Ente de Turismo
RESOLUCIÓN N.º 42/ENTUR/
Buenos Aires, 4 de marzo de 2013
VISTO:
la Ley Nº 2.627, el Decreto Nº 477/11, la Disposición Nº 344-DGCG/11, el Expediente Nº 128.728/2013; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 2.627 se crea el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad Autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura;
Que es función de este Ente fomentar el turismo nacional e internacional y desarrollar estrategias de mercado que tiendan a promocionar a la Ciudad de Buenos Aires como destino turístico, así como representarla, como administración local de turismo, ante todos aquellos organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares;
Que “FIT Bolivia 2013”, a realizarse en la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, es la feria mas importante del sector turístico de Bolivia, donde a través de un programa de actividades se brindará información sobre el destino ciudad de Buenos Aires;
Que dicha acción promocional esta dirigida a realizar acciones de difusión turística a público directo y profesionales del sector, teniendo por objetivo la captación del mercado Boliviano, informando sobre la oferta de atractivos, actividades culturales y servicios turísticos, como asimismo servicios complementarios de la ciudad de Buenos Aires;
Que por Decreto Nº 477/11 se aprobó el nuevo régimen de viáticos, alojamiento y pasajes, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país;
Que dicha norma establece que los viajes están sujetos a la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública Nº 4-DGCyC/11, y su Resolución modificatoria Nº 1250/MHGC/12, excepto aquellos que determine la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, los que se regirán por lo dispuesto por los Artículos 8º y 9º del régimen en cuestión.
Que dentro de este contexto, resulta oportuno autorizar el viaje de la Lic. Karina Beatriz Trujillo, D.N.I. Nº 25.676.089, Asistente Técnica de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, y del Sr. Fernando Martín Colombatto, D.N.I. Nº 25.061.329, Asistente Técnico de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, para participar entre los días 14 y 16 de marzo de 2013 de “FIT Bolivia 2013”, asignándoles los viáticos correspondientes estipulados por el Decreto Nº 477/11;
Que en virtud de lo expuesto, se ha realizado la reserva presupuestaria pertinente mediante la solicitud de entrega de fondos Nº 1.101-SIGAF-2013 por la suma total de PESOS CINCO MIL CUARENTA Y NUEVE ($ 5.049,00.-), contra los créditos del presente ejercicio.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Capítulo III, Artículo 11º, inciso f) de la Ley Nº 2.627, y el Artículo 8º el Decreto Nº 477/11,
EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Articulo 1º.- Autorízase el viaje de la Lic. Karina Beatriz Trujillo, D.N.I. Nº 25.676.089, Asistente Técnica de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, y del Sr. Fernando Martín Colombatto, D.N.I. Nº 25.061.329, Asistente Técnico de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, para participar entre los días 14 y 16 de marzo de 2013 de “FIT Bolivia 2013”,lo que ocasionará gastos desde el día 13 de marzo y hasta el día 17 de marzo de 2013, ambos inclusive.
Articulo 2º.- Entréguese a favor de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo, en los términos del Decreto 477/11, para solventar los gastos en concepto de viáticos la suma total de PESOS CINCO MIL CUARENTA Y NUEVE ($ 5.049,00.-), la que será destinada al pago del monto en dicho concepto, según el detalle que obra en el Anexo, que en un todo forma parte de la presente, con motivo de la concurrencia de los funcionarios nombrados en el Artículo 1º de la presente Resolución al evento detallado.
Articulo 3º.- El importe citado en el Artículo precedente deberá ser depositado al Beneficiario Nº 2.105, Cuenta Corriente del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Nº 3.555/8 Suc.Nº 5.
Articulo 4º.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, gestionará bajo el procedimiento previsto en el Decreto Nº 477/11 y al amparo de lo establecido en la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública Nº 4-DGCyC/11, y su Resolución modificatoria Nº 1250/MHGC/12, la cobertura de pasajes y alojamiento de los funcionarios citados en el Artículo 1º, en el destino cuyo desplazamiento ha sido autorizado por la presente Resolución.
Articulo 5º.- El gasto que involucre el cumplimiento de la presente medida, deberá ser imputado contra los créditos asignados al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el actual ejercicio.
Articulo 6º.- La Dirección General de Contaduría, emitirá la orden de pago a favor del beneficiario, por la suma detallada en el Artículo 2º de la presente Resolución, siendo los funcionarios nombrados en el Artículo 1º, responsables de la administración y rendición de los fondos asignados.
Articulo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Promoción Turística y para su conocimiento, y a los efectos del cumplimiento del Artículo 6º de la presente, pase a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
Lombardi