En el presente capítulo se detalla las recomendaciones que han nacido durante el desarrollo del presente trabajo de investigación.
• Respecto a los derechos laborales de los trabajadores de la actividad privada se recomienda al sector empresarial tomar medidas optimas y comunicar oportunamente las decisiones que se tomen respecto a la estabilidad laboral y permanencia de un trabajador, empleando vías alternativas conforme a ley debido a la situación que atraviesa el país. Cabe mencionar que nuestro país no solo estuvo expuesto a pandemias sino, que también a desastres naturales que pudiesen conlleven en alteraciones laborales. Es por ello, que hacemos hincapié que el gobierno debe estar preparado para ejecutar obras inmediatas ante desastres naturales y lo que respecta a pandemias se debe evitar el ingreso a territorio nacional a turistas, tener un control exhaustivo en los aeropuertos y fronteras terrestres, siempre que se presente o den aviso a una tragedia inminente mundial.
• Se recomienda tener en cuenta que es un factor muy importante la aplicación del principio protector, también llamado principio tuitivo proteccionista que tiene por finalidad dejar al trabajador la autonomía privada. En el derecho laboral existe una clara vocación de tutela al trabajador dicho principio es la razón de ser del derecho de trabajo. Es por ello, que debe ser aplicado en defensa de aquella persona que se encuentra bajo un contrato de naturaleza laboral, sean éstos de contratos en el sector privado o público, todos los trabajadores merecen protección y estabilidad.
• Nuestras normativas laborales tienen años de antigüedad,
aproximadamente con más de cinco décadas que aún siguen vigentes en el Perú. Teniendo muchos desaciertos y alta complejidad en su reglamentación siendo indispensable emprender una reforma laboral. Entre el periodo 2011 y el 2017 nuestro país ha caído 21 puestos en el ámbito laboral del índice de Competitividad Global elaborado por el Foro Económico Mundial. Es por ello, que es totalmente importante ordenar la dispersión y la excesiva complejidad que posee la legislación laboral, teniendo un laberinto de normativas
35
laborales modificas 136 normas, entre ellas 57 D.S, 34 leyes entre otras, por dicha razón recomendamos la reforma laboral en nuestro país.
• Finalmente, recomendamos a los trabajadores hacer valer sus derechos, denunciar abusos de cualquier índole a través de la autoridad administrativa y/o sede judicial. Cabe mencionar que durante la emergencia sanitaria se denunciaron la falta de pago y reducción de remuneraciones. Asimismo, fue uno de los derechos más tocados en éste periodo caótico que atraviesa el país, además no siendo menos importante mencionar al Brasil el cual no tuvo aislamiento social, no tuvo paralización del sector trabajo, su PBI se mantuvo y tuvo la misma cantidad de muertos por Covid- 19 que nuestro país. Es un hecho que el error del gobierno tuvo un precio muy alto, Perú siendo un país con menos población, sometiéndose al aislamiento social, paralizando actividades económicas tuvo la misma cantidad de muertos que el Brasil siendo un país con mayor territorio y población. Lamentable.
36 REFERENCIAS
Arboleda, O., Baptista, D., González-Velosa, C., Novella, R,. Rosas-Shady, D., Sila-Porto, M. T. y Soler, N. (2020). Los mercados laborales de América Latina y el Caribe ante
el impacto del COVID-19. IDB 1-4. http://dx.doi.org/10.18235/0002312
Araos, M. (2020). Es válido la reducción de la remuneración en un Estado de Emergencia (Revista IUS ET VERITAS). https://ius360.com/privado/laboral/es-valido-el- acuerdo-de-reduccion-de-remuneracion-en-un-estado-de-emergencia-natalia- pena/
Arias, V. M. y Giraldo M.C. (2011). El rigor científico en la investigación cualitativa,
Invest.EducEnferm.29 (3)-500-514.
