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3.5 El Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan del Progreso (COTIC)

3.5.2 Reglamento interno del COTIC

La conformación del Comité de Ordenamiento, por la importancia que tienen las actividades que se le confieren respeto al Ordenamiento, requería de un instrumento legal mediante el cual se regule su funcionamiento.

La creación del Comité de Ordenamiento tiene su sustento en La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece principios de Desarrollo Integral y Sustentable; Participación Democrática de la Sociedad en la Planeación, La función Social de la Propiedad Privada y Concurrencia de los tres ordénenos de gobierno y sus ámbitos de

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competencia además del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y al Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico y en el Convenio de Coordinación del Programa Ordenamiento Territorial del municipio de Cuetzalan del Progreso.

El reglamento del COTIC consta de 42 artículos divididos en seis capítulos.

El primer capítulo aborda las disposiciones generales y consta de 5 artículos entre los cuales destaca el tercero que otorga facultades al Comité para conformar organizaciones de carácter social o financiero para fines del Programa de Ordenamiento. El cuarto artículo

menciona que:

El Comité, a través de sus órganos de gobierno, deberá realizar las funciones de análisis y estudios para autorización de permisos de uso de suelo, edificaciones, aplicación de programas económicos, sociales y culturales relacionados con el Programa de Ordenamiento y que competen al Ayuntamiento, en coordinación del Ayuntamiento y con la autorización original del Cabildo (COTIC, Reglamento

Reglam ento Interior del Com ite de Ordenam iento T erritorial Integral

I) Disposiciones generales 5 ARTICULOS

II) La Conformacion del

Comité 12 ARTICULOS

III) Funciones del Organo

Ejecutivo del Comite 5 ARTICULOS

IV) Funciones del Organo

Tecnico del Comite 3 ARTICULOS

V) De las sesiones del Comité y sus Organos de

Gobierno

12 ARTICULOS

VI) De los grupos de

Trabajo 5 ARTICULOS

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Interior del Comité de Ordenamiento Territorial Integral de

Cuetzalan., 2010).

El capítulo dos sobre la “Conformación del Comité” incluye once capítulos. El Comité deberá estar integrado por representantes de los gobiernos federal, estatal, municipal y de sus juntas auxiliares; además de representantes de la sociedad civil y de la Universidad Autónoma de Puebla. Además para su buen funcionamiento contará con un órgano ejecutivo, encargado de la toma de decisiones en la instrumentación de las actividades, procedimientos, estrategias y programas; el órgano técnico tiene la responsabilidad de los estudios y análisis técnicos necesarios para la instrumentación de las actividades, procedimientos y estrategias del Ordenamiento Ecológico. Así mismo, cada órgano del Comité tendrá un Presidente, un Secretario y miembros permanentes.

El artículo 11 señala que las funciones del Presidente del Comité o de alguno de sus órganos es: Presidir las reuniones; representar a la instancia correspondiente en asuntos relacionados con las funciones del mismo, programas el calendario de las sesiones en coordinación con el Secretario; dar seguimiento a las consecución de los acuerdos alcanzados y los compromisos establecidos, estas obligaciones además de las de presentar un informe anual e invitar a representantes de las instituciones, dependencias y otros organismos relacionados con el tema a tratar.

De la misma forma, dar seguimiento al Ordenamiento Territorial es una responsabilidad de los miembros del Comité o de alguno de sus órganos.

A los representantes de los cuatro niveles de gobierno les corresponde mantener actualizada la bitácora ambiental del proceso de Ordenamiento ecológico territorial pero la tarea, más importante que se les delega es la de vigilar que las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones en el ámbito de la Administración Pública Estatal y Municipal, sean acordes a lo establecido en el Ordenamiento.

El capítulo tercero define las obligaciones del Órgano Ejecutivo del Comité, entre las cuales destaca:

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 Instituir los mecanismos que promueven la participación social corresponsable en el

proceso de Ordenamiento Ecológico.

 Proponer la agenda ambiental a partir de la identificación de los conflictos

ambientales que deban ser considerados en el proceso de Ordenamiento Ecológico Territorial.

 Proponer mediante acciones concretas la congruencia de los planes, programas ya

acciones sectoriales con los lineamientos y estrategias ecológicas del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial.

