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2577-P-2001 1746-P-2002 10435-P-2004 //….

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa

Ref. Expte. Nº: 12771-R-1996 y agregado

San Isidro, 27 de Agosto de 2008

DECRETO NUMERO:

1 9 0 3

VISTO la consulta interpuesta por el Sr. Eduardo

Bertiller en carácter de representante de Restaurant ART S.A. respecto de la factibilidad para realizar modificaciones internas y ampliaciones en el inmueble designado catastralmente como circunscripción IV, sección D, manzana II, parcela 1 y 2a, ubicado en la calle Dardo Rocha Nº 1810/28, de la Ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE no se ha acreditado la personería conforme

a los términos de los artículos 13, 14, 15 y Consulta de construcción de la Ordenanza Gene- ral 267;

QUE por Resolución SI y RU Nº 1447 del 4 de

Agosto de 1998 se otorgó habilitación con una superficie del local 1498,96m2 sosteniendo que la modificación interna sobre el sector aprobado con frente a la calle Dardo Rocha daría por resultado un incremento de 56 comensales, dicho incremento requiere el aumento de módulos de estacionamiento dentro de la parcela, a razón de 1 (un) módulo cada 3 (tres) co- mensales;

QUE la Dirección General de Ordenamiento Ur-

bano produce informe a fojas 9;

QUE notificado el solicitante del informe a fojas

9 interpone recurso de revocatoria;

QUE sobre el mismo la Asesoria Legal expone

que conforme lo establecido por el artículo 87 de la Ordenanza General 267 los informes producidos en los expedientes administrativos no son recurribles, requiriéndose en conse- cuencia una decisión administrativa final, interlocutoria o de mero trámite que lesione un derecho o interés legítimo del administrado o importe una trasgresión de normas legales o reglamentarias o adolezca de vicios que la invaliden;

QUE por lo expuesto el Organismo Técnico que

elaboró el informe de fojas 9 considera que el requerimiento de estacionamiento resulta im- prescindible, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual se proce-

Ref. Expte. Nº: 12771-R-1996 y agregado

//….

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Deniégase la ampliación y modificación interna en el inmueble.-

ARTICULO 2º.- Por conducto de la Subsecretaría de Inspección General verifíquese el fiel ************* cumplimiento de lo dispuesto en el art. 3º.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa

Ref.: Expte. Nro. 1059-G-2001.-

SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2008

DECRETO NUMERO:

1 9 0 4

VISTO la Ordenanza Nº 7281 que declara de Utilidad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totalidad de las calles del Partido, que a la fecha de la sanción de la misma no contaban con dicha mejora; y

Considerando:

QUE es el/la propietario/a de la vivienda ubica- da en Cardenal Copello Nº 912 de la Ciudad de San Isidro, el cual posee una deuda por la ejecución del pavimento que afecta su propiedad;

QUE a partir del mes de julio del año 2000 se encuentra al cobro dicha mejora;

QUE la Ordenanza referida prevé en su artículo 5º, inciso 2) la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda, previo estudio socio- económico;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la citada norma legal, por lo que corresponde otorgar la exención del costo del pavimento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago del importe reclamado correspondiente a la obra de ************* pavimentación que afecta el bien ubicado en Cardenal Copello Nº 912 de la Ciudad de San Isidro, Cta. Cte. Nº 731.069, cuyos datos catastrales son, Circunscripción VII, Sección C, Manzana 3D, Parcela 5.-

ARTICULO 2º.- Tome conocimiento el Departamento de Tasas Inmobiliarias y de Obras de ************* Infraestructura.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

Ref.: Expte. Nro. 896-L-2008.-

SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2008

DECRETO NUMERO:

1 9 0 5

VISTO la Ordenanza Nº 7281 que declara de Utilidad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totalidad de las calles del Partido, que a la fecha de la sanción de la misma no contaban con dicha mejora; y

Considerando:

QUE es el/la propietario/a de la vivienda ubica- da en Serrano Nº 2023 de la Ciudad de Boulogne, el cual posee una deuda por la ejecución del pavimento que afecta su propiedad;

QUE a partir del mes de julio del año 2000 se encuentra al cobro dicha mejora;

QUE la Ordenanza referida prevé en su artículo 5º, inciso 2) la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda, previo estudio socio- económico;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la citada norma legal, por lo que corresponde otorgar la exención del costo del pavimento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago del importe reclamado correspondiente a la obra de ************* pavimentación que afecta el bien ubicado en Serrano Nº 2023 de la Ciudad de Boulogne, Cta. Cte. Nº 633.135, cuyos datos catastrales son, Circunscripción VI, Sección C, Manzana 15, Parcela 14.-

ARTICULO 2º.- Tome conocimiento el Departamento de Tasas Inmobiliarias y de Obras de ************* Infraestructura.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

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