https://www.redalyc.org/pdf/1052/105222406020.pdf
Bullard, A y Gamero, J. (2014). La remuneración mínima vital y su impacto en los
trabajadores. THEMIS: Revista de Derecho, (65), pp.205-215 https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=conedsqd7&AN=edsoaf.b b0723c212d094b07b9fb502140fc5d652ecadbc&lang=es&site=eds-live
Carrillo, P., Buenaño, E., López, A. y Vásquez, F. (2018). Las brechas salariales público-
privado e índices de bienestar: un análisis de microsimulación para Ecuador. Revista
Analítika de Análisis Estadístico, 15, 39.
https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=3219197
Cáceres, J. (2014), La remuneración como derecho fundamental (delimitación de contenido esencial) .
http://www.trabajo.gob.pe/boletin/documentos/boletin_41/doc_boletin_41_1.pdf Constitución Política del Perú (1993). El Estado y el Trabajo. art.23. Recuperado de
http://spijlibre.minjus.gob.pe/normativa_libre/main.asp
Cornejo, C. (2016). El principio in dubio pro operario en la futura Ley General de Trabajo (Texto Articulado). file:///C:/Users/ELIZABETH/Downloads/15516-
Texto%20del%20art%C3%ADculo-61591-1-10-20161005.pdf
Castro, J.L. (2015). Caso fortuito o fuerza mayor como causal de término de la relación
laboral. Requisitos del caso fortuito ¿se confunden con la imputabilidad del empleador? Revista chilena de derecho del trabajo y de la seguridad social", vol. 6,
37 Canessa, M.M. (2013). Libro Homenaje por las Bodas de Plata de la Sociedad Peruana de
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. (N°1 ed.). Ciudad, Lima – Perú:
Editorial. Biblioteca Nacional del Perú. Recuperado de http://www.spdtss.org.pe/sites/default/files/libros/archivos_14591866960.pdf
Chino, M y Eláez, R (2018). Derechos y beneficios laborales de los trabajadores de la
MYPES en el distrito del Cusco y el empleo digno. (Tesis de pregrado, Universidad
Nacional de San Antonio Abad del Cusco, Cusco, Perú). Recuperado de https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=edsbas&AN=edsbas.ABB B9710&lang=es&site=eds-live
Ermida, O. (2011). Protección, igualdad, Dignidad, Libertad y No Discriminación. Derecho
& Sociedad, 37(18), 15-37.
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/13139/13750 El Parlamento Español (2020). Decreto 463/2020, Declara el Estado de Alarma para la
gestión de la situación de crisis Sanitaria Ocasionada por el COVID-19. Publicado 17
de marzo de 2020. https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/03/17/465
Farah, A. (2020). Casuística Laboral durante la Cuarentena. Publicado 06 de abril de 2020. https://actualidadlaboral.com/casuistica-laboral-durante-la-cuarentena/
Higa, A. (2017). La irrenunciabilidad de los derechos laborales. Lima- Perú. Editorial. Gaceta Jurídica.
Hernández S.R., Fernández C.C. y Baptista L.P. (2014). Selección de la Muestra.
