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El proyecto de telecomunicaciones deberá contener los siguientes documentos:  Memoria.

SECCION VIII.2. CONDICIONES DE DISEÑO Y EJECUCION DE LAS OBRAS DE URBANIZACION Artículo 148 Condiciones de diseño de las obras de la red viaria (OD)

11. El proyecto de telecomunicaciones deberá contener los siguientes documentos:  Memoria.

o Situación actual y solución adoptada.

o Tipo de materiales y obras previstos en el proyecto. o Justificación de las conexiones necesarias.

o Justificación del cumplimiento de la legislación sectorial.

 Anejos de la memoria. Como mínimo se desarrollarán los siguientes anejos: o Características de proyecto de orden técnico y económico.

o Cálculos justificativos de las redes previstas.

o Cálculos resistentes de los principales elementos constructivos de obra civil. o Características de las protecciones.

o Copia de las fichas correspondientes a la homologación de los elementos a ubicar en la vía pública.

 Planos de distribución y de detalles.

 Planta general de las redes de telecomunicaciones. El plano deberá tener los límites del sector o ámbito, calles, parcelas, y edificaciones existentes o previstas, y los principales puntos de consumo.

 Detalles de la red de telecomunicaciones. Se indicarán las arquetas y cajas terminales y de conexión, los tipos de zanjas de la red subterránea, y en su caso, en los tramos aéreos. Se completará con cuantos detalles sean precisos para definir perfectamente la red de telecomunicaciones.

 Sección tipo de canalizaciones de telecomunicaciones. Se representará una sección tipo de colocación en zanja de los tubos previstos y del cableado, señalándose las cotas de situación respecto a los demás servicios cerramientos con el fin de localizar exactamente su situación y comprobar la compatibilidad de su instalación con los demás servicios.

 Mediciones y presupuesto.

Artículo 155. Diseño y ejecución de las obras de ajardinamiento, plantación en la red viaria, espacios libres y zonas verdes y mobiliario urbano (OD).

1. El tratamiento de los espacios libres, dependerá de su carácter público o privado y de su función, siendo en todo caso obligatoria la plantación de arbolado de las especies y el porte adecuado en las vías de tránsito, en los estacionamientos de vehículos, en las calles y plazas de peatones, comprendido dentro de los terrenos objeto de urbanización.

Se deberán detallar las plantaciones a introducir en todos los suelos clasificados como zonas verdes. Las especies deberán ser adecuadas a los tipos de suelos y superficies de manera que se consiga una mejor conservación y mantenimiento. Deberán primar los árboles, arbustos y plantas adecuados a los climas secos de la zona y que no necesiten grandes aportes de agua.

Se deberá garantizar el sistema de riego de todas las plantaciones a efectuar. 2. Se deberán reseñar tal tipo de obras dentro los siguientes documentos: a) Memoria.

 Definición de obras de jardinería de la urbanización.

 Instalaciones y servicios incluidos en parques y jardines.  Descripción de los elementos de mobiliario urbano y señalización. b) Planos.

 Estado actual del terreno. Se detallará el estado del terreno tras las obras de explanación, pavimentación, alcantarillado y distribución de agua.

 Planta general de paseos y construcciones. Donde se reflejarán los paseos y las distintas construcciones, tanto ornamentales como funcionales y los juegos infantiles, de forma que se puedan replantear sobre el terreno.

 Planta del estado definitivo del terreno. Donde se reflejará el estado definitivo del terreno después de haber sido realizado el movimiento de tierras, quedando definidos los paseos, así como las construcciones ornamentales y de servicio de los parques y jardines.

 Planta de plantaciones y jardinería. Donde se reflejarán las plantaciones previstas reseñando las especies previstas.

 Planta de mobiliario urbano. Donde se reflejará la ubicación del mobiliario urbano, especificando el modelo y los detalles del mismo.

 Plano de planta de señalización. Donde se detallará la señalización a ubicar desde el punto de vista del cumplimiento del Código de la Circulación.

d) Presupuesto.

 Mediciones y presupuesto general.

3. Para que unos terrenos sean considerados zona verde o espacio libre y computen a los efectos señalados en el artículo 31.c del TRLOTAU y en este Plan de Ordenación Municipal, se deberán cumplir las siguientes condiciones mínimas:

 Las zonas verdes no podrán tener excesivos desniveles. Cuando una zona tenga más de un veinte por ciento de pendiente se contabilizará su superficie al 80% de la misma.

 Ninguna zona verde podrá estar afectada por un acceso rodado, en el caso de existencia de un paso la superficie ocupada no se contabilizará como zona verde.

4. Estos espacios deberán contar con arbolado que remarque los caminos y de sombra en las zonas de estancia, así como parterres de arbustos y cultivos de flores. Las zonas verdes vinculadas a las redes viarias, deberán tratarse como parterres ajardinadas con arbustos y cultivos de flores. De igual forma se tratarán los alcorques corridos de las aceras, si bien, estos deberán ir acompañados de hileras de árboles.

