En los autos y constancias de la causa penal número 465/2013, que se instruye en contra de EDWIN GEOVANY VERA (O) EDWIN GEOVANNY CASTRO VERA por el delito de ROBO CON VIOLENCIA Y ROBO, denunciados por la ciudadana Karla Cervantez Pinzòn, Coordinadora en Turno del Departamento Juridico de la Policìa Municipal de Mèrida, Yucatan e imputado por la Representación Social; el Juez del conocimiento ha dictado un acuerdo cuyo contenido es del tenor literal siguiente:--- JUZGADO CUARTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO. Mérida, Yucatán, a 10 diez de junio del año 2014 dos mil catorce.---
VISTOS: En atención a lo dispuesto en los acuerdos marcados con numero EX07-140515-01 y EX07- 140513-01 y, emitidos en fechas 7 siete y 17 diecisiete, ambos del mes de mayo del año 2014 dos mil catorce, respectivamente, por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en los cuales se determinó lo siguiente: en el primero que este juzgado conocerá de los procesos que se encuentren radicados y en tramite en el Juzgado Tercero Penal del Estado, a partir del 17 diecisiete de mayo del año en curso, en especifico los expedientes cuyos números terminen en 7 siete, 8 ocho, 9 nueve y 0 cero; y en el segundo que este juzgado conocerá de los procesos que se encuentren en tramite y concluidos en el Juzgado Tercero Penal del Estado, a partir del 17 diecisiete de mayo del año en curso, en especifico los expedientes cuyos números terminen en 7 siete, 8 ocho, 9 nueve y 0 cero; en tal virtud, y toda vez que la presente causa tuvo su origen en el Juzgado que concluyó sus funciones (3 penal), con
número de expediente 159/2013, en consecuencia, se decreta que a partir de la citada fecha, quedó registrada ante este Tribunal con el numero averiguación judicial 465/2013. ---
Por otra parte, y por cuanto de autos se advierte que ha transcurrido ventajosamente el término de 90 noventa días naturales, que se le concediera a la persona que acreditara tener derecho sobre 2 dos camisas color naranja de la marca Nautic Bay, talle m; 1 una camisa color amarillo con rayas negras de la marca Nautic Bay; 2 dos cinturones color negro sin marca; 2 dos aguas de tocador de la marca Royal Platinum y Jordache, y 1 un par de sandalias de plástico color café y plata con bolitas de colores marca fresh, a fin de que compareciera ante esta Autoridad para que le sea entregado materialmente dichos bienes muebles, sin que hubiera comparecido para tal efecto, no obstante de que el entonces ciudadano Actuario adscrito al Juzgado Tercero Penal del Primer Departamento Judicial del Estado procedió a la notificación mediante EDICTOS publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial del Estado, del proveído de fecha 1 uno de julio del año 2013 dos mil trece, en el que se concede el término de referencia y se apercibe a quien resultara tener derecho a los objetos ante descritos de que en caso de no cumplir con lo ordenado en el término fijado, se procedería a la subasta prevista el numeral 480-B cuatrocientos ochenta letra B del Código de Procedimientos Penales del Estado, en vigor; en consecuencia, en cumplimiento a lo ordenado en dicho proveído, con fundamento en lo dispuesto en el ordinal de referencia , que a la letra dice: “ARTÍCULO 480 B.- Los objetos o valores que se encuentren a disposición de las autoridades judiciales que no hayan sido decomisados y que no sean recogidos por quien tenga derecho a ello en un lapso de noventa días naturales, contados a partir de la notificación al interesado, se enajenarán en subasta pública, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán y el producto de la venta se aplicará a quien tenga derecho a recibirlo. Si notificado no se presenta dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la notificación, el producto de la venta se destinará al Estado”; y haciendo efectivo el apercibimiento de mérito, procédase al REMATE sobre 2 dos camisas color naranja de la marca Nautic Bay, talle m; 1 una camisa color amarillo con rayas negras de la marca Nautic Bay; 2 dos cinturones color negro sin marca; 2 dos aguas de tocador de la marca Royal Platinum y Jordache, y 1 un par de sandalias de plástico color café y plata con bolitas de colores marca fresh, en SUBASTA O ALMONEDA PÚBLICA, de conformidad con lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles del Estado, en vigor, y demás disposiciones legales aplicables, y comunicada que fuere la realización del remate, con fundamento en el invocado artículo 480-B cuatrocientos ochenta letra “B” del ordenamiento procesal en comento, notifíquese de nueva cuenta y mediante la misma vía, a quien resultare tener derecho a lo siguiente: 2 dos camisas color naranja de la marca Nautic Bay, talle m; 1 una camisa color amarillo con rayas negras de la marca Nautic Bay; 2 dos cinturones color negro sin marca; 2 dos aguas de tocador de la marca Royal Platinum y Jordache, y 1 un par de sandalias de plástico color café y plata, con bolitas de colores marca fresh, para efecto de que solicite a esta Autoridad el producto de la venta del objeto de referencia; en la inteligencia que de no cumplir con lo indicado dentro del término que prevé el multicitado numeral (03 tres meses) el producto obtenido SE APLICARÁ AL ESTADO.---
En tales circunstancias, gírese atento oficio al ciudadano Director de Administración y Finanzas del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, con copia al Secretario Ejecutivo del mismo y al Coordinador Administrativo del área Penal, haciéndole de su conocimiento que los objetos materia de la presente subasta, HAN QUEDADO A SU DISPOSICIÓN en el almacén de los Juzgados Penales, así como a éste último para los efectos a que haya lugar. ---
NOTIFÍQUESE como legalmente corresponda y CÚMPLASE.--- Así lo acordó y firma la Secretaria de Acuerdos del Juzgado Cuarto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, encargada del despacho por ausencia accidental de la titular, en términos del artículo 86 ochenta y seis de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, Licenciada en Derecho Manuela Beatriz Peraza Gómez, asistida de la Secretaria de Estudio y Cuenta con quien actúa y da fe, Licenciada Miriam Elizabeth Contreras Novelo, en funciones de Secretaria de Acuerdos con fundamento en el artículo 131 fracción I primera y 132 ciento treinta y dos del Reglamento interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. LO CERTIFICO. --- Y EN CUMPLIMIENTO A LO ANTERIOR, PROCEDO A NOTIFICARLE POR MEDIO DE EDICTOS QUE SERÁN PUBLICADOS POR 3 TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL VIGENTE EN EL ESTADO. MÉRIDA, YUCATÁN A 8 OCHO DE ENERO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE. DOY FE.
EL ACTUARIO DEL JUZGADO CUARTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO
LIC. JOSE RAFAEL DZUL TEC. Publíquese los días 5, 6 y 9 de febrero de 2015.