Metodología de la Investigación. (6° 6d., PP.170-191). Recuperado de
http://metabase.uaem.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/2776/506_6.pdf?seque nce=1
Instituto Peruano de Economía, (2020). Impacto del COVID-19 en la Economía Peruana. Publicado 02 de mayo de 2020. https://www.ipe.org.pe/portal/informe-ipe-vii-impacto- del-covid-19-en-la-economia-peruana/
Lora, G. (2016). La suspensión de labores por caso fortuito y fuerza mayor. Análisis legal y casuístico. Revista Ius et Veritas. N° 52 1-4. http://eds.b.ebscohost.com/eds/detail/detail?vid=0&sid=14589053-e761-43e8-ad99- b364df924c86%40sessionmgr101&bdata=Jmxhbmc9ZXMmc2l0ZT1lZHMtbGl2ZQ% 3d%3d#AN=edsvlx.692759693&db=edsvlx
38 Diario la Información (2020, 20 de marzo) Reino Unido pagará el 80% de sueldos a los trabajadores de riesgo de despido. Recuperado de https://www.diarioinformacion.com/economia/2020/03/20/reino-unido-pagara-80- sueldo/2247333.html
Loayza, C. (2020, 04 de abril). El dilema de las empresas frente a la legislación laboral en
casos extremo. Diario gestión. Recuperado de https://gestion.pe/economia/management-empleo/empleo-coronavirus-el-dilema-de- las-empresas-frente-a-la-legislacion-laboral-en-casos-extremos-german-lora-jorge- toyama-cesar-puntriano-noticia/
Ley de Productividad y Competitividad Laboral (1997) TUO-Decreto Legislativo n° 728. Recuperado de http://spijlibre.minjus.gob.pe/normativa_libre/main.asp
Los Congresistas de la República (2020) TUO-Decreto Legislativo n° 1455. Recuperado de https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-crea-el-
programa-reactiva-peru-par-decreto-legislativo-no-1455-1865394-1
Lira, J. (29 de abril de 2020). Confirmado: Reactivación Económica será en Cuatro Fase
de mayo hasta agosto. Gestión. Recuperado de https://gestion.pe/economia/reactivacion-economica-confirmado-sera-en-cuatro- fases-de-mayo-hasta-agosto-mef-nndc-noticia/?ref=gesr
Gonzales, M. (2014). Derecho de Trabajo (Datos de catalogación de la OIT). https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---ilo- buenos_aires/documents/publication/wcms_249879.pdf
Mejía, R. (2014). The extent of labor regulation on production descentralization. Thēmis, 65, 97–106.
http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=fua&AN=127155388&lang= es&site=eds-live%20(Accessed:%2011%20May%202020)
Monje, C. (2011). Metodología de la Investigación Cuantitativa y Cualitativa. Universidad
Sur colombiana, Colombia. Recuperado de
https://www.uv.mx/rmipe/files/2017/02/Guia-didactica-metodologia-de-la- investigacion.pdf
Murate, D. (2016). Legislación Laboral del Régimen Privado (Normas Laborales). https://www.administracion.usmp.edu.pe/bolsa-trabajo/wp-
39 Naciones Unidas (1948): Declaración Universal de los Derechos Humanos. Adoptada proclamada por la Asamblea General en su Resolución 217 A (iii), de 10 de diciembre de 1948. Recuperado de https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/ Neves, J.M. (2015). Introducción al Derecho del Trabajo. Lima, Perú: Editorial Pontifica
Universidad Católica del Perú.
http://biblioteca.cejamericas.org/bitstream/handle/2015/1134/introduccionalderechot rabajoperu.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Neves, J. (2018). Derecho Laboral, Estudio y Enseñanza, Contratos de Trabajo y Aspectos
Legales Perú. Lima – Perú: Editorial Pontifica Universidad Católica del Perú. (N°4
ed.). Ciudad, País: Editorial PUCP.
https://www.fondoeditorial.pucp.edu.pe/derecho/193-introduccion-al-derecho-del- trabajo.html#.XtsfCPszaUk
Organización Mundial de la Salud (1950): Brote de enfermedad por coronavirus covid-19.
31 de diciembre 2019. Recuperado de
https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus- 2019?gclid=Cj0KCQjwz4z3BRCgARIsAES_OVccRgGJl-
sWvgRTLlHb9JXPD1X5nT_TY5UQAYkL5UOaEuqVHQ55PxkaAhFkEALw_wcB Organización Internacional Trabajo (2013) ¿Un único derecho laboral para un único
mercado del trabajo? recuperado dehttps://www.ilo.org/global/about-the- ilo/newsroom/news/WCMS_207465/lang--es/index.htm
Plá, A. (1990). Los principios del Derecho del Trabajo. (N° 2 ed.). Ciudad, Buenos Aires- Argentina: Editorial Depalma, Buenos Aires, pág. 9. http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/download/6718/6833/ Pérez S. (31 de abril2020). Las Alternativas Laborales que podrían Adoptar las Empresas
por la Cuarentena. Gestión. Recuperado de https://gestion.pe/economia/coronavirus-
las-alternativas-laborales-que-podrian-adoptar-las-empresas-por-la-cuarentena- noticia/?ref=gesr
Presidente de la Republica y los ministros (2020, 15 de marzo). D.S. 044-2020 PCM. El
Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancia que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19 - Perú. Diario Oficial del peruano.
