2013 2012
Sueldos Q 1,152,750 Q 645,458
Atenciones sociales al personal 504,936 213,175
Adiestramiento y capacitación 366,283 271,024 Bonificaciones 276,559 271,606 Aguinaldos 114,528 78,022 Indemnizaciones 101,981 70,459 Diversos 54,208 247,413 Comisiones 1,001 7,573 Otros 15,197 5,049 Q 2,587,443 Q 1,809,779 21. (Gastos) Productos de ejercicios anteriores - Neto
Los gastos y productos de ejercicios anteriores incurridos por la Aseguradora durante los años terminados el 31 de diciembre de 2013 y 2012, se integraban como a continuación se detalla:
2013 2012
Moneda Nacional -
Productos ejercicios anteriores Q 258,275 Q 2,062,078
Gastos ejercicios anteriores (1,164,987) (1,431,594)
(906,712) 630,484
Moneda Extranjera -
Productos ejercicios anteriores 200,034 -
Gastos ejercicios anteriores - (14,112)
200,034 (14,112)
22. Impuesto Sobre la Renta
La conciliación entre la utilidad contable y la renta imponible para efectos de determinar el Impuesto Sobre la Renta correspondiente a los años terminados el 31 de diciembre de 2013 y 2012, se presenta a continuación:
2013 2012
Impuesto Sobre la Renta – ISR (31%
régimen optativo)
Utilidad antes de Impuesto Sobre la
Renta Q 16,452,719 Q 16,031,301
Más (menos) –
Costos y gastos de rentas exentas 89,017 3,418,911
Gastos no deducibles 1,498,176 1,430,941
Ganancias de capital (303,531) -
Menos –
Rentas exentas (15,219,507) (3,582,639)
Deducción de costos y gastos
período anterior - (2,286,024)
Renta imponible 2,516,874 15,012,490
Tarifa del Impuesto aplicable 31% 31%
Impuesto Sobre la Renta del año 780,231 4,653,872
Impuesto Sobre Rentas y Ganancias
de Capital
Rentas y ganancias de capital 14,816,435 -
Tarifa del Impuesto aplicable 10% 10%
Impuesto Sobre Ganancias de capital
del año 1,481,643 -
Impuesto Sobre la Renta del año 2,261,874 4,653,872
Menos –
Impuestos acreditables [Nota 12 (a)] (2,261,874) (4,653,872)
Q - Q -
Las declaraciones de Impuesto Sobre la Renta presentadas por la Aseguradora al 31 de diciembre de 2013 y 2012 no han sido revisadas por las autoridades fiscales. La facultad del Estado para ejercer el derecho de revisión de las declaraciones de impuestos, prescribe en cuatro años contados a partir de la fecha en que se produjo el vencimiento del término para la presentación de la respectiva declaración.
23. Compromisos y contingencias a) Inversión obligatoria
De conformidad con la Resolución JM-3-2011 “Reglamento para la Constitución, Valuación e Inversión de las Reservas Técnicas de Aseguradoras y de Reaseguradoras”, las reservas técnicas deben estar invertidas en todo momento, en la moneda correspondiente, en cualesquiera de los activos y dentro de los límites que se indican en la [nota 3 (b) V].
Al 31 de diciembre de 2013 y 2012, para poder respaldar las reservas técnicas y el margen de solvencia, como se establece en las Resolución JM-3-2011 y JM-5-2011, la Aseguradora mantenía las siguientes inversiones:
Al 31 de diciembre de 2013 – (Ver página 10) Activos aceptables Saldos al 31/12/13 Reservas técnicas i/ Margen de Solvencia [Ver Nota 3 (b) X]
Valores emitidos por el Estado
(Ver nota 4) Q 59,388,400 Q 59,388,400 Q -
Cédulas hipotecarias con garantía
FHA (Ver nota 4) 298,328 298,328 -
Cédulas hipotecarias con garantía de aseguradoras nacionales
(Ver nota 4) 6,958,907 6,958,907 -
Títulos valores emitidos por las sociedades financieras privadas y entidades bancarias nacionales
(Ver nota 4) 11,500,000 11,500,000 -
Depósitos monetarios, de ahorro o a plazo, en bancos nacionales
(Ver Nota 4 y 5) 47,205,972 29,759,303 17,258,471
Depósitos en bancos del
extranjero. (Ver nota 4) 1,900,612 1,900,612 -
Préstamos otorgados a los
asegurados. (Ver nota 4) 3,206,873 3,161,119 -
Préstamos con garantía de
hipoteca en primer lugar.