 Analizar la viabilidad de los proyectos de obra pública, así como las actividades con

incidencia territorial en relación a lo establecido en el Ordenamiento territorial. El cabildo designara a un funcionario del Ayuntamiento para ocupar el cargo de Presidente del Órgano Ejecutivo, en caso de que no haya ninguna propuesta, la asamblea del Comité nombrara a un presidente con plenos derechos y obligaciones hasta que la autoridad municipal haga el propio.

El Órgano Ejecutivo estará integrado al igual que el órgano técnico por autoridades federales, estatales y municipales además de sectores de la sociedad y miembros de la universidad autónoma de Puebla. Con excepción de los representantes nacional y estatal; los demás integrantes serán elegidos y removidos en asamblea del Comité.

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El capítulo cuatro aborda lo relacionado a las obligaciones del Órgano Técnico entre los cuales por grado de importancia se menciona:

Elaborar estudios y dictámenes para que las autoridades del Ayuntamiento puedan autorizar usos de suelo, construcciones y acciones sobre el territorio municipal de acuerdo a lo señalado en el Ordenamiento.

Presentar información técnica que permita al Órgano Técnico emitir un juicio y definir acciones concretas al respecto.

Proponer lineamientos y estrategias ecológicas que maximicen el consenso y minimicen los conflictos ambientales en la región.

Evaluar y sugerir la actualización del programa de Ordenamiento apegado al Reglamento de la LGEEPA en materia de Ordenamiento ecológico.

La estructura del Órgano Técnico es similar a la del Órgano Ejecutivo:

P

resid

en

te

Un representante de la Secretaria de Medio Ambiente (Nacional)

Funcionarios municipales de: Ecologia, Obras Publicas, Turismo, y Educacion.

Tres representantes de cada junta auxiliar.

Un representante de la Secretaria de Medio Ambiente (Estatal)

Un representante municipal de DRS

Tres representantes de los sectores productivos.

Tres miembros que representen a los ciudadanos de las Juntas Auxiliares.

Seis representantes de las organizaciones sociales

Dos representantes de la Universidad Autonoma de Puebla

Dos representantes ciudadanos independientes Secretario

Diagrama III. 2 Estructura del Órgano Ejecutivo del COTIC (COTIC, Reglamento Interior del Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan., 2010).

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El último capítulo del reglamento señala que el COTIC tendrá sesiones ordinarias y extraordinarias, las primeras se realizarán al menos una vez al año mientras que las segundas estarán sujetas a decisión del propio COTIC o por llamado del propio Órgano Ejecutivo.

Es requisito que el Órgano ejecutivo se reúna al menos dos veces por año mientras que para el órgano técnico el mínimo es de cuatro veces por año. En las reuniones solo podrán asistir aquellos que hayan recibido previa invitación del Presidente o secretaria, para el caso de los representantes de las instituciones, dependencias u organismos relacionados con el tema a tratar solo se les permite dar su opinión pero no podrán votar las decisiones que se tomen.. El articulo 32 sostiene que para que las sesiones ya sean ordinarias o extraordinarias puedan ser válidas, deberá estar presente la mitad más uno de los integrantes del Comité o la mitad más uno de los miembros de los Órganos respectivos.

P

resid

en

te

Un representante de la Secretaria

de Medio Ambiente (Nacional) Funcionarios municipales de: Ecologia, Obras Publicas, Turismo, y Educacion.

Un representante de la Secretaria de Medio Ambiente (Estatal)

Cinco representantes de los sectores productivos.

Cinco representantes de las organizaciones sociales

Un representante de la Universidad Autonoma de Puebla

Un representante ciudadano independiente Secretario

Diagrama III. 3 Estructura del Órgano Técnico del COTIC (COTIC, Reglamento Interior del Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan., 2010)

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Sobre la toma de decisiones, en las sesiones los integrantes tendrán voz y voto y las decisiones se tomaran por mayoría simple y en caso de empate, el Presidente dará el voto de calidad. Las decisiones que se voten serán cumplidas de forma obligatoria tanto por los integrantes del COTIC como por el Ayuntamiento y las demás dependencias gubernamentales.