Recuperado de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/566448/DS044- PCM_1864948-2.pdf
40 Presidente de la Republica y los ministros (2020, 15 de marzo). D.U.026-2020-PCM.
Establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus COVID-19 en el territorio nacional – Perú - Diario Oficial
del peruano. Recuperado de
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/566447/DU026-20201864948-1.pdf Presidente de la Republica y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. (2020, 14 de
abril). D.U. 038-2020, Establece Medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras
medidas–Perú-Diario Oficial del peruano.
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/582540/Decreto-de-urgencia-n-038- 2020-1865516-3.pdf
Ryder, G. (2020). Las normas de la OIT y la COVID-19 – Coronavirus (Disposiciones
fundamentales de las normas internacionales).
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/--- normes/documents/publication/wcms_739939.pdf
Reyes, J. (2020). Fondos de pensiones en la AFP goleados por el coronavirus (Revista de Gestion). https://gestion.pe/economia/fondos-de-pensiones-en-las-afp-golpeados- por-el-coronavirus-rentabilidad-en-el-ano-se-tine-de-rojo-noticia/
Sánchez, I. (2017). Teletrabajo en Perú: una herramienta de acercamiento a poblaciones
vulnerables. Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho
Del Empleo, 5(1), 1. http://ejcls.adapt.it/index.php/rlde_adapt/article/view/455/610 Sánchez, C. Y. (2015). Contrato de trabajo realidad en el sector privado. (Tesis de pregrado
Universidad Católica de Colombia, Bogotá, Colombia). Recuperado de http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=edsbas&AN=edsbas.A876F 30D&lang=es&site=eds-live
Tello, L. (2016). Remuneración: ¿Ser o no ser? Una mirada crítica a la regulación del TUO
de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. (Tesis de maestría, Pontificia
Universidad Católica del Perú, Lima Perú). Recuperado de http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=edsndl&AN=edsndl.oai.unio n.ndltd.org.PUCP.oai.tesis.pucp.edu.pe.123456789.8380&lang=es&site=eds-live Torres, A. (2019). Cuando un Contrato temporal se convierte el Indeterminado (Revista
de Gestión). https://gestion.pe/economia/management-empleo/contrato-temporal- convierte-indeterminado-130500-noticia/?ref=gesr
41 Toyama, J.(2019). Contratación Laboral (Autor).
https://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/concurso_inspecciones/lectura_3.pdf Vera, J. (2018). Cuestionamiento al cálculo de la compensación por tiempo de servicio por
tramos entre régimen laboral privado y régimen de la carrera pública en la municipalidad provincial de Puno. (Tesis de pregrado, Universidad Nacional del
Altiplano, Puno, Perú). Recuperado de
http://repositorio.unap.edu.pe/bitstream/handle/UNAP/8231/Vera_Villalta_Jhon_Rud dy.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Vilela, A. (2018). Contrato de Trabajo y Contrato de Locación de Servicios. Abogada
laboralista. Miembro del Equipo de Investigaciones y Editora de la Revista Análisis Laboral.1 (1-3). Recuperado de https://actualidadlaboral.com/casuistica-laboral-
durante-la-cuarentena/
Vizcarra, M. (2020), Establece Medidas Excepcionales y Temporales para prevenir el
COVID-19 (Decreto de Urgencia N°026-2020).
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-de-urgencia-que-
establece-diversas-medidas-excepcion-decreto-de-urgencia-n-026-2020-1864948- 1/
Zacarias, F. (2020). Perú padecerá la mayor caída económica en los últimos cien años (Revista America Latina). https://www.france24.com/es/20200626-peru-crisis- economica-pandemia-covid19-coronavirus
42
Anexo 2. Certificado de validez de contenido del instrumento de las categorías
Nº CATEGORÍAS / ítems Pertinenc
ia 1 Relevancia 2 Claridad 3 Sugerencias CATEGORÍA 1: DERECHOS LABORALES INDIVIDUALES Si No Si No Si No
1 ¿Usted considera que se han
vulnerado los derechos de los trabajadores contratados bajo el DLeg. 728 de la actividad privada en relación al art. 79° durante estado emergencia sanitaria?