(Ver nota 4) 9,519,919 9,499,919 -
Primas por cobrar de pólizas vigentes del ramo de daños.
[Nota 6 b)] 53,506,100 53,506,100 -
Van… Q 193,485,111 Q 175,972,688 Q 17,258,471
Activos aceptables Saldos al 31/12/13 Reservas técnicas i/ Margen de Solvencia [Ver Nota 3 (b) X] Vienen… Q 193,485,111 Q 175,972,688 Q 17,258,471 Participación de las
reaseguradoras en los siniestros pendientes de ajuste y de pago. (Ver nota 13)
8,523,518 8,523,518 -
Inmuebles urbanos y aumentos por revaluaciones netos.
(Ver nota 4) 47,968,025 11,783,235 36,184,790 Acciones de sociedades constituidas en el país. (Ver nota 4) 14,729,782 14,729,782 - Q 264,706,436 Q 211,009,223 Q 53,443,261
Al 31 de diciembre de 2012 – (Ver página 10) Activos aceptables Saldos al 31/12/12 Reservas técnicas i/ Margen de Solvencia [Ver Nota 3 (b) IX]
Valores emitidos por el Estado
(Ver nota 4) Q 59,452,746 Q 59,452,746 Q -
Cédulas hipotecarias con garantía
FHA (Ver nota 4)
316,701
316,701 -
Cédulas hipotecarias con garantía de aseguradoras nacionales (Ver nota 4) 7,738,441 7,738,441 -
Títulos valores emitidos por las sociedades financieras privadas y entidades bancarias nacionales
(Ver nota 4) 11,500,000 11,500,000 -
Depósitos monetarios, de ahorro o a plazo, en bancos nacionales.
(Ver nota 4 y 5)
63,974,381 56,275,195 7,510,988
Depósitos en bancos del
extranjero. (Ver nota 4) 388,763 388,763 -
Préstamos otorgados a los
asegurados. (Ver nota 4)
3,324,796
3,296,139 -
Préstamos con garantía de
hipoteca en primer lugar.
(Ver nota 4) 6,446,006 6,426,006 -
Primas por cobrar de pólizas vigentes del ramo de daños.
[Nota 6 b)] 49,972,059 49,972,059 - Van… Q 203,113,893 Q 195,366,050 Q 7,510,988
Activos aceptables Saldos al 31/12/12 Reservas técnicas i/ Margen de Solvencia [Ver Nota 3 (b) IX]
Vienen… Q 203,113,893 Q 195,366,050 Q 7,510,988
Participación de las
reaseguradoras en los siniestros pendientes de ajuste y de pago. (Ver nota 13)
1,247,576 1,247,576 -
Inmuebles urbanos y aumentos por revaluaciones netos.
(Ver nota 4) 36,956,958 - 36,956,958 Acciones de sociedades constituidas en el país. (Ver nota 4) 19,650,077 13,550,634 6,099,443 Q 260,968,504 Q 210,164,260 Q 50,567,389
i/ El total de reservas técnicas a constituirse en el año 2013 asciende a Q 202,590,099 y las inversiones que respaldan las mismas ascienden a Q 211,009,223, existiendo un excedente de inversiones por Q 8,419,124.
