del Código Técnico de la Edificación (CTE), se puede asimilar como uso principal el “Residencial Público” al tratarse principalmente de un alojamiento temporal para los deportistas. Sin embargo, se plantea el de “Pública Concurrencia” como uso subsidiario, puesto que está previsto un espacio público rehundido en el terreno capaz de albergar usos de tipo deportivo y recreativo.

Según las condiciones establecidas en la tabla 1.1, toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferenciado, cuando en caso de ser Pública Concurrencia, su ocupación exceda de 500 personas. De esta forma, la zona de las habitaciones (Residencial público) con una superficie construida de 560m2<2500m2 constituye un sector de incendios diferenciado de la zona del espacio público rehundido (Pública concurrencia), que cuenta con una superficie construida de 966,50m2<2500m2.

En caso de tener en cuenta también la zona de los bancales, entraría dentro de este segundo sector de incendios al poseer una superficie de 1152 m2 (966,50+1152=2118,50m2<2500m2).

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Los locales de riesgo se restan de la superficie considerada como “sector de incendios” debido a la siguiente consideración del apartado d1 del SI1.

“2 A efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se considera que los locales de riesgo especial, las escaleras y pasillos protegidos, los vestíbulos de independencia y las escaleras compartimentadas como sector de incendios, que estén contenidos en dicho sector no forman parte del mismo.”

3 La resistencia al fuego de los elementos separadores de los sectores de incendio debe satisfacer las condiciones que se establecen en la tabla 1.2 de esta Sección. Como alternativa, cuando, conforme a lo establecido en la Sección SI 6, se haya adoptado el tiempo equivalente de exposición al fuego para los elementos estructurales, podrá adoptarse ese mismo tiempo para la resistencia al fuego que deben aportar los elementos separadores de los sectores de incendio.

Por lo tanto, trasladando esta tabla al proyecto, las paredes, techos y puertas que delimitan el sector de incendios 1 (Residencial público) deberán adoptar al menos una resistencia de EI 60, al tener una altura de evacuación h<15m. Por otro lado, las paredes, techos y puertas que delimitan el sector de incendios 2 (Pública concurrencia), deberán adoptar al menos una resistencia de EI 120, al estar la planta situada bajo rasante.

2 Locales y zonas de riesgo especial

1 Los locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios se clasifican conforme los grados de riesgo alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1. Los locales y las zonas así clasificados deben cumplir las condiciones que se establecen en la tabla 2.2.

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Según la tabla 2.1, los locales de riesgo que hay en el proyecto son los siguientes: - Salas de máquinas de instalaciones de climatización. Es local de riesgo bajo.

- Local de contadores de electricidad y de cuadros generales de distribución. Es local

de riesgo bajo.

- Sala de maquinaria de ascensores. Es local de riesgo bajo.

- Sala de grupo electrógeno: local de riesgo bajo.

La cocina no alcanza una potencia de P=20 KW, puesto que no se entiende como una cocina industrial de restaurante o bar, sino como una estancia mucho más doméstica pensada para alimentos ya preparados.

El almacén del mobiliario del espacio público (44.8 m3) no alcanza los 100 m3, por lo tanto, no se considera local de riesgo.

Todos estos locales son de riesgo bajo y se les exige lo siguiente, según la tabla 2.2: - Que la resistencia al fuego de la estructura portante sea R 90.

- Que la resistencia al fuego de las paredes y techos que separan estas zonas de resto del edificio sea EI 90.

- Que las puertas de comunicación con el resto del edificio sean EI2 45-C5. Como son de riesgo bajo, no se necesita vestíbulo de independencia.

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3 Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios.

En el caso de este proyecto, se ha decidido que en el caso de los tubos de instalaciones que atraviesan paredes que conectan el edificio con las salas de instalaciones, para evitar que se pueda propagar el fuego, se aplica la opción b) citada arriba, por lo que los elementos pasantes aportaran una resistencia al menos igual que el elemento que atraviesan.

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SI 2 - Propagación exterior

1 Medianerías y fachadas

En el caso del proyecto no existen medianerías, y la posibilidad de propagación de incendios de forma horizontal es complicada puesto que los dos sectores de incendio están ubicados uno encima del otro, por lo que en cualquier caso sería de propagación vertical. De todos modos, las fachadas cumplen con la resistencia al fuego mínima de EI60.

La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupan más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas, que en este caso es hormigón visto, será de B-s3,d2 hasta una altura de 3,5 metros como mínimo.

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2 Cubiertas

En el proyecto, la cubierta de hormigón deberá tener una resistencia al fuego REI 60.