2 ¿Usted considera que el pago de beneficios sociales se haya disminuido durante el estado de emergencia sanitaria?
3 ¿Usted considera que se ha restringido algún beneficio laboral de los trabajadores de la actividad privada durante el estado de emergencia sanitaria?
4 ¿Qué opina usted sobre la aplicación de la suspensión perfecta de labores como medida utilizada a favor de los empleadores establecida en la Legislación Laboral?
CATEGORÍA 2: CONTRATO LABORAL
Si No Si No Si No 5 ¿Considera usted que los
empleadores tienen obligaciones directas con sus trabajadores en relación al mantenimiento del contrato individual de trabajo durante el estado de emergencia sanitaria?
6 ¿Considera usted que los contratos laborales de naturaleza indeterminados y determinados se han visto quebrantados durante el estado de emergencia sanitaria?
7 ¿Usted considera que el principio in dubio pro operario es fundamental en la relación de trabajo durante el estado de emergencia sanitaria?
8 ¿Considera usted que el D.U 026-2020 tuvo por finalidad mantener el vínculo laboral de los trabajadores de la actividad privada durante el estado de emergencia sanitaria?
CATEGORÍAS 3: LA REMUNERACIÓN
Si No Si No Si No 9 ¿Usted considera que las
empresas han optado por reducir las remuneraciones de sus trabajadores durante el estado de emergencia sanitaria?
10 ¿Usted considera que se iniciaran procesos judiciales durante el término del estado de emergencia sanitaria en relación a los despidos arbitrarios que han producido pérdidas económicas a los trabajadores de la actividad privada?
11 ¿Qué opina usted sobre el retiro de los fondos de la AFP, ONP y CTS que dispuso el gobierno para cubrir las contingencias de los trabajadores durante el estado de emergencia sanitaria?
12 ¿Considera usted que se ha vulnerado derechos constituciones en relación al art. 24° de Constitución Política del Perú durante el estado de emergencia sanitaria?
1. Observaciones:
Opinión de aplicabilidad: Aplicable [X] Aplicable después de corregir [ ] No aplicable [ ]
Apellidos y nombres del juez validador: Mg. Peralta Cabrera Walter Cecilio D.N.I: 07765439
Especialidad del validador: Abogado - consultor laboral – Mg. en Derecho Empresarial
Lima, 29 de junio del 2020 .
……… PERALTA CABRERA WALTER CECILIO CAL 18705
D.N.I: 07765439 CEL: 952046104
2. Observaciones:
Opinión de aplicabilidad: Aplicable [X] Aplicable después de corregir [ ] No aplicable [ ]
Apellidos y nombres del juez validador: Mg. Ruiz Pareja Sandro Giomar D.N.I: 40803703
Especialidad del validador: Abogado – Mg. en Derecho Comercial y Civil.