El total de reservas técnicas a constituirse en el año 2012 asciende a Q 188,992,496 y las inversiones que respaldan las mismas ascienden a Q 210,164,260, existiendo un excedente de inversiones por Q 21,241,764.
2013 2012
Reservas técnicas (ver nota 13) Q (198,772,583) Q (169,212,791) Obligaciones contractuales por pagar
(ver nota 14) (3,817,516) (19,780,705)
Ajuste por cambio en valuación de reservas técnicas [ver nota 3 (b, V)]
y [ver nota 25 a)] (17,834,680) (35,669,361)
Total reservas técnicas (220,424,779) (224,661,857)
Menos-
Reservas técnicas a constituirse durante los siguientes 2 años
[ver nota 3 (b,V)] 17,834,680 35,669,361
Total reservas técnicas a constituirse
en el año 2013 y 2012 (202,590,099) (188,992,496)
Total de inversiones que respaldan las
reservas técnicas 211,009,223 210,164,260
Excedente de inversiones que
b) Juicios o reclamos pendientes o en proceso
Al 31 de diciembre de 2013 y 2012, se conocieron los siguientes juicios y/o reclamos pendientes o en proceso:
Año 2013 –
(i) Existe un juicio promovido por la entidad Hidrotama, S. A., en reclamación de la póliza 90 01 01 73654/0, demanda por un monto de Q 70,400,529.73. En el juicio se plantearon excepciones previas por parte de la Aseguradora, las cuales se vislumbra tienen posibilidades importantes de resolverse favorablemente. De hecho las mismas han sido atacadas por los demandantes habiendo obtenido ya fallos desfavorables en 2 instancias y ahora han promovido un amparo. No se puede indicar una fecha precisa cuando podría terminarse el caso, ni asegurar resultados, pero existen buenas perspectivas a favor de la Aseguradora, pues de acuerdo a los textos de la póliza no hay cobertura, aunque será un tema finalmente que decidan los tribunales.
(ii) Existe juicio promovido por la entidad Grupo Industrial Isis, S. A., en reclamación de la póliza 900101-7405/1, demanda que persigue la reclamación de la cantidad de Q 4,645,279.78. en el Juicio se plantearon excepciones previas por parte de la Aseguradora, las cuales se vislumbra también tienen posibilidades importantes de resolverse favorablemente. No se puede indicar fecha precisa cuando podría terminarse el caso, ni asegurar resultados, pero existen buenas posibilidades a favor de la aseguradora, pues en definitiva de acuerdo a los textos de la póliza no hay cobertura, aunque será un tema que finalmente decidan los tribunales. Este caso no ha dado lugar a que la Aseguradora inicie acciones penales en contra de una persona que ha estado haciendo publicaciones en internet perjudicando la reputación de la empresa.
(iii) Se planteó proceso contencioso administrativo que discute ajuste al impuesto sobre la renta en el ejercicio fiscal del año 2007, los cuales se habían venido discutiendo en la vía administrativa y se obtuvo resoluciones favorables parcialmente. No obstante, de obtenerse un fallo adverso la Aseguradora vería disminuido el saldo del IETAAP acreditable para períodos posteriores de acuerdo
a lo que se declaró en este momento, el cual fue fijado en la suma de Q 3,300,866.97 por la resolución emitida. Se considera que el proceso tiene
elementos para obtener un fallo favorable.
Año 2012 –
(i) Existe juicio promovido por el Señor Salvador Joseph Piazza, el cual se instauró a principios del año 2012 y se encuentra en su fase de contestación de la demanda. En el caso el reclamo se hace sobre la póliza de seguro No. 90 01 01 70969 1, este proceso podría implicar una contingencia para la aseguradora de alrededor de los Q 200,000, aunque se estima que se pueda lograr resultados positivos en la defensa del caso.
Al 31 de diciembre de 2013, este caso continúa sin ningún cambio.
