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5.7 Refl exiones sobre los test de estrés

Considerando lo analizado y por la propia operativa de la industria ban- caria, las consecuencias directas de la incidencia de un hipotético escenario macro económico tal y como lo diseñó la EBA, se podrían resumir en las siguientes:

Por otra parte, el propio regulador europeo EBA (2011 c), en base al ar- tículo 21(2)(B) del Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y Consejo nº 1093/2010 de 24 de noviembre de 2010, recomienda que:

Las autoridades supervisoras (Banco de España en nuestro caso), re-

quieran a las entidades bancarias cuyos Ratios Core Tier 1 Ratio resul- tantes de las pruebas de resistencia sean inferiores al umbral estableci- do del 5% en el escenario adverso, pongan remedio al défi cit de capital. En particular, se les requerirá a dichas entidades a que presenten en el plazo de tres meses (15 de octubre de 2011) un plan para restablecer la posición del capital hasta al menos el umbral del 5% . Las medidas acordadas con la autoridad competente deberán de estar plenamente operativas antes de fi nales de diciembre de este mismo año.

En el caso de entidades cuyo Core Tier 1 superen escasamente el

umbral del 5% en el escenario estresado y que tengan considerables exposiciones a la deuda soberana, tomar las medidas necesarias para

En la cartera de negociación, se produciría una reducción en el-

mercado de valores y bonos derivados del impacto macroeco- nómico por mayores diferenciales de la deuda soberana.

En la cartera de inversión, las pérdidas deberían de ser cubier-

tas por provisiones.

El incremento de diferenciales de la deuda soberana impacta-

ría directamente en el encarecimiento de los costes de fi nancia- ción en el mercado mayorista.

Así mismo, también se produciría trasposición del incremento

de la deuda soberana al negocio bancario y afectaría negativa- mente a las operaciones de préstamo y crédito.

fortalecer su posición de capital, y adoptar, cuando fuese necesario, restricciones al reparto de dividendos y otras medidas que conlle- ven al reforzamiento de su posición. Así mismo, al igual que ocurre con el grupo anterior, conminar a que presenten antes de15 de octu- bre de 2011un plan para restablecer la posición del capital hasta al menos el umbral del 5%. Las medidas acordadas con la autoridad competente deberán de estar plenamente operativas antes de fi nales de diciembre de este mismo año.

CONCLUSIONES

Del estudio de las normativas y de los datos económicos analizados, se pue- de concluir que la normalización y supervisión bancaria internacional:

Trata de fortalecer las bases del sistema fi nanciero internacional, en

el caso de Basilea como Europeo con la aplicación de la normativa EBA.

Persigue la mejora en la estabilidad fi nanciera global.

Promueve nuevos estándares de liquidez.

Intenta evitar el incremento y acumulación de apalancamiento de

los bancos mediante la aplicación del nuevo Coefi ciente de apalan- camiento.

No obstante, ambas visiones (BIS y EBA) han podido haber adolecido de cierta laxitud en las siguientes cuestiones, las cuales, se pueden desglosar tanto de fondo como de forma:

 De fondo:

Desde la puesta en marcha de la supervisión bancaria a nivel inter-

nacional con el nacimiento del Comité de Supervisión de Basilea en febrero de 1974 hasta la fecha, se puede observar tal y como se ha analizado en el punto 5.3.1.1 del presente estudio, una disminución importante del % del Patrimonio Neto del Sistema Crediticio Espa- ñol sobre el Activo total. En este sentido, se pasa de niveles en torno al 9%, en los años 1985 y 1996, hasta reducirse a casi la mitad (5,62%), en el año 2010.

Habría que unir a lo anterior que el agregado del Patrimonio Neto

esta obra), alcanzaría un nivel de Patrimonio Neto/Activo que no alcanzaría ni siquiera lo analizado en marzo del año 2008, en el cual se situaba en el 7,43%.

Considerando que el Patrimonio Neto confi gura, o debe de confi gu-

rar, una franja de seguridad para los acreedores en general, se puede afi rmar que este criterio básico de solvencia se ha deteriorado.

De forma:

Algunas entidades fi nancieras han argumentado que dada la diver-

sidad del sector, el Coefi ciente Mínimo de Capital Total no es aplica- ble homogéneamente a todas ellas.

Existen ciertas lagunas en cuanto a la consideración elementos tales

como los activos diferidos así como el descuento sobre las participa- ciones fi nancieras en aseguradoras.

Dada la diversidad de las normativas y supervisiones de los sistemas

bancarios domésticos de cada país, existen ciertas divergencias en cuen- to a áreas tales como acciones preferentes o provisiones anticíclicas.

Hay otras cuestiones no contempladas lo sufi cientemente por ambos

supervisores: preponderancia del Core Tier 1 sin considerar otros coefi cientes de solvencia muy habituales en este sector, como el ca- pital tangible (basado en el total de activos tangibles, no así los ajus- tados, cual es el caso del Core Tier 1).

Los últimos acontecimientos pueden llegar a cuestionar ciertas defi -

ciencias en lo relativo al el criterio valoración seguido por la EBA de la deuda soberana en los balances de las entidades bancarias, toman- do como base su valor razonable y no haberlo actualizado a su valor de mercado en el momento de las estimaciones.

Tal y como se ha mencionado en la Introducción del presente estudio, la importancia que tienen las entidades fi nancieras en la participación en la fi nanciación de la actividad económica, es vital. Por tanto, toda ingeniería fi nanciera que la supervisión internacional proponga, lo hace sobre un Pa- trimonio Neto que podría ser insufi ciente.

Independientemente a todo lo anterior y dadas las circunstancias actua- les, a pesar de lo estudiado en lo concerniente a la deuda soberana y su incidencia en la solvencia de las entidades fi nancieras, considero que las

autoridades supervisoras no han abordado sufi cientemente la interrelación existente entre la capacidad del sector bancario para fi nanciarse y el riesgo asociado a la deuda pública.

Es por lo anterior que se podrían considerar en futuras líneas de inves- tigación, los siguientes canales de transmisión de la crisis de la deuda so- berana con la capacidad de obtener fi nanciación por parte de las entidades fi nancieras:

Financiación mediante colateral de efectivo.

Ratings de la deuda soberana y de los bancos.

Efecto de la deuda soberana garantizada en la fi nanciación bancaria.

Canales internacionales de transmisión.

Incremento de la aversión al riesgo.

Impacto de los ingresos no intereses.

Efecto expulsión en el sector bancario por emisión de deuda sobe-

rana.

Riesgo de crédito: estrategia hedging de exposición de la deuda so-