Los espacios libres forestales irán cubiertos por arbolado a razón mínima de 200 unidades por hectáreas. Dispondrán también de sendas peatonales acondicionadas.

Todos los espacios libres deberán contar con red de riego, fuente de agua potable y alumbrado público de acuerdo con el nivel señalado anteriormente.

5. Todas las zonas verdes deberán ir dotadas de mobiliario urbano y señalización, como mínimo, en los siguientes elementos:

 Papeleras: Distribuidas a razón de una (1) cada doscientos cincuenta (250) metros cuadrados de zona verde.

 Bancos: Situados en las áreas de estancia de las zonas ajardinadas, a razón de uno (1) por cada cuatrocientos (400) metros cuadrados.

 Aparatos de juegos infantiles: Situadas en sus áreas correspondientes, conteniendo como mínimo un columpio doble, tobogán y arquitectura para trepar, cuando las zonas verdes sean superiores a setecientos cincuenta (750) metros cuadrados.

 Juegos deportivos: Situados en su correspondiente zona, que irá dotado según sus dimensiones con canastas de baloncesto, porterías de fútbol sala, cancha de petanca, bolos, etc., cuándo las zonas verdes sean superiores a mil quinientos (1.500) metros cuadrados. 6. Los espacios libres deberán contar con red de riego, fuente de agua potable y alumbrado público de acuerdo con el nivel señalado para las zonas peatonales.

7. El ajardinamiento a ejecutar en las vías y espacios libres públicos se deberá ajustarse al anexo 1 del vigente Código de Accesibilidad, así como a los artículos 7, 14 y 18 de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

8. El mobiliario urbano a colocar en las vías y espacios libres públicos se deberá ajustarse al anexo 1 del vigente Código de Accesibilidad, así como a capítulo VIII de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no

9. Los elementos de mobiliario urbano a emplear en las nuevas actuaciones deberán estar homologado por el Ayuntamiento, para lo que se redactará una ordenanza municipal al respecto que establezca las características básicas de los mismos en función del emplazamiento, y el procedimiento de homologación de dicho elementos.

Artículo 156. Diseño y ejecución de las obras de señalización (OD).

1. Se deberá detallar la señalización necesaria para la circulación rodada y peatonal. Esta deberá describir la señalización correspondiente con:

 Señalización viaria adaptada al código de circulación, indicando las señales verticales y horizontales, y en su caso la semaforización de los viales.

 Señalización de policía y nomenclatura de las calles. 2. Se deberán reseñar dentro los siguientes documentos: a) Memoria.

 Descripción de los elementos de señalización. b) Planos.

 Estado actual del terreno. Se detallará el estado del terreno tras las obras de pavimentación.  Planta general de viales, caminos, paseos y construcciones. Donde se reflejarán los paseos y

las distintas construcciones.

 Plano de planta de señalización. Donde se detallará la señalización a ubicar. d) Presupuesto.

 Mediciones y presupuesto general.

3. La señalización a colocar en las vías y espacios libres públicos se deberá ajustarse al anexo 1 del vigente Código de Accesibilidad, así como a la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

Artículo 157. Diseño y ejecución de la recogida de basuras (OD).

1. Se deberá prever un sistema de puntos de recogida de basuras a realizar de acuerdo con las indicaciones del Ayuntamiento, que deberá acomodarse a lo marcado en el plan de Residuos de Castilla-La Mancha vigente (Real Decreto 70/1999 de 25 de mayo).

2. La colocación de estos elementos en las vías y espacios libres públicos se deberá ajustarse al anexo 1 del vigente Código de Accesibilidad, así como a la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

Artículo 158. Pliegos de condiciones de los proyectos de urbanización. (OD).

1. El Proyecto de Urbanización, contendrá los correspondientes pliegos de condiciones, cuyo contenido mínimo será el siguiente:

a) Disposiciones Generales.

 Forma de contratación de las obras y régimen jurídico del contrato.

 Relaciones generales entre la Administración actuante, el promotor y el contratista o empresa urbanizadora.

 Obligaciones sociales, laborales y económicas. b) Ejecución de la obra.

 Comprobación del replanteo y comienzo de las obras.  Equipo, maquinaria y materiales.

 Terrenos que deben ser ocupados y terrenos que deben ser expropiados.  Obras defectuosas o mal ejecutadas.

 Abono de la obra ejecutada, medición y valoración.  Abono de las obras y abonos a cuenta.

 Modificación o resolución del contrato.  Recepción provisional y definitiva.  Medición general y liquidación.

SECCION VIII.3. CONDICIONES DE RECEPCION DE LAS OBRAS DE URBANIZACION

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