(ii) Juicio promovido por el señor Gustavo Enrique Morales Soberanis, el cual se instauró recientemente y se encuentra en sus fases iniciales. En el caso el reclamo se hace sobre la póliza de seguro No. 02 02 01 124000-1. Este proceso podría implicar una contingencia para la aseguradora de alrededor de los Q 100.000.00.
Al 31 de diciembre de 2013, este caso continúa sin ningún cambio.
(iii) El proceso promovido por la entidad Helicóptero Bis, Sociedad Anónima en reclamación de la póliza 06 01 01 60291 0, tramitado desde el año 2008 tuvo un desarrollo favorable a los intereses de la aseguradora, pues se revirtieron varias resoluciones que le habían sido adversas e incluso el Juez que ventilaba el asunto ya no seguirá conociendo, pues estaba cuestionada su imparcialidad. Ha continuado teniendo un desarrollo favorable a los intereses de la Aseguradora. No se puede asegurar que este proceso pudiera terminarse pronto o en el año 2013, pero las perspectivas para la Aseguradora de no salir afectada en sus intereses han mejorado ostensiblemente. En este caso se reclama la cantidad de US$ 1,200,000.00.
Al 31 de diciembre de 2013, este caso continúa sin ningún cambio.
(iv) Se ha brindado asesoría y preparado informe legal en la reclamación de seguro planteada por HIDROTAMA, S. A., en la cual se está requiriendo como pago una suma cercana a los US$ 9,000,000. Se ha entregado el informe respectivo en el que se determina la falta de sustento legal en la reclamación formulada por existir responsabilidad legal del contratista.
Al 31 de diciembre de 2013, este caso continúa sin ningún cambio.
(v) Solicitud de restitución del Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias – IEMA pagado indebidamente: La solicitud inicial planteada el 12 de febrero de 2010 por Q 1,066,471.21, correspondiente a los trimestres de octubre a diciembre del año 2002 y de enero a septiembre del año 2003, fue declarada sin lugar, según resolución SAT-GRC-DRG-OTG-RE-R-2010-21-01-000603, emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT con fecha 1 de julio de 2010. En contra de dicha resolución, con fecha 27 de julio de 2010 fue interpuesto Recurso de Revocatoria que en ley corresponde. El Recurso de Revocatoria presentado a su vez fue declarado sin lugar por el Directorio de la SAT, por medio de la resolución 911-2010, notificada el 21 de febrero de 2011. Con esta acción se concluyó el proceso en la fase administrativa.
Estado de proceso actual en la fase judicial: En contra de lo resuelto por el Directorio de la SAT, se interpusieron las acciones siguientes:
a) Acción de inconstitucionalidad en caso concreto, diligenciada en la Sala Segunda del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Por medio de dicha acción, se plantea la Inconstitucionalidad del IEMA, bajo el argumento que al haber sido declaradas inconstitucionales las normas ordinarias sobre las que se basa el cobro del IEMA, se considera norma nula ipso jure, y por lo tanto, no debió nacer a la vida jurídica lo que genera el pago indebido del impuesto que mediante el expediente iniciado se solicita en devolución.
Esta acción fue declarada con lugar por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; sin embargo, la SAT apeló el auto correspondiente y la Corte de Constitucionalidad declaró con lugar dicha apelación.
b) Proceso Contencioso Administrativo, dentro del cual se expusieron los argumentos jurídicos y técnicos que demuestran la improcedencia de lo resuelto por el Directorio de la SAT, buscando revocar la resolución de dicho Directorio en virtud de la no aplicabilidad de los artículos de la Ley del IEMA, con base en las cuales la SAT requirió el cobro del impuesto relacionado. Actualmente se está dando el seguimiento correspondiente a la emisión y notificación del auto y sentencia que resuelva esta acción legal.
c) Contingencia
Al 31 de diciembre de 2013 y 2012, Seguros Universales, S. A. tiene en trámite la autorización por parte de la entidad emisora de la transmisión de acciones endosadas a otras compañías del Grupo, por lo que en los registros del emisor, Seguros Universales, S. A. sigue siendo el propietario de las acciones. Estas no se encuentran formando parte de los activos de la Aseguradora.