Lunes 30 de junio de 2020
3. Observaciones:
Opinión de aplicabilidad: Aplicable [X] Aplicable después de corregir [ ] No aplicable [ ]
Apellidos y nombres del juez validador: Víctor Alfredo Bueno Basombrio D.N.I: 43497877
Especialidad del validador: Abogado - consultor constitucional– Mg. en Derecho Constitucional
Lima, 29 de junio del 2020
……… BUENO BASOMBRIO VICTOR ALFREDO CAL 8540
D.N.I: 43497877 CEL: 986375615
……… RUIZ PAREJA SANDRO GIOMAR CAL 43377
D.N.I: 40803703 CEL: 992784922
4. Observaciones:
Opinión de aplicabilidad: Aplicable [X] Aplicable después de corregir [ ] No aplicable [ ]
Apellidos y nombres del juez validador: Manuel Reynaldo Portocarrero Gonzales D.N.I: 43397509
Especialidad del validador: Abogado - consultor constitucional– Mg. en Derecho Constitucional
Lima, 29 de junio del 2020 ………
MANUEL PORTOCARRERO GONZALES CAL 54780
D.N.I: 43397509 CEL: 987751704
Anexo 3. Entrevista aplicada a expertos y ex trabajador de la actividad privada
Título: “Derechos laborales de los trabajadores contratados bajo el D. Leg. n° 728 de la actividad privada en
el marco del estado de emergencia sanitaria por Covid-19”
Nombre del entrevistado: Luis Jesús Aguirre Naupari Edad: 52 Sexo: Masculino Ocupación: Abogado Civilista…Fecha de la entrevista: 18 de setiembre de 2020 Entrevistador: Elizabeth Peralta Flores
Entrevistarlo respecto:
1. ¿Usted considera que se han vulnerado los derechos de los trabajadores contratados bajo el DLeg. n° 728 de la actividad privada en relación al art. 79° durante estado emergencia sanitaria?
Sí se han vulnerado esos derechos. Y continúan vulnerándose, pues, se viene poniendo fin a la relación laboral, sin que existan motivos justificados y legítimos para que ocurra tal situación. Ahora que recién empieza a funcionar la administración de justicia esperemos que ello sea corregido.
2. ¿Considera usted que los empleadores tienen obligaciones directas con sus trabajadores en relación al mantenimiento del contrato individual de trabajo durante el estado de emergencia sanitaria?
El mantenimiento del contrato, en la presente situación de crisis sanitaria, que trae consigo una profunda crisis económica, depende, en gran medida, de la situación económica de la empresa. La situación creada por las normas de suspensión perfecta de labores debe realizarse en función a causas objetivas y no debe abusarse de ellas.
3. ¿Usted considera que el pago de beneficios sociales se haya disminuido durante el estado de emergencia sanitaria?
Es bastante posible que sí. Ante ello el trabajador perjudicado debe hacer reales sus derechos laborales acudiendo ante la autoridad administrativa o judicial.
4. ¿Usted considera que se ha restringido algún beneficio laboral de los trabajadores de la actividad privada durante el estado de emergencia sanitaria?
Es posible, principalmente, el derecho a obtener una remuneración justa por la labor efectuada.
5. ¿Qué opina usted sobre el retiro de los fondos de la AFP, ONP Y CTS que dispuso el gobierno para cubrir las contingencias de los trabajadores durante el estado de emergencia sanitaria?
El retiro de los fondos de las AFPs fue una medida necesaria, aunque insuficiente. Todo lo que significa la AFP debe ser profundamente analizado y reformado.
6. ¿Considera usted que el D.U 026-2020 tuvo por finalidad mantener el vínculo laboral de los trabajadores de la actividad privada durante el estado de emergencia sanitaria?
Ese DU tuvo otras finalidades. Otras normas jurídicas, como la que regula la suspensión perfecta de labores le dan un margen amplio al empleador para quebrar el vínculo laboral.
7. ¿Considera usted que los contratos laborales de naturaleza indeterminados y determinados se han visto quebrantados durante el estado de emergencia sanitaria?
Sí, debido a posiciones equivocadas del sector empresarial y a una debida fiscalización por parte del Estado.
8. ¿Qué opina usted sobre la aplicación de la suspensión perfecta de labores como medida utilizada a favor de los empleadores establecida en la Legislación Laboral?
Fue una medida usada en exceso por el sector empresarial, cuando no habían causales objetivas para determinar una suspensión. Es más, algunos empresas que recibieron apoyo del Estado para evitar decretar la suspensión perfecta, a pesar de ello, lo hicieron
9. ¿Usted considera que el principio in dubio pro operario es fundamental en la relación de trabajo durante el estado de emergencia sanitaria?
Ese principio debe ser aplicado siempre, en todas las circunstancias, más aún en situación de crisis sanitaria.
10. ¿Usted considera que se iniciaran procesos judiciales durante al término del estado de