• No se han encontrado resultados

Qué puedo hacer si necesito ayuda para pagar por mis medicamentos?

In document CENTROS DE SERVICIOS DE MEDICARE Y MEDICAID (página 111-114)

Si usted es una persona con recursos e ingresos limitados, podría ser elegible para recibir ayuda para pagar por el cuidado de su salud y sus medicamentos.

Nota: La Ayuda Adicional no está disponible en Puerto Rico, las Islas Vírgenes estadounidenses, Guam, las Islas Marianas del Norte y Samoa estadounidense. Vea la página 118 para obtener información sobre los programas disponibles en esas zonas.

La Ayuda Adicional, también llamada Subsidio por Bajos

Ingresos (LIS), es un programa de Medicare para ayudarles a las personas de bajos ingresos y recursos a pagar por su cobertura de medicamentos. Usted puede obtener este subsidio si su ingreso anual y sus recursos están por debajo de los límites establecidos para el 2014:

■Para una persona soltera—Ingresos por debajo de $17,505 y recursos menores a $13,440 al año

■Para una persona casada que vive con su cónyuge y sin otros dependientes—Ingresos por debajo de $23,595 y recursos menores a $26,860 al año

Estas cantidades pueden cambiar en el 2015. Usted podría ser elegible aun si su ingreso es mayor (por ejemplo si sigue trabajando, vive en Alaska o Hawái o tiene dependientes que viven con usted). Los recursos incluyen el dinero que tenga en una cuenta corriente o en una cuenta de ahorro, acciones y bonos, fondos jubilatorios individuales (IRA en inglés). No incluyen su vivienda, automóvil, la sepultura y hasta $1,500 para gastos de entierro (por persona), muebles y otros artículos del hogar o el seguro de vida.

La definición de las palabras en color azul se encuentra en las páginas 145–148.

Si es elegible para la Ayuda Adicional y se inscribe en un plan Medicare de medicamentos recetados, obtendrá:

■Ayuda para pagar la prima mensual del plan, el deducible anual y el coseguro y copagos.

■No tendrá una interrupción en la cobertura. ■Ni le cobrarán la multa por inscripción tardía. ■Podrá cambiar de plan en cualquier momento.

Usted puede obtener la Ayuda Adicional automáticamente si tiene Medicare y cumple estos requisitos:

■Tiene la cobertura completa de Medicaid.

■Recibe ayuda de Medicaid para pagar las primas de la Parte B (está en un Programa de Ahorros de Medicare). Consulte las páginas 115–116.

■Recibe los beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI en inglés).

Para informarle que usted es elegible automáticamente para recibir la Ayuda Adicional, Medicare le enviará una carta en papel morado que usted debe guardar. Si recibió la carta, no tendrá que solicitarla.

■Si aún no se inscribió en el plan Medicare de medicamentos recetados, debe hacerlo para obtener la Ayuda Adicional. ■Si aún no se inscribió en el plan, Medicare lo hará por usted

para asegurarse de que obtenga dicha cobertura. Si lo inscribe, le enviará una carta en papel amarillo o verde avisándole la fecha en que comienza su cobertura.

■Cada plan cubre distintos medicamentos. Averigüe si el plan en el que está inscrito cubre los medicamentos que necesita y si puede comprarlos en la farmacia que desea. Visite Medicare.gov/find-a-plan, o llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227) para comparar los planes de su zona. Los usuarios de TTY deben llamar al 1-877-486-2048. ■Si recibe la Ayuda Adicional, puede cambiarse de plan en

cualquier momento. Su cobertura nueva comenzará el primer día del mes siguiente.

■Si tiene Medicaid y vive en un institución (como un asilo para ancianos) o recibe servicios en domiciliarios o de su comunidad, no pagará por los medicamentos cubiertos.

La definición de las palabras en color azul se encuentra en las páginas 145–148.

Si no desea inscribirse en un plan Medicare de medicamentos recetados (porque por ejemplo solo desea la cobertura de su

empleador o sindicato), llame al plan mencionado en la carta o al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227). Los usuarios de TTY deben llamar al 1-877-486-2048. Dígales que no quiere inscribirse en un plan de medicamentos recetados (que usted “opta por no hacerlo”). Si aún es elegible para recibir Ayuda Adicional, o si la cobertura de su empleador o sindicato es cobertura válida de medicamentos, no tendrá que pagar la multa por inscripción tardía.

Si tiene cobertura de su empleador o sindicato y se inscribe en un plan Medicare de medicamentos recetados, puede perder la cobertura de medicamentos de su plan grupal de empleador o sindicato y tal vez la cobertura médica de dicho plan aun si es elegible para la Ayuda Adicional. Llame al administrador de beneficios de su empleador para obtener más información antes de inscribirse.

Si no es elegible automáticamente para recibir la Ayuda Adicional, puede solicitarla en cualquier momento:

■Visitando socialsecurity.gov/i1020 para solicitarla por Internet. ■Llamando al Seguro Social al 1-800-772-1213 para solicitarla por

teléfono o para pedir la solicitud impresa. Los usuarios de TTY deberán llamar al 1-800-325-0778.

■Solicitándola en la Oficina Estatal de Ayuda Médica (Medicaid). Para obtener el teléfono llame al 1-800-MEDICARE

(1-800-633-4227) o visite Medicare.gov/contacts.

Nota: Con su autorización, el Seguro Social le enviará información

a la oficina de Medicaid de su estado para dar inicio al proceso de solicitud de los beneficios del Programa de Ahorros de Medicare. Vea las páginas 115–116.

La mayoría de los beneficiarios elegibles pagarán en el 2015 un máximo de $2.65 por cada medicamento genérico y $6.60 por cada medicamento de marca. Fíjese en las cartas que le mandan sobre la Ayuda Adicional o comuníquese con su plan para averiguar el precio exacto.

Para obtener respuesta a sus preguntas sobre la Ayuda Adicional y para que le ayuden a escoger un plan, llame al Programa Estatal de Asistencia con el Seguro Médico (SHIP). Encontrará el número de teléfono en las páginas 141–144. También puede llamar al 1-800-MEDICARE.

In document CENTROS DE SERVICIOS DE MEDICARE Y MEDICAID (página 111-114)

Documento similar