Las acciones que se incluyen en la cuenta de inversiones son propiedad de Seguros Universales, S.A. [Ver nota 4, (b)]
24. Cuentas de orden
Las cuentas de orden que están directamente relacionadas con las operaciones de la Aseguradora, tal como el valor monetario máximo de las coberturas de seguro responsabilidad de la Aseguradora y sus reaseguradoras, son las siguientes:
2013 2012
Moneda Nacional -
Seguro directo en vigor a) Q 95,801,980,888 Q 85,104,063,469 Reaseguro cedido en vigor b) 44,250,382,930 13,692,752,647 Reaseguro tomado en vigor c) 6,203,170,972 6,203,170,972 Documentos y valores en
Custodia d) 57,489,282 57,489,282
Van… Q 146,313,024,072 Q 105,057,476,370
2013 2012
Vienen… Q 146,313,024,072 Q 105,057,476,370
Ajuste a reservas técnicas por cambio de método de
valuación e/ i/ 16,920,598 33,841,198
Garantía sobre créditos
Concedidos f) 18,624,297 18,624,297
Cuentas de registro g) 196,935 196,935
146,348,765,902 105,110,138,800
Moneda Extranjera -
Seguro directo en vigor a) 8,059,759,250 7,040,416,876
Reaseguro cedido en vigor b) 1,919,745,423 1,181,749,133 Garantía sobre créditos
Concedidos f) 1,153,004 1,153,004
Ajuste a reservas técnicas por
cambio de método de valuación e) i/ 914,082 1,828,163
9,981,571,759 8,225,147,176 Q 156,330,337,661 Q 113,335,285,976 i/ En esta cuenta se registra, para efectos de control, el ajuste pendiente de realizar por la deficiencia en cambio de método de valuación de las reservas técnicas. Dicha deficiencia para los años terminados el 31 de diciembre de 2013 y 2012, asciende a un total de Q 17,834,680 y Q 35,669,361 respectivamente, misma que se deberá registrar dentro de los cuatro años de acuerdo al beneficio otorgado por la Ley. [Nota 3 (b, V)] y [Nota 23 a) i/]
a) Seguro directo en vigor. En esta cuenta se registra para efectos de control, si los hay: Responsabilidad en vigor por pólizas de seguro directo emitidas por la aseguradora según el ramo al que pertenezca la póliza emitida.
b) Reaseguro cedido en vigor. En esta cuenta se registra para efectos de control, si los hay: Responsabilidad en vigor que la aseguradora cede en reaseguro de acuerdo al ramo al que pertenezca el reaseguro cedido.
c) Reaseguro tomado en Vigor. En esta cuenta se registra para efectos de control, si los hay: Responsabilidad en vigor por el reaseguro tomado que ha aceptado la aseguradora.
d) Documentos y valores en custodia. En esta cuenta se registra para efectos de control, si los hay: Documentos, valores y otras propiedades de la aseguradora al valor de un quetzal.
e) Ajuste a reservas técnicas por cambio de método de valuación. En esta cuenta se registra para efectos de control, la deficiencia en las reservas técnicas de seguros por cambio de método de valuación, conforme los artículos 42, literal e y
43 del Decreto Número 25-2010 Ley de la Actividad Aseguradora, la cual se ajustará dentro del período de 4 años.
f) Garantía sobre créditos concedidos. En esta cuenta se registra el monto de los avalúos de los bienes y documentos recibidos en garantía por préstamos otorgados, según el tipo de garantía recibida.
g) Cuentas de registro. En esta cuenta se registra para efectos de control, si los hay: Activos que hayan sido totalmente depreciados de la aseguradora al valor de un quetzal.